Imputaron a un diputado jujeño que fue acusado por violencia sexual y acoso laboral

El legislador Marcelo Nasif había sido denunciado por una empleada que cumplía distintas tareas en la sede de un espacio partidario.

El Ministerio Público de la Acusación de Jujuy informó este jueves que el diputado del oficialismo local Marcelo Nasif quedó imputado, tras el análisis de elementos probatorios, por “abuso sexual simple por dos hechos en concurso real” luego de que una joven que trabajaba para él en la sede de su espacio lo denunciara por violencia y acoso laboral por cuestiones de género.

En razón de tratarse de un legislador provincial, se informó también que las actuaciones fueron remitidas al Juzgado de Violencia de Género N° 2, para continuar con la investigación jurisdiccional.

En su presentación ante la justicia, la mujer relató una serie de situaciones de supuesto acoso laboral y sexual por parte de Nasif, que fueron intensificándose hasta llegar al de “mayor gravedad” a fines de abril de este año.

En tanto, la diputada provincial justicialista Liliana Fellner salió a rechazar la posibilidad de que un legislador del oficialismo jujeño continúe en su cargo luego de tomar estado público la denuncia y lamentó “el silencio de sus pares” en la Legislatura de Jujuy, como así también de “algunos medios de comunicación”.

“No es la primera vez que en la política de Jujuy ocurre un caso como este; hemos sido testigos de decenas de denuncias de violencia de género contra funcionarios, legisladores y dirigentes, pero como siempre, todo se esconde, todo se pasa por alto y los violentos siguen ejerciendo cargos públicos, como si nada pasara”, manifestó Fellner y ratificó: “Para mí, hay silencios que duelen, pero duelen mucho más cuando son silencios cómplices que derriban la lucha que venimos dando las mujeres hace años, por la igualdad y el reconocimiento de nuestros derechos”.

Añadió que no está “dispuesta a seguir tolerando estos actos de impunidad por lo que le exijo a la Justicia, que muchas veces actuó como cómplice, que resuelva inmediatamente lo que tiene que resolver”, y apuntó a sus pares y a funcionarios del Gobierno de Jujuy, al indicar que “no se pueden seguir pasando por alto estos casos avalando la impunidad de quienes creen que por ocupar cargos públicos son intocables”.

Desde la defensa del diputado, negaron la existencia de los hechos denunciados durante el mencionado mes porque argumentaron que Nasif se encontraba con problemas de salud y que estaba “internado”.

Vuelve a Diputados un proyecto para sancionar el acoso sexual en espacios públicos o privados

La iniciativa fue aprobada este jueves en el Senado, pero dado que recibió cambios, regresa a la cámara de origen. Las multas irán de $3.862 a $19.310. Un solo senador votó en contra.

Un proyecto de ley para sancionar el acoso sexual en espacios públicos o privados incorporando esa figura al Código Penal fue aprobado este jueves en el Senado con 67 votos afirmativos y uno negativo, pero dado que recibió modificaciones, volverá a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva.

Se trata de una iniciativa que busca prevenir y combatir el acoso sexual en todos los ámbitos, y que había sido avalada en la Cámara baja en noviembre de 2019. El nuevo texto prevé multas que van de 3.862 pesos a 19.310 pesos, al valor actual (Ver abajo).

El único voto en contra fue del cordobés Ernesto Martínez (Pro), quien dijo estar a favor del propósito de la ley pero hizo objeciones técnicas a la redacción.

El presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, Oscar Parrilli, explicó que además de la media sanción de Diputados se tuvieron en cuenta otras iniciativas de senadores, y detalló las modificaciones introducidas en esta nueva figura penal que se busca crear.

En primer lugar, se eliminó la referencia que hacía el proyecto al acoso en “espacios públicos”, ya que “estas actitudes también pueden ser en espacios privados”, como por ejemplo fiestas. “Estamos tipificando la acción, independientemente de que sea en un espacio público o privado”, reparó Parrilli.

Asimismo, en cuanto a la sanción -que será de multa y no de prisión- explicó que “será determinada en valores que no se desajusten con el paso del tiempo, porque ya sabemos lo que ocurre en Argentina con el proceso inflacionario”. Por eso, se tomarán las Unidades de Medida Arancelarias (UMA) utilizadas para los honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.

Además, los senadores incorporaron el “acoso sexual digital”, y establecieron que en todos los casos el acoso será penado siempre que el hecho no constituya un delito más grave.

