Será el próximo miércoles, desde las 14, durante un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General, presididas por el oficialismo. Cuándo fue la última vez que este tema se trató en el Congreso.
La Cámara de Diputados arrancará con el debate sobre el proyecto para regular el lobby, enviado por el Poder Ejecutivo bajo el nombre de "Ley de transparencia y publicidad de la gestión de intereses". El encuentro se realizará el próximo miércoles desde las 14, en la Sala 1 del Anexo.
Según la citación del plenario a las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General -ambas comandadas por el oficialismo-, la reunión será de carácter informativa y se escuchará a diputados que tengan iniciativas sobre el tema.
En el último tiempo, presentaron proyectos en este sentido Gisela Scaglia (Provincias Unidas), Karina Banfi (Adelante Buenos Aires), Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica) y Miguel Pichetto (Encuentro Federal). Ya con mandato cumplido, también impulsaron propuestas meses atrás Oscar Agost Carreño, Margarita Stolbizer y Juan Manuel López.
La última vez que la regulación de la actividad de los lobistas se debatió en el Congreso fue duramente el gobierno de Cambiemos: en abril de 2017, el Poder Ejecutivo, a instancias del entonces Ministerio del Interior, envió el proyecto a la Cámara de Diputados, pero el tema no avanzó.
Más de un año después, en octubre de 2018, en el Senado se le dio dictamen a un proyecto impulsado por Pichetto, quien hoy es diputado. Sin embargo, no llegó al recinto.
El proyecto de ley enviado por el gobierno de Javier Milei presenta algunas similitudes con el modelo estadounidense.
El artículo 1ro. expresa que el objeto es "establecer los requisitos y procedimientos que rigen las gestiones de intereses destinadas a influir en la toma de decisiones públicas o procesos decisorios en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional y del Poder Legislativo Nacional, con el objeto de garantizar su publicidad, transparencia e integridad".
Por la iniciativa, se crea un "Registro Público de Gestores de Intereses", que deberá ser de acceso público, gratuito y digital, destinado a identificar a las personas humanas y jurídicas que realicen gestiones de intereses ante funcionarios o legisladores.
Los gestores de intereses inscriptos deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación pertinente un reporte trimestral de actividades; mientras que los contactos de gestión de intereses deberán registrarse dentro de los 5 días hábiles de realizados.
Los reportes trimestrales de los gestores serán publicados dentro de los 10 días hábiles de su presentación a la Autoridad de Aplicación.
En cuanto a incompatibilidades, prohibiciones e inhabilitaciones, no podrán ser gestores de intereses exfuncionarios durante los dos años siguientes al cese de sus funciones. La prohibición regirá ante el organismo donde se hubieren desempeñado; y ante otro organismo cuando, en razón de su cargo, hubiere intervenido en los asuntos, expedientes o decisiones sobre los que se pretenda incidir.
Dentro de las actividades de los lobistas se encuentran aquellas realizadas a los siguientes asuntos: elaboración, aprobación, modificación, derogación, postergación e implementación de leyes, actos administrativos o políticas públicas; procedimientos de contratación pública, concesiones, permisos, autorizaciones, licencias, habilitaciones o beneficios estatales; asignación, modificación o ejecución de partidas presupuestarias, subsidios, transferencias, beneficios fiscales o regímenes promocionales; y designaciones, acuerdos, nominaciones o procesos institucionales que requieran intervención del PEN o el Congreso.
El proyecto también prevé sanciones como apercibimiento, multas (que van de 5 a 500 salarios mínimos, vitales y móviles), suspensión por un año en el registro e inhabilitación definitiva para ejercer actividades como gestor de intereses.
La multa agravada se dará ante los supuestos en que se verifique un ocultamiento o falsedad sustancial relacionada con la gestión de intereses extranjeros o reincidencia, y podrá elevarse a 2.000 SMVM.
Además, se prevén penas de entre 6 meses y 2 años de prisión por la gestión clandestina de intereses; en tanto, la representación clandestina de intereses extranjeros tendrá entre 6 meses y 3 años de prisión, más inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena.
Actualmente, los funcionarios están obligados a informar sobre sus reuniones y los motivos de las mismas, en el marco del decreto 1172 del año 2003, firmado por el expresidente Néstor Kirchner, que estableció el "Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional".
Sin embargo, en los argumentos de la iniciativa, la gestión libertaria consideró que "dicho régimen presenta limitaciones evidentes, tanto por su alcance restringido como por su carácter reglamentario".