La sentencia del máximo tribunal de justicia contó con la firma de sus tres integrantes. El Senado no pudo modificar la Ley 26.737 por falta de acuerdos en el debate de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo que declaró la inconstitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras (26.737) en el artículo 154 del DNU 70/2023, publicado el 21 de diciembre del 2023. Presentado en cadena nacional por el presidente Javier Milei, el decreto fue nombrado "Bases para la reconstrucción de la economía argentina" y propuso modificar y derogar más de 300 leyes.
El 21 de marzo del 2024 la Sala III de la Cámara Federal de La Plata con firmas de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias declaró la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70 en respuesta al amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM).
Dentro del fallo al que accedió parlamentario.com, el máximo tribunal de justicia consideró que el CECIM carecía de legitimación para impulsar el proceso colectivo y que, en esas condiciones, no se encontraba configurado un “caso o controversia” que habilitara la intervención judicial.
La sentencia que deja vigente la derogación de la Ley 26.737 conocida como Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales fue firmada por los tres ministros de la Corte: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
El 21 de diciembre del 2023 el Boletín Oficial publicó el DNU 70/2023 que proponía la derogación, además de la Ley de Tierras Rurales, de los marcos regulatorios sobre Abastecimiento (20.680), Alquileres (27.551), Góndolas (27.545), Observatorio de Precios (26.992) y la modificación a la Ley de Tarjetas de Crédito que desreguló al sector financiero y promovió la libre competencia de tasas.
Después del fallido primer tratamiento de la Ley Bases, el Senado llevó al recinto el decreto y avaló su rechazo por 42 votos en contra del mega DNU, 25 a favor y 4 abstenciones. En aquella ocasión del 14 de marzo del 2024, La Libertad Avanza solamente contaba con 7 integrantes.
Si bien la Ley 26.122 establece que la caída de un Decreto de Necesidad y Urgencia se deroga por el rechazo de ambas cámaras, Diputados aún no lo puso a consideración en el recinto. Durante 2025, la oposición -con aval de los dialoguistas- impulsó una reforma al Régimen de los DNU, pero quedó pendiente de ser tratado en revisión en el Senado.
Sancionada en el inicio del segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner, el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales establecía que las tierras rurales en manos extranjeras no podían superar el 15% del total a nivel nacional, provincial y municipal; e incluía que de ese porcentaje extranjero, una misma nacionalidad no podía superar el 30%.
Asimismo, el marco normativo derogado por el DNU 70/2023 del gobierno de Javier Milei indicaba que un extranjero no podía ser dueño de más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo o su equivalente; y prohibía la compra de tierras en zonas de seguridad de frontera o que incluyeran cuerpos de agua importantes.
Del mismo modo, la Ley 26.737 había creado el Registro Nacional de Tierras Rurales y el Consejo Interministerial de Tierras Rurales. En aquella oportunidad, el tratamiento tuvo amplio consenso en la Cámara de Diputados y fue aprobada por unanimidad en el Senado.
El pasado 6 de agosto el Senado aprobó la media sanción de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, pero el oficialismo debió prescindir del capítulo que modificaba a la Ley de Tierras Rurales. La propuesta del Gobierno fue redactada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
La presión social y la falta de acuerdos en la elevación del porcentaje de habilitación a extranjerización de tierras hicieron que La Libertad Avanza concediera la eliminación del capítulo entero. Ya en el recinto de la Cámara de Senadores, el oficialismo tuvo que ceder y quitar el capítulo que modificaba la Ley de Manejo del Fuego.
Asimismo, la modificación planteada por el Poder Ejecutivo había generado la discrepancia de varios gobernadores, lo que derivó en la caída del capítulo completo en el tratamiento en la Cámara de Senadores.