Se trata de una nueva etapa del régimen, con el objetivo de que ingresen al sistema financiero dólares que están fuera del circuito oficial. El proyecto recibió 139 votos positivos, 110 negativos y 2 abstenciones.
La Cámara baja aprobó y giró al Senado el proyecto de ley de "Inocencia Fiscal II", cuyo objetivo es sumar contribuyentes a este régimen, dado que desde el Gobierno estiman que hay unos 170 mil millones de dólares fuera del sistema financiero. Luego de dos horas de debate, la iniciativa recibió 139 votos positivos, 110 negativos y 2 abstenciones.
A pedido de los aliados, en el dictamen del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo se establecieron límites para funcionarios, a raíz del antecedente Manuel Adorni.
Entre los principales cambios, con el fin de incentivar a los ahorristas, se eliminan los topes de ingresos y patrimonio que rigen para acceder al régimen y se flexibiliza el concepto de "discrepancia significativa", sobre lo declarado por el contribuyente y lo detectado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Tras la votación en general, la diputada libertaria Laura Rodríguez Machado no aceptó propuestas de modificación y solicitó la votación de forma nominal por título, que resultó con 143 votos afirmativos, 108 negativos.
De esta manera, el Título 1 (comprende Capítulo 1 -con art. 1 y 2-, y Capítulo 2 -art.3 al 13-), el Título 2 (art. 14 al 16), Título 3 (art 17 al 18) y Título 4 (art 19) cosecharon 139 votos afirmativos, 110 negativos y 2 abstenciones.
Los dictámenes
Como miembro informante, la diputada Laura Rodríguez Machado (LLA) respaldó el dictamen de mayoría del Poder Ejecutivo que modifica la Ley de Inocencia Fiscal y que “corrige la del procedimiento tributario”.
“Esta ley requería algunas modificaciones o aclaraciones, ya que su funcionamiento generó la necesidad de algunas precisiones dentro de su contenido”, afirmó la cordobesa y explicó que la ley “lo que hace es una cuestión muy sencilla, pero revolucionaria que es confiar más en el contribuyente que trabaja y paga sus impuestos, y no tomarlo como un sospechoso por el solo hecho de haberse protegido durante las épocas de hiperinflación, donde no se podía ahorrar, con una escudo protector que fue el ahorro en la informalidad”.
“Tuvimos tanta inflación que somos unos de los pocos países que gana en pesos, pero ahorra en dólares y eso genera una sospecha permanente de que miles de ciudadanos que trataban de proteger sus ahorros, eran delincuentes”, apuntó la libertaria y comparó: “En esas circunstancias actuó el ex AFIP generando inspecciones sobre pequeños ahorristas, dejando pasar a los grandes yates, viviendas, mansiones como si nada. Ahora ARCA tiene una instrucción precisa de saber a quién tiene que investigar a aquellos donde hay discrepancia de determinados montos de que genere sospechas con ingresos que no corresponden”.
La cordobesa indicó que la ley está para “los pequeños contribuyentes, generó sospechas”, y comentó que los bloques, que habían acompañado el despacho, pidieron analizar la posibilidad de que los funcionarios públicos queden afuera de la Inocencia Fiscal y aclaró: “Es una presunción de inocencia, no se les perdona el delito, no es que no se los investiga. Cualquier persona que se adhiera y se le haga una denuncia por una cuestión ilícita puede ser investigado. No obstante, los funcionarios tienen que presentar su declaración jurada ante la Oficina de Anticorrupción”.
“No dudamos un minuto de eliminar a los funcionarios públicos de los beneficios de la Ley de Inocencia Fiscal. No nos tiembla el pulso cuando se trata de generar transparencia y menos impunidad”, respaldó y apuntó contra el bloque de UP: “No sé de qué se van a disfrazar cuando voten en contra”. Así, remarcó: “La Ley de Inocencia Fiscal se hizo para los pequeños contribuyentes que fueron tanto tiempo perseguidos y, también, estigmatizados cuando decían que ahorraban en dólares”.
Rodríguez Machado concluyó: “Los funcionarios ya, a partir de la sanción, no van a tener más la posibilidad de adherir a los beneficios de la Ley de Inocencia Fiscal y vamos a agregar que se mantiene para los funcionarios la decisión de que todos sus vínculos parentescos y cercanas siguen siendo personas políticamente expuestas de manera tal, que tienen que informar cuándo tienen una transacción comercial, abren una cuenta bancaria y exteriorizan la moneda”.
