En el inicio de la sesión, el oficialismo detalló los ejes de la Modernización Laboral: desde la simplificación de la registración y la habilitación de horas extras en el empleo parcial, hasta la redefinición de beneficios no remunerativos, el funcionamiento del FAL y la incorporación de trabajadores de plataformas como autónomos. Godoy y Olivera fueron los encargados de precisar los cambios técnicos y políticos del proyecto.
En el inicio de la sesión, alrededor de las 11.30 de este miércoles, tomó la palabra la jefa del bloque oficialista, Patricia Bullrich, que en su rol de presidenta de la Comisión de Trabajo fue la miembro informante. Pero en esta primera parte aclaró que dos expositores del oficialismo se ocuparían de dar los detalles técnicos de la ley. Luego ella detallaría los cambios hechos sobre el dictamen.
Arrancó entonces el chaqueño Juan Cruz Godoy, quien mostró su satisfacción por debutar en el recinto explicando “una ley en la que creo fervientemente” y defendió el concepto de “modernización” al recordar que las leyes vigentes se pensaron para una realidad de hace 50 o 70 años. “Una realidad muy cambiante”, a la que dijo que esta ley viene a dar soluciones. Por ejemplo, a “la problemática de contratar, al miedo que tienen los empleadores de los riesgos de litigios laborales que pueden hacer quebrar a su empresa por una discusión con un empleado”.
“Una ley que conserva el derecho de los trabajadores, que mantiene en esencia las claves que le dieron un orden público a la ley”, enfatizó.
Aclaró Godoy que “se mantiene la protección al trabajador. Se conserva el in dubio pro operario”, un concepto jurídico que establece que, ante una discusión, se sigue optando por la solución que sea más favorable al trabajador”.

“Se conserva la gratuidad de los procedimientos judiciales para el trabajador”, continuó, y recordó que ya hay una cláusula vigente, que no se aplica mucho, que establece que “cuando un actuante exigiera créditos mayores al empleador que los corresponda, tenga que responder con su patrimonio por esa plus petición. Que no es otra cosa que pedir montos irrisorios para resolver un conflicto cuando no corresponde”.
El proyecto establece como único requisito para el empleador registrar al trabajador en el ARCA, y con eso poder cumplimentar todas las necesidades de registración. En cuanto a los certificados laborales, se incorporó un plazo de 45 días para que el empleador pueda “disponibilizar” por algún medio digital dicho certificado, y de lo contrario ARCA se encargará de intimar al empleador para que complete este trámite.
En otro pasaje, el oficialista chaqueño señaló que se eliminan unas trabas al trabajador en tiempo parcial, que hasta ahora no puede realizar horas extras y a partir de este proyecto podría hacerlo. También en la ley vigente estaba previsto que un trabajador “de plazo fijo”, en caso de finalizar el vínculo por decisión del empleador antes de la finalización del plazo podía ir contra el empleador por daños y perjuicios, lo que establece una indemnización civil además de la laboral. “Esto hacía que pudiera tener una indemnización mayor, incluso que la de un trabajador formal. Corresponde una indemnización normal, ya no más litigios excesivos en contra del empleador”, subrayó Godoy.
El senador de La Libertad Avanza comentó en otro pasaje que la nueva norma determina qué es el trabajo eventual, “para limitar la litigiosidad futura”. “Se aclara también la cantidad de beneficios no remunerativos y cuáles son los que puede ofrecer el empleador al trabajador con el solo objetivo de mejorarle la calidad de vida y no son salario -continuó Godoy-. Por ejemplo, comedor, gastos de guardería, gastos de celular, internet, que no corresponde considerarlos salarios. Son beneficios que dan los empleadores al trabajador con la finalidad de mejorar su estadía en la empresa”. Pero ya no representarán para una indemnización.
Esto no quita, aclaró, que el empleador tenga la posibilidad de dar incentivos a sus trabajadores, que incluso sean económicos, pero no corresponderán a la remuneración mensual y habitual. “La misma ley prevé una limitación en la frecuencia de utilización de esta herramienta, para evitar que pueda usarlo como una manera de remunerar al trabajador bajo un concepto no remunerativo", agregó Godoy, que más adelante apuntó que “se han incorporado detalles en los cuales el trabajador, de mutuo acuerdo con el empleador, puede decidir el fraccionamiento de las vacaciones”.
