Kueider pidió la nulidad de la sesión en el Senado y que se le restituya su banca

A horas de aprobada su expulsión del cuerpo, la defensa del entrerriano detenido en Paraguay presentó un amparo ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El rol de Villarruel en la mira.

A horas de aprobada su expulsión del Senado, Edgardo Kueider presentó este viernes un amparo ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo para que se declare nula la sesión por "irregularidades" y se le restituya su banca.

La defensa del entrerriano, detenido en Paraguay por presunto delito de contrabando, argumentó la invalidez de la sesión por haber estado presidida por Victoria Villarruel, quien se encontraba a cargo del Poder Ejecutivo.

La conducción de Villarruel ante la Cámara alta abrió un conflicto con Casa Rosada, desde donde afirmaron que ella conocía con el debido tiempo el viaje del presidente Javier Milei. Sin embargo, desde el entorno de la vice aseguran que firmó el traspaso a las 19 de este jueves, después de la sesión.

En el amparo que recayó ante el Juzgado Contencioso N°6, Kueider reclamó que su caso no se debatió, antes del recinto, en la Comisión de Asuntos Constitucionales -que justamente él presidía- y no se le permitió hacer un descargo, es decir, a ejercer su derecho de defensa.

Antes de la sesión, en diálogo con el diario La Nación, el ahora exsenador había dicho: "No pueden tomar una medida sancionatoria, y menos una expulsión, por una presunción. Me parece una locura institucional".

Además de la presentación ante la Justicia, el abogado Maximiliano Ruiz envió una notificación a Villarruel en la que indica que este viernes "se ha dado inicio a una acción judicial por medio de la cual se controvierte la constitucionalidad y validez de la sesión" por medio de la cual "se dispuso la remoción del cargo de senador nacional de mi asistido".

En el escrito, el letrado le pide a la presidenta del Senado que "deje sin efecto la resolución alcanzada en esa sesión". "Hasta tanto exista un pronunciamiento judicial a su respecto, solicito tenga a bien tomar las medidas de resguardo propias de la función, de las oficinas y del personal afectado al mismo", agrega.

El entrerriano fue eyectado de la Cámara alta a instancias de un proyecto motorizado por Unión por la Patria, luego ser detenido in fraganti el pasado 4 de diciembre en la frontera con Paraguay, al querer ingresar con una alta suma de dinero en efectivo, entre eso 200 mil dólares.

Kueider aseguró que el dinero no era suyo y pidió licencia en su cargo mientras durara la investigación. El kirchnerismo pidió desde el primer momento su expulsión, pero el oficialismo y los bloques dialoguistas se inclinaban por la suspensión hasta el 1ro. de marzo, sin goce de haberes.

Sin embargo, lo que terminó de torcer las posturas fue el pedido de desafuero y de extradición que presentó antes de la sesión la jueza federal Sandra Arroyo Salgado, quien investiga al entrerriano en el marco de la causa por corrupción denominada Securitas.

Con todo, durante un extenso cuarto intermedio antes de la votación en el Senado, hubo un intento de ciertos sectores dialoguistas de frenar la expulsión, que para esa hora había tomado fuerza. No se logró y se aprobó finalmente la dura sanción por 60 votos a favor, 6 en contra y 1 abstención.

Ahora deberá asumir en su reemplazo, para completar el mandato hasta diciembre de 2025, la camporista Stefanía Cora, quien se sumará a UP. Salvo que la Justicia frene su asunción, ante el reclamo de Kueider. Se verá en las próximas semanas, igualmente en lo inmediato no se concretará, dado que el recinto no volverá a abrirse -por lo menos- hasta febrero.

AMPARO SENADOR KUEIDER

La izquierda presentó un amparo por el tarifazo en el subte

La diputada Myriam Bregman, junto a legisladores porteños de su espacio, se presentó ante la Justicia. "Jorge Macri trabaja para la casta empresaria de los grupos económicos concentrados", criticó.

La diputada nacional del Frente de Izquierda Myriam Bregman, junto a los legisladores porteños Alejandrina Barry y Patricio del Corro, y Claudio Dellecarbonara, miembro del secretariado ejecutivo de la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro (AGTSyP), presentaron ante la Justicia un amparo en el que sostienen que el aumento en el subte es "ilegal y fraudulento".

“Tras la publicación en el Boletín Oficial de un nuevo tarifazo en el subte, que pasa de los actuales $125 a $574 a partir del 15 de mayo, presentamos un amparo porque es escandaloso el aumento, estamos hablando de un servicio donde se viaja pésimo, algo que solo saben los trabajadores y trabajadoras que lo utilizan a diario, a diferencia de los funcionarios. En el esquema de incrementos en tres tramos, se trata de una suba de más del 500% en dos meses, cuando el boleto costará $757", apuntó Bregman.

La jefa del bloque FIT en la Cámara baja consideró que se trata de "una provocación de (Jorge) Macri, que es un soldadito de (Javier) Milei. La ley indica que la tarifa se tiene que establecer en base al salario mínimo, vital y móvil". "En los últimos 10 años el subte aumentó por encima del valor del boleto del colectivo y también aumentó tres veces más que el salario mínimo en términos porcentuales. Con un salario mínimo en septiembre del 2023 se podían pagar 1.595 pasajes, con este aumento del subte apenas se llegarían a 383 pasajes", explicó y lanzó que "al igual que Milei con la ley Bases, Jorge Macri trabaja para la casta empresaria de los grupos económicos concentrados”.

Por su parte, Barry afirmó: “Hemos demostrado en nuestro amparo muchísimas irregularidades para el aumento de la tarifa, como la inclusión de un ítem de gastos llamado ‘otros’ por la cifra de 168 millones de pesos que no tiene ninguna explicación seria para ser absorbido por Emova y descargarse en el costo del pasaje. Un ejemplo, dos de los gastos son para capacitaciones de los funcionarios de la empresa y para el costo de publicidad, cuando se trata de un servicio monopólico y sin competencia”.

