Se inicia el tratamiento de un régimen previsional para trabajadores de la viña
Un plenario de comisiones de la Cámara baja dará el puntapié inicial al debate sobre un proyecto de ley que ya cuenta con media sanción del Senado. La iniciativa les otorga a los trabajadores de las viñas un régimen previsional igual al de los peones rurales, con la posibilidad de jubilarse a los 57 años.

El proyecto de ley en revisión por el cual se crea un régimen previsional especial para trabajadores y contratistas de viñas comenzará a tratarse este lunes 5 a las 15, en una reunión conjunta por videoconferencia de las comisiones de Previsión y Seguridad Social y de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados.
Según la convocatoria realizada por la presidenta de la Comisión de Legislación del Trabajo Vanesa Siley (FdT), el temario de la reunión conjunta incluye el proyecto 115-S-2020, que ya tiene media sanción de la Cámara alta.
Además, durante el tratamiento, se pondrán a la vista otras iniciativas referidas al tema como la del ex diputado Nicolás Del Caño y la iniciativa (4714-D-2020) de los diputados Alberto Asseff y Omar De Marchi, entre otros.
De qué se trata el proyecto
La iniciativa impulsada por la senadora mendocina Anabel Fernández Sagasti establece un régimen previsional especial para trabajadores y contratistas de viñas, que podrán jubilarse a los 57 años, sin distinción de sexo, siempre que acrediten 25 años de servicio con aportes.
De esta manera, la iniciativa equipara a estos empleados con los peones rurales, que también tienen un régimen diferenciado debido al tipo de trabajo que realizan.
Respecto del cómputo de los años de servicios, el proyecto aprobado establece que cuando el viñatero haya alternado con tareas de otro tipo “se efectuará un prorrateo en función de los límites de edad y de servicios requeridos para cada clase de tareas o actividades”.
Asimismo, se indica que la contribución patronal será la que rija en el régimen común (Sistema Integrado Previsional Argentino) incrementada en un 2% a partir de la vigencia de la ley.
Cabe aclarar que la media sanción también abarca viñas que posean olivares y frutales, siempre y cuando la actividad vitícola sea la principal.