El diputado de Unión por la Patria presentó un proyecto luego de la reglamentación de la ARCA sobre el régimen de fondos para indemnizaciones creado por la Ley de Modernización Laboral. "Su implementación reduciría un 7% los recursos del SIPA", alertó.
El diputado nacional Hugo "Huguito" Moyano (Unión por la Patria) presentó un proyecto de ley que propone dejar sin efecto el régimen de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creado mediante la Ley de Modernización Laboral, y asegurar que los fondos de las contribuciones patronales sean restituidos al sistema previsional.
"La mal llamada Ley de Modernización Laboral repite, con otro nombre, la lógica de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) de los años noventa. El FAL constituye un sistema perverso: con los recursos de la seguridad social se pretende financiar las indemnizaciones por despido en el sector privado. Los únicos perjudicados son los trabajadores y jubilados, en beneficio del sector financiero identificado con las políticas del actual gobierno libertario", apuntó el legislador en los fundamentos.
La iniciativa fue presentada luego que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentara el pago de las contribuciones patronales para el nuevo mecanismo destinado a financiar indemnizaciones, que entrará en vigencia el próximo 1ro. de noviembre.
Moyano insistió que "el problema central de esta reforma radica en que el financiamiento de las obligaciones indemnizatorias del sector privado se realiza a costa de los recursos destinados a garantizar los derechos previsionales de millones de argentinos".
En tal sentido, explicó que "la reducción de los aportes a la seguridad social que ingresan al SIPA no constituye una modificación meramente administrativa ni una redistribución neutral de recursos: representa una disminución concreta de los ingresos disponibles para sostener el sistema público de reparto, en beneficio del mercado financiero".
"La Resolución General N° 5907/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, publicada el 1ro. de octubre de 2026, reglamenta el ingreso de la contribución y marca el inicio operativo del régimen. Eso vuelve urgente impedir que el desvío se consolide", remarcó.
Además, en los argumentos, el diputado de UP advirtió que "según el proyecto de Presupuesto Nacional 2027, la implementación del FAL reduciría un 7% los recursos del SIPA, con una caída de $4.363.550.000.000, equivalente a USD 2.833 millones" al tipo de cambio vigente.
"La gravedad de esta situación se acentúa si se considera que el sistema previsional argentino ya enfrenta desafíos estructurales vinculados con la informalidad laboral, la evolución de los salarios, la relación entre trabajadores activos y beneficiarios y las transformaciones demográficas", señaló.
Y sostuvo que, por ello, "el proyecto establece que la totalidad de los recursos transferidos únicamente podrá utilizarse para el pago de los beneficios del Sistema Integrado Previsional Argentino. Esta afectación específica constituye una garantía para evitar que los fondos sean destinados a finalidades ajenas a la seguridad social y reafirma que su utilización debe responder exclusivamente a la protección de los derechos previsionales".
El proyecto establece dejar sin efecto el régimen de los FAL, a la vez restablecer las alícuotas con destino a los subsistemas de la seguridad social y transferir al Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) los recursos acumulados en dichos fondos.
En esa línea, uno de los artículos expresa que a la fecha de corte que fije la reglamentación de la eventual ley, "los recursos que integren las cuentas de los FAL, incluidos los rendimientos devengados, se transferirán de pleno derecho a la Administración Nacional de la Seguridad Social e integrarán el FGS".
"Las entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores, los fiduciarios, las sociedades gerentes y depositarias, y la ARCA deberán poner a disposición de la Administración Nacional de la Seguridad Social la información, la tenencia y la documentación necesarias para instrumentar la transferencia, en el plazo que fije la reglamentación, el que no podrá exceder de 60 días contados desde la publicación de esta ley", reza el texto.
En cuanto a los "gastos ordinarios de cierre, valuación y transferencia se imputarán a los respectivos patrimonios hasta su integración al FGS" y "queda prohibido el cobro de comisiones por cualquier concepto por la sola extinción del régimen".
La iniciativa prevé que los recursos que sean transferidos -en caso de aprobarse la ley- queden "afectados de manera específica y exclusiva al pago de beneficios del SIPA" y que su integración al FGS no alterará esa afectación.
El proyecto fue acompañado por sus pares de UP Hugo Yasky, Jorge Taiana, Santiago Cafiero, Juan Marino, Martín Aveiro, Pablo Todero, Héctor Mango, Nancy Sand, Sergio Dolce, Claudia Palladino y Christian Zulli.