“Escandalosamente utilizan como argumento del aumento de la tarifa obras que le corresponden al Gobierno de la Ciudad y no a la concesionaria. Entonces los usuarios pagan doble, como contribuyentes y como pasajeros. Una estafa que la Justicia no puede dejar pasar", enfatizó Dellecarbonara.

El dirigente cuestionó: "Además, usan nuestro reclamo por la desabestización del subte como otro argumento para el tarifazo, cuando el dinero que reciben por ese concepto no lo han utilizado para retirar el asbesto que sigue presente en toda la red desde hace décadas. Ya tuvimos tres compañeros fallecidos y más de 80 afectados por este material cancerígeno que hasta la propia Justicia reconoció su existencia e ilegalidad. Vamos a luchar contra este tarifazo que el único objetivo que tiene es aumentar las ganancias millonarias de Emova, cuando utilizar el transporte público es un derecho que con este aumento está siendo atacado”.

 

Legisladores ampliaron el amparo judicial contra la eliminación de los fondos nacionales para el transporte del interior

La presentación fue realizada por el diputado santafecino Eduardo Toniolli junto a legisladores provinciales y concejales ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.

Este miércoles 3 de abril, a las 8.30, los legisladores que presentaron en febrero un amparo judicial contra la eliminación del Fondo Compensador del Transporte para el interior del país, ampliarán los fundamentos del mismo ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario (Entre Ríos 435), frente al dictado del DNU 280/2024 por parte por el Ejecutivo Nacional, el 27 de marzo último.

La iniciativa, por medio de la que el doctor Hugo Hernández patrocina a dos trabajadoras de casas particulares, es acompañada por el diputado nacional Eduardo Toniolli (UP – Santa Fe), la diputada provincial Lucila De Ponti y los concejales Juan Monteverde, Mariano Romero, Norma López, Caren Tepp, Jesica Pellegrini y Julián Ferrero, y busca frenar la eliminación de los subsidios nacionales al transporte de pasajeros del interior del país.

Asimismo, se pretende obligar a las partes -Poder Ejecutivo Nacional y amparistas - a conformar un comité de emergencia junto a la Defensoría del Pueblo de la Nación, el Gobierno de la provincia de Santa Fe y la Municipalidad de Rosario, para buscar soluciones consensuadas a la crisis del transporte público.

“Nos presentamos ante la Justicia Federal para ampliar el amparo que interpusimos en febrero, contra la eliminación del Fondo Compensador del transporte del interior por parte de Milei. El DNU 280 es inconstitucional y representa un golpe mortal contra nuestra movilidad”, contó Toniolli en redes.

El diputado de UP explicó: “En febrero, el Gobierno nacional había anunciado la eliminación de los fondos para el transporte del interior del país. Nosotros apenas supimos eso, presentamos un recurso de amparo. Hoy estamos introduciendo una ampliación de los fundamentos. A la Cámara le pedimos premura, porque el boleto ya está 700 pesos. Estamos ante gobiernos locales que trasladan al boleto cada aumento de costos. Esto es un problema para el usuario, pero además para el propio sistema, porque a cada incremento de tarifa merma la cantidad de gente que viaja. Además, en el AMBA los subsidios siguen, con dinero que se cobra en todo el país por el impuesto a los combustibles: esto muestra que es un gobierno claramente antifederal”.

Snopek aseguró que presentará una acción de amparo ante la impugnación de su candidatura en Jujuy

El senador nacional y candidato a gobernador volvió a apuntar contra el actual mandatario provincial: “Hay una presentación pedida por Morales para impugnar mi candidatura, ya que habíamos construido una alternativa en Jujuy”.

El senador nacional y candidato a gobernador por Jujuy, Guillermo Snopek (titular del bloque Unidad Federal), adelantó que presentará una acción de amparo ante la resolución del Tribunal Electoral que le impugnó su candidatura y volvió a apuntar contra el actual mandatario provincial, Gerardo Morales: “Hay una presentación pedida por Morales para impugnar mi candidatura, ya que habíamos construido una alternativa en Jujuy”.

“No permiten participar en las elecciones. Hay una resolución del Tribunal Electoral de la provincia que lo preside paradójicamente un exdiputado provincial de la UCR y excompañero de fórmula de Gerardo Morales cuando fue candidato a gobernador años atrás”, denunció en declaraciones a la AM990 y lanzó: “Hay una presentación pedida por el gobernador Morales para impugnar mi candidatura, ya que habíamos construido una alternativa en Jujuy para terminar con este gobierno y, de esta manera, esta justicia que maneja Morales nos impide participar”.

En ese sentido, cuestionó: “Hay un arreglo que ha quedado plasmado en la Legislatura el año pasado en la provincia cuando el PJ le habilitó la reforma de la Constitución. El gobernador Morales sacó una ley de reforma con el acompañamiento del Partido Justicialista, que él conduce y maneja, y tenía previsto realizar las elecciones de convenciones constituyentes el 12 de diciembre del año pasado en medio de la euforia del Mundial para que se enteren unos pocos”.

“Esto generó el trabajo de distintos sectores, nuestro espacio en la Legislatura se opuso a la reforma, sectores de la sociedad civil, organizaciones sociales y partidos políticos que generó gran efervescencia y tuvimos la primera victoria tácita contra el gobernador que no pudo reformar la Constitución. Pese a eso, avanzó y hoy en medio de un proceso electoral con sus aliados me impugna la candidatura y busca quedarse como partido hegemónico”, apuntó Snopek.

En ese marco, explicó que “lo que establece la Constitución si es que hubiera un parentesco por afinidad. Esa afinidad de tener él alguna relación con algún pariente mío impediría, pero eso es a los fines. Él está casado con una de mis hermanas. Tengo siete hermanos y una de ellas está casada con Gerardo Morales, nos enteramos ahora, yo no tengo vínculo familiar. Con eso impiden que nos presentemos a la elección”.

“En el 2019 yo me presenté de candidato a gobernador contra Morales y no hubo impugnación y ellos ya tenían una relación, yo pensé que ya estaban casados. Creo que el matrimonio creo que se da para generar la impugnación porque estoy bien en las encuestas”, disparó.

