La demanda fue contra el empresario Ariel Champener. El fallo fue firmado por el juez federal Hernán Pagés, quien consideró que la exposición pública “no autoriza a legitimar expresiones insultantes y descalificadoras”.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 57 ordenó el resarcimiento daño moral a favor de la senadora nacional Juliana di Tullio en el marco de una denuncia por publicaciones injuriosas realizadas en la red social X por el fundador y CEO del grupo inmobiliario Remax Ariel Champanier.
Los agravios del empresario inmobiliario en contra de la senadora peronista ocurrieron el 19 de mayo del 2024, cuando la acusó de consumir estupefacientes como respuesta a una publicación, donde la senadora cuestionaba al presidente de la Nación, Javier Milei, en el marco del conflicto diplomático entre la República Argentina y el Reino de España.
De inmediato, Juliana di Tullio lo invitó a retractarse o de lo contrario iba a iniciar las acciones legales correspondientes ante el comentario. Finalmente, Ariel Champanier no se retractó, pero borró el comentario y Di Tullio reaccionó: “Borrar el tuit y no retractarse, es de cobarde”.
La sentencia estuvo a cargo del juez federal Hernán Pagés, quien, en el fallo consideró que la exposición pública “no autoriza a legitimar expresiones insultantes, descalificadoras de la persona y que no se asocian al debate de opiniones”. También definió que “la expresión utilizada por el demandado no puede ser razonablemente interpretada como una crítica política ni como una opinión vinculada con el debate público”.
Este fallo marca un nuevo precedente con relación a sentencias vinculadas a hostigamiento y violencia digital. En esta ocasión, la Justicia reconoció que en el pleito se hallaban en juego derechos consagrados constitucional y convencionalmente.