“Seguramente habrá objeciones desde el punto de vista técnico o legal, pero más allá de que toda ley puede ser perfectible y de que la ley ideal es la que nunca se dicta, lo que queremos con esta ley es dar una clara señal política desde el Senado de cuáles son los temas que nos ocupan”, aseguró Parrilli.

Por su parte, la radical Silvia Elías de Pérez, autora de un proyecto propio, destacó que se trata de “la posibilidad cierta de que el Estado pueda tener un rol activo cuando una persona es acosada en lugares públicos o privados y que esto esté tipificado en el Código Penal”.

La tucumana advirtió que en 2020 se registraron “320 femicidios” y en lo que va de 2021 se produjeron “70”. “Estamos hablando de otra escala de violencia, pero para llegar a esa escala hay una serie de escalones previos que se van transitando, y el mas invisibilizado es este del acoso sexual”.

Además, Elías de Pérez señaló que “hay encuestas que demuestran que la mayoría de las mujeres han sido víctimas de estos acosos sexuales”.

Foto: Comunicación Senado

La titular de la Banca de la Mujer, Norma Durango, sostuvo que “el acoso callejero es una violencia de género, vulnera nuestros derechos y restringe nuestra libre circulación”, y por eso “necesitamos que el Estado ponga límites claros, y es lo que estamos haciendo con esta ley”.

No nos referimos a los piropos, como algunos dicen en broma e inclusive algunos medios de comunicación nos preguntan irónicamente. Nos referimos a un sinnúmero de agresiones, gestos e insultos de una persona desconocida hacia otra”, aclaró la pampeana.

Tras afirmar que “siempre las víctimas de estas situaciones somos las mujeres, niñas y adultas”, citó una encuesta que indica que “el 100% de las mujeres hemos recibido algún tipo de agresión o acoso: bocinazos, silbidos, comentarios procaces, a veces sexualmente explícitos”.

“No queremos vivir con miedo, no queremos transitar intranquilas, cambiar nuestra forma de vestirnos o cambiar los caminos que transitamos”, expresó la oficialista.

Desde el Pro, Ernesto Martínez coincidió en el espíritu de la ley, pero advirtió que “en derecho penal, las cosas hay que hacerlas bien” y, tras criticar la redacción del texto, adelantó su voto en contra.

“(El proyecto) no es para nada exagerado, al contrario, es una buena idea, pero hay que hacerlo bien. No se puede trasladar narrativas al Código Penal”, argumentó, y entre otras objeciones jurídicas, cuestionó que el acoso sea incluido dentro de los delitos contra la integridad sexual y no como delito contra la libertad.

Hacia el final del debate, la oficialista Ana Almirón reconoció que a nivel municipal, en muchos códigos de faltas hay sanciones incluso mayores que las que pretende aplicar este proyecto, pero sostuvo que “el Código Penal es preventivo y tiende a desalentar esta conducta por parte de quienes la realizan”.

“El acoso callejero es una forma de violencia más y es la más normalizada de todas, y ocurre tan a menudo que solo un 5% o 10% de quienes la sufren realizan la denuncia en este sentido”, advirtió Almirón.

Detalles del proyecto

Según la redacción aprobada este jueves, se incorpora el artículo 129 bis al Código Penal, penalizando a quien “mediante gestos, expresiones, palabras, contacto físico o arrinconamiento no consentido, con connotación sexual, perturbare la dignidad, libertad, integridad física, psicológica, sexual o el libre tránsito de una persona, con motivo del género, orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

También se sanciona al que “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, plataformas digitales o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona, la perturbare, intimidare u hostigare con connotación sexual, con motivo de género, orientación sexual, identidad de género o su expresión, de modo que altere el normal desarrollo de su vida cotidiana”.

Las multas serán de una a cinco Unidades de Medida Arancelarias (UMA) establecidas por el artículo 19 de la ley 27.423 de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores Y Auxiliares de la Justicia Nacional o Federal. El valor actual de la UMA es de 3.862 pesos, según la acordada 1/21 de la Corte Suprema de Justicia, dictada en febrero de este año.

Si la víctima es menor de 18 años o el autor es funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad, policial o penitenciaria, la pena se elevará de cinco a diez Unidades. En todos los casos, la multa llevará como medida accesoria la obligatoriedad, por parte del condenado, de realizar talleres o encuentros orientados a la educación, concientización y erradicación del acoso sexual y la violencia de género, por un plazo no menor a tres meses.

La recaudación obtenida de las multas será destinada a programas de fortalecimiento de los derechos de las mujeres, géneros y diversidad, según determine la reglamentación.