En tanto, manifestó: “Nosotros vivimos en nuestra lucha de que no se modifique la Constitución, ya que busca perpetrarse Morales en el poder, busca eliminar los organismos de control, hay un oscurantismo en el manejo de recursos del Estado y en la provincia, ya hubo destituciones de miembros del Tribunal de Cuentas y busca cualquier tipo de expresión cercenar con esta reforma la Constitución”.

Al respecto, adelantó: “Estamos resolviendo qué vamos a hacer. Pedimos en el Juzgado copias certificadas de la resolución para hacer una acción de amparo contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia, pero quien tiene que resolver es una justicia que yo la he cuestionado y he pedido la intervención por este manejo discrecional en el ámbito de la persecución política que se da a quienes piensan distinto en la provincia y esos mismos jueces se tiene que expedir en esta misma causa. Tenemos tiempo de una sustitución y que la justicia resuelva las impugnaciones y los recursos que presentamos”.

Consejo de la Magistratura: La UCR presentó un amparo contra la resolución de Cecilia Moreau

La medida cautelar fue presentada por los diputados Mario Negri y Roxana Reyes para rechazar la resolución de la presidenta de la Cámara baja que frenó las designaciones en el órgano judicial. Piden que se ratifiquen los nombramientos.

Tras la sesión escandalosa del jueves pasado en medio de la tensión política que enfrenta a la oposición y al oficialismo que dejó paralizada a la Cámara baja, el bloque de diputados de la UCR presentó este martes un amparo para rechazar la resolución de la presidenta del Cuerpo, Cecilia Moreau, que dejó sin efecto los nombramientos para el Consejo de la Magistratura.

En la presentación plantean: “Venimos a interponer acción de amparo contra la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación a fin que declare la nulidad, invalidez e inconstitucionalidad de la Resolución 1634/22 de Presidencia de ese órgano legislativo mediante la cual dejó sin efecto la RP 1608/22” mediante la cual se frenaron las designaciones de los diputados para el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, encargado de nombrar y controlar a los jueces.

El amparo lleva las firmas del presidente de la bancada radical, Mario Negri, y de los diputados Roxana Reyes y Francisco Monti, quienes fueron nombrados como consejeros titular y suplente, respectivamente, para el período 2022-2026. Esta presentación se suma a la de Álvaro González, que también presentó un amparo para asumir en ese órgano, ya que consideró "nula" la resolución de la titular de la Cámara baja.

En el recurso impulsado por la UCR, los diputados también exigieron que se considere "vigente y consolidada" la resolución mediante la cual fueron nombrados a la Magistratura Vanesa Siley y Rodolfo Tailhade por el oficialismo (dos por la primera minoría), Álvaro González (Pro) y Roxana Reyes (UCR).

En los fundamentos se resaltó que Cecilia Moreau a través de la resolución del 17 de noviembre del corriente año N° 1608/22, había admitido como válida la propuesta del bloque de la UCR y la designación de Reyes, quien había asumido como consejera en mayo cuando se completó la representación del Congreso en el organismo tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que declaró la inconstitucionalidad de la ley de Consejo de la Magistratura aprobada en 2006.

“Esta interpretación originaria y auténtica del cuerpo (HCDN) es determinante para la legitimidad del acto y más aún cuando se ha repetido en dos oportunidades y por distintos presidentes de la Cámara. ESTA RESOLUCIÓN DE DESIGNACIÓN NO FUE CUESTIONADA POR NADIE”, resaltaron en la presentación.

En noviembre, cuando se designaron los nuevos representantes a la Magistratura, el radicalismo volvió a ratificar a Reyes para el nuevo período. Así, Moreau emitió la resolución con los nuevos representantes y se la comunicó al Consejo de la Magistratura y a la Corte, que en una acordada decidió tomarles juramento a los representantes por la Cámara baja.

En aquella acordada, el máximo tribunal también dejó en suspenso a los designados por el Senado, a partir del conflicto generado por la decisión del kirchnerismo de dividir su bloque para quedarse con el representante de la segunda minoría, cargo para el que fue nominado el kirchnerista Martín Doñate, relegando a Luis Juez que había sido propuesto por el Pro.

“El bloque Frente de Todos, conociendo ya las reglas de integración establecidas por esta Corte, partió su bloque en dos y dispuso integrar cada uno de ellos con el número de senadores necesarios para quedarse con el bloque mayoritario y, al mismo tiempo, desplazar al Frente Pro como segunda minoría. De ese modo, se viola el indudable objetivo de pluralidad representativa que la ley 24.937 persigue en la integración del Consejo de la Magistratura al referirse a los conceptos de mayor y menor representatividad en sus disposiciones", detallaron respecto a la situación en el Senado.

En Diputados, la controversia estalló tras conocerse el fallo del juez Martín Cormick que cuestionaba la designación de Reyes para el organismo porque según argumentó, la UCR y el Pro conforman un único espacio al integrar sus candidatos la misma lista electoral. Según esta interpretación no corresponde que la segunda minoría sea para el radicalismo si el representante de la primera minoría es el macrista Álvaro González.

“Un Juez Contencioso Administrativo Federal, hace ‘RENACER’ un expediente judicial cuya instancia estaba agotada por abstracción y en forma ‘EXTEMPORANEA, ABSURDA Y NULA’ resuelve que la anterior designación de la diputada Reyes y del diputado Monti no se correspondía con ‘SU’ PECULIAR INTERPRETACIÓN”, cuestionaron y denunciaron que ese fallo “intima a la Cámara de Diputados para que en el futuro realice las designaciones conforme lo que este juez interpreta”.

Moreau apeló el fallo de Cormick, pero en paralelo frenó las designaciones para el Consejo de la Magistratura, lo que provocó una fuerte reacción de la oposición que decidió quitarle su apoyo a la reelección de la titular de la Cámara al no acompañar con el quórum al oficialismo en la fallida sesión preparatoria.

“Se debe acotar que el fallo citado se asienta en una FALACIA, cual es la de asimilar la situación de la designación de los diputados/as a la de los senadores/as ‘Juez/Doñate’. En Senadores se llevó adelante un ardid, engaño, artimaña, para birlarle un consejero al bloque Pro, a través de la división del bloque del Frente de Todos, en dos bloques, hecho este REALIZADO A SABIENDAS Y LUEGO DE HABERSE NOTIFICADO LA SENTENCIA DE LA CORTE”, precisaron.

