Dictaminan con cambios la emergencia para procesos de concursos preventivos y quiebras

El proyecto, con media sanción de Diputados, avanzó en la Comisión de Legislación General del Senado. Las modificaciones están relacionadas con los sujetos alcanzados por los beneficios de la ley y la extensión del plazo de la emergencia.

La Comisión de Legislación General del Senado dictaminó con modificaciones el proyecto de ley que declara la emergencia para los procesos de concursos preventivos y quiebras, el cual tenía media sanción de la Cámara de Diputados desde el 31 de julio pasado.

Los cambios se introdujeron en el artículo 1ro. de la iniciativa, de modo de ampliar la emergencia hasta el 30 de junio de 2021 -el texto original estipulaba el 31 de marzo-; aclarar que los beneficiarios podrán ser quienes se declararon en quiebra a partir del comienzo de la emergencia sanitaria; y exceptuar a quienes cometan ciertas operaciones financieras en el exterior.

Al comienzo de la reunión se leyó por secretaría una nota del titular del Banco de la Nación Argentina, Eduardo Hecker, quien advirtió por algunos aspectos del proyecto, entre ellos que, si no se estableciera un período determinado, habría empresas que concursaron con anterioridad a la pandemia y se verían beneficiadas, como ser el caso Vicentin.

La presidenta de la comisión, la oficialista Ana Almirón, explicó que estos reparos habían provocado una “demora del tratamiento” del proyecto y por esa razón se analizaron los cambios, de modo de evitar que “haya empresas que podrían verse indebidamente beneficiadas”.

La santafesina María de los Ángeles Sacnun consideró que el proyecto debe “ser certero en cuanto a quienes quedan incluidos y quienes no en la ley”. “Esta es una norma tendiente a proteger a las pequeñas y medianas empresas fundamentalmente”, dijo e indicó que por la pandemia “estamos contando por miles las empresas afectadas y conjuntamente los puestos de trabajo que se ven afectados”.

La oficialista señaló entonces que esta norma “es una manera de protegerlos y cuidarlos” y opinó que “es absolutamente racional”, dado la extensión de la situación sanitaria, “que extendamos hasta el 30 de junio de 2021” el plazo, el cual estaba previsto según la sanción de Diputados hasta el 31 de marzo de 2021.

En tanto, su par del Frente de Todos Oscar Parrilli sostuvo que “es imposible no reconocer la situación de emergencia que ha generado el Covid” y, en ese marco, se toma “una medida de excepción motivada por un hecho de excepción”.

“En todo lo que tiene que ver con el dólar especulativo, el dólar que se fuga y atenta contra los programas económicos, desde el Estado tenemos la obligación de, por lo menos a esos que realizan ese tipo de operaciones, no darle beneficios”, expresó, en referencia a las modificaciones propuestas.

Crítico del proyecto, el senador del Pro Ernesto Martínez analizó que “la ley está mal hecha, viene mal hecha de Diputados”, porque “el problema no es la presentación del concurso, si fue anterior o posterior al 20 de marzo, el tema es el tamaño de las empresas y sociedades que se concursan”.

“El cuidado que se busca está mal planteado”, agregó y advirtió que con la extensión del período de emergencia se producirá “una ruptura de la cadena de pagos” y “un reguero de cesaciones de pagos y presentaciones de concursos de aquellas unidades que son menores”. “Cuando las cosas vienen mal son difíciles corregirlas”, lamentó.

A su turno, el oficialista Mariano Recalde sugirió “excluir del beneficio a aquellas actividades que no hayan sido alcanzadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio”, al haber sido declaradas esenciales, ya que en el período de pandemia “hay sectores que han tenido enorme rentabilidad, por ejemplo el sector agroexportador”.

No de acuerdo con esta propuesta salió un senador del propio Frente de Todos. El chubutense Mario Pais dijo que entendía el planteo realizado por Martínez y la sugerencia de su par Recalde, pero remarcó que todas las actividades “se han visto impactadas”, porque la pandemia “alteró consecuencias y parámetros del mercado” con “ruptura de la cadena de pagos y caída de precios internacionales”, como sucedió en el sector petrolero. “No podemos hacer esta discriminación en la norma”, afirmó.

Luego, Parrilli coincidió en “sacar el despacho” y agregó: “Tenemos tiempo hasta el recinto de poder incluir otra modificación”.

Las modificaciones

Según el nuevo texto del artículo 1ro., se declara “hasta el 30 de junio de 2021” la emergencia “de los sujetos comprendidos en los procesos de concursos preventivos y acuerdos preventivos extrajudiciales que se encuentren en trámite, cuya formulación se hubiese solicitado o peticionado a partir de que el Poder Ejecutivo Nacional declaró la emergencia sanitaria por medio del decreto 297/20, así como también de los sujetos comprendidos en los concursos preventivos que se peticionen y en los trámites de quiebra que se inicien” desde la vigencia de la ley hasta el fin de la emergencia.

