Las modificaciones introducidas al dictamen del proyecto de VIH
Tal cual se había anticipado, la norma tuvo un amplio consenso, pero había múltiples cambios que se propondrían durante el tratamiento en particular, y así fue. Qué cosas aceptaron y cuáles no.

Vicepresidente 2° de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, el catamarqueño Rubén Manzi llevó la voz cantante de la mayoría de las modificaciones que se buscaron introducir a la norma. En primer lugar, para el inciso “a” del artículo 1° el legislador de la Coalición Cívica propuso ampliar a la enfermedad de la lepra el espectro alcanzado por la norma, quedando redactado de la siguiente manera: “La respuesta integral e intersectorial para enfermedades infecciosas crónicas de transmisión interhumana tales como el virus de inmuno deficiencia humana (VIH), las hepatitis virales, infecciones de transmisión sexual (ITS), la tuberculosis (TBC); la lepra y otras que por su evolución, características e impacto sean homologables a estas.
Propuso también agregar un inciso “f” que diga “la promoción del establecimiento de nuevos centros de testeos como estrategia para lograr efectuar mayor cantidad de diagnósticos”, y un inciso “g” que diga “la disponibilidad de los medicamentos en el lugar de residencia de residencia del paciente, con el fin de facilitar su adherencia al tratamiento”.
La presidenta de la comisión, Mónica Fein, aceptó incorporar los citados incisos “f” y “g”, mas no el pedido de sumar otras enfermedades, por cuanto consideró que “esta es una ley integral que inclusive incorpora un régimen previsional, y dejar abierta a otras enfermedades podría generar un universo que no conocemos”.
El diputado Gustavo Bouhid propuso modificar el artículo 3° estableciendo que “la asistencia será general universal y gratuita para aquellas personas que carecen de cobertura médica, quedando a cargo de las entidades comprendidas en este artículo las prestaciones correspondientes a los tratamientos de los afiliados”. Fein aclaró que no aceptaban la modificación por cuanto “se sobreentiende que la asistencia es integral, universal y gratuita como concepto, y obviamente quien tiene obra social o prepaga aporta a partir de esa adhesión a la garantía de la cobertura integral y que no sea un pago de coseguro cuando se tiene la consulta”.

Antes de votar, el diputado Alejandro Cacace aclaró que tal cual se había conversado proponían al final del artículo que diga “y las distintas herramientas e innovaciones de la estrategia de la prevención combinada”, y esa incorporación sí fue aceptada.
Respecto del artículo 8°, el diputado Manzi reiteró lo que había dicho durante el debate respecto de las pruebas de diagnóstico para trabajadores de la salud que pudieran tener un intercambio accidental de sangre con el paciente. Y entre silbidos desde los palcos leyó cómo quedaría el texto: “Se prohíbe la oferta y la realización de la prueba diagnóstica de VIH, hepatitis virales y otras ITS en los exámenes médicos preocupacionales, como así también durante el transcurso y como parte de la relación laboral, exceptuando las relaciones con actividades que estén expuestas a un intercambio accidental de sangre del postulante con sangre de terceros y que por ello requieran la constatación de posibles accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales, además de resguardar la salud de terceros afectados. No podrá condicionarse la permanencia o promoción en los puestos de trabajo a la realización o al resultado de esta prueba”. La presidenta de la comisión rechazó las modificaciones propuestas.
Llegando a la parte relacionada con Derechos laborales, el diputado Alejandro Cacace propuso para el inciso “a” del artículo 9°, teniendo en cuenta que muchas veces se producen despidos con otras aparentes justificaciones, pero que tienen que ver con que la persona tiene HIV, sumar al final la siguiente incorporación: “Se presume, salvo prueba en contrario, que el despido de personas con VIH, hepatitis virales, otras ITS y/o TBC ITS o TBC, obedece a razones de discriminación”.