En ese sentido, compararon que en Diputados los bloques siempre “estuvieron divididos, son autónomos y tienen sus propias autoridades y funcionamiento independiente”, y señalaron que “el juez a través de una evidente arbitrariedad y con la clara y aviesa intención de perjudicar a la UCR y a la diputada Reyes y al diputado Monti realiza esta temeraria y falsa asimilación”.

Consejo de la Magistratura: Diputados pidió que se rechace el amparo contra la elección de Reyes

Además, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo al senador del Pro Luis Juez para ingresar al órgano judicial.

El conflicto en torno a la designación de los miembros al Consejo de la Magistratura sigue dando de qué hablar. Por un lado, Diputados solicitó a la Cámara en lo Contencioso Administrativo que rechace el amparo que presentó el titular del bloque FdT, Germán Martínez, contra la designación de la radical Roxana Reyes. Por el otro lado, la Cámara en lo Contencioso desestimó el pedido del senador nacional Luis Juez (Pro) para ser designado en el Consejo.

La Cámara de Diputados, como cuerpo legislativo, le pidió a la Cámara en lo Contencioso Administrativo que rechace el amparo que presentó Martínez contra la designación de como consejera de la Magistratura por la segunda minoría de la Cámara baja. Fue a través de un escrito firmado por el abogado Raúl Garo, la representación legal reclamó que la Cámara confirme el fallo de primera instancia del juez Martín Cormick, que en los hechos avaló la designación de Reyes.

La diputada de la UCR fue designada el 13 de abril junto con Francisco Manuel Monti en calidad de suplente, pero en el marco de la disputa política que también incluye a la Cámara de Senadores, Martínez judicializó la nominación.

Según el apoderado de la Cámara de Diputados, Martínez -quien apeló el rechazo de primera instancia- "no acredita ni delimita de qué manera fueron afectados sus derechos ni qué perjuicios sufrió como consecuencia del dictado del acto que aquí cuestiona", por lo que el recurso debería ser rechazado.

Además, subrayó que "según la doctrina sentada por la Corte Suprema, es regla general la no judiciabilidad (sic) de las decisiones que se adoptan dentro de la esfera de competencia propia de otro poder".

"El objeto de autos se encuentra íntimamente relacionado a la conformación de los bloques parlamentarios, conforme las decisiones políticas emanadas de los representantes legislativos, democráticamente elegidos, siendo ello lo que precisamente pretende impugnarse", advirtió el escrito, de 23 páginas.

"De admitirse, implicaría una gravísima vulneración de las facultades exclusivas del Poder Legislativo Nacional", resumió.

Por otro lado, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el fallo de primera instancia que desestimó el pedido del Juez para ser designado en el Consejo de la Magistratura de la Nación. Así lo resolvieron los camaristas Guillermo Treacy, Jorge Alemany y Pablo Gallegos Fedriani, hay un planteo de per saltum presentado ante la Corte Suprema de Justicia por el propio Juez.

Lo hizo la Sala V que ratificó lo resuelto por el juez Pablo Cayssials, quien rechazó el pedido del legislador cordobés luego que la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, designara en su lugar al oficialista Martín Doñate.

"Lo relacionado con el momento, y consistencia de las afinidades políticas necesarias y suficientes para conformar un nuevo bloque, constituyen cuestiones inherentes al funcionamiento interno de la Cámara, y responden a las reglas de la lógica política, puesto que de la propia dinámica parlamentaria resulta que los bloques conformados por los representantes elegidos por el voto popular se forman, se modifican, mutan, se transforman y se transfiguran; se integran y se desintegran; forman coaliciones entre ellos, de un modo temporal o permanente", según los jueces.

Además, señalaron que "la representación parlamentaria puede asumir válidamente cualquiera de esas modalidades, con el debido respeto de las reglas preestablecidas por el propio cuerpo, a los derechos y prerrogativas inherentes a la calidad de legislador, y a la participación de las minorías".

La queja de Juez es porque él debía ser designado en representación de la segunda minoría, pero la presidenta del Senado partió su bloque del Frente de Todos y así habilitó que sea designado un senador oficialista. La polémica se desató cuando la Corte Suprema de Justicia dispuso el regreso de la vieja ley luego de vencer el plazo de 120 días que tenía el Congreso para sancionar una nueva ley.

De esta manera, la composición pasó de 13 a 20 miembros y la titularidad del Cuerpo a manos del presidente de la Corte Suprema de Justicia, en el caso Horacio Rosatti.

JxC fue a la Justicia para pedir anular la sesión de Bienes Personales

Tal cual había adelantado el interbloque, efectivizaron la presentación a través de un amparo suscripto por todos los senadores del espacio opositor.

El interbloque de senadores nacionales de Juntos por el Cambio presentó este jueves una acción de amparo ante la justicia con el objetivo que se declare nula la sesión de la Cámara alta del pasado 29 de diciembre.

Dicha presentación fue lleva adelante por el presidente del interbloque de senadores de Juntos por el Cambio, Alfredo Cornejo; el presidente del bloque UCR, Luis Naidenoff; el presidente del bloque Frente Pro, Humberto Schiavoni; el presidente del bloque Justicialista 8 de Octubre, Juan Carlos Romero; la titular del bloque Movimiento Neuquino, Lucila Crexell; el presidente del bloque Integración y Desarrollo Chubutense, Ignacio Torres; y la presidenta del bloque Justicia Social, Beatriz Ávila.

Dicho pedido se fundamenta en la violación del artículo 15 del Reglamento de Funcionamiento de dicha Cámara, el cual indica que, luego del horario de citación a sesiona, hay treinta minutos para comenzar dicha sesión.

Tal como se documenta en el expediente, al momento cumplirse el límite estipulado, los senadores opositores sostienen que la Cámara no contaba con el quórum exigido para llevar adelante la sesión. Pese a ello, varios minutos luego de vencido el plazo, la presidencia dio comienzo a la sesión, momento en el cual sí había quórum. “Queda claro, que el quórum se conformó pasados varios minutos luego de vencido el plazo establecido, tal como dan cuenta todos los registros fílmico”, remarcan desde la principal oposición.

