A lo largo de 2024 no se constituyó la bicameral que debe encargarse del tema, por la falta de designación de senadores. El mandato de Marisa Graham culmina el próximo 1ro. de marzo. Cómo fue el proceso de selección, que se inició con años de demora desde que se creó esta figura.
Varios pedidos, que transmiten preocupación y advertencia, llegaron en los últimos meses al Congreso por parte de distintas ONG’s, instituciones y organismos que trabajan con la infancia a raíz de la inminente situación de acefalía en la que quedará la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, puesta en marcha en plena pandemia, con el final del mandato de Marisa Graham desde el 1ro. de marzo próximo.
La designación de este cargo es tarea de una comisión bicameral que este año no se constituyó por la falta de designación de senadores. Mientras desde Diputados fueron nombradas Eugenia Alianiello (UP), Nadia Marquéz (LLA), Natalia Sarapura (UCR), María Sotolano (Pro) y Brenda Vargas Matyi (UP), la Cámara alta nunca cumplió con este trámite.
Tanto Graham como el defensor Adjunto, Juan Facundo Hernández, fueron elegidos por la comisión en abril de 2019 y tomaron juramento ante el Senado en febrero de 2020. También había asumido en aquella ocasión como defensor Adjunto Fabián Repetto, quien renunció meses después por diferencias con Graham.
La selección de los funcionarios se llevó adelante con un proceso ejemplar, que comenzó en 2017 con la conformación de la bicameral, y culminó casi tres años después porque en el medio se coló la postura que la candidata tenía a favor de la legalización del aborto. Para ese momento, el Congreso ya contaba con una mora de más de una década en la designación del cargo.
Sancionada en 2005, la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece en su artículo 47 la creación de esta figura, encargada de “velar por la protección y promoción” de los derechos consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales.
De acuerdo a la norma, el defensor “será propuesto, designado y removido por el Congreso Nacional, quien designará una comisión bicameral que estará integrada por diez miembros, cinco de cada Cámara respetando la proporción en la representación política, quienes tendrán a su cargo la evaluación de la designación que se llevará a cabo mediante un concurso público de antecedentes y oposición. Las decisiones de esta Comisión se adoptarán por el voto de las dos terceras partes de sus miembros”. A pesar de que no exige una votación de ambas cámaras, los pliegos se votaron en los recintos, requiriendo mayoría simple.
La ley agrega que el defensor “durará en sus funciones 5 años, pudiendo ser reelegido por una sola vez”.
Cómo fue el proceso de selección de la defensora de NNyA
La Bicameral Permanente del Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se constituyó a finales de mayo de 2017. Desde ese momento, hasta octubre de 2018, realizó tres audiencias públicas con más de 130 representantes de organizaciones de todo el país; aprobó su reglamento de concurso de designación y finalizó la primera etapa de selección con más de 70 inscriptos, de los cuales 68 pasaron por un examen escrito.
Dicho examen, que versaba -entre otros puntos- sobre “la situación actual de la niñez y la adolescencia en la Argentina; principales desafíos, políticas públicas y legislación; y recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño a la Argentina”, se tomó a los postulantes el 28 de septiembre de 2018.
Tras ello, resultaron aprobados 15 candidatos, entre ellos Graham, Hernández y Repetto, quienes pasaron por audiencia pública el 23 de octubre de 2018. Los demás eran Gustavo Álvarez Pereira, Claudia Bernazza, Roxana Contreras, Sergio Greco, Alicia Guerrero Zarza, Marisa Herrera, Gabriel Lerner, María José Lubertino, María Elena Naddeo, Nora Pulido, Nora Schulman y Cecilia Sosa.
El 25 de abril de 2019, durante un acto en el Salón Pasos Perdidos, la bicameral anunció la elección de Graham, Hernández y Repetto por consenso de todos los bloques, destacándose la transparencia y rigurosidad que se tuvo a lo largo del proceso.
Juan Facundo Hernández y Marisa Graham
En junio de 2019, los pliegos se votaron a mano alzada durante una sesión de la Cámara de Diputados, pero al pasar al Senado quedaron trabados por meses. La postura de Graham a favor del aborto legal motorizó a un conjunto de senadores a frenar su designación. Aunque ya había pasado tiempo, todavía pesaba en la Cámara alta el rechazo a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, durante el primer intento que tuvo el proyecto en agosto de 2018.
Pero además de eso, corría la campaña presidencial de ese año. En noviembre de 2019, cuando ya Alberto Fernández encaraba la transición con Mauricio Macri, y ante el pedido de distintas organizaciones, la bicameral se reunió para aclarar la interpretación del plazo para la aprobación de los pliegos. En ese encuentro, se firmó una resolución que indicaba que los 180 días dispuestos debían considerarse como días hábiles legislativos, es decir, aquellos comprendidos entre el 1ro. de marzo y el 30 de noviembre. Por lo tanto, se indicó que esos 180 días se comenzaron a contabilizar a partir de la elevación de la propuesta a ambas cámaras, lo que ocurrió el 25 de abril de 2019 y, según ese criterio, el pliego iba a caducar en la segunda semana de abril de 2020.
