Legislación del Trabajo debatirá sobre Comités Mixtos y régimen previsional para brigadistas

La comisión a cargo de la diputada oficialista Vanesa Siley tratará ambos proyectos este miércoles desde las 16.

La Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, presidida por la oficialista Vanesa Siley, retomará este miércoles el debate sobre el proyecto de ley que propone la creación de comités mixtos de seguridad, salud, medio ambiente y prevención de riesgos en el trabajo.

El tema fue analizado por última vez en agosto pasado, en ocasión de la tercera reunión informativa con invitados. Pero la iniciativa cuenta con larga data, pues fue presentada el año pasado por los exministros Claudio Moroni (Trabajo) y Elizabeth Gómez Alcorta (Mujeres, Géneros y Diversidad).

El proyecto, que sigue lineamientos de la OIT, prevé la creación de Comités Mixtos, con facultades paritarias, para elaborar planes de formación en materia preventiva e implementar medidas para evitar los accidentes y afirmar el derecho a un ambiente laboral seguro y saludable.

La creación de ese comité será obligatoria en dichos lugares de trabajo, cuando allí se desempeñen 100 o más trabajadores, el cual estará formado, como mínimo, por 2 representantes de los trabajadores, y por el empleador en igual número.

En las empresas en las que se desempeñen más de 500 trabajadores y/o trabajadoras se duplicará el número de integrantes.

En aquellos lugares en los que se desempeñen más de 10 trabajadores y menos de 100, “el delegado o la delegada del personal tendrá facultades para participar en todas las iniciativas de prevención, efectuar planteos concernientes a ésta y para actuar en todos los temas referidos a la seguridad y la salud en el trabajo”, establece.

En un principio, el temario de la comisión incluía ese único proyecto, pero luego se sumó otra iniciativa, la que busca crear un régimen previsional diferencial para los brigadistas de incendios forestales, que días atrás fue despachada de la Comisión de Previsión y Seguridad Social. También le falta la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

La iniciativa, con media sanción del Senado, involucra a los trabajadores que se desempeñen o se hayan desempeñado como combatientes de incendios forestales o rurales en organismos nacionales o provinciales, cuyas cajas estén adheridas a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). De acuerdo con el personal activo en la actualidad, el universo potencial al que aspira la cobertura previsional es de 876 trabajadores: 496 brigadistas que dependen de Nación, entre personal del Servicio Nacional del Manejo del Fuego y de Parques Nacionales, y 380 brigadistas provinciales.

Tendrán derecho al beneficio del régimen diferencial los brigadistas varones a partir de los 57 años y las brigadistas mujeres a partir de los 50 años. Para acceder a la jubilación los beneficiarios tendrán que acreditar 25 años de servicios en unidades operativas de lucha contra incendios forestales o rurales de los cuales, al menos 15 años, tendrán que ser como combatientes en tareas de supresión en el terreno.

Además, el proyecto establece que el haber mensual de las jubilaciones será equivalente al 82% móvil de la remuneración mensual del cargo que tuviera asignado al momento del cese.

Cabe destacar que los servicios prestados con anterioridad al momento de la sanción de la ley serán válidos siempre que hayan sido brindados para el Estado nacional o provincial y retribuidos por estos. La autoridad de aplicación, que deberá llevar un registro de los trabajadores alcanzados, será la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Con invitados, siguió avanzando el debate de los Comités Mixtos en el ámbito laboral

El tema tuvo su tercera jornada de discusión en la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados, con una decena de invitados que expusieron en torno del proyecto que atiende a las cuestiones de seguridad, salud y prevención de riesgos del trabajo.

Se desarrolló este jueves una extensa reunión de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja en la que una decena de invitados, miembros del ámbito empresarial, sindical y asociaciones, expresaron sus posturas respecto de los proyectos de ley sobre Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo.

Se trabaja en ese sentido en base a cinco proyectos existentes, haciendo base sobre el presentado por el Poder Ejecutivo a fines del año pasado, y la de este jueves fue la tercera reunión para analizar el tema. La primera, desarrollada a fines de octubre de 2021, contó con la presencia de los ministros Claudio Moroni y Elizabeth Gómez Alcorta, y este año es la segunda que se realiza con invitados.

La primera en exponer en la reunión presidida por la diputada Vanesa Siley (Frente de Todos-Buenos Aires) fue la ministra de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, Mara Ruiz Malec, quien lo hizo a partir de la experiencia propia que puede exponer ese distrito donde ya existe una ley que regula los comités mixtos. Recordó la funcionaria que la norma rige desde fines de 2012 y recién se reglamentó en diciembre de 2014.

