La iniciativa busca la protección, difusión y estímulo de los bienes y/o referencias culturales de todo el territorio nacional. Deberá realizarse en un plazo no mayor a cuatro años desde la entrada en vigencia de la ley.
La Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción en la sesión de este martes a un proyecto de ley que propone la creación de un Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmaterial, al cosechar 219 votos afirmativos, 0 negativos y 5 abstenciones, del Frente de Izquierda.
El proyecto tiene por objeto constituirse en un mecanismo de gestión para la identificación y clasificación de las expresiones patrimoniales culturales inmateriales que hay en todo el territorio nacional, con fines de salvaguardia, protección, sostenibilidad, sensibilización, investigación, difusión y estímulo de los bienes y/o referencias culturales del patrimonio inmaterial; y la creación de un registro de carácter público.
Entre los objetivos, busca promover el respeto del patrimonio cultural inmaterial de las comunidades, grupos e individuos, según sea el caso; difundir y sensibilizar acerca de la importancia y el reconocimiento de los elementos presentes en el territorio nacional, con la participación de las comunidades que las practican.
También propone la elaboración de mecanismos tendientes a la participación comunitaria activa, mediante la búsqueda y obtención del consentimiento libre, previo e informado de las personas, grupos o comunidades que practican los elementos del patrimonio cultural inmaterial. Además, promover la articulación interinstitucional e intersectorial y fomentar el establecimiento de mecanismos que permitan la consolidación de equipos interdisciplinarios para el abordaje del patrimonio cultural inmaterial en el sector público.
La autoridad de aplicación será designada por el Poder Ejecutivo y tendrá como tarea crear y coordinar la realización del Registro Nacional de los bienes y/o referencias culturales que integren el patrimonio, que deberá contar con representación de las diferentes jurisdicciones. La adecuación del registro deberá realizarse en un plazo no mayor a cuatro años desde la entrada en vigencia de la ley.
El registro de cada bien deberá tener denominación y fecha, características, historia, documentación, razones que motivan la realización de la expresión cultural, descripción del estado actual, identificación de la comunidad que la lleva a práctica, plan de salvaguardia.
En el arranque del debate, la presidenta de la Comisión de Cultura, Silvana Ginocchio (UP), señaló que este dictamen “significó un consenso político” que terminó en “un proyecto unificado” que ya había recibido un primer despacho en 2022. “La cultura está intrínsecamente ligada, impregna, a cada pueblo, los identifica y hace únicos”, destacó, al tiempo que resaltó que “existe un derecho constitucional y convencional” de acceso a la cultura.
Para la catamarqueña, esta ley “contribuye a construir una visión más amplia, plural, que incluye a los colectivos, a los grupos y todas las construcciones sociales”. “El patrimonio cultural inmaterial construye identidad, cohesión social, pertenencia”, dijo y aseguró que esto debe “ser transmitido de generación a generación”. “Vincular nuestro pasado con el futuro, a través de este presente, se hace con marcos regulatorios”, agregó.
Autor del proyecto, el diputado Hernán Lombardi (Pro) afirmó que “estamos hablando de algo completamente trascendente”. Apuntó que en el pasado se protegía solo el patrimonio material, como “un edificio, una catedral” pero “ya a partir de la década del ‘90 hay un giro importante en las políticas públicas, que es preservar las costumbres, las danzas, los idiomas, las prácticas sociales, entendiendo que no es solamente por su enorme difusión. Lo que importa es que haya una comunidad receptora que tome y transmita de generación a generación este patrimonio que pasa a ser constitutivo, un patrimonio común de todos los argentinos y eventualmente mundial”.
El exministro de Cultura porteño mencionó que actualmente están inscriptos el tango, el chamamé y el filete porteño ante la UNESCO, pero se necesitaba de una ley particular para incluir más prácticas. “Esta ley pone una hoja de ruta a lo que deben ser las políticas culturales en el futuro”, expresó y remarcó que “no tiene costo fiscal”.
También autora del proyecto, la diputada Gisela Marziotta (UP) ponderó que a pesar de las enormes diferencias con Lombardi en “las políticas públicas, el modelo de país y rol del Estado” pudieron ponerlas de lado “para que prime el cuidado del patrimonio cultural inmaterial”.
“Venimos a cumplir con la Constitución Nacional”, aseveró y recordó que en 2003 la Unesco aprobó la Convención Internacional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, a la cual Argentina adhirió en 2006, pero no legisló al respecto. “Inmaterial quiere decir que es intangible, pero que define a nuestra identidad como argentinos”, sumó.
A su turno, el diputado Alejandro Vilca (FIT) cuestionó que “se deja de lado la opinión de los pueblos originarios”, quienes “consideran que este proyecto no los contempla”, a pesar del artículo que habla del consentimiento de la comunidad. También criticó la falta de financiamiento y que se busque “caer en un marco de demagogia ante la reivindicación de los pueblos originarios”. Sin éxito, pidió la vuelta a comisiones.