En el escrito, los referentes de Juntos por el Cambio explican que “la presente acción no obedece al eventual malestar que pudiera ocasionar un resultado adverso a las pretensiones de una fuerza política, ni a una cuestión meramente formal, sino que encuentra su basamento en uno de los aspectos sustanciales del procedimiento parlamentario, como lo es el quorum, y que en esencia está vinculado con la necesidad de contar con una mayoría mínima representativa de la voluntad popular”.

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Presentan otro amparo para frenar la legalización del aborto

Fue presentada ante la justicia federal de esta capital por una ONG. En una conferencia de prensa darán precisiones.

Una nueva acción judicial fue presentada contra la ley del aborto. La misma es impulsada por el médico Gabriel Pedro Flores Ciani, en su carácter de presidente de la ONG Asociación Civil Centro de Desarrollo y Atención Social Amor en Acción, con el patrocinio letrado de Jorge Pablo Armentano.

El recurso de amparo fue presentado ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal a cargo de Liliana Heiland, con el fin de “evitar un conjunto de actos que lesionan o amenazan derechos y garantías consagrados por nuestra Constitución Nacional con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta”, según expresa la presentación.

“Nuestro requerimiento de medida cautelar es para tutelar el derecho a la vida y la objeción de conciencia médica”, señaló Flores Ciani.

El titular de la ONG brindará este miércoles una conferencia de prensa este miércoles a las 11 en el Palacio de Tribunales, Talcahuano 550, para brindar detalles del amparo contra la legalización del aborto.

Rechazan acción de amparo de organizaciones civiles contra el Congreso

Poder Ciudadano, ACIJ y Directorio Legislativo habían reclamado por la mora en la creación de la Oficina de Acceso a la Información Pública en ambas Cámaras.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo a una acción de amparo promovida por la Fundación Poder Ciudadano, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Fundación Directorio Legislativo contra las dos cámaras del Congreso Nacional por no haber creado la Oficina de Acceso a la Información Pública en esos cuerpos.

“La falta de creación de la Oficina de Acceso a la Información Pública en las Cámara de Senadores y Diputados de la Nación no vulnera ese derecho de los ciudadanos o entidades”, concluyó la Cámara y validó el fallo de primera instancia -aunque con otros fundamentos- de la Sala V.

Según informó la agencia Télam, el tribunal sostuvo que las demandantes “no han logrado explicar, concretamente, la relación entre la omisión o demora de la designación del titular de la Agencia de Acceso de la Información Pública -dependiente del Poder Legislativo Nacional- y la supuesta afectación de los derechos invocados”.

La Sala V de la Cámara recordó que en el ámbito de cada una de las codemandadas “funciona un organismo cuya competencia principal es responder a las solicitudes de acceso de información pública que pudieran efectuar tanto los habitantes como las asociaciones”.

Las entidades que promovieron el amparo habían argumentado que el Poder Legislativo incumplía lo establecido en el artículo 28 de la Ley 27.275 (Acceso a la Información Pública), publicada en el Boletín Oficial el 29 de setiembre de 2016.

Las demandantes acotaron que el derecho previsto por la Ley 27.275 “no se configura” solo con la entrega de la información pública una vez que es solicitada, “sino que implica la posibilidad de acceder a ella fácilmente, con procedimientos establecidos y promoviendo medidas de transparencia activa con la posibilidad de reclamar en caso de que se deniegue”.

“No se advierte la existencia de un caso de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, como requisito de procedencia de la presente acción de amparo”, replicaron los camaristas Jorge Alemany, Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani.

Juntos por el Cambio apeló el fallo sobre las sesiones virtuales

Un día después del revés sufrido en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1, la principal oposición insistió ante la Cámara.

El interbloque de diputados de Juntos por el Cambio presentó este miércoles la apelación ante la Justicia por el rechazo al amparo que había presentado ese espacio para invalidar la sesión realizada el pasado 1° de septiembre.

En el texto suscripto por los diputados Mario Negri, Cristian Ritondo, Maximiliano Ferraro, Pablo Tonelli, Gustavo Menna y Mariana Stilman al que accedió parlamentario.com, los amparistas insisten en pedir la “invalidez y nulidad de la prórroga del Protocolo de Funcionamiento Parlamentario Remoto, así como también de la sesión especial referida y “de todos los actos que impidieron nuestra función legislativa”.

Reiteran en la presentación que había sido rechazada esta semana por el juez Enrique Lavié Pico que el presidente de la Cámara, Sergio Massa, consideró ausentes a los diputados que estuvieron de manera presencial en el recinto, y reiteraron que el protocolo en cuestión había caducado el pasado 7 de agosto.

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La Justicia rechazó el amparo de Juntos por el Cambio contra las sesiones virtuales

Se consideró válida la polémica sesión en la que la principal oposición estuvo presente pero sin que oficialmente se la incluyera en el quórum y validaron el derecho de la Cámara a funcionar de manera remota.

sesion diputados 1 septiembre 2020

Revés para el bloque Juntos por el Cambio en su rechazo a las sesiones remotas. Con numerosas referencias a la acción de declarativa de certeza solicitada oportunamente por la titular del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, a la Corte Suprema de Justicia, con relación a la posibilidad de funcionar de manera remota, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1, rechazó este martes el amparo presentado oportunamente por la principal oposición, considerando válida la sesión del 1 de septiembre. Por el contrario, se validó también el derecho de la Cámara de Diputados a funcionar de manera remota y, de yapa, se condenó a los demandantes a pagar costas.

Por la tarde, el interbloque mantuvo una reunión y resolvieron apelar el fallo del juez Enrique Lavié Pico. Encargados de redactar la apelación son el diputado radical Gustavo Menna y el del Pro Pablo Tonelli.

