El legislador cordobés Oscar Agost Carreño presentó un proyecto de ley para establecer un régimen sanitario provincial que regule la inhumación conjunta de personas y animales de compañía. La iniciativa fija condiciones mínimas de salubridad y protección ambiental para los municipios que decidan autorizar esta práctica, sin afectar su autonomía para administrarla.
El legislador cordobés Oscar Agost Carreño presentó en la Legislatura provincial un proyecto de ley destinado a establecer un marco sanitario para la inhumación conjunta de personas humanas y animales de compañía en la provincia de Córdoba. La iniciativa propone fijar estándares mínimos de salubridad y protección ambiental para aquellas localidades que opten por habilitar esta modalidad en sus cementerios.
Según explicó el diputado, la propuesta surge a partir de los cambios culturales registrados en las últimas décadas respecto de la relación entre las personas y sus mascotas. “Los animales de compañía dejaron de ser considerados solamente como bienes y hoy ocupan un lugar central en la vida afectiva de muchas familias. El Estado tiene que poder dar una respuesta razonable a esa realidad”, sostuvo.
El proyecto establece expresamente que la autorización, regulación y administración de la inhumación conjunta continuará siendo competencia exclusiva de los municipios y comunas, en línea con la autonomía reconocida por la Constitución provincial. De este modo, la norma no obliga a ninguna jurisdicción a adoptar esta práctica, sino que fija requisitos sanitarios que deberán respetarse en caso de que sea autorizada.
“No queremos avanzar sobre las facultades de los municipios ni imponerles una decisión. Cada localidad seguirá definiendo qué permite en sus cementerios. Lo que corresponde a la Provincia es garantizar que, allí donde se autorice esta práctica, existan estándares sanitarios adecuados y uniformes”, señaló Agost Carreño.
Entre las condiciones previstas figura la presentación de una certificación veterinaria que acredite la defunción del animal, la verificación de que no existan riesgos sanitarios y el cumplimiento de requisitos vinculados con la higiene, la impermeabilización, la profundidad y la disposición de los restos. Además, la iniciativa establece que la práctica no deberá afectar las napas de agua, el suelo ni las condiciones ambientales. La autoridad sanitaria provincial será la encargada de dictar las normas técnicas generales aplicables.
El texto define como animal de compañía a todo animal vertebrado que conviva habitualmente con una persona dentro del ámbito familiar y que no esté destinado a fines productivos, laborales o alimentarios. También excluye de manera expresa a las especies protegidas, las declaradas en peligro de extinción y la fauna silvestre sometida a regímenes especiales.
Asimismo, la iniciativa deja en claro que no modifica el régimen civil relativo a la disposición post mortem de las personas ni altera las competencias municipales en materia de concesiones, registros, señalización, tasas o administración de cementerios.
“El vínculo que muchas personas construyen con sus animales es una realidad que no se puede desconocer, pero cualquier respuesta normativa tiene que darse con prudencia, cuidando la salud de la población y el ambiente”, afirmó el legislador, quien definió el proyecto como un intento de compatibilizar una demanda social creciente con las obligaciones estatales en materia de salud pública y protección ambiental.
“Se trata de encontrar un equilibrio: reconocer vínculos afectivos que son cada vez más importantes para muchas familias, proteger la salud pública y el ambiente y, al mismo tiempo, respetar plenamente la autonomía municipal”, concluyó Oscar Agost Carreño.