“Nosotros no queremos impunidad ni buscamos amnistía ni protegernos en una ley, los diputados nacionales vamos a votar para salir de la Ley de Inocencia Fiscal y fíjense quiénes no votan. Una cosa es el relato y otra cosa son los hechos”, disparó contra la bancada kirchnerista. Además, comentó que incorporaron una disminución de la presión fiscal en las multas que “se van a reducir un 25% las multas formales y se estableció un régimen de excepción para aquellas multas vencidas que vuelvan a la formalidad en un 50%. Ese alivio para las PyMES fue bien recibido porque también aplica a personas”.
La diputada aclaró que no van a tener los beneficios del nuevo régimen los grandes contribuyentes, las personas jurídicas, los que no tengan residencia fiscal en el país. “Es una ley para la gente, para los argentinos cuyo único escudo protector para las políticas inflacionarias del kirchnerismo fue el ahorro informal”.
A continuación, por el dictamen de minoría del bloque de UP habló el pampeano Ariel Rauschenberger quien aseguró que el proyecto oficialista no “se trata de una simplificación tributaria porque es mucho más que eso”, y planteó que “si fuese una simplificación administrativa no estaríamos hablando de presunciones legales, de períodos de pruebas, prevención de lavado de activos”.
“Esto es un proyecto que plantea casi un blanqueo de dinero para operaciones inmobiliarias y una presión hacia la UIF para que modifique la normativa de lavado de activos, porque es lo que está complicando que el sistema funcione”, cuestionó.
El pampeano también señaló que “las modificaciones que le introdujeron se amplía el universo de quienes van a estar beneficiados porque dice que es para beneficiar a los pequeños y medianos contribuyentes para simplificarles la vida, pero el límite de mil millones de pesos de ingreso y de 10 mil millones de pesos de patrimonio se eliminan por lo tanto deja de ser beneficioso para los pequeños y medianos, e ingresan los que tienen mayor capacidad contributiva”.
También criticó la “reducción deliberada de la capacidad fiscalizadora del ARCA para controlar fondos no justificados. Defender esa capacidad no significa vender la arbitrariedad del Estado, sino defender tener un sistema impositivo que sea equitativo y tenga herramientas de fiscalización”, y alertó que “este dictamen modifica la discrepancia significativa que es la diferencia entre lo que la persona declara y lo que ARCA determina, pero se le restringen las facultades al ARCA y se elevan las barreras para que una inconsistencia sea considerada relevante. Esto tiene consecuencias porque aplica la prescripción porque pasan 3 años en vez de 5 años”.
Rauschenberger también alertó que “hay restricción para levantar pruebas y se deroga el inciso G del artículo 18 de la Ley 11.683 que permite el cruzamiento entre los depósitos bancarios que tenga la persona con los que declaró como ingreso por su facturación”. En esa línea, planteó: “Otro capítulo que nos preocupa es la prevención del lavado de activos porque el proyecto considera cumplido el requisito de canalización cuando el sistema financiero formal intervenga en el origen o destino de la operación, esto no acredita la procedencia económica originaria de los fondos. El régimen tiene características que exceden a una simplificación tributaria y bancarización”.
Por último, alertó que el dictamen de mayoría “se le aproxima a un blanqueo” porque “facilita la incorporación de fondos no declarados al circuito formal, limita la revisión. La reducción del 25% a las PyMES lo hace de forma homogénea sigue tratando de la misma manera a situaciones diferentes. Propusimos la cuestión de la capacidad contributiva, escalas diferenciadas por tamaño y haya reducciones según la categoría de la empresa. La propuesta es imparcial e insuficiente”.
“Nosotros no rechazamos la simplificación tributaria. No rechazamos la incorporación de recursos al circuito formal. No rechazamos la garantía del contribuyente frente a la arbitrariedad del Estado. Si rechazamos que esos objetivos sean utilizados para justificar menos control, menos trazabilidad y mayores beneficios para quienes poseen mayor capacidad económica. No puede haber seguridad jurídica solamente para quienes adhieran a la inocencia fiscal, tiene que haber seguridad jurídica para quien cumple, para quien paga, para quien produce y para una sociedad que también necesita tener una recaudación tributaria justa y equitativa. Así, se premia la evasión y el esfuerzo termina recayendo sobre los pagadores de siempre. Por eso rechazamos este proyecto”, remató.
Por el bloque Provincias Unidas, la diputada Mariela Coletta argumentó el dictamen de rechazo y calificó la iniciativa del Ejecutivo como “inoportuna, desubicada, injustificada y perjudicial para las instituciones”. En esa línea, señaló que los beneficiados son “los sectores que planifican la evasión, que defienden la fuga de capitales y no creen en la redistribución de riquezas”.
