Se trata del decreto de necesidad y urgencia 366/2025, que había empoderado a la Dirección Nacional de Migraciones a otorgar o no la ciudadanía a extranjeros.
La Cámara Nacional Electoral declaró este martes la nulidad del decreto de necesidad y urgencia 366/2025, por el cual el Poder Ejecutivo dispuso una profunda reforma de la Ley de Migraciones.
En su fallo, el tribunal resolvió declarar la nulidad del decreto que había asignado a la Dirección Nacional de Migraciones la competencia para otorgar la ciudadanía argentina, por considerar que dicha norma fue dictada en exceso de las atribuciones que la Constitución Nacional confiere al Poder Ejecutivo Nacional para actos de esa naturaleza.
La CNE sostuvo -por una parte- que, en virtud de la intrínseca vinculación entre el otorgamiento de la ciudadanía y la adquisición de los derechos políticos, las disposiciones del decreto 366/2025 regulan aspectos que alteran cuestiones atinentes a la materia electoral.
En este sentido, recordó que el artículo 76 de la Constitución Nacional prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo y que el artículo 99, inciso 3, en particular, le prohíbe expresamente dictar decretos de necesidad y urgencia en materia electoral, “bajo pena de nulidad absoluta e insanable”.
Por otra parte, la Cámara señaló que las circunstancias alegadas en sustento de la necesidad de dictar el decreto cuestionado no constituyeron razones de "rigurosa excepcionalidad y urgencia" que tornara imposible seguir el trámite legislativo ordinario, único supuesto que habilita constitucionalmente el dictado de este tipo de normas.
Frente a esas circunstancias, la sentencia explica que los tribunales deben resguardar el principio de jerarquía normativa, que les impone aplicar la norma legal frente a un decreto que la modifica con exceso de facultades constitucionales.
Así, el tribunal resolvió declarar la nulidad del decreto 366/2025, revocar la sentencia de primera instancia que había rechazado la solicitud de ciudadanía del actor, comunicar lo decidido al Ministerio de Seguridad Nacional para que instruya a la Dirección Nacional de Migraciones, y poner la resolución en conocimiento de los jueces federales con competencia electoral de todo el país, en ejercicio de su rol como órgano unificador de criterios dentro del fuero electoral.
Los programas de capacitación y educación cívico electoral estarán dirigidos a jóvenes entre 16 a 17 años que se llevarán a cabo en los establecimientos educativos del nivel secundario de todo el país.
Tras el descenso en la tasa de concurrencia en las últimas elecciones nacionales, la Cámara Nacional Electoral promueve la realización de programas de capacitación y educación cívica electoral para incentivar el voto joven.
Mediante una Acordada Extraordinaria, el tribunal determinó que los programas estarán dirigidos a jóvenes electores de 16 y 17 años y a futuros votantes próximos a la edad de sufragio, a desarrollarse en el ámbito de los establecimientos de educación secundaria de todo el país, en coordinación con los respectivos Ministerios de Educación de la Nación y de las Provincias.
Estos programas podrán implementarse con la participación activa de las universidades nacionales, como así también de las organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil con incumbencia acreditada en materia electoral.
Según fundamentaron la participación electoral “no solo es un derecho, sino también un deber cívico que resulta condición de la representación democrática”. La medida surge a raíz de los datos registrados sobre la participación electoral y la tasa de concurrencia a las urnas de las elecciones nacionales de 2025 que evidenciaron una tendencia decreciente.
“Las elecciones legislativas nacionales celebradas el 26 de octubre de 2025 registraron una tasa de participación electoral inferior al 70% del padrón habilitado, lo que representa la tasa de ausentismo más elevada desde el retorno de la democracia en 1983, con un elevado porcentaje de electores que no concurrieron a emitir su voto pese a la obligatoriedad legal del sufragio”, alertaron y remarcaron que la franja etaria preocupante es la que va de 18 a 35 años de edad.
En esa línea, anticiparon que lejos de ser un fenómeno coyuntural o atribuible exclusivamente a un ciclo electoral determinado “se inscribe en un proceso de mediano y largo plazo que podría afectar en forma progresiva la legitimidad del mandato democrático y el funcionamiento del sistema republicano”.