“Cuando llegamos a la gestión, no estaba muy difundida ni aplicada”, reconoció la ministra, que aseguró que durante su administración se intentó fomentar la presencia de comités mixtos, aunque en ese sentido recordó que debieron lidiar con la pandemia. “Fue un momento muy complejo: nos encontramos haciendo cosas que no eran las que esperábamos hacer y para las que estábamos preparados”, comentó, recordando que en ese tiempo debieron considerar en algunos momentos si había que volver o no a las fábricas si había un caso de Covid; inspeccionar si había alcohol en gel; si debía pasarse el trapo de piso con lavandina… “Interactuábamos casi todos los días con el Ministerio de Salud”, evocó, admitiendo que eso fue una circunstancia excepcional convertida en habitual.

En ese marco fue donde había comités mixtos o donde se generaron, los lugares en los que se funcionó mejor. “Donde se propició desde las propias empresas una instancia de diálogo social para poder articular las acciones en pandemia, los conflictos eran más acotados y fáciles de resolver”, remarcó. Así es que destacó que en su administración se propusieron como política “impulsarlos”, tras lo cual destacó algunas particularidades de la ley.

“En la Provincia es obligatorio para empresas donde hay 50 o más trabajadores; su composición refleja la representatividad de la Ley de Asociaciones Sindicales. En caso de empresas de 10 a 50 trabajadores, hay un solo delegado por trabajador y un representante por empresa, que no son comités, pero es obligatorio”, detalló, agregando que cuando hay “menos de 10 empleados, la autoridad de aplicación puede hacer que sea obligatorio”.

Aseguró que desde su administración se busca que los comités tengan una lógica de prevención, en lugar de “después multar a una empresa o indemnizar al trabajador. Con las empresas hacemos un trabajo de concientización de la importancia de la prevención, pero también con los trabajadores”, dijo, aclarando que se deja claro siempre que “la constitución de comités mixtos no exime a la empresa, ni al Estado de sus responsabilidades. Sino estamos derivando una responsabilidad en quien no la tiene”.

Para concluir expresó que en la provincia “los representantes son los propios delegados, que a veces no tienen formación en salud del trabajo, y este es un tema que hay que trabajar. Estamos creando capacitaciones, orientando a los futuros integrantes de comités mixtos”.

Admitió que la aplicación del sistema en la provincia “va despacio, y su registro también va lento”. Hay solo 78 registrados, precisó, pero aclaró que al llegar ellos no había ninguno, “así que tampoco quiero desmerecer el trabajo enorme que estamos haciendo en la materia”. Además, apuntó, algunos existen y no están registrados.

A continuación fue el turno de Omar Yasín, abogado laboralista, profesor adjunto de Derecho del Trabajo en la UBA, quien enumeró tres críticas hacia la norma. En primer lugar, que establece funciones y potestades que actualmente ejercen los sindicatos. “El delegado gremial actúa en la planta y hace planteos respecto de seguridad e higiene -recordó-. Los convenios colectivos también establecen cláusulas pactadas que tienen que ver con eso”.

Además, a su juicio se superponen funciones que actualmente ejercen la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y las ART. Y por último, señaló una observación constitucional: “Todos sabemos que el Estado nacional no puede ejercer las funciones que no delegaron las provincias. La Provincia ya tiene una ley, si sancionamos una ley nacional, tenemos un problema jurídico, se va a judicializar”, advirtió.

En otro pasaje de su intervención, señaló que “los comités controlan, pero los excluye de toda responsabilidad”, como así también apuntó que la norma “genera problemas en empresas que no están sindicalizadas”.

En síntesis, consideró que “el vehículo ideal para este tipo de cuestiones es el Convenio Colectivo de Trabajo, y cerró apuntando que “si existe un deseo de generar empleo en blanco, esto no ayuda”. Y puso este ejemplo: “Si tenés 9 empleados y con 10 se genera esto”, no se contrata a un décimo empleado.

Exministro de Trabajo de la provincia de Santa Fe entre 2007 y 2011, Carlos Rodríguez fue uno de los más enfáticos defensores de los comités mixtos. Con la experiencia de haber implementado en su provincia el sistema, consideró el hecho de que los trabajadores puedan intervenir “es el derecho a controlar el propio destino”. Y para ejemplificar la importancia del tema, recordó que en el mundo mueren anualmente 3 millones de personas en accidentes y enfermedades derivadas del ámbito laboral. “Es una verdadera pandemia ocultada”, enfatizó.

