Los diputados porteños aprobaron con 36 votos favorables, 2 negativos y 20 abstenciones la transferencia de la función judicial en materia laboral a la Justicia del Trabajo de la Ciudad.
Tras varios meses de trabajo y debate en las comisiones, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó con 36 votos a favor, 2 en contra y 20 abstenciones la adhesión al acuerdo celebrado entre el Gobierno Nacional y el Gobierno local para transferir la función judicial en materia laboral a la Justicia del Trabajo.
De esta manera, el texto recientemente aprobado dio validez al convenio suscripto el pasado 9 de febrero, entre el entonces jefe de Gabinete de Ministros, Manuel Adorni, en representación del Estado Nacional, y el ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia.
El dictamen que se puso este jueves en debate estableció la necesidad de acelerar este traspaso para cumplir con el artículo 129 de la Constitución Nacional de 1994, que dotó a CABA de un régimen de gobierno autónomo con facultades propias de legislación y jurisdicción.
En cuanto al régimen de transición y radicación de causas, el texto establece que la Justicia Nacional del Trabajo mantendrá competencia exclusiva para tramitar las causas iniciadas antes de la puesta en marcha efectiva del fuero local hasta el dictado de su sentencia definitiva.
De esta manera, todas las nuevas causas que se inicien con posterioridad quedarán radicadas en forma exclusiva ante el Fuero del Trabajo de la CABA, cuya ejecución de sentencias también estará a cargo de la justicia local.
En cuanto a las competencias reservadas al fuero federal, se excluye expresamente de la transferencia y asigna a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal los conflictos colectivos de trabajo, las acciones relativas al régimen de asociaciones sindicales (encuadramiento, personería, elecciones), causas donde sea parte el Estado Nacional y materias no delegadas derivadas del Pacto Federal del Trabajo (Ley 25.212).
A su vez dispone que, sujeto a ratificación del Congreso Nacional, se procederá al cierre paulatino de los juzgados nacionales y al cierre inmediato de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y de 30 juzgados nacionales del trabajo que se encuentran vacantes.
En este contexto, el Gobierno de la Ciudad se compromete, en un plazo de hasta 180 días corridos, a concursar y seleccionar los magistrados e integrantes del Ministerio Público (Fiscalía, Defensa y Asesoría Tutelar) y a disponer los recursos operativos y edilicios para la puesta en marcha de los juzgados y salas creados por la Ley 6.789.
Asimismo, la Nación se compromete a no realizar nuevas designaciones para cubrir vacantes en la justicia ordinaria laboral que se transfiere y a negociar los convenios específicos de transferencia progresiva de partidas presupuestarias.
También ratifica,en línea con la jurisprudencia de la CSJN (“Levinas”), que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ) es el tribunal superior de la causa y el órgano competente para resolver los recursos ordinarios y de inconstitucionalidad interpuestos contra resoluciones de la justicia nacional ordinaria con asiento en la Ciudad.