La entidad, junto a diferentes instituciones, elaboró un informe que dejó expuesto la baja participación ciudadana en las elecciones del 2025: “Se registró una tasa inferior al 70% del padrón habilitado”.
La Cámara Nacional Electoral llevó adelante este jueves una nueva reunión de articulación institucional con organizaciones no gubernamentales y referentes académicos del país con el objetivo central de abordar de manera activa la tendencia decreciente de la participación de los jóvenes en las urnas.
Durante la jornada, el Tribunal presentó un relevamiento de datos estadísticos y gráficos analíticos descriptivos de la merma en la concurrencia. El diagnóstico expone con preocupación que en las elecciones legislativas nacionales celebradas el 26 de octubre de 2025 se registró una tasa de participación inferior al 70% del padrón habilitado, lo que representa el ausentismo más elevado desde el retorno de la democracia en 1983.
Según el informe, esta “gravedad institucional” afecta de manera prioritaria al segmento de electores de entre 18 y 30 años cuyo ausentismo fue del 34,52%, registrándose también dinámicas particulares en el grupo de jóvenes de 16 y 17 años, etapa clave para la consolidación de hábitos participativos tempranos.
Por ello, manifestaron la importancia y la necesidad de fortalecer las políticas de formación cívica y educación electoral, además de consolidar estrategias que resulten adecuadas para este grupo etario, con el objetivo de promover una participación más activa, informada y sostenida en el tiempo.
En este sentido, se acordaron la realización de acciones conjuntas orientadas al proceso electoral de 2027 con el objeto de promover una ciudadanía comprometida con la legitimidad del sistema democrático y el funcionamiento de la República.
De la reunión participaron representantes de Argentina Debate, Asociación Argentina de Derecho Constitucional, Asociación Conciencia, CIPPEC, FURP, PNUD, GOOGLE, META, Pulsar UBA, Asociación Argentina de Derecho Político, Asociación Civil MiNU, Asociación Cristiana de Jóvenes de la República Argentina, Asociación de Abogados Judíos de la República Argentina (AAJRA), Asociación Debate Argentina, CHEQUEADO, Club Político Argentino, Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Comisión de Jóvenes Abogados de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, Cultura Democrática, Defensoría del Pueblo de CABA, Escuela de Política y Gobierno (UCA), Formando Ciudadanos, Fundación VOZ, Fundaedu, Universidad Maimónides, Observatorio de gobernanza y derecho electoral (UNC), Observatorio de Análisis y Datos Electorales, Observatorio de Derecho Electoral (UBA), Observatorio OEEPI (UNLP - Ciencias Jurídicas), Red Ser Fiscal, Mi voto - Mi elección, Sociedad Argentina de Análisis Político (SAAP), IDEMOE, entre otros.
El tribunal electoral autorizó a una ONG a implementar un sistema electrónico para recolectar firmas, en una prueba piloto que busca ampliar la participación ciudadana y modernizar el mecanismo previsto en la Constitución.
La Cámara Nacional Electoral autorizó este jueves a la organización no gubernamental Plan País Argentina a utilizar una plataforma digital para la recolección de adhesiones en el marco de la Ley de Iniciativa Legislativa Popular (24.747), en lo que constituye un paso hacia la modernización de los mecanismos de participación ciudadana.
La resolución, firmada por unanimidad por los jueces Alberto R. Dalla Via, Santiago H. Corcuera y Daniel Bejas, subraya que la iniciativa popular es un instrumento de democracia semidirecta consagrado en el artículo 39 de la Constitución Nacional desde la reforma de 1994, que garantiza a los ciudadanos la posibilidad de presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la efectividad de este derecho constitucional no puede quedar sujeta a limitaciones meramente instrumentales y consideró que la incorporación de herramientas digitales contribuye a facilitar su ejercicio, ampliando el acceso a la participación directa.
