Pidieron informes sobre la nueva concesión de la Hidrovía Paraguay-Paraná

Diputados de JxC solicitaron información sobre la gestión de este corredor vital para la región.

juan martin

Los diputados Juan Martín, Lucila Lehmann y Albor Cantard (JxC-Santa Fe) solicitaron que el Poder Ejecutivo Nacional explique el proceso licitatorio y la labor del Consejo Federal creado para gestionar la hidrovía Paraguay-Paraná, vital para la provincia y la región. Además, manifestaron su preocupación por la situación del puerto de la ciudad de Santa Fe “ante la falta de liderazgo local” para ponerlo entre las prioridades de esta iniciativa, y remarcaron la necesidad de que sea en general un pliego “dinámico”, pensado no solo para la coyuntura actual sino en función de proyecciones de expansión productiva.  

También pidieron conocer “el estado de elaboración de pliegos, si contemplan necesidades del centro norte santafesino y cuál es el cronograma previsto para su concreción y el llamado a licitación”, si “la licitación prevé continuar con el régimen de concesión de obra pública por peaje a riesgo empresarial, sin aval del Estado” y “si la futura concesión abarca los servicios de dragado, redragado, balizamiento y señalización”.

Sobre el Puerto de Santa Fe preguntaron “si se encuentra contemplado el incremento en la profundidad de dragado a 33 pies hasta el Puerto de Santa Fe”. Y en ese mismo sentido, “si está prevista la incorporación en el próximo contrato del dragado, la señalización y balizamiento del Canal de Acceso a dicho puerto”.

Los legisladores señalaron ante la Mesa de Entidades Productivas de la ciudad de Santa Fe la necesidad de que el Puerto sea incluído en el plan de obras y recordaron que “la ciudad se encuentra en un punto estratégico del desarrollo de la Hidrovía Paraguay-Paraná, y en el cruce con el corredor Bioceánico Central Porto Alegre-Coquimbo. El conglomerado del Gran Santa Fe y su región necesitan un puerto activo al servicio de las Pymes, que les permita mejorar su competitividad e insertarse a costos razonables en el mercado global”.

Preguntaron, además, “si se encuentra prevista la extensión de la concesión hasta Confluencia (en el kilómetro 1.238 de la hidrovía), “para garantizar un desarrollo federal e integrado de la Hidrovía, ampliando las oportunidades de desarrollo productivo de una vasta región al norte de la provincia de Santa Fe y las de Chaco y Corrientes”.

Los legisladores destacaron la relevancia de la actividad pecuaria en el norte santafesino, principalmente bovina, dado que la hidrovía configura un escenario cercano de oportunidad para el sector. Una planificación en perspectiva debe considerar estas variables.

Por otra parte, pidieron saber “si se encuentra prevista la constitución de una tarifa plana, con el fin de sostener un sistema virtuoso, favorecedor del desarrollo agropecuario del interior del país” y “si se cuenta con estudios detallados sobre el impacto económico, social y ambiental de la hidrovía”.

Por último, indagaron sobre “cómo se garantizará la navegación de la hidrovía durante el tiempo comprendido entre la extinción del contrato vigente -el 30 de abril próximo-, y el inicio de la explotación de la nueva concesión”, y “cómo se realizará el mantenimiento de la hidrovía durante dicho período”.

El proyecto sobre teletrabajo quedó listo para ser debatido en el recinto

La comisión que encabeza la diputada Vanesa Siley sacó dictamen de un proyecto consensuado. No obstante durante el debate se expresaron disidencias respecto de algunos artículos.

La Comisión de Legislación del Trabajo emitió dictamen este miércoles para el proyecto de ley de teletrabajo, con lo cual el tema quedó listo para ser tratado en la próxima sesión de la Cámara baja.

El dictamen tuvo el acompañamiento de prácticamente toda la comisión, con disidencias parciales de parte de los diputados de Juntos por el Cambio, en tanto que el diputado Pablo Ansaloni presentó un dictamen propio solo firmado por él.

El dictamen tuvo el acompañamiento de prácticamente toda la comisión, con disidencias parciales de parte de los diputados de Juntos por el Cambio, en tanto que el diputado Pablo Ansaloni presentó un dictamen propio solo firmado por él.