La acción judicial fue presentada a la semana siguiente de la bochornosa sesión del 1 de septiembre, suscripta por los diputados Mario Negri, Cristian Ritondo, Maximiliano Ferraro, Pablo Tonelli, Mariana Stilman y Gustavo Menna, y pedía declarar la “nulidad absoluta e insanable” de prorrogar el Protocolo de Funcionamiento Parlamentario Remoto aprobado el 13 de mayo pasado, argumentando que tal decisión carecía del “consenso necesario para su validez”. Y como tal, pedían la nulidad de la sesión especial realizada por esa vía el 1 de septiembre. En dicha sesión se convirtió en ley el proyecto referido al sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística, y una modificación al Régimen Federal de Pesca.

En el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1, se alude al contexto de crisis sanitaria y social, “con su consiguiente repercusión en la actividad de los poderes del Estado”, refiriendo el decreto 260/20 del Poder Ejecutivo, dictado el 12 de marzo pasado, por el cual se amplió la emergencia pública sanitaria por espacio de un año, fijando una serie de medidas y recomendaciones dirigidas tanto a la ciudadanía, como así también a los distintos sectores del Gobierno, a fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario.

Luego refiere al agravamiento de la situación epidemiológica y al decreto  297/20, que el 20 de marzo pasado dispuso el ASPO, y que entre otras cosas invitó a los restantes poderes del Estado a adherir a la norma. Decisión que, con sus pautas y restricciones, se extendió hasta la actualidad. En ese marco es que las dos cámaras del Congreso decidieron acompañar la medida del PEN, y en el caso de la HCDN ratificó a través de la Resolución 661/20 la continuidad de la modalidad de trabajo conectado remoto para aquellas tareas que puedan realizarse de forma domiciliaria.

Se rechaza el amparo y “las costas se imponen en el orden causado, en atención a las particularidades circunstancias de la cuestión debatida”.

El fallo se hace eco de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia, ante la acción declarativa de certeza solicitada oportunamente por la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, donde se expresa que “la parálisis causada por la pandemia exige de las instituciones de la República el desarrollo de los mecanismos que sus autoridades consideren necesarios para asegurar la permanencia de sus tareas (…) La necesidad de seguir sesionando, por un lado, y de respetar las normas sanitarias recomendadas por la Organización Mundial de la Salud así como las aislamientos sociales dispuestos por los distintos gobiernos, por el otro, han conducido a otros congresos y parlamentos a adoptar diferentes formas para continuar con sus funciones y cumplir su rol constitucional. Así, en algunos casos se ha dispuesto la presencia restringida de legisladores con derecho a voto por bloque parlamentario (Alemania, Francia, Italia, Irlanda, Suiza y Nueva Zelanda), otros se ha previsto sesionar con video conferencia y votar de manera electrónica remota (Uruguay, Brasil, Chile, Perú, Colombia, Ecuador y Rumania), y en otros se han implementado sistemas que combinan la presencia reducida de legisladores con votación electrónica remota (España, Holanda y Polonia). En nuestro país, algunas legislaturas provinciales ya vienen sesionando por sistemas remotos, virtuales y teleconferencias (Mendoza, Salta, Córdoba y Santa Fe)”.

A continuación el fallo recuerda que quienes plantean el amparo dicen actuar “en defensa de un interés proio, personal y difrenciado que da lugar a una colisión efectiva de derechos”, dado que se les “impidió ejercer el mandato que nos ha dado el pueblo de participar personal y efectivamente de las sesiones legislativas, expresar nuestro punto de vista mediante el voto y, en definitiva ser parte de la decisión necesariamente coelctiva de la Cámara de Diputados”. Para el juzgado, y de conformidad con el criterio que la Corte Suprema ha mantenido en sus precedentes- “el fin y las consecuencias del control encomendado a la justicia sobre las actividades ejecutiva y legislativa, requieren que el requisito de la existencia de un ‘caso’ o ‘controversia judicial’ sea observado rigurosamente para la preservación del principio de división de los poderes”.

“En la cuestión bajo examen no aparecen verificados los recaudos indicados a los fines de habilitar la jurisdicción, en punto a la legitimación que proponen los actores a efectos de impugnar la actividad de la Cámara que integran, toda vez que no se advierte acreditada la existencia de un gravamen —apoyado, como se expuso, en las irregularidades y nulidades que denuncian— a un interés jurídico tutelable, al no haberse afectado ninguna de sus prerrogativas propias del cargo”. Esto es habida cuenta de que “los legisladores fueron convocados a deliberar en las sesiones observadas”, el 28 de agosto pasado.

El fiscal federal señaló por su parte, para propiciar el rechazo de la demanda, lo siguiente: “el diferendo gira en torno a la recta interpretación de un reglamento interno de carácter provisorio, y al desacuerdo en torno a la vigencia del Protocolo en cuestión, derivado de la concurrencia de unos de los recaudos establecidos allí mismo a los fines de su prórroga. Cuestión que, como observó la CSJN, corresponde a una materia que no está regulada directamente en la Constitución, y por lo tanto corresponde a la autonomía funcional del cuerpo legislativo, siendo luego de su exclusiva y privativa competencia” y añadió que “si bien el requisito y cómputo del quórum –cuestión planteada por los actores como una presunta irregularidad de la sesión es una de las cuestiones de procedimiento que sí regula expresamente la Constitución, el desacuerdo entre las partes se refiere específicamente a si debía considerarse presentes a los diputados que asistieron presencialmente al recinto, o quienes se registraron en el sistema de sesión telemática. Esa cuestión remite nuevamente al debate sobre la vigencia del Protocolo y a la validez de su prórroga, que según se indicó más arriba, corresponde a la autonomía funcional de la Cámara y es ajena a la intervención judicial”.

El fallo señala con respecto a la sesión especial del 1 de septiembre que los amparistas “fueron debidamente convocados”, y según se desprende de la versión taquigráfica “los legisladores hicieron uso de la palabra, expresaron sus opiniones y/o discurso”, aunque sin embargo “no se registraron en el sistema VPN, contenido en el Protocolo. Surge del documento que el presidente de la Cámara de Diputados requirió a los diputados de JxC en diversas oportunidades que “debían loguearse, sin embargo alguno/as decidieron no hacerlo”.