Apuntó luego que “si uno mira la legislación argentina, no hay una ley de Prevención y Salud del Trabajo, pese a haberse mandado muchos proyectos al Congreso, el primero en tiempos de Illia”. Por el contrario, apuntó que “estamos regidos por un decreto ley de una dictadura”.

Así remarcó que “este es el único país de América Latina donde los trabajadores tienen negada la participación en comités, salvo estas dos provincias”, en referencia a Santa Fe y Buenos Aires, donde el tema cuenta con leyes provinciales. Por eso estimó que “estamos en la prehistoria de la legislación en esta materia. Participar es hacer prevención, el riesgo laboral es inadmisible porque es un riesgo impuesto contra la voluntad del trabajador”.

Y apuntando a las ART, agregó que “encima tenemos un sistema de cobertura del trabajo con sentido de lucro… No se nos ocurrió mejor manera”.

Para cerrar, Rodríguez destacó que “la salud es la reserva más importante que tienen los trabajadores; no es una mercancía para vender, sino un bien a defender, mediante la prevención”.

Ahí fue que se planteó la posibilidad de formular la primera tanda de preguntas, respecto de lo cual el vicepresidente de la comisión, el radical Fabio Quetglas, le preguntó a Carlos Rodríguez si existían datos que demostraran que la salud laboral post 2008 (año de entrada en vigencia de esa ley en Santa Fe) era mejor, o que tenían en la provincia mejores indicadores de salud.

El exministro contó que las primeras comparaciones las había hecho a los dos años de vigencia de la norma, y que entonces había ya 400 comités y miles de delegados, comprobándose un descenso en el ausentismo. “Lamentablemente no he podido hacer un seguimiento”, admitió, observando que el estudio es factible y recomendó hablar con las universidades para hacerlo. Como sea, aclaró que la existencia de esos comités “mejora las condiciones de trabajo, evita a futuro problemas más serios y es rentable para las empresas. Así sucede en todo el mundo”.

Intervino el diputado Martín Tetaz, quien en la misma línea que Quetglas recomendó que la comisión pida a la Universidad de Buenos Aires, la de Santa Fe y la del Litoral un estudio que contemple dos fuentes de variación: a lo largo del tiempo, que pasó en los 5 años previos y los 5 posteriores a la implementación de la ley; y qué pasó en provincias gemelas –para el caso de Santa Fe, recomendó a Córdoba-  en las mismas ramas industriales. “Porque sino podemos tener un problema metodológico”, apuntó.

Así las cosas, el diputado de Evolución Radical le pidió a la comisión impulsar con universidades una investigación que se ocupe de hacer esta comparación, rama por rama, y cerró: “Yo me convenzo muy rápido cuando veo evidencia”, y puso como ejemplo lo que personalmente le había pasado con el etiquetado frontal.

La diputada de la Coalición Cívica Mónica Frade le preguntó a la ministra Ruiz Malec cuantos inspectores tiene actualmente la Provincia de Buenos Aires para controlar a los comités, a lo que Ruiz Malec apuntó que hay 117 inspectores específicamente abocados al tema. “Claramente es un número bajo para los casi 170 mil establecimientos que hay registrados”.

Desde el oficialismo Marisa Uceda le preguntó a Yasín sobre las obligaciones de las ART, apuntando por su experiencia como abogada laboralista y sindical que “nunca en 14 años de ser abogada del gremio de docentes privados de Mendoza vi a una ART haciendo visitas periódicas, tampoco haciendo los estudios médicos periódicos, y mucho menos previendo enfermedades”.

Luego preguntó si estaba vigente el convenio 190 de la OIT, que  reconoce el derecho de toda persona a un ambiente de trabajo libre de violencia y acoso. Además determina que tales comportamientos pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos. “Las ART no tienen ningún protocolo en la materia, tampoco la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Entonces los comités mixtos sirven para contener estas situaciones”.

Florencia Klipauka Lewtak preguntó a su vez por la inconstitucionalidad del proyecto y las acciones que pueden derivar con las provincias, mientras que Hugo Yasky le apuntó al doctor Yasín preguntándole si conocía el artículo 75 inciso 12 de la Constitución por el cual se establece que el Congreso tiene competencias delegadas para legislar en materia nacional.

Yasín le aclaró que lo conocía, pero preguntó si se estaba legislando sobre el Contrato de Trabajo o sobre Salud. “La materia por la cual se legisla de fondo es otra cosa. Ya lo resolvió la Corte con las comisiones médicas, la Ley de Riesgo de Trabajo de 1996, que se sancionó en tiempos de Menem y permaneció con los sucesivos gobiernos. Puede haber críticas a ese sistema, pero hay que rescatar algunas cosas: que antes de la Ley de Riesgo de Trabajo, un trabajador cuando tenía un accidente tenía un juicio”.

“Una cosa es decir que el sistema actual tiene fallas, corrijámosla, pero sin saber si hay estudios, introducir algo dejando el anterior, se va a superponer y no sé si se va a resolver”, estimó.

Respecto de la pregunta de Marisa Uceda sobre violencia laboral, Yasín dijo que ese era un tema muy específico. “Yo no sé si un comité puede resolver una situación que es muy delicada y discutir si es una cuestión de riesgo de trabajo o no”, aclaró, y respecto de la constitucionalidad de la norma, consideró que “las cuestiones de fondo las legislan las cámaras (del Congreso) y las de forma, una reglamentación de un procedimiento para establecer el tema de denuncias, por ejemplo, para mí es facultad de las provincias. Cuando se le exija a un empleador el cumplimento de esta ley, puede ir a la justicia para decir que invaden la potestad de las provincias”.

Al reiniciarse las exposiciones, intervino Mercedes Mondino,  gerenta de Recursos Humanos de Bahco, una industria de herramientas de mano radicada en la provincia de Santa Fe, quien concurrió acompañada por los integrantes del comité mixto que existe en esa empresa. Desde su experiencia dijo que para ellos es “todo para bien, agrega valor”. Aclaró que no tenía estadísticas de accidentología, pero los accidentes habían disminuido. Y concluyó: “Son instancias de diálogo y trabajo conjunto sumamente potentes”.

Fabián Molina, técnico en Higiene y Seguridad de Bahco, contó que se había trabajado en la capacitación de todos los que participaron en el comité mixto. En cuanto a los accidentes, destacó que lo que cambió fue “la gravedad” de los mismos. “Logramos que los accidentes en máquina no se padezcan en el puesto de trabajo, sino en periferia”, apuntó. A su vez, Carlos Brochero, delegado de la UOMRA en Bahco, destacó la importancia de “la participación”. “Que se tenga en cuenta el valor de lo que dice el compañero desde su lugar de trabajo. Las recomendaciones que hacemos es porque lo estamos viviendo”, señaló, cuestionando el papel de las ART, pues son ellos los que saben dónde está la máquina, la contextura física del trabajador que va a manejarla, o la ubicación de las mismas. “Hay que ir adecuándose, nos dan cursos de capacitación, y cuando hay un accidente se ve qué falló, para que no vuelva a  pasar”.

Intervino a continuación Mara Rivera, dirigente sindical del sevicio de energía eléctrica, integrante del consejo directivo de APSEE, quien expuso las experiencias de las empresas privadas de la provincia que tienen comités mixtos: Edelap, Central Dock Sud y la Central Térmica Barragán, ex Enarsa.

“Todos los comités reuniones periódicas, si surge un inconveniente se convoca a una reunión extraordinaria. El comité es un ordenador de un tema tan sensible como son los accidentes”, comentó, apuntando que trabaja en la instalación de “la cultura preventiva”, y remarcó que “el cuidado de la salud de los trabajadores es una inversión y no un costo”.

A su turno, Luciano José Mellia, integrante del Comité Mixto de Higiene y Seguridad de General Motors Argentina y miembro del SMATA, aclaró que el comité mixto funciona desde su generación, porque SMATA ya los contemplaba en su convenio colectivo. “No puedo decir que han disminuido los accidentes, porque siempre se trabajó en General Motors por la seguridad de los trabajadores. “Lo que se trabaja es en el diálogo y lo que hacemos es apuntar a prevenir, no llegar a un accidente, sino poder evitar que eso ocurra”.

En representación de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios, su asesor legal Pablo Devoto planteó algunas observaciones a la ley en discusión. Le apuntó al convenio 190 de la OIT, que si bien aclaró que no lo rechazaban, sugirió que “habría que buscar otra forma de incorporarlo, porque hay una línea divisoria un poco compleja. Tiene que ver con que representa cuestiones de casuística personal”, dijo, advirtiendo que puede generar conflictividad laboral.

Pero puntualmente señaló el tema de las PyMEs, que son las empresas que ellos representan. Recordó que el 60 o 70% de las mismas son las que están generando mano de obra, y en el caso de su cámara, ese porcentaje aumenta al 80 o 90%. Apuntó que la ley conceptúa a las pequeñas empresas como las que tienen hasta 40 trabajadores, y a las medianas hasta 200.

“Estamos recién sacando la cabeza a flote”, señaló en referencia a la pandemia y advirtió que las PyMEs no tienen asignado presupuesto ni disponibilidad para acrecentar sus inversiones, como significaría la implementación de comités mixtos.

Pero como previamente había hablado a favor de la ley, aclaró que “no venimos a desdecirnos sobre las bondades del proyecto, sino a decir que la propuesta sería subir el piso de 100 trabajadores a 300, o eventualmente a 200”.

Luego fue el turno de María Paula Lozano, vicepresidenta de la Asociación de Abogados Laboralistas (AAL), quien celebró la existencia de estos proyectos, “dado que nos parece urgente que exista la obligatoriedad de los comités mixtos”. Agregó que las normas vigentes “son de dictaduras militares, antiguas, por eso es urgente el dictado de esta ley, porque establece un cambio de paradigma, porque la salud laboral deja de ser una cuestión de costos, pasa a ser una cuestión que se analiza al interior del trabajo y eso cambia la manera de abordar todo lo que tiene que ver con el mercado del trabajo. Los trabajadores pasan a tener un rol activo en la materia”.

Lozano sostuvo que “esa información con la que cuentan los delegados es sustancial para prevenir”, y consideró que “el piso de 100 personas para la obligatoriedad de los comités es muy alto, quedan muchas empresas afuera”. Para ella, deben establecerse a partir de 10 empleados, y en caso de que exista en la actividad una alta siniestrabilidad, “se debería bajar a menos”.

Asimismo sostuvo que “estos trabajadores deben tener tutela sindical, y que se establezca la obligatoriedad de paridad de género. Además, tienen que tener formación y capacitación, y también es fundamental que deben ser informados respecto de las mejoras que se van a hacer. Y es importantísimo que se le den facultades para retener taras frente a un riesgo para la vida o la salud”.

Qué dice el proyecto

El proyecto, que sigue lineamientos de la OIT, prevé la creación de Comités Mixtos, con facultades paritarias, para elaborar planes de formación en materia preventiva e implementar medidas para evitar los accidentes y afirmar el derecho a un ambiente laboral seguro y saludable.

La creación de ese comité será obligatoria en dichos lugares de trabajo, cuando allí se desempeñen 100 o más trabajadores, el cual estará formado, como mínimo, por 2 representantes de los trabajadores, y por el empleador en igual número.

En las empresas en las que se desempeñen más de 500 trabajadores y/o trabajadoras se duplicará el número de integrantes.

En aquellos lugares en los que se desempeñen más de 10 trabajadores y menos de 100, “el delegado o la delegada del personal tendrá facultades para participar en todas las iniciativas de prevención, efectuar planteos concernientes a ésta y para actuar en todos los temas referidos a la seguridad y la salud en el trabajo”.

Representantes de la Cámara de Comercio opinaron sobre los Comités Mixtos

Representantes del sector mantuvieron un encuentro con la titular de la Comisión de Legislación del Trabajo, donde se analiza el proyecto de ley que crea esa figura que considera la seguridad, salud e higiene en el ámbito laboral.

La diputada del Frente de Todos y presidenta de la Comisión de Legislación del Trabajo, Vanesa Siley, mantuvo una reunión de trabajo con representantes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC) para recibir consideraciones sobre el proyecto de ley sobre Comité Mixtos y avanzar en el tratamiento del proyecto.   

Según se informó, durante el encuentro se hizo hincapié sobre la importancia del diálogo para continuar en la construcción del proyecto con la participación de todas las partes. 

“Nos reunimos con representantes de la Cámara Argentina de Comercio para dialogar sobre el proyecto de ley de Comités Mixtos que venimos tratando en la Comisión de Legislación Laboral”, expresó al cabo del encuentro la diputada Siley, para quien resulta “clave” el intercambio entre los legisladores y los diversos actores que intervienen en este tema “para enriquecer el proyecto con la participación de todas las partes”.

Cabe recordar que el pasado 6 de julio se realizó precisamente en la Comisión de Legislación del Trabajo la segunda reunión para analizar los proyectos que existen sobre el tema. El debate se había iniciado el año pasado con la presencia de los ministros de Trabajo, Claudio Moroni, y de Mujeres y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, y en esa segunda reunión participaron representantes de todos los sectores que expusieron sus posturas, en general favorables a la creación de los comités mixtos.

Hay cinco proyectos en consideración -entre ellos uno del Ejecutivo-, sobre los que se trabaja para elaborar un proyecto definitivo sobre la creación de comités mixtos, con facultades paritarias, para elaborar planes de formación en materia preventiva e implementar medidas para evitar accidentes laborales y afirmar el derecho a un dominio sindical seguro y saludable. 

El proyecto del Ejecutivo fue presentado el 7 de octubre de 2021, luego de una reunión que mantuvo el presidente con dirigentes de la CGT y la CTA para adelantarles los alcances de la iniciativa. “No hay que demorar más tiempo en resolver estas cosas que deberían estar resueltas en el siglo XXI”, dijo en esa oportunidad el presidente Alberto Fernández.

Qué dice el proyecto

La creación de ese comité será obligatoria en los lugares de trabajo, cuando allí se desempeñen 100 o más trabajadores, el cual estará formado, como mínimo, por 2 representantes de los trabajadores, y por el empleador en igual número.

En las empresas en las que se desempeñen más de 500 trabajadores y/o trabajadoras se duplicará el número de integrantes.

En aquellos lugares en los que se desempeñen más de 10 trabajadores y menos de 100, “el delegado o la delegada del personal tendrá facultades para participar en todas las iniciativas de prevención, efectuar planteos concernientes a ésta y para actuar en todos los temas referidos a la seguridad y la salud en el trabajo”.

Moroni y Gómez Alcorta se presentan este lunes ante la Comisión de Legislación del Trabajo

En una reunión que se realizará a partir de las 12, en el Anexo "C" de la Cámara de Diputados, los ministros expondrán sobre el proyecto del Gobierno referido a seguridad laboral.

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, expondrán este lunes ante la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados.

La reunión se realizará desde las 12 en el Anexo "C" de la Cámara baja y, en ese contexto, los funcionarios informarán sobre el proyecto de ley enviado por el Gobierno referido a la creación de "Comités Mixtos de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo".

La iniciativa, que sigue lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), prevé la creación de estos comités, con facultades paritarias, para elaborar planes de formación en materia preventiva e implementar medidas para evitar los accidentes y afirmar el derecho a un ambiente laboral seguro y saludable.

La propuesta apunta a crear un sistema de derechos, responsabilidades y deberes bien definidos, en el que se concederá prioridad al principio de prevención, en tanto que la implementación de los comités será obligatoria para las empresas en las que se desempeñan más de cien trabajadores.

En tanto, en las unidades productivas de dimensiones inferiores se concederán facultades específicas a los delegados para participar y actuar en todos los temas relacionados con la seguridad y la salud en el trabajo.
El proyecto fue elaborado por el Ministerio de Trabajo, junto con la cartera de Mujeres, Géneros y Diversidad, y la participación de la secretaria de Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra.

Este es el proyecto de ley del Ejecutivo sobre seguridad laboral

Ingresó en Diputados la iniciativa para crear el “Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo”.

El Poder Ejecutivo envió este jueves a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que establece la creación de Comités Mixtos de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo, que apunta a consolidar el derecho a un ambiente laboral seguro y saludable.

La decisión de enviar el proyecto al Congreso fue anticipada este miércoles por el presidente Alberto Fernández, tras un encuentro que mantuvo en la Casa Rosada con dirigentes de la CGT y la CTA para adelantarles los alcances de la iniciativa.

"No hay que demorar más tiempo en resolver estas cosas que deberían estar resueltas en el siglo XXI", expresó Fernández al celebrar la redacción del proyecto que ingresó hoy a la Cámara de Diputados.

La iniciativa lleva las firmas del Presidente; del ministro de Trabajo, Claudio Moroni y del jefe de Gabinete, Juan Manzur.

El proyecto, que sigue lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), prevé la creación de Comités Mixtos, con facultades paritarias, para elaborar planes de formación en materia preventiva e implementar medidas para evitar los accidentes y afirmar el derecho a un ambiente laboral seguro y saludable.

Según el texto, la creación de ese comité "será obligatorio en dichos lugares de trabajo, cuando allí se desempeñen cien o más trabajadoras y trabajadores, el cual estará formado, como mínimo, por dos representantes de las trabajadoras y los trabajadores, y por el empleador o la empleadora en igual número".

En tanto, en las empresas en las que se desempeñen más de quinientos trabajadores y/o trabajadoras se duplicará el número de integrantes.

Por otro lado, y en aquellos lugares en los que se desempeñen más de diez trabajadores y/o trabajadoras y menos de cien, "el delegado o la delegada del personal tendrá facultades para participar en todas las iniciativas de prevención, efectuar planteos concernientes a ésta y para actuar en todos los temas referidos a la seguridad y la salud en el trabajo".

La propuesta, de 11 artículos, apunta a crear un sistema de derechos, responsabilidades y deberes bien definidos, en el que se concederá prioridad al principio de prevención.

Entre otras cuestiones, el organismo buscará promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos y la promoción de la seguridad y la salud en el ambiente laboral, proponiendo al empleador o a la empleadora la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes, así como la elaboración de normas de sana convivencia.

COMITÉ MIXTO DE SEGURIDAD, SALUD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EL TRABAJO

ARTÍCULO 1º.- Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo.
Definición.- Créase un “COMITÉ MIXTO DE SEGURIDAD, SALUD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EL TRABAJO” en cada ámbito laboral. El mismo se constituirá como un órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consulta y participación, regular y periódica, de las actuaciones en materia de prevención de riesgos, seguridad, salud y medio ambiente, que se lleven a cabo en los lugares de trabajo, ya sea que se trate de empresas o establecimientos del ámbito privado o en el Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º, incisos a), b) y c) de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.
El citado Comité Mixto será obligatorio en dichos lugares de trabajo, cuando allí se desempeñen CIEN (100) o más trabajadoras y trabajadores. Estará formado, como mínimo, por DOS (2) representantes de las trabajadoras y los trabajadores, por una parte, y por el empleador o la empleadora y/o sus representantes, en igual número, salvo lo que se disponga en los Convenios Colectivos de Trabajo respectivos. En las empresas en que se desempeñen más de QUINIENTOS o QUINIENTAS (500) trabajadores y/o trabajadoras se duplicará el número de integrantes.
En aquellos lugares de trabajo en los que se desempeñen más de DIEZ (10) trabajadores y/o trabajadoras y menos de CIEN (100), el delegado o la delegada del personal tendrá facultades para participar en todas las iniciativas de prevención, efectuar planteos concernientes a esta y para actuar en todos los temas referidos a la seguridad y la salud en el trabajo.

ARTÍCULO 2º.- Elección de sus miembros.- La Entidad Sindical designará DOS (2) representantes entre aquellos delegados elegidos y aquellas delegadas elegidas en los términos de los artículos 40 y 45 de la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias, dentro de los lugares de trabajo definidos en los términos del artículo 1º de esta Ley.
La elección deberá respetar la paridad de género existente entre dichos delegados y dichas delegadas. El mandato de las y los representantes sindicales en el Comité Mixto cesará conjuntamente con el de su mandato como delegadas y delegados.
Cuando existiera más de UNA (1) asociación sindical con personería gremial con actuación en el lugar de trabajo, la integración se hará en forma proporcional al número de personas que trabajan, representadas por cada organización sindical en dicho ámbito. En ningún caso la pluralidad de entidades sindicales que allí confluyan redundará en el aumento del número de miembros del referido Comité Mixto.
La representación del empleador o de la empleadora deberá contar al menos con UN (1) o UNA (1) integrante o representante de sus máximos niveles de dirección, con facultad de decisión.

ARTÍCULO 3º.- Funcionamiento.- Se elegirá Presidente o Presidenta y Secretario o Secretaria de entre los y las integrantes del citado Comité, quienes podrán ser reelegidos o reelegidas. Si el Presidente o la Presidenta representan al empleador o a la empleadora, el Secretario o la Secretaria representará a las personas que trabajan y viceversa. Si no hay acuerdo, se decidirá por sorteo.
En las reuniones del Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo participarán, con voz pero sin voto, los responsables técnicos o las responsables técnicas de la prevención en los lugares de trabajo, que no estén incluidos o incluidas en su composición. En las mismas condiciones podrán participar representantes de la Autoridad de Aplicación o profesionales y técnicos o técnicas con competencia en la materia que fueran invitados o invitadas por el Comité.
El citado Comité Mixto se reunirá mensualmente de manera ordinaria y de manera extraordinaria, siempre que lo solicite alguna de las representaciones que lo integran. El Comité Mixto adoptará sus propias normas de funcionamiento. La convocatoria a reunión deberá realizarse con una antelación mínima de SIETE (7) días y se señalará lugar y hora en que se desarrollará la misma. El temario deberá consensuarse por las partes.
Las reuniones del Comité Mixto se llevarán a cabo en los lugares y horario de trabajo, sin desmedro de las remuneraciones de sus miembros. Estos no percibirán remuneración suplementaria alguna por el ejercicio de sus funciones, pero el empleador o la empleadora abonará los viáticos o gastos que demandare el desempeño de sus tareas.
El Comité Mixto deberá llevar un Libro de Actas y los registros que dispongan las normas vigentes en la materia o en su Reglamento interno.

