El próximo año la nueva fuerza policía, que integró a la PFA y la Metropolitana, empezará a ejercer sus funciones y tendrá como máxima autoridad a un civil.
Con la llegada de un nuevo año se le dan inicio a muchos proyectos y propuestas que han sido sancionados durante el 2016 en el Palacio Legislativo porteño, tal es así que la flamante Policía de la Ciudad, que implicó el traspaso de agentes de la PFA y la Metropolitana, comenzará a ejercer sus funciones desde el 1 de enero próximo.
La nueva fuerza fue noticia el pasado martes, cuando se conoció que la máxima autoridad de la institución seria José Pedro Potocar, un civil de 58 años y con gran trayectoria en el ámbito de las superintendencias de Seguridad Metropolitana, Drogas Peligrosas, Asuntos Internos e Interior de la Policía Federal Argentina.
La normativa que los regulará
En el marco de la ley de Sistema Integral de Seguridad Pública, sancionada en una sesión ordinaria en la Legislatura durante noviembre, se estableció la conformación de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, un cuerpo de bomberos civil, foros de participación ciudadana, mecanismos de control y transparencia y establece toda la normativa funcional y disciplinaria para el personal policial.
Paralelamente a la creación de la fuerza, los diputados porteños sancionaron la ley que crea el Instituto Universitario de Seguridad, al cual se integra el actual Instituto Superior de Seguridad Pública, donde se formarán y capacitarán los cuadros de oficiales superiores y de dirección y otros agentes del nuevo sistema integral de seguridad.
Por otra parte, busca controlar el accionar de la nueva fuerza, por lo que se crearía la Oficina de Transparencia y Control Externo, además de establecer la obligatoriedad de la presentación de declaraciones juradas.
“La Oficina de Transparencia y Control es continuadora de la Auditoría Externa policial actualmente vigente, pero se ha reforzado su independencia frente al órgano policial controlado, indispensable para el adecuado cumplimiento de su misión de control, mediante la explícita incorporación de los principios de autonomía de criterio, idoneidad, diligencia profesional y secreto profesional en su accionar”, sostiene la ley, y añade que “esta independencia sólo puede hacerse efectiva mediante la prohibición de integración del órgano de control con personal perteneciente a la entidad controlada, así sea en uso de licencia”.
La participación, el punto fundamental
Varios de los puntos claves en la normativa resaltan la necesidad de la participación ciudadana para controlar el accionar de la Policía de la Ciudad, tal es así que algunos de ellos sostienen que se crearan “los Foros de Seguridad Pública (FoSeP), uno por cada comuna, para formular propuestas, evaluar, sugerir, participar del Sistema de Información para la Prevención del Delito y la Violencia (Siprec); cada foro evaluará la actuación policial en su Comuna”.
A su vez, “el Ministerio de Justicia y Seguridad comunicará anualmente a la Legislatura y publicará el Mapa del Delito y los datos del Siprec y la Encuesta de Victimización. Todas esas herramientas conforman el Sistema de gestión de información de seguridad pública".
Los vecino también podrán "solicitar y recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna ante los órganos que componen el Sistema Integral", en el caso de que la información sea negada deberá ser comunicado por “un funcionario de jerarquía y de manera fundada”.
Comportamiento mesurado
Varios artículos de la ley refieren a los procedimientos que deben tener en cuenta los policías durante su actuación, algunos de los puntos más destacables son que “el deber del personal policial de intervenir rige durante el horario de servicio ordinario o complementario, fuera de su horario de trabajo, el policía no está obligado a identificarse o intervenir ante un hecho delictivo, pero sí debe dar aviso a personal policial en servicio o llamando al número telefónico de emergencia”.
"La intervención policial en concentraciones o manifestaciones públicas debe garantizar el respeto y la protección de los derechos de los participantes", afirma la iniciativa y agrega que "el personal policial debe otorgar preeminencia a la protección de la vida y la integridad física de todos los involucrados". En este sentido no estará autorizada " la portación de armas de fuego y municiones de poder letal el personal policial que por su función en el operativo esté destinado a entrar en contacto físico directo con los manifestantes" y "es obligatorio para todo el personal policial interviniente en manifestaciones públicas portar una identificación clara que pueda advertirse a simple vista en los uniformes correspondientes".
De esta manera tampoco podrán “infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni invocar ilegítimamente la orden de un superior o cualquier tipo de circunstancias especiales o situación de emergencia pública para justificar la comisión de delitos contra la vida, la libertad o la integridad de las personas".