Comercios minoristas de 140 metros cambian su habilitación

A partir de ahora para su habilitación, todos los comercios de alimentos deberán pasar previamente y de manera obligatoria por la instancia de inspección.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dio el visto bueno a un proyecto de ley que obliga a los locales de ventas de alimentos, envasados o no, que tengan una superficie mayor a 140 metros cuadrados a que cuenten con una inspección previa para así lograr la habilitación correspondiente.

La iniciativa fue impulsada por el legislador del Pro y vicepresidente 1° del Cuerpo Parlamentario, Cristian Ritondo, y fue aprobada sobre tablas con 42 votos positivos y 12 abstenciones.

Con esta medida se modificó el Código de Habilitaciones de la ciudad al incorporar al artículo 2.1.8 la categoría de comercios mencionada, entre los que deben solicitar al Ejecutivo la habilitación acompañando la documentación requerida.

“Lamentablemente, numerosos comercios solicitan su habilitación como comercios minoristas, a pesar de funcionar luego como autoservicios, y por lo tanto no cumplen con la disposición de tener el correspondiente espacio para carga y descarga”, sostuvo el autor de la iniciativa.

Y luego afirmó también que “la congestión de tránsito y la obstrucción que producen los camiones estacionados frente a los locales para su aprovisionamiento afecta sensiblemente al resto de los usos urbanos y altera y molesta a los vecinos de nuestra Ciudad”.

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