La Cámara destacó además su rol histórico en la modernización de los procedimientos electorales, recordando una serie de acordadas dictadas en los últimos años —entre ellas las CNE 87/2013, 135/2013, 22/2020, 24/2020 y 158/2025— orientadas a incorporar nuevas tecnologías. También mencionó antecedentes en materia de iniciativas legislativas, como la Acordada 38/2002, destinada a facilitar el cumplimiento de los requisitos legales.
La herramienta autorizada permitirá que los ciudadanos adhieran a los proyectos mediante firma electrónica, a través de un sistema que garantiza la identidad del firmante, la autenticidad de la firma y la trazabilidad e integridad de cada adhesión. Según el tribunal, estos estándares ofrecen niveles de confiabilidad equivalentes o incluso superiores a los del soporte papel.
El sistema funcionará de manera complementaria al método tradicional de recolección de firmas en formato físico y fue habilitado en carácter de prueba piloto. Durante su implementación, contará con la supervisión permanente de los equipos técnicos del área informática de la Cámara Nacional Electoral.
Con esta decisión, el tribunal reafirma una línea de acción orientada a integrar la innovación tecnológica con el fortalecimiento de los valores democráticos, en particular en lo que respecta a la ampliación de los canales de participación ciudadana.
La Cámara Nacional Electoral advierte sobre un correo fraudulento que simula provenir de MI ARGENTINA y busca robar datos personales. El mensaje insta a pagar una supuesta multa por no haber votado, pero se trata de una maniobra de phishing.
La Cámara Nacional Electoral emitió un comunicado para alertar a la ciudadanía sobre la circulación de un correo electrónico falso —[email protected]— que simula ser enviado por la plataforma MI ARGENTINA. En el mensaje, se informa al destinatario que debe regularizar su situación por no haber votado y se lo insta a ingresar a un enlace que, en realidad, sustrae datos personales del dispositivo.
Desde el organismo aclaran que no se envían correos electrónicos de este tipo, y que la única vía oficial para verificar la situación del elector es el sitio web: https://infractores.padron.gov.ar.

La maniobra forma parte de una modalidad de estafa digital conocida como phishing, que busca engañar al usuario para obtener información sensible como contraseñas, datos bancarios o credenciales de acceso. En este caso, se utiliza una temática sensible como el cumplimiento del deber cívico para generar urgencia y temor.
Las autoridades recomiendan no abrir enlaces ni descargar archivos de correos sospechosos, verificar siempre la dirección del remitente y consultar fuentes oficiales ante cualquier duda. En caso de haber ingresado datos en el sitio falso, se sugiere realizar una denuncia ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) y tomar medidas de seguridad como el cambio de contraseñas.
La participación electoral es un derecho y una obligación, pero también debe ser protegida frente a intentos de manipulación digital. Por eso, la Cámara Nacional Electoral recuerda que toda información oficial sobre infracciones y multas se encuentra exclusivamente en sus canales institucionales.

Pese a rechazar que se vuelvan a imprimir boletas con la cara del nuevo primer candidato, el tribunal electoral aceptó el pedido de LLA sobre la cartelería en los lugares de votación.
A diez días de las elecciones legislativas, la Cámara Nacional Electoral aceptó el pedido de La Libertad Avanza para que se reimpriman los afiches que serán colocados en los centros de votación y llevarán la cara del primer candidato en Buenos Aires, Diego Santilli.
La decisión llegó luego de un dictamen favorable del fiscal federal Ramiro González, quien apuntó que el partido deberá hacerse responsable, sin alterar la labor de la Junta Nacional Electoral -que sí se había opuesto-.
Bajo esas condiciones, “es materialmente posible imprimir y distribuir los nuevos afiches de oferta completa en tiempo oportuno”, consideró el fiscal.
La CNE sostuvo que “el ciudadano debe ser el centro de la atención de quienes tienen a su cargo la administración de los asuntos públicos” y que “las reglas electorales deben enfocarse en garantizar a la ciudadanía el ejercicio de una voluntad bien clara, sin confusiones”.
Según el tribunal, “para ello se necesita que la información sea simple y entendible” y “la autoridad electoral debe procurar, en la medida de lo razonable y posible, que la información puesta a disposición de los electores refleje la oferta electoral real y vigente al momento de los comicios, máxime cuando -como en el caso- existen márgenes operativos que permiten adoptar medidas tendientes a ese fin”.
