El proyecto de ley fue presentado por la senadora Cristina López Valverde. La iniciativa prevé la creación de un registro y un número de responsabilidades para los propietarios. Qué razas están incluidas.
Luego de que en la provincia de San Juan se registrara días atrás el accidente en el que una niña perdió la vida por el ataque de un perro Pitbull, acontecimiento que se suma a muchos otros en el país, la senadora Cristina López Valverde (Frente de Todos) presentó un proyecto de ley para "regular la tenencia de perros potencialmente peligrosos y hacerla compatible con la seguridad de las personas y de otros animales en todo el territorio nacional".
La iniciativa, a la que accedió parlamentario.com, denomina como "perros potencialmente peligrosos" a aquellos "incluidos dentro de una topología racial que, por su naturaleza agresiva, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones graves a las personas y a otros animales".
"Poseen tal consideración los perros que respondan a las siguientes características: más de 20 kilogramos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado", agrega el articulado.
Además, el proyecto enumera las razas: Akita Inu; American Staffordshire Terrier Bullmastif; Bull Terrier; Cane Corso; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Fila Brasileño; Gran Perro Japonés; Mastín Napolitano; Pit Bull Terrier; Presa Canario; Rottweiler; Staffordshire bull terrier; y Tosa Inu.
La propuesta establece la creación de un "Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos" en el cual deberán constar los datos personales del propietario, el cual aclara debe ser mayor de edad y presentar el certificado de sanidad del animal con actualización anual; entre otros datos. Por otra parte, en ese registro quedarán también asentados los incidentes protagonizados por los animales que allí figuren.
En cuanto a las responsabilidades, se indica que el propietario tendrá que "identificar a su perro mediante la colocación de un chip -el procedimiento y la realización de la práctica son establecidos por la autoridad de aplicación-; colocar un cartel en el domicilio de residencia de un perro potencialmente peligroso; en la vía pública, pasear al perro con bozal, collar o pretal y cadena o correa de menos de un metro de longitud; procurar al perro la adecuada provisión de alimentos, vivienda, vacunación, atención veterinaria, contención y buen trato; y en caso de que el perro agreda o lesione a otro animal o a una persona, debe conducir el proceso de reeducación y adiestramiento.
Según el proyecto, la norma no regirá para "los perros de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía provinciales y Policía Federal". En tanto, todos los establecimientos o asociaciones que alberguen a este tipo de perros deberán "registrarse para su funcionamiento y obtener la autorización".
La iniciativa señala que las sanciones las determinará la autoridad de aplicación, pero indica que "las multas se gradúan en función de las circunstancias de la infracción, el grado de reincidencia y de los antecedentes de mordedura y/o agresividad del animal".
"Las infracciones pueden llevar aparejadas como sanciones accesorias la confiscación, decomiso, esterilización de los animales potencialmente peligrosos, la clausura del establecimiento y la suspensión temporal o definitiva de la licencia para tenencia de perros potencialmente peligrosos", añade el artículo 10, mientras que el 11 expresa que "las sanciones o multas impuestas a los propietarios de los perros, no los eximen de las posibles acciones en el fuero civil y/o penal".
“No se trata de estigmatizar ninguna raza, sino de establecer una normativa para hacer compatible la tenencia responsable de estos perros con nuestra seguridad y la de otros animales. Es importante comprender que tomar pequeños recaudos pueden evitar accidentes y hasta salvar vidas”, sostuvo la legisladora sanjuanina.