Quedarán exceptuados “los sujetos que entre el período de sospecha que fija el artículo 16 de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras y hasta dos años siguientes de la entrada en vigencia de la ley realicen” una serie de operaciones, como “giros o transferencias al exterior en concepto de atesoramiento, o por cualquier otro motivo, mediante las cuales los beneficiarios sean sus propios accionistas, socios, integrantes o entidades (empresas, fideicomiso o similar) vinculadas directa o indirectamente y dichos fondos no hayan sido repatriados”.

También quienes realicen “erogaciones a países categorizados como no operantes o de nula o baja tributación” de acuerdo a lo descripto en la Ley de Impuesto a las Ganancias; “adquisición de títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera, o adquisición de títulos en pesos para su posterior liquidación de compras en el extranjero”; y “constitución de cualquier activo financiero en el exterior y no se haya efectuado su repatriación dentro del período”.

El resto del articulado, por el momento, quedó igual a como salió aprobado de la Cámara baja. De esta manera, durante el plazo que dure la emergencia, se suspenderá el cómputo de plazos procesales en todos los procesos regidos por la Ley 24.522, en lo dispuesto al denominado “período de exclusividad” previsto en el artículo 43 de esa norma.

Se establece, además, que “en cada proceso, el juez del concurso deberá fijar fundadamente un nuevo cronograma para dicho período contemplando la suspensión dispuesta y fijando la fecha de los actos pendientes a partir de la misma”.

En el caso de los juicios que se inicien a partir de la vigencia de la ley, el plazo previsto en el artículo 43 de la Ley de Concursos y Quiebras será de 180 días, pudiendo el juez a pedido del deudor, en las condiciones establecidas por dicha norma, extenderlo por única vez en 60 días adicionales.

También, se suspenden “los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras, incluidas las ejecuciones de garantías de cualquier tipo respecto de los fiadores, avalistas, codeudores y otros obligados respecto a las obligaciones de los sujetos concursados comprendidos en la emergencia”.

Y se contempla la suspensión de “la totalidad de las subastas judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias de cualquier origen que éstas sean”, al tiempo que se prohíben “nuevos embargos sobre cuentas bancarias, excepto para el caso de los procedimientos de comprobación y pronto pago de créditos laborales, y créditos de origen alimentarios”.

Otros proyectos

Durante la reunión se pasó a la firma además un proyecto del senador Mario Pais -vuelto a presentar por haber perdido estado parlamentario una media sanción-, respecto a modificaciones en el Código Civil y Comercial sobre acción de reducción en donaciones a herederos forzosos.

También se avaló una iniciativa del senador del Frente de Todos Sergio “Oso” Leavy, que introduce un párrafo al artículo 15 de la Ley de Bomberos Voluntarios (25.054), para establecer que “durante la declaración de catástrofes, epidemias y/o pandemias las empresas prestadoras de servicios esenciales no podrán disponer la suspensión o el corte de servicios de energía eléctrica, gas por redes, agua corriente, telefonía fija o móvil, internet o televisión por cable”.

Diputados aprobó la emergencia para procesos de concursos preventivos y quiebras

En tiempo récord, oficialismo y oposición consensuaron un proyecto único en la Comisión de Justicia y lo aprobaron sobre tablas en la sesión. La emergencia durará hasta marzo de 2021.

La Cámara de Diputados aprobó este viernes, tras un acuerdo contrarreloj, la emergencia para procesos de concursos preventivos y quiebras en el marco de la pandemia del Covid-19. La iniciativa, consensuada entre proyectos de distintos bloques, recibió 250 votos afirmativos y dos abstenciones, del Frente de Izquierda.

El texto fue unificado en una reunión de la Comisión de Justicia previa a la sesión virtual, y declara hasta el 31 de marzo de 2021 “la emergencia de los sujetos comprendidos en los procesos de concursos preventivos y acuerdos preventivos extrajudiciales que se encuentren en trámite, así como también de los sujetos comprendidos en los concursos preventivos que se peticionen y en los trámites de quiebra que se inicien” desde la vigencia de la ley hasta el fin de la emergencia.

El presidente de la comisión, Rodolfo Tailhade, destacó el acuerdo alcanzado en ese ámbito para tratar sobre tablas, y en tiempo récord, un proyecto unificado. “Me resulta difícil hablar de consensos habida cuenta de mis antecedentes”, bromeó el diputado oficialista.

Señaló que si bien “todos tenían observaciones”, las dejaron a un lado para acordar un texto único, entre iniciativas de Carlos Selva (Frente de Todos), Ximena García (UCR) y Luis Di Giácomo (Juntos Somos Río Negro), entre otros.

