El decreto, firmado por el presidente Alberto Fernández, confirma las medidas anunciadas e incluye una novedad: los locales gastronómicos solo podrán atender en mesas al aire libre.
Bajo el título “Medidas generales de prevención”, se publicó este viernes en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establece nuevas restricciones para evitar contagios de coronavirus, tal como había anunciado el miércoles el presidente Alberto Fernández.
El DNU, que lleva el número 241/21, comenzó a regir desde este viernes y Horacio Rodríguez Larreta ya adelantó que presentará un amparo en rechazo a la suspensión de clases presenciales, una decisión que, según advirtió el jefe de Gobierno porteño, se tomó de manera inconsulta.
En el decreto, que lleva las firmas de Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros, señala que “el aumento de casos se registra en casi todas las jurisdicciones del territorio nacional y más del 50% de los nuevos casos se concentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)”.
Asimismo, se agrega que la velocidad de contagio en esta zona “es considerablemente mayor a la que se venía registrando y a la que se registra en otras áreas de alto riesgo epidemiológico y sanitario del país, lo que genera una importante tensión en el sistema de salud en todos sus niveles, así como el riesgo de su saturación y, a causa de ello, un previsible incremento en la mortalidad, si no se adoptan medidas para prevenir estas consecuencias”.
Por eso, “se hace necesario incrementar las medidas ya adoptadas” a pesar de que se cumplió apenas una semana del dictado del anterior DNU, el 235/21, con vigencia hasta el próximo 30 de abril.
El decreto “se dicta con el fin de contener y mitigar la propagación de la epidemia de Covid-19 con el objeto de preservar la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma sectorizada, razonable y temporaria”, indica en los considerandos.