El organismo regulador actualizó el régimen para autorizar inversiones en redes de gas natural. Reduce plazos de evaluación, cambia el cálculo de costos y unifica los trámites con una plataforma digital obligatoria.
El Gobierno nacional aprobó un nuevo marco regulatorio para autorizar obras de expansión en los sistemas de distribución de gas natural, con el objetivo de agilizar los procesos y adecuar los criterios técnicos a la realidad económica del servicio.
La medida quedó formalizada a través de la Resolución 435/2026 del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), publicada este lunes en el Boletín Oficial, y establece una nueva Reglamentación del artículo 16 de la Ley 24.076. Con su entrada en vigencia, quedó derogada la Resolución I-910/09, que regía desde 2009.
El esquema introduce tres modificaciones centrales. En primer lugar, reduce el horizonte de valuación de los proyectos de 35 a 10 años, plazo que, según el ente, refleja con mayor precisión el ciclo real de maduración de la demanda.
En segundo término, se reemplaza el uso de costos medios derivados de los márgenes tarifarios de la Revisión Quinquenal Tarifaria por costos marginales reales informados mediante declaraciones juradas de las distribuidoras. Estos valores se actualizarán semestralmente a partir de una fórmula compuesta en partes iguales por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).
Por último, la norma establece la utilización obligatoria de un aplicativo digital del ENARGAS para la evaluación económica de los proyectos. La herramienta unifica criterios y reemplaza los modelos de flujo de fondos que cada empresa elaboraba de manera independiente, con el objetivo de estandarizar y transparentar los trámites en todo el país.
La resolución es el resultado de un proceso de consulta pública iniciado en octubre de 2025, en el que participaron distribuidoras como Metrogas, Naturgy y Camuzzi, junto con organismos provinciales y entidades del sector.