La presidenta de la comisión, Vanesa Siley, resaltó al inicio de la reunión de este miércoles que “hemos trabajado con un espíritu de diálogo social, con tres reuniones informativas”, a las que asistieron representantes de todos los sectores. Así las cosas, remarcó que “hemos confluido, no sin dificultades, disidencias, no sin diferentes opiniones, en un dictamen de consenso donde intentamos contener la mayor cantidad de intereses posibles en esta regulación”.

“Este dictamen de consenso parte de la base de considerar el teletrabajo como una modalidad laboral, y así la integramos al contrato de trabajo y delegamos las especificidades dentro de las convenciones colectivas de trabajo”, destacó Siley.

Por su parte, el diputado radical Albor Cantar, vicepresidente primero de la comisión, valoró el esfuerzo realizado para alcanzar “los máximos niveles de consenso”. En ese sentido resaltó el momento en el que finalmente se consiguió avanzar con este tema. “No es casualidad”, dijo, recordando que “llevamos 13 años desde los primeros proyectos que se presentaron en esta Cámara, y ahora llegamos a compatibilizar una veintena de proyectos”.

El legislador santafesino destacó que el proyecto tiene dos objetivos centrales: facilitar el acceso al trabajo, en momentos en que precisamente la desocupación acaba de llegar a los dos dígitos y –adelantó- será mucho peor cuando concluya la pandemia y el aislamiento social obligatorio, y por otro lado “garantizar un piso de derecho a los trabajadores”.

Con todo, Cantar planteó sus disidencias respecto del proyecto consensuado. Por ejemplo respecto del artículo 3° referido a derechos y obligaciones, donde se habla de la facultad de delegar en el Convenio Colectivo de Trabajo, puntualizó que “es una facultad y no una obligación. Entendemos que el término utilizar debería ser ‘podrán’ y no ‘deberán’”. Cuestionó además el tema de la “reversibilidad”, de la que habla la ley y cuyo último párrafo debería ser sacado, dijo.

Asimismo consideró que el proyecto debería haber contemplado “algún incentivo para esta modalidad para las pymes”, de modo tal de promoverla.

A su turno, el diputado Hugo Yasky resaltó que este proyecto establece “un piso derechos para que a partir de ahí y de acuerdo a las características de cada sector de trabajo y sus convenios, se puedan definir cuestiones relativas a cada sector”. Asimismo valoró “la voluntad convergente de todos los diputados intervinientes para lograr concretar esta ley”.

Desde la Coalición Cívica, Mónica Frade planteó fundamentalmente sus disidencias con un proyecto que la llevó a preguntarse “cuál es la razón o la urgencia” para tratar ese proyecto de manera tan acelerada, “teniendo en cuenta que muchas de las cosas que dijeron muchos de los que expusieron ante esta comisión deberían haber sido recogidas con más interés y cuidado. Y deberían haber sido recogidas con un poco de más atención”.

A la hora de plantear sus disidencias, objetó el artículo 5° que le prohíbe a los empleadores remitir comunicaciones a los trabajadores fuera de la jornada laboral. “Se tendría que haber puesto que el empleado no está obligado a responder, pero no se le puede impedir al empleador que organice su propia tarea para el día siguiente”, observó Frade.

También advirtió que el artículo 6° “va a desalentar profundamente la contratación de empleados” con esta modalidad. Sucede que el mismo menciona el caso de aquellos trabajadores que tengan a cargo personas menores de 13 años, o adultos mayores, y establece numerosas penalidades para el empleador que no contemple la disponibilidad en cuanto a horarios y hasta considera esas actitudes como “delitos”. Eso hará que esas personas sean descartadas por los empleadores, advirtió Mónica Frade, entre otras objeciones que planteó.

“A mí no me conforma sacar una ley, sino que lo que quiero es sacar la mejor ley, que va a ser la que fomente este tipo de contrataciones”, destacó la diputada de la CC, apelando a que “podamos afinar un poco más su redacción”.

Con esta diputada coincidió en varios puntos Facundo Moyano al intervenir en un debate que consideró “auspicioso” y que atribuyó a “la insistencia y persistencia, y el dinamismo que adquirió la comisión bajo la presidencia de Vanesa Siley”.

