La nueva reglamentación permite a empresas fueguinas reformular montos y plazos de proyectos ya aprobados, luego de que se redujera a cero el financiamiento obligatorio al fondo productivo.
El Gobierno nacional reglamentó la readecuación de los proyectos industriales de las empresas radicadas en Tierra del Fuego, en un intento por ordenar el esquema de inversiones tras la eliminación de los aportes obligatorios al fondo sectorial.
La medida se formalizó mediante la Resolución 152/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, publicada este jueves en el Boletín Oficial, e introduce cambios relevantes en la forma en que las compañías deberán gestionar sus compromisos de inversión en la isla.
El nuevo marco responde a una decisión previa de la administración nacional: reducir a cero los aportes mensuales que las firmas debían realizar al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP-Fueguina), un instrumento creado en 2021 para sostener y diversificar la actividad industrial en el régimen especial.
Ese régimen, establecido por la Ley 19.640, tuvo históricamente como objetivo consolidar la presencia argentina en el territorio austral a través de incentivos fiscales y aduaneros. En línea con ese propósito, en 2021 se extendió la vigencia de los beneficios hasta el 31 de diciembre de 2038, junto con la creación del fondo de inversión financiado por el sector privado.
Sin embargo, los cambios en el esquema tributario y arancelario registrados en los últimos años impactaron en la competitividad del entramado industrial fueguino. En ese contexto, el Gobierno resolvió a comienzos de 2026 eliminar los aportes obligatorios al FAMP, lo que dejó desfasados numerosos proyectos de inversión que habían sido aprobados bajo condiciones financieras distintas.
La resolución publicada ahora busca corregir ese descalce. En concreto, habilita a las empresas beneficiarias a solicitar la readecuación de sus planes, tanto en los montos comprometidos como en los plazos de ejecución.
El régimen fija un plazo acotado para hacerlo: las compañías tendrán 30 días hábiles desde la entrada en vigencia de la norma —el 26 de junio de 2026— para presentar sus propuestas de modificación. Además, se establece un límite general de ejecución de 48 meses contados desde la aprobación original de cada proyecto.
Aun con estas flexibilizaciones, el Gobierno introdujo una condición central: las modificaciones deberán preservar el objetivo de fondo, que es la ampliación de la matriz productiva y la mejora de la competitividad de la provincia.
La resolución, firmada por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Lavigne, también fija advertencias. En caso de que las empresas no presenten la readecuación en tiempo y forma, o si esta es rechazada, seguirán vigentes los compromisos asumidos originalmente.
Asimismo, se dispuso que los fondos retenidos para inversión que no sean ejecutados dentro de los plazos previstos deberán ser reintegrados al FAMP-Fueguina, con intereses calculados en base a la tasa activa del Banco Nación.
Con este esquema, el Ejecutivo busca equilibrar dos objetivos en tensión: aliviar las cargas financieras del sector industrial tras la eliminación de aportes obligatorios y, al mismo tiempo, garantizar que las inversiones comprometidas se concreten y contribuyan al desarrollo productivo de Tierra del Fuego.