“Este proyecto es de ‘obscenidad fiscal’ porque el otro no alcanzó a contentar a los amigos que tienen los dólares en el colchón. Mientras tanto el Gobierno se niega a transparentar cuántos fueron los funcionarios que ingresaron al Régimen estos meses”, cuestionó y resaltó: “Este proyecto no aplica para los que ya ingresaron. Es inevitable hablar del caso de Manuel Adorni”.
Coletta chicaneó: “Vi el esfuerzo de los diputados oficialistas por endulzar este proyecto y su verdadero propósito. Para los grandes evasores que no pueden justificar su patrimonio se redactan leyes de Inocencia Fiscal a la carta. Es un concepto vacío. El Congreso debería debatir una reforma tributaria de base y real. Propongo el rechazo a este proyecto”.
Previsiblemente, desde la izquierda el diputado Nicolás del Caño defenestró la propuesta, que a su juicio “premia a los grandes evasores y busca garantizarles impunidad”. Recordó que hace un año el proyecto de Inocencia Fiscal original “se presentó con bombos y platillos”. Y recordó que entonces fue presentado nada menos que por José Luis Espert y el presidente Javier Milei.
“El narcodiputado Espert es el promotor de esta ley de inocencia fiscal, y se benefició justo él, con (Manuel) Adorni, y otros funcionarios… ¡Viva la joda!”.
No obstante, advirtió que ahora los funcionarios encontraron que había algunos problemas, si bien pasaron apenas ocho meses y por eso decidieron: “Vamos a quitar los topes, mil millones de ingresos y 10 mil millones en patrimonio… Quitamos cualquier límite, pero bueno, claramente esto está mostrando que antes podían decir ‘bueno, vamos al pequeño contribuyente’… Ahora dicen con claridad que apuntan a los grandes evasores, a esa gente vamos a beneficiar”.
A su turno, el diputado Pablo Juliano (Provincias Unidas) chicaneó y tituló el proyecto como “la Ley Bettina” en referencia a la esposa del exjefe de Gabinete, Manuel Adorni, que “nos tomó el pelo a todos”, y apuntó: “Es una ley sastre a medida. Se criminaliza al que esté empeñado, pero al que más tiene le perdonamos la vida”.
“Elimina los límites económicos y topes para acceder. Ahora no, que vengan con cualquier plata… ¿A quiénes estamos apuntando cuando corremos los límites de millones de pesos? ¿A qué argentino le están hablando? ¿Qué Argentina quieren edificar? No voy a acompañar ese proyecto cuando se presumen que la mayoría de las personas son culpables por no llegar a fin de mes”, concluyó.
Su par la diputada Gisela Scaglia, presidenta del bloque Provincias Unidas, explicó durante el tratamiento del proyecto de Inocencia Fiscal: “No podemos admitir que un funcionario público se excuse en la inocencia fiscal para explicar cómo consiguió los bienes que tiene. Eso, indudablemente, estaba mal y prefiero esta ley a la que teníamos. La gente está viendo cómo nos comportamos y, sobre todo, qué leyes legislamos. Nos falta ahora incorporar también a los familiares, que deben seguir sujetos a las obligaciones que corresponden a las personas políticamente expuestas”.
Un funcionario público no puede ampararse en la inocencia fiscal para explicar cómo consiguió los bienes que tiene. Eso estaba mal y había que corregirlo.
Acompañé esta modificación porque avanza en esa dirección. Quienes tenemos una responsabilidad pública tenemos que estar… pic.twitter.com/BWDKpUtuCA
— Gisela Scaglia (@GiScaglia) August 27, 2026
En su intervención, el diputado Juan Grabois (UP) apuntó: “Son todas las leyes iguales para los de arriba, mientras el 99% restante los estafan. Inocencia Fiscal le ponen… ¡qué cara rotas! Es la característica del Gobierno, convierte en culpable a los inocentes. Convierte por ley en inocentes a los evasores”, y resumió: “Este es un Estado benefactor para los ricos, se burlan de los trabajadores y de los pobres”.
En favor de la iniciativa habló el salteño libertario Carlos Zapata quien manifestó que se trata de “modificar y mejorar” la Ley ya aprobada y acusó a la oposición de “destrucción del país, son una clase especial de therians, son zánganos que se auto perciben obreros”. Así, explicó que se busca simplificar la vida del contribuyente y “bajar la complejidad y facilitar al contribuyente al cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Se amplían los sujetos comprendidos, se limitan beneficios a políticos y se establecen beneficios a PyMES”.
