Con el rechazo de JxC, el FdT avanzó con el proyecto que modifica la Ley de Manejo del Fuego
En un plenario de comisiones del Senado, el oficialismo pasó a la firma el dictamen de la iniciativa que tiene media sanción de Diputados. La oposición pidió más tiempo para analizar el texto, pero no tuvo éxito.

Durante un plenario de las comisiones de Legislación General y Ambiente y Desarrollo Sustentable del Senado, el Frente de Todos pasó a la firma el dictamen del proyecto que modifica la Ley de Manejo del Fuego, con el fin de prohibir cambios en el uso y destino de tierras que hayan sido afectadas por incendios.
Pese al pedido de Juntos por el Cambio de dar más tiempo al debate y convocar a distintos sectores para que den su opinión, además de incorporar otra comisión al análisis, el oficialismo se mantuvo firme en su decisión de avanzar de inmediato con la iniciativa impulsada por Máximo Kirchner y que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.
La presidenta de la Comisión de Legislación General, Ana Almirón (FdT), explicó al abrir la reunión los puntos del proyecto y dijo que este año “la Argentina ardió en llamas”, y recientemente en su provincia, Corrientes, hubo “varias localidades tuvieron focos de incendios”, destacándose la situación en la localidad de Virasoro. “Es sumamente necesaria (esta ley) porque tenemos que proteger nuestro medioambiente”, afirmó.
Por Juntos por el Cambio, la macrista Gladys González repasó todos los argumentos en contra de la iniciativa. “Lejos de cumplir con el objetivo de proteger, es contrario al principio de no regresividad. La Ley de Bosques no habla de plazos, sino que protege a perpetuidad, y este proyecto lo que hace es ponerle un plazo. Estaríamos retrocediendo en la protección”, señaló.
La titular de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable remarcó además que la iniciativa “avanza sobre facultades provinciales”, porque “prohíbe usos que en realidad son las provincias las que tienen que determinar, en función de una categorización general, así que es claramente inconstitucional”.
También criticó que “no distingue entre los incendios provocados y los accidentales o naturales”, por lo que apuntó que con su aplicación se podría hacer “pagar al dueño de un terreno por un incendio que provocó otro”.
González enfatizó que la iniciativa tiene características de “inconstitucionalidad, desproporcionalidad, injustificación, no protección”.
“Avancemos en la Ley de Humedales, pongámosle presupuesto a Ley de Bosques y a la Ley de Manejo del Fuego, pensemos proyectos juntos de prevención y mayor concientización sobre el tema, incorporemos delitos ambientales al Código Penal, pero no avancemos en esta norma que además de ser inconstitucional no soluciona el tema de fondo“, completó.

A su turno, el entrerriano Alfredo De Angeli advirtió que “un incendio en un campo muy pocas veces es que sea intencional”. En ese sentido, el macrista ejemplificó que “en un día de mucho calor, como hoy, un vidrio hace prisma y puede prender fuego un campo y sería injusto penalizar al dueño de un campo porque un vidrio prendió fuego”, o “una chispa de un caño de escape con 40 grados” que causa fuego al pasar un camión por un campo.
El legislador reclamó que se le dé giro a la comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca, porque “las mejores leyes son las más discutidas”. “Yo creo que esta ley no es buena”, agregó.
En tanto, la radical Silvia Giacoppo reclamó que el proyecto pase por asesores y habló de “la preocupación de muchos productores agropecuarios” al respecto. Por eso, la jujeña resaltó que “por la importancia, el impacto y algunos artículos que tiene, merece ser trabajado” y no dictaminarse sin antes “escuchar a las partes” y “discutir el tema como amerita”.
Almirón defendió entonces que el proyecto no haya pasado por asesores, dado “el trabajo fructífero del Senado”, donde “ya no teníamos tiempo” porque “está colapsado el horario, porque todas las comisiones pidieron trabajar”.
En defensa de la iniciativa, la santafesina María de los Ángeles Sacnun destacó que la ley tiene como objetivo “defender los derechos medioambientales y colectivos de toda la sociedad”. “Como en toda ley existen tensiones y distintos intereses a proteger. Es lógico que haya que escuchar a los intereses particulares, pero hay derechos colectivos, protegidos expresamente por la Constitución Nacional”, manifestó la oficialista.
En la misma posición que sus pares, el macrista Esteban Bullrich llamó a dar “una discusión más profunda” y “escuchar más voces”, porque “esta norma tiene problemas”. “La velocidad es importante, pero la calidad también, sobre todo cuando hablamos de leyes. No entiendo que estemos sacando una ley de cualquier manera; la podemos corregir, para eso somos cámara revisora”, subrayó el bonaerense.
Durante el debate, el chubutense Mario Pais aseguró que la iniciativa se da “en función de la manda constitucional del artículo 41” y negó que se esté “avanzando sobre las facultades provinciales”. “Esta ley está estableciendo una suerte de restricciones administrativas sobre superficies en el marco de las potestades que tiene la Nación y las provincias”, indicó el oficialista y argumentó que “apunta a dar una respuesta a una situación que ha sido verdaderamente emergencial”.
Finalmente, Almirón comunicó la decisión del Frente de Todos de avanzar con el dictamen y consideró que hubo “tiempo” de análisis porque “la reunión fue convocada la semana pasada” y “son solamente tres artículos que se modifican”.
“Es una herramienta de control positivo que tiende a desalentar los incendios intencionales”, expresó y abogó por el “trabajo conjunto”, tal como lo planteara su par Nora del Valle Giménez, entre la Nación y las provincias, porque “si no tenemos una aplicación efectiva en cada una de las provincias efectivamente la ley va a caer en saco roto”.

Qué plantea la iniciativa con media sanción
El proyecto modifica el artículo 22 bis de la Ley 26.815, de modo de establecer una serie de prohibiciones por el término de 60 años “en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas”.
De acuerdo al nuevo texto, no se podrá “realizar modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio; y la división, subdivisión, excepto cuando resulten de división o participación hereditaria, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares”.
Tampoco, “la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales; y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio”.
Todo ello “sin perjuicio de la protección especial que tales ecosistemas afectados particularmente obtengan de las leyes nacionales y locales, como de los tratados internacionales aprobados y ratificados por la Nación en la materia, que aplicarán complementariamente en cuanto sus normas resulten más extensas o amplias en sus beneficios para con los mismos”.
Además, se incorpora el artículo 22 ter que reza que esta prohibición “será extendida si así lo indicase el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la jurisdicción correspondiente”.
En tanto, el nuevo artículo 22 quáter se refiere a los incendios en “zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural”.
En esos casos, la prohibición será por 30 años y no se podrán realizar emprendimientos inmobiliarios; cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio; y la modificación de uso de una superficie con el fin de desarrollar prácticas agropecuarias intensivas, excepto en los casos que dichas prácticas y modalidades hubiesen antecedido al evento.