Así las cosas, los empleados podrán decidir, entre octubre y abril, en qué fecha tomar las vacaciones, y pueden dividirlas, de mutuo acuerdo con el empleador, en un período mínimo de 7 días. “Antes tenía que tomárselos todos los días de corrido en un solo período”, recordó.
Tras dar detalles de la remuneración que le corresponde al empleado en caso de enfermedad no vinculada con la actividad laboral, o vinculada con una actividad voluntaria riesgosa que haya realizado, Godoy señaló que la extinción por presunción de abandono del trabajo queda expresamente establecida como finalización del vínculo laboral cuando ninguna de las dos partes se haya manifestado pasados dos meses y quiera retomar el vínculo.
Cómo funciona el FAL
A continuación, el sanjuanino Bruno Olivera Lucero se refirió al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), aclarando que “no sustituye ni modifica el régimen actual de indemnizaciones. Se crea para asegurar el cumplimiento del pago. Es para trabajadores registrados y no se aplica al trabajador de la construcción ni personal de casas particulares.
A través del mismo, cada empleador crea una cuenta inembargable con el solo fin de afrontar el pago de las indemnizaciones. Se forma con un aporte mensual remunerativo, y se bajan los montos al 1% para grandes empresas y 2,5% para PyMEs de la remuneración que se toma como base. Son porcentajes que, dijo, se pueden incrementar en la manera que el Poder Ejecutivo lo considere, previa autorización de la Bicameral Permanente de Control de Fondos de la Seguridad Social. “Claramente es un beneficio para los trabajadores, para que en el caso de que una empresa quiebre cumpla con el pago de la quiebra e indemnizaciones -indicó-. Para el empleador no representa una carga extra. El monto se deduce de las contribuciones patronales, por lo que representa una disminución de la carga”.
Y aclaró que “puede utilizarlo o no”, y dijo que no condiciona la indemnización: “Esto solamente es un fondo que sirve para ayudarlo”.
En esa instancia pidió una interrupción el senador del bloque Justicialista Mariano Recalde, que advirtió que el proyecto actualmente no dice que en caso de quiebra del empleador, el trabajador pueda cobrar directo del FAL. El senador Olivera aclaró que en la actualidad, el trabajador no tiene ningún privilegio en caso de quiebra, pero con la nueva norma se deja abierto a que el juez ponga como privilegio que se cobren las indemnizaciones de ese fondo.
En otro pasaje, el senador sanjuanino se refirió a los peritos y la remuneración que les corresponde. En la actualidad los peritos cobran un porcentaje del monto que se determina en las sentencias. Cuanto mayor sea la sentencia más cobran, destacó el senador de LLA. Y agregó que con eso, “los peritos vulneran esa imparcialidad, ya que el resultado de lo que están cobrando depende en gran medida del monto de la indemnización”. A partir de ahora se modificará la forma en que los peritos cobran sus honorarios, y será no un porcentaje de la sentencia, sino del volumen de la tarea realizada.

En cuanto al trabajo agrario, se incorpora un artículo que aclara que contratar al mismo trabajador para sucesivas cosechas no modifica la naturaleza del vínculo. Queda claro entonces que esos trabajos cíclicos son “estacionales y temporales”.
Luego se refirió a los trabajadores de plataformas digitales, señalando que la ley incorpora al mundo del trabajo y establece en forma clara que son trabajadores independientes y autónomos. La ley “les da una formalidad y tienen que estar registrados con el monotributo o como trabajadores autónomos, y pueden tener cobertura social. Hay una obligación para las plataformas a dar condiciones mínimas, como seguro de riesgo por si tienen algún accidente”, agregó.
Bruno Olivera Lucero destacó también los incentivos, como el régimen que busca que se pueda contratar a trabajadores que no tenían un empleo formal. “Les da una reducción importante en las contribuciones, para que sea un incentivo para el empleador”, señaló el senador, agregando que también se aplicará un Régimen de Incentivo para Medianas Empresas, que comparó con el RIGI, señalando que debido al éxito de ese régimen creado por la Ley Bases, se les otorgan beneficios a PyMEs y Micropymes que decidan incorporar maquinaria para agrandar la producción, por ejemplo.