Manzi sumó en el inciso “c”, que dice “el derecho a no ser objeto de pruebas diagnósticas de modo compulsivo”, la frase: “en los casos de HIV y hepatitis virales”. Esto es por cuanto en casos de tuberculosis se podría poner en riesgo a los compañeros de trabajo.
Ahí se produjo una confusión, pues la presidenta de la comisión aceptó en principio la modificación propuesta por Cacace y no la de Manzi, aunque inmediatamente se desdijo y aclaró que la aceptación y rechazo era al revés. Con una sonrisa, el presidente de la Cámara la corrigió: “Yo entiendo que es al revés, diputada. Entiendo que es al revés, se aceptan las modificaciones propuestas por el diputado Cacace, no se aceptan las propuestas por el diputado Manzi”, precisó Sergio Massa.
En cuanto al artículo 17°, el diputado Manzi sugirió incluir un párrafo destinado a las personas que en función de su residencia están alejadas de los centros asistenciales a los cuales deben concurrir: “Establécese asimismo la obligatoriedad de ofrecer al paciente el seguimiento del tratamiento y la provisión de los medicamentos en su lugar de residencia”. Mónica Fein aceptó la modificación.
A continuación, Mónica Fein pidió la reconsideración del artículo 15°, donde retiraron del texto lo referido a las hepatitis B y C. dicho artículo refiere a “la realización y/o procesamiento de las pruebas diagnósticas para la detección de VIH”, para las cuales “es requisito suficiente la solicitud y firma del consentimiento informado de la persona interesada”.
Al llegar al segmento correspondiente a la “seguridad social”, Alejandro Cacace se refirió a la creación de los regímenes previsionales de excepción y para el artículo 24° propuso poner: “Se presumen cumplidas las condiciones para acceder al beneficio establecido en el artículo 17° inciso ‘c’, de la Ley 24.241 para las personas con VIH y/o hepatitis B y C que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 25° de esta ley”.
La presidenta de la Comisión de Salud rechazó la modificación, y a continuación pidió la palabra Maximiliano Ferraro para expresar que “no me parece habilitar en términos de este debate que producto de las dos cuestiones que hacen a la seguridad social, pensiones no contributivas y adelanto de la edad jubilatorias, considerarlos como un régimen especial o de privilegio”.
“Uno puede respetar las opiniones que tiene cada uno con respecto a la situación actual de las jubilaciones, pero, ¿sabe qué siento? Pagan justos por pecadores, porque este Congreso de la Nación históricamente mira a otro lado en el otorgamiento de jubilaciones de privilegio que son escandalosas y acá estamos hablando de que en la Argentina hay 130 mil personas diagnosticadas con VIH, que se está estableciendo qué es una contributiva para personas de alta vulnerabilidad social, pero que esos 130 mil que hoy conocen su serología, tienen que tener 20 años de aporte y 10 años de diagnosticada. Yo respeto la opinión que pueda tener la mayoría de mi interbloque y el resto de los diputados, pero lo que no quiero es que se instale en una cuestión de reparación histórica, en una cuestión de reconocimiento, que es un sistema de jubilación de privilegio o un régimen especial”.
En cuanto al artículo 30°, referido a las pensiones no contributivas para personas con VIH y/o hepatitis B y/o C, de carácter vitalicio y no contributivo, que se encuentren en situación de vulnerabilidad social. “Tal dictamen no define qué es la vulnerabilidad social ni a quién aplica”, señaló el diputado Cacace, por lo cual sugirió sumarle al final la aclaración: “cuyos ingresos no superen dos salarios mínimos vitales y móviles. El trabajo en relación de dependencia no impedirá el goce de la pensión indicada en el presente artículo. Esta pensión será compatible con otros beneficios sociales”. En rigor, aclaró que esa frase correspondía a un anterior dictamen cuya autoría atribuyó a Carolina Gaillard y otros diputados. La diputada entrerriana intervino para aclarar que eso había sido consultado con la ANSeS, organismo que avaló el régimen especial de jubilaciones, entendiendo que no era de privilegio, y en cuanto a la pensión no contributiva “sugirieron la redacción actual del artículo 30°, por eso vamos a sostener la redacción actual, porque están hechas las consultas con los organismos pertinentes”. Obviamente no se aceptó la modificación de JxC.