Debaten en Diputados la ley de responsabilidad del Estado

El oficialismo busca despachar el proyecto del Ejecutivo en un plenario de comisiones. Toda la oposición se manifestó en contra de excluir el tema del nuevo Código Civil.

El debate del nuevo Código Civil y Comercial se traslada a las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General de la Cámara de Diputados, donde el kirchnerismo buscará dictaminar a favor del proyecto de ley de responsabilidad del Estado, impulsado por el Poder Ejecutivo.

El plenario conducido por la diputada oficialista Diana Conti, titular de Asuntos Constitucionales, se desarrolla desde las 11.02 en la Sala 1 del Anexo de la Cámara baja.

Teniendo en cuenta que el plazo para emitir dictámenes vence este miércoles, la intención del oficialismo es despachar la iniciativa este martes, para darle media sanción en la sesión programada para el 27 de noviembre.

El pleno de la oposición se pronunciará en contra, ya que reclama incluir en el articulado del Código la responsabilidad del Estado y de los funcionarios públicos, tal como estaba planteado en la versión original del proyecto redactado entre el Ejecutivo y una comisión de juristas encabezada por el titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti.

Sin embargo, el kirchnerismo consideró que la responsabilidad del Estado debe dirimirse por vía administrativa, y no por el nuevo Código Civil y Comercial.

El proyecto, que ingresó la semana pasada a la Cámara baja, regula las demandas que un particular puede ejercer por actividad o inactividad del Estado, si se vieran afectados sus intereses “en armonía con los intereses públicos”.

El texto establece en su artículo primero que “las disposiciones del Código Civil no son aplicables a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria” y agrega que “la sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra el Estado, sus agentes y funcionarios”.

La preocupación principal de los bloques opositores recae en el hecho de que el ciudadano no pueda acudir a la vía civil para demandar al Estado, sino que deba hacerlo mediante el fuero en lo contencioso administrativo, que difiere según la provincia.

Login

Welcome! Login in to your account

Remember me Lost your password?

Lost Password