Moyano citó también el artículo 4° del proyecto, señalado que “es imposible evitar que el empleador, fuera del horario laboral, no pueda mandar un mensaje. Sí podríamos regular que el trabajador no deba estar obligado a responderlo. Yo directamente sacaría ese párrafo”.

Facundo Moyano también objetó el artículo 8°, y también el referente a la “reversibilidad” del consentimiento.

Qué dice el proyecto

En el proyecto que obtuvo dictamen se incorpora el artículo 102 bis a la Ley de Contrato de Trabajo para regular que “habrá contrato de Teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios” sea “efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador mediante la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones”.

Además, ese nuevo artículo señala que “las regulaciones específicas del Teletrabajo se establecerán para cada actividad mediante la negociación colectiva, respetando los principios de orden público establecidos en esta ley”.

El proyecto indica que “las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad, gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial”.

Asimismo, “la reglamentación de la ley y los convenios colectivos deberá prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo”.

En lo que respecta a la jornada laboral, ésta deberá “ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos”. En tanto, “las plataformas y/o software utilizados por el empleador” tendrán que “desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral establecida, impidiendo la conexión fuera de la misma”.

En ese sentido se introduce el concepto de “derecho a la desconexión digital”, por el cual la persona que trabaja bajo esta modalidad “tendrá derecho a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias” y “no podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho”.

“El empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral”, enfatiza el texto.

Sobre la tarea de cuidados, quienes “acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada”.

“Cualquier acto, conducta, decisión, represalia u obstaculización proveniente del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio resultando aplicables las previsiones la Ley 23.592 -Actos Discriminatorios-“, agrega el articulado y establece que “mediante la negociación colectiva podrán establecerse pautas específicas para el ejercicio de este derecho”.

El proyecto indica que “el traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito”.

En lo que respecta a la reversibilidad del consentimiento, el mismo podrá ser revocado por el trabajador “en cualquier momento de la relación”. “En tal caso, el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente, o en su defecto, en el más cercano al domicilio del dependiente, en el cual puedan ser prestadas. Salvo que por motivos fundados resulte imposible la satisfacción de tal deber”, se dispone.

Si el empleado se negare, “dará derecho a la persona que trabaja bajo esta modalidad a considerarse en situación de despido o accionar para el restablecimiento de las condiciones oportunamente modificadas”.

Pese a que desde el sector empresario pidieron que se tengan en cuenta las facultades de “organización y dirección del empleador”, la reversibilidad sólo se dará con la voluntad del empleado, aunque se aclara que “en los contratos que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, el eventual cambio a la modalidad presencial operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva”.

La iniciativa establece que “el empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja. La compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva”.

En tanto, el trabajador remoto “tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar” y “dicha compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del impuesto a las Ganancias”, un punto solicitado por la CGT.

La autoridad de aplicación de la ley -que entrará en vigencia 90 días después de que finalice el aislamiento obligatorio-, será el Ministerio de Trabajo, que dictará normas referidas a la seguridad e higiene; incorporará las nuevas enfermedades laborales por esta modalidad; tendrá a cargo la fiscalización.

Además, llevará un registro en el cual deberán estar anotadas “las empresas que desarrollen esta modalidad, acreditando el software o plataforma a utilizar y la nómina de las personas que desarrollan estas tareas, las que deberán informarse ante cada alta producida o de manera mensual” y “esta información deberá ser remitida a la organización sindical pertinente”.

Sobre las “prestaciones transnacionales”, se aplicará “al contrato de trabajo respectivo la ley del lugar de ejecución de las tareas o la ley del domicilio del empleador, según sea más favorable para la persona que trabaja”.

“En caso de contratación de personas extranjeras no residentes en el país, se requerirá la autorización previa de la autoridad de aplicación. Los convenios colectivos, acorde a la realidad de cada actividad, deberán establecer un tope máximo para estas contrataciones”, señala el proyecto.

La iniciativa también abarca cuestiones referidas a la capacitación; la protección de la información laboral; el derecho a la intimidad; la representación digital; y el goce de todos los derechos colectivos.