La medida se oficializó este viernes en el Boletín Oficial. "Las mujeres presentan una tasa de desempleo más elevada que los varones", se señala en los fundamentos.
El Gobierno nacional oficializó este viernes el decreto de necesidad y urgencia 90/23 por el cual se busca garantizar la cobertura de seguridad social para las trabajadoras de casas particulares.
La medida se publicó luego de los anuncios oficiales que el presidente Alberto Fernández dio junto a las ministras Raquel "Kelly" Olmos (Trabajo, Empleo y Seguridad Social) y Ayelén Mazzina (Mujeres, Género y Diversidad).
En los fundamentos del DNU se señala que "las mujeres presentan una tasa de desempleo más elevada que los varones y se insertan en mayor medida en puestos asalariados no registrados".
"Las estadísticas oficiales registran, aproximadamente, 1.100.000 de trabajadoras y trabajadores de casas particulares en el sector urbano de la República Argentina que en su amplia mayoría son mujeres, con una elevada informalidad laboral que asciende al 78,1%, con altas tasas de rotación y bajos salarios", agrega.
En ese sentido, el Poder Ejecutivo asegura que "atento a los altos niveles de informalidad e inestabilidad laboral que presentan las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares se hace necesaria la implementación de políticas orientadas a garantizar su cobertura plena de seguridad social".
De esta manera, mediante el decreto, se reconoce "los períodos cotizados al Régimen de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241, con independencia de las horas semanales laboradas, e incluir, al personal comprendido en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares en el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo instituido en la Ley N° 24.013".
"En relación con los servicios prestados con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, en los cuales se hayan efectuado contribuciones inferiores a 16 horas semanales, se posibilita el reconocimiento de esos servicios a los fines previsionales, sujeto a un cargo, el cual será descontado en cuotas mensuales del haber obtenido", establece.
Además, dada "la situación de vulnerabilidad que atraviesa el personal" comprendido en este rubro "amerita garantizar, en los períodos cubiertos por el Seguro de Desempleo que las asignaciones familiares sean las previstas en el inciso c) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y, en caso de corresponder, la percepción de la Prestación Alimentar".
Este DNU se publicó como complementario al decreto 89/23 por el cual se amplió el Programa Registradas.