A su turno, Martín Lousteau (Provincias Unidas) cuestionó duramente la ley de Inocencia Fiscal II, de la que dijo irónicamente: “Parece la segunda parte de una película: Inocencia Fiscal I, Inocencia Fiscal II; ya sabemos lo que se dice de las segundas partes… En este caso, la primera era un desastre también, así que no veo porqué la segunda va a mejorar”, señaló, y concluyó: “Hay algunos que cambiaron de opinión entre la segunda y la primera; hay otros que seguimos pensando que la saga entera es un desastre”, y confirmó el rechazo de parte de su bancada.
En otro pasaje criticó duramente al ex jefe de Gabinete y al exdiputado José Luis Espert: “Adorni fue uno de los primeros que adhirió a esta ley, Adorni y la mujer. La verdad que podríamos llamarla ‘ley contra la persecución de los evasores seriales, narcos y corruptos’, o si quieren un nombre más corto, ‘ley de facilitación e impunidad de la evasión’. O si quieren otro más corto: ‘ley Adorni-Espert’”.
No les alcanzó con la hipocresía de la Inocencia Fiscal I. Ahora van por una segunda versión todavía más escandalosa.
Esta norma debilita los controles del Estado, facilita el lavado de activos y abre la puerta al blanqueo de fondos de origen ilícito.
Una medida que contradice… pic.twitter.com/U7oTlmLmLc
— Jorge Taiana (@JorgeTaiana) August 27, 2026
Al cierre del debate, el santafecino Nicolás Mayoraz (LLA) manifestó: “Nada de lo que se dijo como crítica de esta ley es cierto. Leer el dictamen que vamos a tratar permite despejar dudas. Ninguna de las críticas que exponen tiene sustento, mucho menos en una ley que reforma otra y que, lejos de haber sido una modificación para lograr el éxito, el éxito se logró con la primera norma porque el 65% se adhirió. Es falso que fue un fracaso. Es falso que no hay más controles".
La ley original, sancionada a fines de 2025, que estableció un régimen simplificado de Ganancias -al que se adhirió el exjefe de Gabinete Manuel Adorni, investigado por enriquecimiento ilícito-, no obtuvo los resultados esperados por la administración libertaria, que ahora propone la eliminación de los topes de $1.000 millones y $10.000 millones respecto a los ingresos y el patrimonio, respectivamente, para poder ingresar al régimen.
Sobre esto, el PEN argumentó que "se dispone una apertura del universo de contribuyentes que pueden adherir al régimen, permitiendo que todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país puedan optar por esta modalidad simplificada, democratizando así el acceso a herramientas que facilitan el cumplimiento de las obligaciones tributarias".
Además, mediante la iniciativa, se redefine el concepto de "discrepancia significativa" que habilita a la ARCA a impugnar la declaración jurada simplificada y, como consecuencia de ello, la presunción de exactitud de las declaraciones juradas presentadas del impuesto a las Ganancias y del IVA, correspondientes a los períodos no prescriptos.
Dicha discrepancia se configurará cuando la impugnación arroje un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos no inferior al 15% respecto de lo declarado por el contribuyente; cuando la diferencia supere la suma fijada en el artículo 1° del Régimen Penal; o cuando la impugnación obedezca a la utilización de facturas u otros documentos apócrifos o al cómputo improcedente de ingresos directos.
Asimismo, se incorpora un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto en el artículo 1° de dicho régimen penal, por debajo del cual no se configurará discrepancia significativa aun cuando se supere el porcentaje indicado.
Se determina que "no se considerará la diferencia que se produzca entre la declaración jurada simplificada original y la rectificativa, en la medida que esta última sea presentada por el contribuyente en un plazo no mayor a los 15 días hábiles de notificada la liquidación administrativa o la resolución de determinación de oficio" y "los saldos de impuesto que surjan de esa declaración jurada rectificativa, con más sus intereses, sean debidamente cancelados y/o regularizados".
Durante el debate en comisiones, y a pedido de los dialoguistas, se establecieron límites para los funcionarios: si bien podrán hacer uso del sistema simplificado únicamente como un canal operativo para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias y la cancelación del saldo correspondiente, bajo ninguna circunstancia gozarán de la presunción de exactitud, de la liberación de fiscalizaciones ni de ningún beneficio o inmunidad tributaria del régimen. Tampoco aplicará para ellos la discrepancia significativa.
La exclusión abarca a todas las personas que ejerzan o hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública, en los tres poderes del Estado, dentro de los últimos 5 años anteriores a la fecha de adhesión y hacia adelante.
Por otra parte, con el fin de atenuar la presión punitiva sobre el sector productivo e incentivar la regularización voluntaria, se establece un marco de reducción automática de sanciones y armonización con el Régimen Penal Tributario, entre las que se contempla una reducción del 25% en multas formales aplicables a las MicroPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro.