La Legislatura sancionó una ley que promueve el acceso equitativo al trabajo
La iniciativa fue aprobada con 46 votos positivos y tres abstenciones y limita las ofertas laborales que contengan contenido discriminativo (como por ejemplo, género, edad y lugar de residencia) y comenta la utilización del CV anónimo.

Con la intención de promover la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la Legislatura porteña sancionó con 46 votos a favor y tres abstenciones –todas de los bloques de izquierda- un proyecto que busca regular las condiciones de reclutamiento de los aspirantes al trabajo y fomenta la utilización de un currículum vitae anónimo.
El texto recientemente aprobado tiene por objeto promover la igualdad de oportunidades en la identificación del talento, reclutamiento y el acceso laboral en condiciones de equidad y no discriminación y es de carácter obligatorio para empleadores públicos y privados. De esta manera, establece que “las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como edad, raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, estado civil, posición económica, condición social, caracteres físicos, discapacidad, residencia, responsabilidades familiares o antecedentes penales de quienes hayan cumplido la totalidad de su condena y cualquier otro dato que no fuera imprescindible para el trabajo que se ofrece”.
A su vez, en las ofertas de empleo tampoco se podrá requerir de manera obligatoria y excluyente la remisión de videos, fotografías, imágenes, audios, nombre y apellido completo o cualquier otro dato que permita su identificación en redes sociales. No obstante, la autoridad de aplicación permitirá excepciones si el puesto a cubrir lo amerita.
En tanto el Poder Ejecutivo promoverá y difundirá la búsqueda laboral equitativa. Se deberá colocar en toda la mensajería destinada a la oferta laboral, un mensaje informativo, escrito con letra clara y legible que sostenga que “el empleador sólo podrá solicitarle la información estrictamente necesaria para el desempeño en el trabajo que se ofrece”. Todo aquel que tome conocimiento del incumplimiento de la Ley, podrá informarlo conforme los mecanismos que determine la Autoridad de Aplicación.
La sanción por incumplimiento por parte de los sujetos comprendidos, consistirá en la realización obligatoria de capacitaciones en temáticas de género, inclusión plena y no discriminación conforme determine la Autoridad de Aplicación.
Mientras que en relación al CV anónimo, el texto establece que los empleadores no podrán requerir que los currículos incluyan datos personales como el nombre y apellido, así como fotos y videos. No obstante, el aspirante al puesto podrá optar por suministrar esa información de manera voluntaria.