El diputado nacional Carlos Castagneto presentó un proyecto de ley para crear un Régimen de Responsabilidad de las Plataformas Digitales Extranjeras, que apunta a obligar a las empresas tecnológicas que operan en el país sin radicación local a designar representantes legales, cumplir obligaciones fiscales y responder ante consumidores y trabajadores.
El diputado nacional Carlos Castagneto impulsó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que busca regular la actividad de las plataformas digitales extranjeras que comercializan bienes o servicios en la Argentina sin contar con presencia jurídica efectiva en el país. La iniciativa crea un Régimen de Responsabilidad de las Plataformas Digitales Extranjeras, con el objetivo de garantizar su sujeción a la jurisdicción nacional y corregir asimetrías fiscales, laborales y regulatorias frente a empresas locales.
El proyecto establece que todas las plataformas digitales constituidas en el exterior que ofrezcan bienes o servicios a usuarios argentinos, intermedien en operaciones económicas realizadas en el país u obtengan ingresos a partir de usuarios, anunciantes o datos generados en territorio nacional, deberán constituir domicilio legal o especial en la Argentina y designar un representante legal responsable. Además, deberán cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes según su tipo societario.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es la prohibición de comercializar bienes y servicios en el país para aquellas plataformas que no se ajusten a estos requisitos. El texto define como “actividad habitual” a la realización de actos gravados dentro de un período fiscal, independientemente del volumen de operaciones o del monto facturado, ampliando así el alcance del control estatal sobre el comercio digital transfronterizo.
En materia fiscal y laboral, el proyecto establece la responsabilidad solidaria de las plataformas y sus representantes legales por el pago de impuestos, aranceles y obligaciones laborales que pudieran corresponder, conforme a la Ley de Sociedades Comerciales. Según los fundamentos, la falta de radicación de estas empresas genera pérdidas de recaudación, erosiona la base imponible y crea una competencia desleal frente a pymes e industrias nacionales que sí tributan en el país.
La iniciativa también incorpora un fuerte enfoque en la protección de los usuarios. Se presume la existencia de una relación de consumo entre las plataformas digitales extranjeras y las personas usuarias en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor, aun cuando las empresas actúen como intermediarias. En ese sentido, las plataformas serán responsables por los daños derivados de la prestación del servicio, sin perjuicio de las acciones de repetición que pudieran corresponder.
En los fundamentos, Castagneto advierte que la expansión del comercio digital mediante plataformas no radicadas en el país dificulta los reclamos judiciales y administrativos, debilita la igualdad ante la ley y permite la deslocalización de beneficios hacia jurisdicciones de baja tributación. El proyecto cita antecedentes internacionales como el “Impuesto Google” en España, el Marco Civil de Internet en Brasil y las regulaciones recientes de la Unión Europea y el Reino Unido para justificar la necesidad de actualizar el marco normativo argentino.
“El proyecto no busca obstaculizar la innovación ni el comercio digital, sino asegurar que quienes operan en el mercado argentino lo hagan bajo reglas claras, equitativas y sometidas a la jurisdicción nacional”, sostiene el texto. La iniciativa quedó formalmente presentada para su tratamiento en comisiones.