El Gobierno reglamentó la ley sobre asistencia a personas en situación de calle

Tras el fallecimiento de una beba a metros de la Casa Rosada, se publicó este miércoles en el Boletín Oficial la decisión sobre la norma que fue sancionada en diciembre de 2021.

Tras la conmoción por la muerte de una beba de tres meses, que se encontraba viviendo junto a sus padres a metros de la Casa Rosada, el Gobierno nacional reglamentó este miércoles la Ley 27.654 de asistencia a personas en situación de calle y familias sin techo.

De acuerdo al decreto 183/23, el Ministerio de Desarrollo Social -autoridad de aplicación- podrá “suscribir convenios y articular acciones con otros organismos públicos nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, instituciones académico-científicas, sindicales y organizaciones de la sociedad civil con reconocida trayectoria en la perspectiva de derechos de la normativa, con el fin de avanzar en el cumplimiento de los objetivos” de la ley.

Además, se encuentra facultado “para dictar las normas complementarias, aclaratorias y demás disposiciones que fueren necesarias para su mejor cumplimiento”.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo señaló que la ley “constituye un instrumento jurídico fundamental que tiene por objeto garantizar integralmente y hacer operativos los derechos humanos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle que se encuentren en el territorio de la República Argentina”.

“Las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle constituyen una de las expresiones sociales más graves de la precariedad habitacional, y que necesitan mayor atención por parte del Estado. Los problemas derivados de la situación de calle se encuentran localizados, principalmente, en los grandes centros urbanos del país, y tienen un origen multicausal que no se corresponde únicamente con la falta de acceso a la vivienda, sino también con otras causas como las realidades económicas, laborales, migratorias, vinculares, familiares, de salud, subjetivas e institucionales, entre otras”, se expresó.

Y agregó que “por ello, resulta necesario dar respuesta al conjunto de personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle, con políticas de Estado que comprendan las múltiples dimensiones que se entrecruzan y que colaboran en la producción del problema”.

En otro párrafo de los fundamentos, el Gobierno subrayó que “durante la década de 1990, el modelo económico neoliberal significó la pauperización de las condiciones de vida de las personas trabajadoras, y quedaron en evidencia sus consecuencias más graves con la crisis del año 2001, en donde aumentaron los índices de pobreza y la cantidad de personas en situación de calle, que superaron todos los niveles históricos debido al impacto del desempleo masivo y al desmantelamiento de la estructura productiva y de servicios del Estado”.

La ley, que se sancionó en el Senado en diciembre de 2021, dispone la creación de una red nacional de centros de integración social con atención las 24 horas con espacios terapéuticos, talleres y actividades de formación, capacitación y ocupación laboral.

También, un sistema nacional de atención telefónica y atención móvil para intervención inmediata y la capacitación obligatoria a todas las personas que intervienen en la atención de personas en situación de calle.

Por otra parte, el Estado debe realizar acciones para la tramitación gratuita de todos los documentos necesarios para acreditar la identidad personal, partida de nacimiento, documento nacional de identidad, CUIL y CUIT y toda documentación que sea tendiente al reconocimiento de su identidad.

Y establece, entre otros puntos, el derecho al acceso y uso de infraestructura de los servicios del espacio público.

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