De acuerdo a la Ley 27.781, de Boleta Única de Papel, "las listas completas de candidatas y candidatos con sus respectivos suplentes deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria de manera clara y visible en cada cabina de votación, cuarto oscuro, centros de votación y/o cualquier otro espacio destinado a tal fin".
De esta manera, la CNE revocó la decisión de la Junta Electoral de la provincia, que había dispuesto que los afiches para unos 40 mil puestos de votación no se reimpriman.
"En este sistema de votación, las listas de candidatos son muy numerosas y no incluye, por obvias limitaciones de espacio en la boleta, la identificación de todas las candidaturas propuestas", dijeron los camaristas.
En ese sentido, la BUP cuenta solo con los nombres de cinco candidatos a diputados, pero la cartelería que debe colocarse en los lugares de votación posee el nombre de todos. En Buenos Aires, son 35. Y en el caso de La Libertad Avanza, además, se alteraron todos los lugares, al pasar Santilli a la cabeza, algo que también había aceptado el tribunal electoral.
Anteriormente, la CNE sí se negó a autorizar la reimpresión de las boletas, que llevarán así la cara de José Luis Espert (junto a Karen Reichardt). "El Profe" renunció a su candidatura el pasado 5 de octubre, envuelto en la polémica por su vínculo con Federico "Fred" Machado, acusado por narcotráfico por la justicia estadounidense y próximo a ser extraditado, de quien recibió años atrás 200 mil dólares.
Ante la negativa de la justicia sobre las boletas, Santilli arrancó una campaña para atraer a los votantes: "Para votar al colorado, marcá al pelado".
El 26 de octubre, en la fila de La Libertad Avanza aparecerá la imagen de José Luis Espert, quien declinó su candidatura a diputado nacional por la provincia de Buenos Aires, envuelto en una presunta vinculación con el narcotráfico. Los argumentos de la resolución.
Luego de la declinación de la candidatura de José Luis Espert y el posterior pedido de La Libertad Avanza para modificar la Boleta Única de Papel, la Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes rechazar el petitorio de reimpresión al considerar que están vencidos los plazos. Explicaron que la distribución comienza el próximo jueves 16 y la eventual reimpresión retrasaría el proceso por nueve días.
La resolución a la que accedió parlamentario.com señala en el punto 7 que “encontrándose objetivamente acreditada la imposibilidad de dictar una sentencia útil que eventualmente ordene la reimpresión de las boletas de votación del distrito -sin comprometer la regularidad, certeza y realización misma del acto electoral- la cuestión planteada ha perdido virtualidad y, como ya se adelantó, ha devenido abstracta”.
La resolución fue firmada por el titular de la CNE Daniel Bejas; el vicepresidente Alberto Dalla Via; el juez de Cámara Santiago Corcuera; y el secretario de actuación judicial Hernán Gonçalves Figueiredo.
El principal argumento de la resolución fue que “el proceso de diseño, aprobación e impresión del modelo de boleta a utilizar en cada elección consta de una serie de actos y etapas procesales, regladas en el Código Electoral que, en el caso de autos, se encuentra en su etapa final”. Aclararon que el plazo para recibir modelos finales venció el pasado miércoles 8 de octubre y que la presentación de los apoderados libertarios fue ingresada el 10, es decir con el plazo vencido.
Además, la resolución de los camaristas expuso que “los recurrentes no controvierten los plazos mínimos necesarios informados por el Correo Oficial para que sea factible la reimpresión que promueven, ni explican, en modo alguno, por qué los cálculos de tiempo estarían mal formulados, o de qué manera las tareas de control y preparación del material electoral podrían llevarse a cabo eficazmente con los nuevos talonarios BUP, a tan solo dos semanas del acto electoral”.
Del mismo modo informaron que la totalidad de boletas superan las 14 millones de impresiones a ser distribuidas en 38.760
mesas de votación. En ese punto, explicaron que la eventual reedición no permitiría tenerlas listas en tiempo y forma el próximo domingo 26 de octubre cuando se celebren las elecciones legislativas.
