La Cámara alta modificó el artículo nueve bis de la ley sobre Lealtad Comercial

Si el proyecto es sancionado en un futuro por Diputados, la norma dirá que “en todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a cinco centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor”.