Tailhade explicó que se busca “aportar desde el Parlamento una herramienta para que las empresas puedan tener continuidad”, lo que significa “un consuelo en medio de una crisis tan profunda”.

Desde el recinto, el jefe del bloque Pro, Cristian Ritondo, señaló que “el aislamiento social, preventivo y obligatorio ha creado una serie de desafíos” y en ese marco “las empresas están en riesgo, y con ellas cientos de miles de empleos formales”. Por eso, consideró que la reforma en los concursos preventivos y quiebras es “una señal política muy concreta”.

El oficialista Carlos Selva, autor de uno de los proyectos, sostuvo que “la pandemia ha agravado la situación complejísima de la que venían las pymes el año pasado”. Asimismo, destacó que se haya llegado a una redacción consensuada donde se subsanaron aspectos que “podrían haber generado mayor litigiosidad o conflicto”.

“Vi con mucha satisfacción con qué profundidad y desprendimiento partidario todos los integrantes (de la Comisión de Justicia) analizaban este conflicto”, celebró y subrayó que este tema es “concordante con la moratoria” y “tiene que ver con poner a la Argentina en marcha”.

El bonaerense completó: “Tenemos que sacar del agobio de lo que significaría para las empresas un esfuerzo para atender procesos judiciales, y que ese esfuerzo sea volcado a poner en marcha la producción y generación de empleo”.

Desde la UCR, Lorena Matzen coincidió en que “en este Congreso tenemos la responsabilidad de defender al laburante” y destacó que el proyecto “otorga seguridad jurídica y agilidad en el proceso judicial”, así como “facilidades para que este sector pueda afrontar este proceso”.

Matzen explicó que se intenta “que el concurso sea una herramienta jurídica de supervivencia y continuidad, y no el camino hacia el cierre definitivo” de las empresas.

Otra radical, Ximena García, puntualizó que se trata de “un marco mínimo y excepcional” por la emergencia sanitaria, y agregó que a futuro se discutirá una “reforma más profunda” de la Ley de Concursos y Quiebras.

“Estamos convencidos de que tenemos que contribuir a las soluciones que necesitan los argentinos y evitar que miles de pymes y empresas tengan como único destino el concurso y la quiebra”, reforzó la santafesina.

Por su parte, Graciela Camaño (Consenso Federal) alertó que “100.000 empresas van a estar complicadas cuando se reabran los tribunales”.

“Hay un sector al que no podemos darnos el lujo de permitir que esto lo afecte: es el sector empresarial. El tipo que tiene el espíritu emprendedor, el espíritu innovador. No nos podamos dar el lujo de no acompañar ese espíritu”.

La legisladora destacó que la futura ley será “un alivio” y que permitirá “cerrarle la tranquera a la posibilidad de que las empresas se vayan al diablo”.

Durante el plazo que dure la emergencia, se suspenderá el cómputo de plazos procesales en todos los procesos regidos por la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras, en lo dispuesto al denominado “período de exclusividad” previsto en el artículo 43 de esa norma.

Se establece que “en cada proceso, el juez del concurso deberá fijar fundadamente un nuevo cronograma para dicho período contemplando la suspensión dispuesta y fijando la fecha de los actos pendientes a partir de la misma”.

En el caso de los juicios que se inicien a partir de la vigencia de la ley, el plazo previsto en el artículo 43 de la Ley Nº 24.522 de Concursos y Quiebras será de 180 días, pudiendo el juez a pedido del deudor, en las condiciones establecidas por dicha norma, extenderlo por única vez en 60 días adicionales.

Además, se suspenden “los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras, incluidas las ejecuciones de garantías de cualquier tipo respecto de los fiadores, avalistas, codeudores y otros obligados respecto a las obligaciones de los sujetos concursados comprendidos en la emergencia”.

También se suspenden “la totalidad de las subastas judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias de cualquier origen que éstas sean”, y por otra parte se prohíben “nuevos embargos sobre cuentas bancarias, excepto para el caso de los procedimientos de comprobación y pronto pago de créditos laborales, y créditos de origen alimentarios”.

José Luis Ramón, jefe del interbloque Unidad Federal para el Desarrollo, destacó esa última excepción, al sostener que “si se suspende la ejecución de una deuda alimentaria, lo que se está suspendiendo es un trabajador, una familia, alguien que tiene un crédito alimentario que no puede dejar de comer”.

Desde la misma bancada, Lui Di Giácomo indicó que “existe una ruptura generalizada de la cadena de pagos” y por ese y otros factores “la masificación de la quiebras va a ser el verdadero problema a atender” cuando acabe la pandemia.