La diputada Jimena López presentó un proyecto de ley para que los dispositivos electrónicos con pantalla se comercialicen con etiquetas que adviertan sobre los riesgos de la exposición temprana. La iniciativa también prevé la incorporación de códigos QR con información oficial.
La diputada nacional Jimena López, junto a un grupo de legisladores de Unión por la Patria, presentó un proyecto de ley que obliga a incorporar advertencias sanitarias en los envases de teléfonos celulares, tablets, notebooks y otros dispositivos electrónicos con pantallas de visualización digital.
La iniciativa establece que todos los productos comercializados en el país, ya sean de fabricación nacional o importados, deberán exhibir en forma visible la leyenda: "Este dispositivo no es un juguete. Se desaconseja la exposición a pantallas en menores de 24 meses y se sugiere evitarlas en menores de 5 años".
Además, los envases deberán incluir un código QR de fácil lectura que redirija a un portal oficial administrado por la autoridad de aplicación, donde estarán disponibles recomendaciones sobre desarrollo infantil temprano, información científica sobre el impacto de las pantallas en niños y adolescentes, y herramientas de acompañamiento para las familias.
El proyecto propone que el Ministerio de Salud de la Nación sea la autoridad de aplicación y tenga a su cargo la reglamentación de aspectos técnicos como el tamaño, diseño y contraste de las etiquetas y de los códigos QR.
En los fundamentos, los autores sostienen que la iniciativa busca garantizar el derecho a la información de los consumidores y contribuir a la protección de la salud pública infantil. Advierten que la creciente presencia de dispositivos digitales en los hogares ha naturalizado su utilización por parte de los más pequeños y plantean la necesidad de alertar sobre las consecuencias de una exposición temprana y prolongada.
La propuesta cita las advertencias realizadas por la Sociedad Argentina de Pediatría y señala que profesionales de la salud observan con preocupación retrasos en determinadas pautas madurativas asociadas al reemplazo de actividades de estimulación física, sensorial y motriz por el uso intensivo de pantallas.
Otro de los aspectos centrales del proyecto es el régimen de sanciones. El texto prevé multas de hasta el 30% de la facturación bruta anual en el mercado local para las empresas fabricantes o importadoras que incumplan la normativa. Los fondos recaudados estarían destinados al fortalecimiento de centros de estimulación temprana en hospitales públicos, investigaciones sobre neurodesarrollo y programas de salud mental infantojuvenil.
Asimismo, se establece un plazo de 180 días desde la reglamentación de la ley para que las empresas adapten los envases de los productos alcanzados por la medida.
El expediente fue girado a las comisiones de Acción Social y Salud Pública, Comercio y Familias, Niñez y Juventudes para su análisis parlamentario.