De esta manera, la columna designada para los candidatos a diputados nacional por La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires mantendrán la fotografía ilustrativa de José Luis Espert y no la de Diego Santilli, quien aparecerá en la tercera candidatura, pero oficialmente ocupará el lugar que dejó el economista liberal.
El tribunal revocó el fallo de Ramos Padilla y resolvió que Diego Santilli reemplace a José Luis Espert en la boleta de La Libertad Avanza, aplicando la ley de paridad de género. El Gobierno celebra una decisión clave en medio de la campaña.
En una resolución que modifica el escenario electoral en la provincia de Buenos Aires, la Cámara Nacional Electoral determinó que Diego Santilli encabezará la lista de diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA), en reemplazo de José Luis Espert, quien fue apartado tras el escándalo por sus vínculos con el empresario Federico “Fred” Machado, requerido por la justicia estadounidense en una causa por narcotráfico.
La decisión del tribunal contradice el fallo del juez federal Alejo Ramos Padilla, quien había dispuesto que la reemplazante debía ser Karen Reichardt, segunda en la nómina, en cumplimiento de la ley de paridad de género. El fiscal Ramiro González también había respaldado esa interpretación.
La Cámara Nacional Electoral cuestionó que el magistrado de grado se haya apartado injustificadamente de la norma aplicable, basando su decisión en una interpretación subjetiva y declarando una inconstitucionalidad sin fundamento suficiente. Además, señaló que el juez desatendió la jurisprudencia del tribunal en casos análogos para la categoría de diputados nacionales y tergiversó la aplicación de un precedente que se refería a otra categoría de cargos (senadores nacionales).
En el pronunciamiento, el Tribunal recuerda también su rol activo en la tutela de la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones para el acceso a cargos públicos electivos y hacia el interior de los partidos políticos, evidenciado con criterios establecidos en muchos pronunciamientos anteriores (citados en la sentencia) que priorizaron la participación política de las mujeres sobre los hombres.
Sin embargo, la Cámara consideró que la normativa vigente exige que los reemplazos se realicen con personas del mismo género que el candidato saliente. En este caso, al tratarse de la baja de un hombre, el lugar debía ser ocupado por otro varón, lo que habilita a Santilli, tercero en la lista original.
El fallo fue celebrado por el oficialismo, que había apelado la decisión de primera instancia. La Cámara habilitó días y horarios especiales durante el feriado para resolver el planteo, en una muestra de la urgencia que rodea el proceso electoral.
Aún resta que el tribunal se pronuncie sobre otro punto sensible: la reimpresión de boletas, ya que las papeletas distribuidas en el distrito aún llevan la imagen de Espert. La Junta Electoral bonaerense había rechazado ese pedido por razones logísticas y presupuestarias, pero el Gobierno insiste en que mantener boletas desactualizadas afecta el derecho de los votantes a elegir entre candidaturas reales.
El Tribunal confirmó la pérdida del derecho a financiamiento público para una elección, tras comprobar que el partido contrató espacios radiales y televisivos disfrazados de entrevistas periodísticas durante la campaña de 2023.
La Cámara Nacional Electoral resolvió sancionar al Partido Demócrata Cristiano de la Ciudad de Buenos Aires por violaciones al régimen de publicidad electoral durante las elecciones primarias de 2023. La decisión, tomada por unanimidad por los jueces Daniel Bejas, Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera, confirma la pérdida del derecho a recibir fondos públicos para campañas por el término de una elección, según lo previsto en el artículo 62 inciso e) de la ley 26.215.
La sanción se basa en la contratación de espacios en radio y televisión que fueron presentados como entrevistas periodísticas, pero que en realidad constituyeron publicidad electoral paga. El Tribunal consideró que esta práctica no solo infringe la prohibición expresa de adquirir tiempo en medios para promoción electoral, sino que además distorsiona la equidad de la competencia, otorga ventajas indebidas y confunde a los electores.
“La concertación dirigida a utilizar una actividad periodística para promover candidaturas, encubriendo su carácter oneroso, agrava la entidad de la ilicitud cometida”, señala la sentencia, que también cita jurisprudencia internacional que califica estas maniobras como “fraude a la ley”.
El partido alegó que recurrió a estas contrataciones por problemas técnicos con los espacios gratuitos asignados por la Dirección Nacional Electoral, y que se trató de “un servicio de difusión a través de periodistas particulares”. Sin embargo, el Tribunal rechazó estos argumentos, destacando que las facturas presentadas incluían rubros explícitos como “Publicidad para campaña de Diputados del Partido Demócrata Cristiano”.
La Cámara también advirtió sobre los desafíos que presentan las redes sociales y plataformas digitales, donde las posibilidades de realizar propaganda encubierta “se multiplican exponencialmente”. En ese sentido, alertó sobre el uso de influencers, cuentas falsas, contenido patrocinado disfrazado de orgánico e inteligencia artificial como herramientas que pueden afectar la transparencia del proceso electoral.
Desde 2018, el Tribunal impulsa iniciativas para mitigar estos riesgos y preservar la equidad en las campañas. La sentencia reafirma que el voto informado requiere comunicaciones claras, imparciales y verificables, y que la propaganda encubierta vulnera ese principio fundamental de la democracia.
La Cámara Nacional Electoral organizó una jornada para promover el uso responsable de plataformas digitales durante los comicios. Participaron jueces federales y representantes de partidos políticos nacionales.
En el marco de un encuentro con jueces federales con competencia electoral, la Cámara Nacional Electoral llevó adelante esta mañana una jornada de capacitación sobre el buen uso de las redes sociales en las campañas electorales. La actividad se desarrolló en paralelo a las discusiones sobre la implementación de la Boleta Única de Papel (BUP) y otros aspectos logísticos del proceso electoral.
Durante la jornada, representantes de las plataformas digitales Google, Meta, X y TikTok expusieron ante jueces y partidos políticos nacionales sobre los mecanismos disponibles para contrarrestar la desinformación y preservar el debate democrático en redes sociales durante las elecciones nacionales de 2025.
En este contexto, se reeditó el Compromiso Ético Digital, una iniciativa que busca fomentar la conciencia ciudadana sobre el uso responsable de las tecnologías de comunicación en el proceso electoral. El objetivo es evitar la manipulación de contenidos digitales sin afectar la libertad de expresión, entendida como una herramienta esencial para garantizar el acceso a la información y la formación de la opinión pública.
Dejó sin efecto los recientes cambios en los lugares de votación realizados por el juez federal Alejo Ramos Padilla. La decisión busca garantizar el derecho de los electores a conocer con claridad dónde deben votar y evitar confusiones que puedan afectar la participación ciudadana.
La Cámara Nacional Electoral dispuso que queden sin efecto los recientes cambios de establecimientos de votación en la sección electoral número 61 de La Matanza, efectuados por el juez federal con competencia electoral de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla.
Los jueces del Tribunal, Daniel Bejas, Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera emitieron este jueves, una resolución en virtud de lo ya decidido a fines de 2024, sobre el proyecto de modificación de circuitos electorales que debía “posponer[se] para su tratamiento una vez concluido el proceso electoral nacional”.
En este contexto, el reciente cambio de los establecimientos de votación en esa jurisdicción es extemporáneo e imprevisto, dado que el juez federal había resuelto que convocaría a las agrupaciones políticas a una audiencia presencial para tratar la cartografía electoral de La Matanza, una vez concluido el proceso electoral del año 2025.
En consecuencia, para la Cámara Nacional Electoral resulta necesario revertir el cambio dispuesto por el juez de primera instancia, de los lugares de votación en dicha sección, a fin de resguardar el derecho de los electores a conocer adecuadamente la ubicación de los establecimientos de votación y, de ese modo, promover la mayor participación electoral posible y mitigar el ausentismo.
La Cámara Nacional Electoral difundió la resolución luego de la causa que perjudicó a Mario Negri en 2021. Los proyectos de ley que fueron presentados en la Cámara de Diputados sobre el marco regulatorio a la manipulación malintencionada de IA.