ARTÍCULO 4º.- Competencias.- El Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de
Riesgos en el Trabajo tendrá las siguientes competencias:
a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos, la promoción de la seguridad y el resguardo de la salud y los factores de riesgo psicosociales en el ámbito laboral. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en materia de prevención, los proyectos atinentes a planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías.
b) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos y la promoción de la seguridad y la salud en el ambiente laboral, proponiendo al empleador o a la empleadora la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes, así como la elaboración de normas de sana convivencia en el ámbito de trabajo.
c) Participar en la elaboración de los planes de formación en materia preventiva.
d) Contribuir en la prevención de la violencia y del acoso en el trabajo así como de cualquier otra forma de discriminación.

ARTÍCULO 5º.- Facultades.- En el ejercicio de sus competencias, el Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo estará facultado para:
a) Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
b) Conocer todos aquellos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
c) Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad psicofísica de las personas que trabajan, con el objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.
d) Colaborar en la implementación de protocolos de prevención a los fines de erradicar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo y de toda otra forma de discriminación.
e) Garantizar a los trabajadores y a las trabajadoras canales de comunicación ágiles, expeditivos y confidenciales para que puedan denunciar eventuales casos de acoso y/o violencia en el trabajo y de toda otra forma de discriminación.
f) Garantizar con periodicidad a las personas que trabajan capacitaciones, cursos y/o charlas formativas a los fines de erradicar conductas de violencia o acoso en el trabajo, haciendo especial hincapié en aquellas relacionadas con el género.
El ejercicio de las facultades del citado Comité Mixto y sus actuaciones deberán tener en cuenta, según las circunstancias de cada caso, la preservación de datos personales y datos sensibles y el resguardo de la intimidad de las víctimas en los términos de la Ley Nº 25.326 y su modificatoria.

Las actuaciones y decisiones del referido Comité Mixto no desplazan las obligaciones que emergen del “CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRABAJO” –CONVENIO 190–adoptado por la Conferencia General de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT), aprobado por la Ley Nº 27.580 y la Ley Nº 24.557 y sus modificaciones, en cabeza de los empleadores y las empleadoras, de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y de los empleadores autoasegurados y las empleadoras autoaseguradas.

El Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo deberá ser informado de las tareas que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo realicen, en materia de prevención, en el marco de la referida Ley Nº 24.557 y sus modificaciones.
Las actuaciones y decisiones de dicho Comité no implican desmedro alguno de los derechos individuales de las personas que trabajan ni implican corresponsabilidad alguna ante los eventuales damnificados o las eventuales damnificadas respecto al deber de seguridad que recae sobre empleadores y empleadoras.

ARTÍCULO 6º.- Autoridad de Aplicación.-El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y los Ministerios de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con competencia en materia laboral, serán las Autoridades de Aplicación, en el ámbito de sus respectivas competencias.

ARTÍCULO 7º.- Riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de las personas que trabajan.- Cualquiera de las y los representantes del Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo podrá recurrir a la Autoridad de Aplicación de su jurisdicción si considera que las medidas adoptadas y los medios utilizados por el empleador o la empleadora no son suficientes para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo. En los casos en que la Autoridad de Aplicación respectiva compruebe que la inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales implica, a su juicio, un riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores y las trabajadoras, podrá ordenar la paralización inmediata de tales trabajos o tareas.

ARTÍCULO 8º.- Práctica desleal.- Constituye “práctica desleal”, en los términos de los artículos 53, 55 y concordantes de la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias, toda conducta del empleador o de la empleadora que impida, demore u obstaculice la formación y actuación del Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo previsto por esta Ley.

ARTÍCULO 9º.- Autonomía colectiva. El Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo creado por el artículo 1º de la presente Ley, con competencia específica en los lugares de trabajo, no afecta ni reemplaza a los órganos paritarios emergentes de la autonomía colectiva, con competencias genéricas para el análisis y la prevención de riesgos, seguridad e higiene y medio ambiente o de violencia y acoso en el mundo del trabajo.

ARTÍCULO 10.- Disposiciones Transitorias. En los lugares de trabajo en los que se desempeñen más de CIEN (100) trabajadores y/o trabajadoras, la creación del Comité Mixto de Seguridad, Salud, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos en el Trabajo será obligatoria dentro de los SESENTA (60) días de promulgada la presente Ley.
En los lugares de trabajo en los que se desempeñen más de DOSCIENTOS o DOSCIENTAS (200) trabajadores y/o trabajadoras, la creación del referido Comité Mixto será obligatoria dentro de los TREINTA (30) días de promulgada la presente Ley.

ARTÍCULO 11.- Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL.