Avanza un proyecto en el Senado bonaerense para aplicar penas de arresto a "trapitos" y cuidacoches

Consideran que estas “ocupaciones urbanas” dejaron de ser conductas aisladas para transformarse en estructuras organizadas que delimitan y administran el espacio público.

El bloque del PRO en la Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires impulsó un proyecto de ley que busca modificar el Código de Faltas provincial para sancionar con penas de arresto a quienes ejerzan la actividad de "trapito", limpiavidrios o cuidacoches sin autorización legal en la vía pública.

La iniciativa fue presentada por el senador bonaerense Guillermo Montenegro, intendente en uso de licencia de General Pueyrredón, que fundamentó la reforma bajo la premisa de que “estas ocupaciones urbanas dejaron de ser conductas aisladas para transformarse en estructuras organizadas que delimitan y administran sectores enteros del espacio público”.

El expediente propone reformar de manera integral cinco artículos del decreto ley 8031/73, el actual Código de Faltas que rige en la provincia de Buenos Aires.

El senador marplatense Guillermo Montenegro que tiene su propia disputa en "La Feliz" con las practicas de los trapitos y cuidacoches.

El núcleo del cambio legislativo radica en la tipificación de sanciones directas de arresto para los infractores; a su vez, el articulado dictamina de forma taxativa que la conducta será punible aun cuando la retribución económica se presente bajo la modalidad de contribución voluntaria por parte del conductor.

Por otra parte, el proyecto contempla castigos específicos para quienes restrinjan la libre circulación u ocupen cajones de estacionamiento mediante el empleo de conos, vallas, sogas, cadenas, cajones o carteles.

Estas prácticas, habituales en áreas comerciales y gastronómicas bonaerenses, serán penalizadas como obstrucciones deliberadas a la vía pública.

La normativa diseñada por el senador opositor establece un riguroso esquema de agravantes que incrementan las penas de detención; el endurecimiento penal se aplicará en casos donde se registren situaciones de intimidación, amenazas, hostigamiento o insistencia indebida hacia los conductores.

Asimismo, el texto agrava la falta cuando se verifique el aprovechamiento de la vulnerabilidad del automovilista, la reincidencia del infractor, el ocultamiento de la identidad, la portación de armas impropias o la acción coordinada de dos o más personas.

Finalmente, la reforma fija la mirada regulatoria sobre las cúpulas de estas actividades urbanas. Se estipulan sanciones más severas para los eslabones superiores que organicen, administren, coordinen o financien estos esquemas de recaudación ilegal.

En paralelo, el proyecto faculta la inmediata intervención de los organismos competentes frente a sospechas de connivencia de funcionarios públicos o fuerzas de seguridad, y dispone severas sanciones económicas para clubes e instituciones que promuevan o exploten este negocio en eventos masivos.

El peronismo pidió endurecer las penas para los líderes de organizaciones de "trapitos"

Se trata de una iniciativa de Claudia Neira (FxBA) que prevé agravar las penas contra los jefes de esas bandas que operan sin autorización legal y que, además, plantea penas para los policías que avalen estas actividades.

Con la intención de ponerle un freno a la actividad, los legisladores de Fuerza por Buenos Aires (FxBA) enviaron a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un proyecto de ley  que busca modificar el Código Contravencional porteño para endurecer las penas para los jefes, coordinadores y organizadores de asociaciones de trapitos, cuidacoches y limpiavidrios que operen sin autorización legal.

La iniciativa lleva la firma de la jefa del bloque peronista, Claudia Neira, y busca establecer que la sanción para esos jefes oscile entre los 45 y 60 días de arresto.  También prevé fijar que aquellos funcionarios policiales que participen "directa o indirectamente, aún en forma omisiva, consienta, avale, promueva o facilite" las mencionadas actividades será "sometido al correspondiente sumario administrativo".

"Cuando resulte comprobada la responsabilidad del funcionario, es sancionado disciplinariamente con su exoneración. Sin perjuicio de ello, y siempre y cuando el hecho no constituya delito, podrá ser
considerado partícipe necesario de las contravenciones y sujeto a lo establecido en el artículo 18 del presente Código, en cuyo caso la sanción aplicada nunca será inferior a 60 días de trabajos de utilidad pública o 45 días de arresto", sostiene el documento.

Respecto del mismo, Neira explicó en sus redes sociales: "presentamos un proyecto para aumentar contundentemente las sanciones de los jefes de las organizaciones de cuidacoches, y en particular a las fuerzas de seguridad en aquellos casos que mantengan vínculos y complicidad con este tipo de actividades".

"La clave está en la investigación profunda de las organizaciones, y no en continuar con discursos bobos que no resuelven el problema de fondo. Por ese motivo también pedimos que todos los policías utilicen chalecos con cámaras en cada uno de los operativos de eventos masivos. Hay que desarmar de una vez por todas este negociado, pero esta vez empezando desde arriba", sentenció.

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