Los municipios que adhieran deberán firmar el "Convenio Específico de Conformación y Cooperación”. Tendrá como objeto "fortalecer la prevención del delito a escala municipal y potenciar la descentralización de la policía”.
El gobernador Daniel Scioli, el ministro de Seguridad Alejandro Granados y el jefe de gabinete Alberto Pérez anunciaron junto a una decena de intendentes la creación de la Policía Local, bajo la denominación de “Unidades de Policía de Prevención Local “, fuerza que tendrá como objetivo "fortalecer la prevención del delito a escala municipal y potenciar la descentralización de la policía”.
El articulado de la resolución sostiene “crear, como Unidad Policial, las Unidades de Policía de Prevención Local, con rango orgánico de División, en aquellos municipios cuyas autoridades decidan suscribir el ‘Convenio Específico de Conformación y Cooperación”. Estas unidades serán equipadas, conformadas y financiadas por el presupuesto de la provincia.
A su vez dispone que las Unidades de Policía de Prevención Local “serán coordinadas por una Superintendencia de Seguridad Local, que como Unidad Policial se crea dentro de la Subsecretaria de Planificación del Ministerio de Seguridad”. Según se aclara, estas unidades “actuarán como policía de seguridad en los Municipios de más de 70 mil habitantes” que adhieran mediante el “‘Convenio Específico de Conformación y Cooperación” suscripto por el Intendente y ratificado por Ordenanza Municipal. Permite, sin embargo, que “excepcionalmente" podrán sumarse distritos que no superen esa cantidad de habitantes.
En cuanto a la función de la fuerza, se establece que la Superintendencia de Seguridad Local será la encargada de ejercer la coordinación operativa del personal bajo su mando, para el cumplimiento de las metas, acciones y tareas ordenadas, conforme a las normas constitucionales; recibir del Intendente el “Programa Operativo de Seguridad” con las políticas preventivas y las acciones estratégicas propuestas para su municipio; supervisar el funcionamiento de las “Unidades de Policía de Prevención Local”, con la participación del municipio; coordinar con las restantes unidades policiales el cumplimiento de las metas asignadas a las “Unidades de Policía de Prevención Local”.
En cuanto a las misiones que van a tener estas Unidades de Policía de Prevención Local, se fija que la esencial es la “prevención de delitos y contravenciones, actuando con características e policía de proximidad, coordinando su actuación con los municipios y demás unidades policiales”. Asismimo, el texto aclara que el jefe de la “Unidad de Policía de Prevención Local”, será “designado por el Ministro de Seguridad, en acuerdo con el Intendente del municipio respectivo”.
Por último, y en cuanto a las funciones, el cuerpo podrá realizar actividades de observación, patrullaje y vigilancia; efectuar la prevención primaria, con un conocimiento cabal del sector barrial sobre el cual trabaja; implementar mecanismos de disuasión frente a actitudes y hechos delictivos o contravencionales; intervenir en los conflictos relacionados con la violencia de género; impedir que los hechos delictivos o contravencionales, tentados o cometidos, produzcan consecuencias delictivas ulteriores; establecer una relación estrecha con la comunidad en la labor preventiva; colaborar con las tareas de análisis preventivo, en base a mapas delictivos que se deberán confeccionar y mantener actualizados; coordinar el esfuerzo policial con el resto de los agentes que intervienen en la comunidad; prestar auxilio u orientación, en la medida de lo necesario, a todo vecino que así lo requiera.