Después de lo ocurrido en la previa a las elecciones porteñas del 18 de mayo y la difusión en X de una pieza audiovisual falsa de Mauricio Macri creado con Inteligencia Artificial, la Cámara Nacional Electoral considera que el uso de videos falsos en campaña será considerado “delito electoral” porque inducen al engaño y distorsionan el debate público.
A pocos días de la elección en la Ciudad de Buenos Aires, el aparato de comunicación conocido como cuentas “trolls” difundió un video creado con fines maliciosos en el que el titular del Pro bajaba a Silvia Lospennato y se mostraba a favor de la candidatura de Manuel Adorni, candidato que terminó ganando.
Sin embargo, el dictamen de la CNE surgió a partir de la causa que involucró al exjefe de interbloque Juntos por el Cambio en Diputados, Mario Negri, cuando fue precandidato a senador nacional por Córdoba en las PASO del 2021. Por el caso, se imputó a una empleada de una empresa dedicada a la comercialización de páginas publicitarias, que habría publicado dos videos apócrifos en una página de Facebook gestionada por la compañía Meta.
Así las cosas, el fallo de la CNE comunicó que quien actuará directa o indirectamente en la inducción de un engaño por redes sociales a través de videos generados por IA podrá recibir una pena de prisión efectiva desde dos meses hasta dos años.
Luego de lo acontecido en la previa a las elecciones porteñas, los diputados nacionales Oscar Agost Carreño y Julio Cobos presentaron sendos proyectos de ley para establecer un marco regulatorio dirigido al uso de Inteligencia Artificial con fines malintencionados en campañas electorales. “La democracia no puede ser rehén de la desinformación”, afirmó el cordobés de Encuentro Federal.
Por su parte, el radical de Mendoza señaló a través de X que “en Diputados existen dos proyectos para abordar el tema de los videos falsos y la protección del sistema electoral”, y anunció “en la próxima sesión pediremos emplazar a las comisiones para que se trate con celeridad, antes de las elecciones”.
También, el diputado nacional Fabio Quetglas se refirió a la resolución de la Cámara Nacional Electoral, al cual llamó “fallo necesario”: “El engaño premeditado degrada la democracia. Debemos construir herramientas para una competencia limpia. Abrazo enorme Mario Negri”. “Confirman que es delito el uso de videos falsos en las campañas electorales”, explicó a través de un posteo en redes sociales.
De cara a las elecciones generales del domingo 26 de octubre, cada ciudadano ya puede ingresar a verificar sus datos.
La Cámara Nacional Electoral informó que a partir de este martes 29 de abril está disponible en su sitio web la consulta del padrón provisorio para las elecciones nacionales del domingo 26 de octubre.
El mismo permanecerá disponible hasta el 13 de mayo inclusive y tiene por objeto que la ciudadanía habilitada para votar pueda efectuar consultas y hacer los reclamos pertinentes sobre sus datos registrales.
Cabe destacar, que aquellos que cumplan los 16 años de edad hasta el 26 de octubre próximo, deben corroborar que figuren en el mismo, caso contrario, deberán solicitar su inclusión.
Los reclamos se podrán hacer de manera online al momento de la consulta.
De cara a las elecciones de octubre, la Cámara Nacional Electoral dio el visto bueno para el estreno de la BUE.
Así serán las boletas en los distritos donde se elijan senadores y diputados nacionales.
La Cámara Nacional Electoral, integrada por los jueces Daniel Bejas, Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera, aprobó este jueves mediante la acordada extraordinaria número 40/25 los modelos base y características del diseño de la Boleta Única de Papel (BUP) que se utilizará por primera vez en las elecciones nacionales del 26 de octubre, en el marco de la reforma del Código Electoral Nacional sancionada por el Congreso Nacional durante el año 2024 (Ley N° 27.781).
La BUP contendrá la totalidad de la oferta electoral nacional del distrito en una sola boleta que será entregada a cada elector por la autoridad de mesa. Considerando que el tamaño de la BUP está fijado por el decreto reglamentario 1049/24, el diseño del modelo base se limita a incluir y distribuir toda la información y elementos exigidos por el Código Electoral Nacional.