En su primer llamado a sesiones extraordinarias, Alberto Fernández incluyó el pliego de Graham en el temario. Para tratarlo, se convocó a una sesión el 28 de febrero. En la previa, un grupo de senadores de Cambiemos, quienes en su mayoría habían rechazado la legalización del aborto, objetaban que el pliego había caducado con la renovación parlamentaria y debía llamarse a un nuevo concurso. Mientras organizaciones “provida” protestaban en las afueras, la designación de Graham fue avalada por 47 votos a favor y 21 en contra dentro del recinto. En esa misma sesión se le tomó juramento.
Graham juró en el Senado el 28 de febrero de 2020, poco antes de la pandemia
Reclamos a Villarruel por la falta de designación desde el Senado
La lenta conformación de las bicamerales -sumado a las que todavía están pendientes- marcó el primer año parlamentario de la gestión libertaria. Como dijimos, la comisión encargada de monitorear a la Defensoría de NNyA y elegir a su titular fue una de las que no se constituyó.
Entre los reclamos que hace meses comenzaron a llegar al Congreso, desde el Instituto Latinoamericano del Ombudsman-Defensorías del Pueblo destacaron la gestión de Graham y Hernández: “No sólo han cumplido a cabalidad la tarea encomendada, sino que han construido desde los cimientos mismos esta institución, que es uno de los pilares del sistema integral de protección que fija la ley y permite al Estado Argentino cumplir con los pactos internacionales firmados sobre tan sensible materia e incorporados a la Carta Magna en 1994”.
“Esta primera gestión de la Defensoría no solo permitió visibilizar en la agenda política los desafíos que aún tiene nuestro país con relación a la garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes, sino que acompañó de forma propositiva a los poderes ejecutivos, judiciales y legislativos nacional y provinciales en aportes para acciones positivas que promuevan, garanticen y restituyan derechos a los más chicos”, agregaron.
En la nota firmada por la presidenta del Instituto, Amelia López, y el secretario general del mismo, el chileno Robinson Fuentes Lobos, advirtieron que “actualmente, se encuentran en trámite diversas acciones judiciales colectivas iniciadas e impulsadas por este organismo, las mismas corren peligro de continuidad frente a la inminente ausencia de autoridades que puedan proseguir dichos reclamos. Ello implicaría dejar en estado de indefensión a miles de niñas y niños en especial situación de vulnerabilidad ya que dichos juicios están vinculados a la restitución de derechos elementales y afectan a colectivos que no cuentan con agencia propia para efectuar dicha exigibilidad”.
En ese sentido, pusieron como ejemplo juicios colectivos que giran en torno a la entrega de alimentos, la tramitación de becas escolares, la construcción de espacios seguros para la primera infancia, la provisión de medicamentos para menores que padecen graves enfermedades, la privación ilegítima de la libertad de niñas y niños, y el acceso al agua y a la alimentación de la niñez indígena.
Al recordar que desde el 1ro. de marzo caducará la gestión de Graham, apuntaron: “La norma impone que, antes de esa fecha, esté tomada la decisión de sus propias postulaciones o la de sus sucesores lo que no es, o en todo caso no sólo no es, una decisión política, legislativa o administrativa, sino que deviene de una obligación socialmente urgida”. “Respetuosamente instamos a la vicepresidenta a poner en marcha de inmediato la Comisión Bicameral”, completaron.
La última reunión de la Bicameral del Niño, en noviembre de 2023
Con textos similares, Emilia María Valle, presidenta de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y Stella Maris Martínez, defensora General de la Nación y coordinadora del Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina; señalaron que la Defensoría de NNyA “ha cumplido con el asesoramiento y recepción de denuncias que afectan a niñas, niños y adolescentes de todo el país, promoviendo medidas judiciales y/o administrativas, y proponiendo acciones a los Estados, habiendo sido reconocida incluso por organismos internacionales”.
Por ello, reclamaron ante la comisión “evitar la acefalía y virtual parálisis de la institución, y promover de ese modo la continuidad de las importantes acciones que lleva adelante, como institución fundamental para la protección y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el país”.
También sumaron lo dicho en el 7mo. reporte periódico del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas al Estado argentino, en el que el organismo afirmó que el país debe “garantizar la continuidad, independencia, financiamiento y mandato” de la Defensoría “para asegurar el monitoreo, la defensa y la promoción de los derechos de los niños”.