El Régimen de Accesibilidad de Excepción a Medicamentos en el Exterior y Experimentales prevé el acceso a “drogas, medicamentos o tratamientos fuera del país y experimentales que no han obtenido aún la aprobación de los organismos de salud correspondientes”.
El senador bonaerense Esteban Bullrich (Juntos por el Cambio) presentó este lunes un proyecto de ley que habilita el uso de medicamentos experimentales en pacientes con enfermedades que comprometan su vida, evolucionen hacia la invalidez o los incapacite de manera permanente.
La iniciativa pertenece a Bullrich, quien hace unos meses confirmó que padece Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), que es la más importante de las degeneraciones que pueden afectar a las motoneuronas, que son las células nerviosas que, desde el cerebro y la médula espinal, llegan hasta los músculos y los hacen contraerse voluntariamente.
El Régimen de Accesibilidad de Excepción a Medicamentos en el Exterior y Experimentales tiene por objeto establecer el acceso a “drogas, medicamentos o tratamientos fuera del país y experimentales que no han obtenido aún la aprobación de los organismos de salud correspondientes, tanto en el país como en el exterior, para los pacientes que padecen enfermedades terminales”.
Según el texto, los pacientes podrán acceder a este beneficio “si no existe en la Argentina un tratamiento convencional para la enfermedad; que exista ese procedimiento, pero el paciente presente intolerancia al mismo o no presente respuesta”.
“También que haya recibido en el exterior una medicación cuyo cambio por un producto comercializado en nuestro país, pueda resultar perjudicial; o que una droga aprobada localmente haya sido discontinuada en su comercialización sin que para ello mediaran razones en relación a cuestiones de seguridad”, agrega.
La iniciativa también exime del “pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el impuesto al valor agregado, así como también de la constitución de depósito previo, a los medicamentos”.
Finalmente, y entre otros aspectos, se incorpora un inciso al artículo 59 del Código Civil y Comercial de la Nación estableciendo el “derecho de los pacientes con enfermedades terminales a recibir tratamientos experimentales”.