Por DNU, incorporan al coronavirus como “enfermedad profesional”
La medida, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, establece que las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo deberán dar cobertura a los trabajadores que contraigan la enfermedad.

Se oficializó este martes el Decreto de Necesidad y Urgencia 367/20 por el cual se declara al coronavirus “presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada-“, por lo cual las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deberán dar cobertura a los trabajadores que, en el desempeño de actividades y servicios esenciales durante el aislamiento, contraigan el virus.
De acuerdo a la norma, las ART “no podrán rechazar la cobertura”, y deberán “adoptar los recaudos necesarios para que, al tomar conocimiento de la denuncia del infortunio laboral acompañada del correspondiente diagnóstico confirmado emitido por entidad debidamente autorizada, la trabajadora o el trabajador damnificado reciba, en forma inmediata” las prestaciones correspondientes.
El artículo 3 indica que “la determinación definitiva del carácter profesional de la mencionada patología quedará, en cada caso, a cargo de la Comisión Médica Central”, que en caso de confirmar la presunción establecerá “la imprescindible y necesaria relación de causalidad directa e inmediata de la enfermedad denunciada con el trabajo efectuado”.
Además, el DNU señala que “en los casos de trabajadoras y trabajadores de la salud se considerará que la enfermedad COVID-19, producida por el coronavirus SARS- CoV-2, guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada, salvo que se demuestre, en el caso concreto, la inexistencia de este último supuesto fáctico”.
En los considerandos de la medida se expresó que “merecen prioritaria protección aquellos trabajadores y trabajadoras que, debidamente identificados e identificadas por sus empleadores, se encuentren desarrollando actividades laborales determinables” en medio de este contexto.
Este es el DNU número 18 que emite el presidente Alberto Fernández en relación al coronavirus. Al igual que el resto de los decretos, tendrá que ser analizado por la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, que todavía no tuvo ninguna reunión en el año -salvo la constitutiva-.