Según lo anunciado, el Poder Ejecutivo enviará al Congreso un DNU para avalar el acuerdo con el Fondo, pero la Ley 27.612 habla de otro instrumento legal.
El Gobierno anunció este jueves que en cumplimiento con el compromiso contraído por el presidente Javier Milei en la apertura de sesiones ordinarias del sábado pasado, “se dictará y remitirá al Congreso Nacional un decreto de necesidad y urgencia para obtener su apoyo en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional”.
En efecto, el presidente dijo en su mensaje del sábado que “dada la importancia estratégica que tiene este acuerdo para la Argentina, quiero anunciarles que en los próximos días le pediré al Congreso que apoye al Gobierno en este nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional”.
Esto es, el Gobierno está cumpliendo con lo anunciado por el presidente ante la Asamblea Legislativa… pero no con lo que establece la ley que desde 2021 estableció que el Congreso deba avalar cualquier operación del tipo que se está por realizar con el FMI.
Dicha ley lleva el número 27.612 y es la de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública. El texto impulsado por el entonces ministro de Economía Martín Guzmán, establece en su artículo 2° que “todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo Monetario Internacional (FMI), así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones, requerirá de una ley del Honorable Congreso de la Nación que lo apruebe expresamente”.
De tal manera, la norma habla de una ley, no de un decreto de necesidad y urgencia, lo que hace prever una gran discusión entre el Gobierno y la oposición respecto de la manera como decidió cumplir lo prometido por el presidente Milei.
¿Qué diferencia hay entre un DNU y una ley? Que la ley debe ser aprobada por ambas cámaras, mientras que el decreto de necesidad y urgencia tiene vigencia en tanto y en cuanto no sea rechazado y, si se trata en el recinto, alcanza con que una de las dos cámaras lo apruebe para quedar definitivamente validado, tal cual lo establecido por la Ley 26.122.