El partido GEN logró respaldo judicial para el ingreso de María La Rosa a la Cámara de Diputados y el massista Nicolás Russo tendría que devolver su banca, algo que está por verse.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata dispuso la correcta aplicación de la legislación vigente y los tratados internacionales de DD. HH, para lograr la integración igualitaria, y teniendo en cuenta la ley de Paridad de Género, en la Cámara de Diputados bonaerense.
La historia nos remita a que el Partido GEN integró la Alianza 1País en el año 2017 habiendo logrado dos escaños por la tercera sección electoral, correspondiendo a Jorge D´Onofrio y a Blanca Cantero.
Ante la licencia de Cantero, que asumió como intendenta municipal en Presidente Perón, la correspondía que su reemplazo fuera cubierto por la siguiente mujer en la lista.
Sin embargo, los integrantes de la alianza electoral, ahora oficialista, y la propia mayoría en la Cámara baja, atento a la aplicación del reglamento interno y la ley de Paridad, consideraron que la banca ante la licencia de Cantero correspondía ser ocupada por Nicolás Russo, desoyendo incluso lo que la primera instancia Judicial había indicado.
Frente a esta circunstancia el Partido GEN y la propio María Ángela La Rosa reclamaron judicialmente por la vigencia de la paridad de género.
La sentencia, ahora confirmada, resolvió, en consonancia con los argumentos de la parte actora que “disponer el reemplazo de la diputada Cantero por simple orden de corrimiento y no de corrimiento con aplicación de ley de paridad, iría en menoscabo de la efectiva participación igualitaria y sin discriminaciones entre varones y mujeres en la conformación de listas y composición de los órganos legislativos pues, no debe soslayarse que la composición actual de la Cámara de Diputados muestra que aún, con la ley de paridad vigente en la provincia de Buenos Aires, las mujeres no lograron la igualdad en el acceso a la representación”.
“Es más, la exigencia a los partidos o agrupaciones políticas de elaborar sus listas siguiendo un criterio de paridad, sería letra muerta, si luego, ya en el seno de la Cámara, por alguna razón o circunstancia, en la oportunidad de tener que reemplazar una banca al suceder el siguiente en el orden de lista, ya no se respeta”, se consideró.
El fallo unánime de los jueces integrantes de la Cámara de Apelaciones contiene argumentos firmes y sostenidos, tales como que “el sistema electoral y de constitución de cuerpos colegiados debe responder a un criterio de armonía que supere todo vacío preceptivo y que derive del juego de principios que le dan forma institucional en su totalidad; el resultado de ese entendimiento no puede ser otro que el que determine que en caso de vacancia de un diputado/a provincial su sustitución se provea con los candidatos/as de su mismo sexo que figuren en la lista como reemplazantes, según el orden establecido”.
No obstante, el diputado Russo, que habría ocupado en forma irregular una banca durante unos 18 meses, adelantó que “no coincidimos con la decisión y vamos apelar a la Corte provincial”.
El referente massista, grupo político que apoyó e incluso en su momento reclamó la autoría de la normativa que establece la paridad, agregó que independientemente de su caso, “a la semana de mi juramento en la Cámara, asumieron cuatro o cinco mujeres en reemplazo de varones”, agregó.
Según explicó el legislador lanusense, en el reglamento de la Cámara de Diputados no está estipulado el corrimiento de listas para que asuman los suplentes por paridad de género. Si se aplica la norma en la conformación de lista, como establece la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires.
En rigor, vale aclarar que el caso de Russo/Cantero fue el primer caso que se presentó en la legislatura de la provincia de Buenos Aires para un reemplazo en ocasión de licencia y/o renuncia, y luego el mismo criterio se hizo extensivo a los otros casos que se presentaron.