Tavela y Grosso presentaron un proyecto para la transferencia de inmuebles del Estado a favor de distintas universidades
La diputada de JxC sostuvo que “esta modificación legal facilitará la administración y gestión de dichos espacios y la posibilidad de realizar mejoras e inversiones”.

Los diputados nacionales Danya Tavela (Evolución Radical) y Leonardo Grosso (FdT) presentaron un proyecto de ley para posibilitar la transferencia de dominio sobre diversos inmuebles que pertenecen al Estado Nacional a favor de distintas universidades.
“La educación superior es central para el progreso y futuro de nuestro país. La adecuada gestión de las universidades nacionales públicas posibilita y mejora el acceso a ellas”, sostuvo Tavela y planteó: “Si bien en estos espacios ya están funcionando áreas de las UUNN, esta modificación legal facilitará la administración y gestión de dichos espacios y la posibilidad de realizar mejoras e inversiones”.
En esa línea, remarcó que “la educación es el principal motor de movilidad social ascendente de nuestro país. Tenemos que garantizar que los jóvenes puedan desarrollar sus habilidades en el mejor ambiente posible”.
Respecto del proyecto, establece en su artículo primero: “Transfiérase a título gratuito el dominio, los derechos y las acciones de los inmuebles pertenecientes al Estado Nacional, detallados en el Anexo 1 de la presente ley, en favor de las siguientes universidades nacionales: Universidad Nacional General San Martín, Universidad Nacional de Hurlingham, Universidad Nacional de José Clemente Paz, Universidad Nacional de La Patagonia Austral, Universidad Nacional de las Artes, Universidad Nacional de San Antonio de Areco, Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Universidad Nacional de Litoral y Universidad Nacional del Noroeste”.
“La transferencia comprende a todas las edificaciones, instalaciones complementarias e inmuebles por accesión ubicados en los inmuebles objeto de la presente”, señala el artículo 2.
Además, manifiesta que la transferencia se efectúa con el cargo de que los beneficiarios destinen el inmueble a los fines educativos, sociales y para el desarrollo de las actividades sustantivas de cada universidad nacional.
A su vez, establece que el Poder Ejecutivo dentro de los 60 días de sancionada la presente ley adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir los trámites necesarios para el otorgamiento de las respectivas escrituras traslativas de dominio, incluyendo la confección de planos de mesura y subdivisión de los inmuebles a ser transferidos.
“La escribanía general del Gobierno de la Nación procederá a realizar la escrituración y los trámites de inscripción necesarias para la implementación de la ley”, fija.