Corresponde a la Cámara Nacional Electoral aprobar el modelo general para el diseño de la Boleta Única de Papel, en base al cual luego la Junta Electoral Nacional de cada distrito confeccionará la BUP con la oferta real, una vez que se encuentren oficializadas las listas de las candidaturas para senadores nacionales y diputados nacionales de cada agrupación política.
En este sentido, la CNE mantuvo reuniones y escuchó las opiniones del Consejo Consultivo de los Partidos Políticos, de las organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil, de los jueces federales electorales y secretarios electorales, y de los distintos organismos que tienen responsabilidades en la organización de las elecciones nacionales, procurando especialmente lograr más claridad en la información para el electorado, considerando que el cambio del sistema de votación requiere mayor capacitación para facilitar la comprensión de la ciudadanía.

Este es el modelo de boleta para donde se voten solo diputados nacionales.
Atento a la situación planteada por la emergencia sanitaria, el tribunal hizo una evaluación de los contratiempos que puede generar en el cronograma y dispuso una serie de medidas.
Son muchos los que se preguntan de qué manera podrá afectar la pandemia las elecciones del próximo año, al punto tal que desde Juntos por el Cambio ya han deslizado sus prevenciones respecto de la posibilidad de que con esa “excusa” puedan llegar a suspenderse las PASO. En ese marco llamó la atención este miércoles la acordada extraordinaria de la Cámara Nacional Electoral que precisamente llamó a adelantar todos los preparativos, consciente de la incidencia que la pandemia podrá tener en el desarrollo de la organización del proceso electoral del próximo año.
El tribunal compuesto por Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera tiene en cuenta lo que viene sucediendo en el mundo, donde las autoridades electorales están adoptando medidas específicas con el fin de celebrar las elecciones y preservar la salud de quienes intervienen en todo el proceso. Así las cosas, advierte que “la mayor parte de los países han reprogramado sus cronogramas electorales e incluso se ha llegado a la postergación de los comicios”.
Citan el caso de Chile, donde el plebiscito previsto para el 26 de abril se pospuso para el 25 de octubre, y una medida similar en Bolivia, entre otros ejemplos regionales.
En ese marco, recuerda que nuestro cronograma electoral comprende elecciones en agosto y octubre de 2021, por lo que ese Tribunal pidió a la ministra de Justicia y al ministro del Interior “prever la oportuna adopción de las medidas pertinentes para llevar adelante las tareas propias del cronograma electoral, conforme las recomendaciones para la realización de elecciones en contextos de pandemia y post pandemia, y según los protocolos preventivos” que se dispongan instrumentar.
Atento a las circunstancias, los jueces piden considerar que la emergencia sanitaria pueda prolongarse, ante lo cual podrán haber “restricciones de diverso grado” respecto de las modalidades como vayan a llevarse adelante. Sugieren que esas “hipotéticas restricciones” san contempladas “con suficiente antelación a fin de que, en caso de resultar necesario o conveniente, se adopten las medidas de administración electoral más eficaces para mitigarlas”.
A tal efecto, la Cámara pide crear un programa para evaluar el posible impacto de la pandemia en el proceso electoral próximo, como así también conformar un grupo de trabajo.
Sin mencionar en ningún momento la palabra “postergación”, la CNE estableció un esquema de trabajo que incluye la oportuna convocatoria a jueces federales con competencia electoral a una reunión con secretarios de Justicia Nacional Electoral y otras dependencias para estudiar la adopción de medidas específicas a adoptar como consecuencia de la actual situación epidemiológica.
Según resolvieron los jueces electorales, se convocará al Consejo Consultivo de los Partidos Políticos, como así también al foro de ONGs y de la sociedad civil, a efectos de estudiar y proponer la adopción de medidas específicas a adoptar ante esta emergencia.
Le harán saber también al Ministerio del Interior y a su Dirección Nacional Electoral que, con suficiente antelación, deberán adoptar las previsiones administrativas y presupuestarias pertinentes a fin de que dispongan de los recursos humanos, materiales, informáticos y de toda índole que se requieran en función de los protocolos que pudiera disponer o aprobar ese tribunal para el proceso electoral.