La plenaria se reúne a las 13 en el Senado y el oficialismo confía en tener listo el despacho para abrir el recinto en pocos días. Los cambios que obligan a los data centers y la obligatoriedad de promover a proveedores locales.
Foto: Comunicación Senado
Tras cuatro extensas reuniones informativas, las comisiones de Presupuesto, Economía y Legislación General se reúnen este miércoles desde las 13 en el Salón Azul para intentar cerarr el dictamen del Súper RIGI. La redacción final tendrá al menos dos cambios con respecto a la media sanción, por lo que el proyecto deberá volver a la cámara de origen antes de ser sancionado.
Sin una mayoría propia, La Libertad Avanza debió conceder espacio a los pedidos de los bloques aliados -el Pro y la Unión Cívica Radical- para llevar a cabo una quinta reunión donde el objetivo es la firma del dictamen. En caso de prosperar, fuentes del oficialismo revelaron a este medio que hay muchas chances de llevarlo al recinto el próximo jueves 10 de septiembre.
De no haber problemas logísticos, el oficialismo contará con las 25 firmas necesarias para rubricar el despacho este miércoles en la reunión plenaria de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Economía e Inversión Nacional y Legislación General.
Respecto al contenido del dictamen, la presidencia del bloque oficialista dio lugar al pedido de las provincias para obligar a que las empresas que accedan al Súper RIGI con intención de instalar un data center (edificio dedicado a albergar infraestructura tecnológica, como servidores, sistemas de almacenamiento y redes de comunicaciones) construyan sus propias subestaciones eléctricas para mitigar el riesgo de interrupciones.
El segundo punto a modificar es la incorporación para promover el desarrollo e integración de proveedores locales a las "nuevas industrias" que integrarán el Súper RIGI.
El Súper RIGI tiene el objetivo de atraer inversiones de gran escala y propone establecer un monto mínimo de 1.000 millones de dólares por proyecto. Adempas, fija el compromiso de cumplir en los dos primeros años de adhesión una inversión mínima en activos computables que iguale o supere el 20% (U$S200 millones).
Entre los beneficios impositivos se encuentran rebajas en impuesto a las Ganancias, amortización acelerada, posibilidad de deducir quebrantos sin límite temporal, créditos fiscales para IVA, exenciones en derechos de exportación e importación, alícuotas especiales en contribuciones patronales y quita de impuestos locales, entre otros.
Entre las modificaciones para obtener adhesiones, se incorporó en comisiones entre los “objetivos prioritarios” del Súper RIGI, el incentivo del “desarrollo de nuevas capacidades técnicas, científicas o tecnológicas que contribuyan al crecimiento y consolidación de Nuevas Industrias en la República Argentina”.
En tanto, sobre la definición y acreditación de esas “nuevas actividades económicas”, ello se realizará “conforme a los criterios objetivos y parámetros mensurables que se establezcan en” la reglamentación, es decir, lo deja en manos del Poder Ejecutivo.
Sobre el plazo para presentar la solicitud de adhesión al Súper RIGI, que será de 5 años, contados a partir de la entrada en vigencia de la reglamentación de la ley, el PEN podrá prorrogar dicho plazo, por única vez, por un período adicional de hasta un año, a computarse desde el vencimiento del plazo establecido, “mediante decreto fundado en una evaluación previa sobre el desempeño del régimen, que deberá ser publicada en forma simultánea con el decreto que disponga la prórroga”.
Por otra parte, a los efectos del cumplimiento del monto mínimo de inversión, las inversiones realizadas en Investigación y Desarrollo (I+D) vinculadas al proyecto, se computarán por el doble de su valor. Mientras que la ponderación no podrá representar más del 20% del monto mínimo de inversión. “El excedente de inversión en investigación y desarrollo por sobre dicho límite se computará por su valor nominal”, establece.
Como uno de los cambios principales, se prevé un “plan de desarrollo de proveedores locales” que “deberá contener un compromiso de contratación de proveedores locales respecto de bienes, de servicios y/u obras para el desarrollo del proyecto equivalente como mínimo al 20% de la totalidad del monto de inversión destinado al pago de proveedores correspondiente al proyecto, siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad”.
También se dispone la creación de un “Registro Público de Proyectos del Súper RIGI”, que deberá ser de “carácter público y de acceso libre”, bajo la órbita de la autoridad de aplicación.