Se trata del camarista que falló a favor de reponer la Ley de Modernización Laboral y dispuso la intervención en la UOM. Su pliego se tratará este martes.
Propuesto por el Poder Ejecutivo para que se le prorrogue por cinco años más su mandato en la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, el juez Víctor Arturo Pesino llega este martes a la audiencia pública de la Comisión de Acuerdos con una serie de observaciones en su contra.
Se trata del magistrado que firmó el fallo para revocar la cautelar presentada por la CGT y reponer así la vigencia de más de 80 artículos de la Ley de Modernización Laboral. Más adelante, fue también quien dispuso la intervención de la UOM.
Próximo a cumplir los 75 años de edad, Pesino requiere del aval del Senado para continuar como juez.
Sin embargo, la mencionada central obrera, el sindicato de metalúrgicos, el gremio que conduce Julio Piumato (UEJN) y el abogado laboralista Pablo Gastón Llopart son algunos de los que presentaron impugnaciones contra su pliego.
Según consta en una de esas observaciones, la Sala VIII que integra Pesino "tiene un récord de 2.700 expedientes acumulados sin resolución y una demora estructural de aproximadamente dos años en el dictado de sentencias -cuatro veces el plazo legal de 60 días hábiles-", situación que el propio magistrado reconoció al responder a la impugnación y sostuvo que la enorme cantidad de expedientes son "números que resultan imposibles de manejar y resolver en los plazos legales". "Esa es la razón del atraso y no otra", agregó.
Otra de las críticas al juez fue que, recientemente, en la causa de un trabajador de 65 años - trasplantado renal, portador de sarcoma de Kaposi, internado de urgencia con tres stents mientras aguardaba sentencia- Pesino tardó 18 meses en resolver, sin solicitar en ningún momento la autorización de su superior que el Reglamento para la Justicia Nacional exige.
La sentencia que finalmente dictó fue tan confusa que generó que ambas partes pidieran aclaratorias el mismo día para saber qué había resuelto el tribunal. Es que el juez Pesino dictó una sentencia cuyos considerandos proponían declarar válido el acuerdo indemnizatorio objetado por el trabajador luego de ser despedido, pero en la sentencia del camarista la parte resolutiva confirmaba el fallo de primera instancia que lo había declarado nulo. Los fundamentos decían una cosa y el dispositivo decía lo contrario.
El Fiscal General Interino propuso declarar nulo todo lo actuado. Así, Pesino firmó la nulidad de su propio fallo. El trabajador lleva nueve años desde el despido sin sentencia firme.
Cuando el abogado patrocinante de dicho trabajador, el abogado Llopart, formuló observaciones reglamentarias ante la Comisión de Acuerdos, Pesino optó por no responder ninguna de las preguntas concretas e introdujo, en cambio, descalificaciones personales sobre el letrado observante en su presentación formal ante el Congreso de la Nación. De modo tangencial, indicó que ese abogado podría ser pasible de sanciones en futuras causas en las que intervenga.
Llopart recibió la respuesta a su observación de parte del propio Pesino quien, a través de la Comisión de Acuerdos, recordó que el tribunal que integra le hizo saber al abogado, por recusar una jueza de primera instancia, que "podría ser pasible de sufrir las sanciones que se encuentran previstas en el ordenamiento procesal vigente".
"Un magistrado que responde cuestionamientos institucionales ejerciendo presión sobre quien los formula no está defendiendo su actuación", enfatizó Llopart.