“Frente a tales circunstancias, acontecidas en un contexto de pandemia de alcance mundial, resulta —en forma clara— la carencia que detenta el planteo de los aquí actores, dado que no surge de la documental agregada ni tampoco aquéllos han logrado demostrar las irregularidades y las nulidades que denuncian en sus escritos, por las cuales -dicen- habrían resultado afectadas las funciones propias del cargo que detentan, de conformidad con el criterio seguido por la CSJN en muchos precedentes”.

Surge del documento que el presidente de la Cámara de Diputados requirió a los diputados de JxC en diversas oportunidades que “debían loguearse, sin embargo alguno/as decidieron no hacerlo”.

“En las condiciones señaladas, resulta claro que la impugnación que se pretende someter a examen de este Tribunal no puede ser asimilada al supuesto de ‘caso contencioso’, ya que las argumentaciones que se sostienen en la demanda planteada, referidas a la modalidad de funcionamiento propio y exclusivo del Poder Legislativo, permite concluir que no se verifica en el sub-lite la afectación de un interés jurídico inmediato o directo que dé lugar a una controversia actual o concreta y, sobre esa base insoslayable, que se presente un asunto apto de ser juzgado en el ámbito del Poder Judicial de la Nación”, grafica el fallo, que nuevamente refiere a la acción de certeza solicitada por Cristina Kirchner, ante la cual la Corte “explicó de manera clara y contundente que ‘como principio general… el ámbito de su control jurisdiccional no alcanza a las decisiones de otros poderes del Estado adopten dentro de la esfera de competencia que la Constitución Nacional les asigna como propia y exclusiva”.

En consecuencia, el fallo concluye advirtiendo que “decidir sobre la pretensión articulada en autos importaría avanzar en torno a una cuestión privativa de otro poder del Estado; disponiendo no solo sobre el procedimiento materializado por los distintos bloques de la H. Cámara de Diputados de la Nación, sino también sobre el posterior modo de actuación de la HCDN con relacio´n al ejercicio de facultades que les son propias”.

“Ello implicaría un evidente exceso de la función jurisdiccional; o dicho en otros términos, no corresponde al Poder Judicial intervenir y modificar la votación y decisión de cuestiones que son propias de los órganos correspondientes; en el caso, lo dispuesto por la H. Cámara de Diputados de la Nación”, remarca la resolución. Y agrega: “en las causas que se impugnan actos cumplidos por otros poderes del Estado, en el ámbito de las facultades que les son privativas, la facultad de revisión judicial no alcanza al modo del ejercicio de tales atribuciones, puesto que si así fuera, se haría manifiesta la invasión del campo de las potestades propias de las demás autoridades de la Nación”.

“Máxime, cuando lo que se trae a consideración de un Tribunal de Justicia es –como en el caso– la reedición de una cuestión que se ha debatido y resuelto en el seno del Poder Legislativo de la Nación por el juego de las mayorías y minorías respectivas, propio del sistema republicando y democrático garantizado por la Carta Magna, lo que produciría una ‘invasión del Poder Judicial en el ámbito de las potestades propias de los otros poderes de la Nación, con grave detrimento de la misión más delicada de aquél: la de saber mantenerse dentro de su órbita de modo de preservar el prestigio y la eficacia del control judicial, evitando así enfrentamientos estériles con los restantes poderes’”, puntualiza la resolución.

Así las cosas es que se rechaza el amparo y “las costas se imponen en el orden causado, en atención a las particularidades circunstancias de la cuestión debatida”.

Negri-amparo

Juntos por el Cambio fue a la Justicia para impugnar la renovación del protocolo de trabajo virtual

El principal interbloque opositor presentó un amparo contra la decisión, sin "consenso", de utilizar esa metodología en la última sesión.

Tal como anticiparan el martes pasado, cuando se vivió una jornada caliente en la Cámara de Diputados, el interbloque Juntos por el Cambio se presentó en la Justicia para impugnar el procedimiento por el cual se renovó el protocolo de funcionamiento remoto.

De esta manera, la principal bancada opositora ratificó su rechazo al acuerdo que alcanzaran oficialismo y el resto de los bloques, es decir "por mayoría", en la última reunión de Labor Parlamentaria, que duró siete horas.

Los diputados del Pro, la UCR y la CC-ARI reclamaron el martes pasado sesionar de manera presencial, dado que el protocolo estaba caído desde los primeros días de agosto, y el mismo prevé que su renovación debe darse por el "consenso" entre las fuerzas políticas.

Pese a los reparos de Juntos por el Cambio, el Frente de Todos, con acompañamiento del Interbloque Federal, el interbloque Unidad Federal para el Desarrollo, la izquierda y el Movimiento Popular Neuquino, llevó adelante la sesión en la que, luego de seis horas de chicanas y reproches, se sancionó la ley de asistencia al turismo y se dio media sanción a un proyecto para aumentar las multas por pesca ilegal.

Este lunes, los diputados Mario Negri -presidente del bloque UCR y del interbloque-, Cristian Ritondo -titular del bloque Pro-, Maximiliano Ferraro -jefe del bloque CC-ARI-, Gustavo Menna, Mariana Stilmann y Pablo Tonelli presentaron el amparo ante el fuero Contencioso Administrativo.

Los legisladores son patrocinados por los abogados Antonio María Hernández y José María Sola (especialistas en derecho constitucional). Aún queda pendiente el sorteo del juzgado donde recaerá la causa.

En la extensa presentación, los demandantes reclaman que se declare “la invalidez y nulidad de la prórroga del Protocolo de Funcionamiento Parlamentario Remoto, así como también de la sesión especial referida y de “todos los actos que impidieron nuestra función legislativa”.

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“Esa nulidad también alcanza a los actos producidos por el presidente de la Cámara que nos  consideró ausentes en la sesión, cuando es de público y notorio que estábamos presentes en el recinto, en cumplimiento de nuestras funciones, ya que el Protocolo citado había caducado el 7 de agosto pasado. Ello, en tanto el tratamiento dado a la prórroga referida como la celebración de la sesión de referencia y los actos señalados que desconocieron nuestra  legítima representación popular y ejercicio de funciones legislativas, lo han sido en abierta violación de los Arts. 1, 22, 31, 33, 36, 37, 44, 45, 63, 64, 66 y 75 y concordantes de la Constitución Nacional y Arts. 14, 15, 19, 22 y 36 bis del Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación”, puntualiza la presentación.

Para Negri, Ritondo y compañía, “se ha tratado de la vulneración de nuestros derechos como diputados nacionales y del pueblo que legítimamente representamos, en uno de los episodios de mayor gravedad institucional que registra nuestra historia y que ha herido la democracia argentina, como se fundamentará más adelante”.

Aclaran los demandantes que no buscan impedir el funcionamiento de la Cámara de Diputados que integran, sino “todo lo contrario, pero siempre en base al cumplimiento estricto de las normas constitucionales que regulan el funcionamiento del Poder Legislativo, a su Reglamento respectivo y a sus prácticas institucionales e históricas”.

“Todo ello, a los fines de garantizar la validez de las normas que se pretenden sancionar, las que en orden a las irregularidades y nulidades que aquí se denuncian, podrían verse reiteradamente cuestionadas en los tribunales, por los particulares sujetos a sus disposición”, agregan.

Amparo por la contaminación de los autos sin compactar

La presentación fue hecha por un legislador del Frente de Todos y una comunera, que cuestionan los depósitos de automóviles que están bajo la responsabilidad del Gobierno de la Ciudad.

El legislador porteño del Frente de Todos Juan Manuel Valdés y Nancy Bolaño, comunera y presidenta del área de trabajo de Ambiente en la Comuna 15, presentaron una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de obligar a las autoridades a que cesen de contaminar el ambiente mediante el mantenimiento de depósitos de automóviles que están bajo responsabilidad del Ministerio de Justicia Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Programa de Compactación (PROCOM). Además se solicita que se dejen de infringir las normas tendientes a evitar una epidemia, en este caso el dengue, poniendo en peligro la salud pública

Juan Manuel Valdés y Nancy Bolaño aseguraron: “Es un hecho público y notorio que los vehículos automotores, a resguardo de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ocupan en la Ciudad el espacio público frente a Comisarías o bien predios donde son depositados al aire libre, generando esta situación una grave afectación ambiental, como resultado del incumplimiento de las leyes nacionales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vigentes a los efectos.  Dicha situación no sólo genera un daño al ambiente, sino que además, está afectando directamente la salud de las personas que habitan en la Ciudad o transitan por ella, dada la existencia en nuestro país de una grave epidemia (la de dengue) que aún está lejos de ser controlada”.

“Desde hace ya mucho tiempo la problemática objeto de análisis motivó varias denuncias vecinales, apuntando tanto a la cuestión de la protección ambiental como al peligro de la propagación de diferentes enfermedades infecciosas, entablando la necesidad de que el Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRO.COM) de la Ciudad empiece a funcionar y proceda a la desactivación y descontaminación de los predios donde se acumulan los vehículos” aseguraron el legislador y la comunera del Frente de Todos.

Para finalizar, Valdés y Bolaños expresaron que “específicamente, se requiere que el Gobierno de la Ciudad cumpla con la legislación ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En efecto, la ley 342 que declara la peligrosidad de los vehículos abandonados, y donde ordena su remoción, descontaminación, compactación y eliminación. La ley 26.348 y el Decreto nº 993/2008 constituyen la normativa que rige en materia de automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados, cuyo dominio corresponde al Estado Nacional o a los Estados Provinciales. La ley 26.348 modificó la ley 20.785 que regula el procedimiento a seguir con los bienes objeto de secuestro, facultando al citado Ministerio para dictar las normas y procedimientos técnicos para la descontaminación, compactación y depósito. Exigimos a las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires, el mantenimiento de depósitos de automóviles para evitar la contaminación ambiental de esta Ciudad”.

La causa ingresada fue sorteada, resultando desinsaculado el juzgado N° 9 Secretaría N° 18.  El número de expediente es 5035/2020-0.

Presentan un amparo contra la falta de control de los DNU por parte del Congreso

El recurso fue presentado ante la Justicia por Yamil Santoro en nombre de la Fundación Apolo. Es por la parálisis de la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo.

Luego de que diputados y senadores de la oposición advirtieran sobre la cantidad de DNU que se firmaron en el marco de la pandemia y que todavía no tuvieron tratamiento en el Congreso, el tema pasó al plano judicial. La Fundación Apolo, presidida por el abogado José Magioncalda, presentó un amparo contra la inactividad del Congreso en la revisión de esos decretos.

Yamil Santoro, apoderado de la fundación y presidente del Partido Mejorar, solicitó la medida este martes frente al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro 6, a cargo del juez Enrique Lavie Pico. El amparo está dirigido a las autoridades de ambas Cámaras, Sergio Massa y Cristina Kirchner.

El amparo radica en “la omisión consistente en incumplir la obligación de convocar al tratamiento de oficio de Decretos de Necesidad y Urgencia dictados en el año en curso, luego de que se encontraran vencidos los plazos constitucionales para la elevación , a ambos cuerpos, de los dictámenes de la Comisión Bicameral Permanente de la Ley 26.122”.

Según el artículo 19 de dicha norma, la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo “tiene un plazo de diez días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Jefe de Gabinete para expedirse acerca del decreto sometido a su consideración y elevar el dictamen al plenario de cada una de las Cámaras”.

Vencido ese plazo sin que haya despacho, las Cámaras deben abocarse “al expreso e inmediato tratamiento del decreto de que se trate de conformidad con lo establecido en los artículos 99, inciso 3 y 82 de la Constitución Nacional”.

Santoro sostuvo que “las particulares circunstancias que atraviesa Argentina en el contexto de la pandemia no deben funcionar como excusas para el atropello de las instituciones democráticas”, y agregó que “el Congreso debe hacer honor a la función de control de los demás poderes del Estado que supone el sistema republicano”.

La Fundación Apolo y el Partido Mejorar sostuvieron que “la omisión del Poder Legislativo importa una lesión de las instituciones de la república, de la división de poderes y de las garantías constitucionales de la ciudadanía argentina”.