Tres niñas. Tres víctimas

El hallazgo de Brenda, Morena y Lara en Florencio Varela expone una trama de violencia extrema y complicidad estructural. Más allá del crimen, el caso desnuda el circuito de impunidad que protege a los consumidores de explotación sexual: empresarios, políticos y jueces que siguen caminando impunes entre nosotros.

Por Daniel Kiper

El hallazgo de Brenda (20), Morena (20) y Lara (15) —apenas niñas, cuyos cuerpos fueron descubiertos entre barro y escombros en Florencio Varela— no es solo la consumación de una violencia atroz. Es también un mensaje que atraviesa las entrañas del país: la brutalidad de quienes explotan sexualmente a jóvenes y la arrogancia de quienes las consumen como si fueran mercancías descartables. Ambos se saben amparados por el dinero, por la amistad de jueces y fiscales, por la complicidad de algunos policías, por el guiño de ciertos políticos.

La última vez que se las vio vivas fue subiendo a una camioneta blanca en la rotonda de La Tablada. Esa secuencia, detenida en la mirada fría de una cámara de seguridad, es ahora la llave de una causa que debería desentrañar no solo a los verdugos inmediatos, sino también a los compradores de carne joven, los que pagan por lo que nunca debería estar en venta: la dignidad humana.

El horror comienza en el consumo. No en el que recluta ni en el que amenaza, sino en el que paga. En ese que abre la billetera para comprar un cuerpo como quien compra un vino importado, convencido de que la impunidad es parte del precio.

Los consumidores intocables

Quienes consumen estos horrores no son fantasmas. Caminan por nuestras calles, se sientan en los bares de Palermo, tienen oficinas vidriadas en Puerto Madero, saludan en los palcos de los estadios y celebran con aplausos en las cenas de beneficencia. Son hombres con apellidos conocidos, con socios en los directorios, con abogados que llaman por su nombre a jueces y fiscales.

Cuando una víctima los señala, aunque ello ocurra en el Honorable Senado de la Nación, la maquinaria se enciende: los recursos interminables, los planteos de nulidad, las recusaciones caprichosas, la estrategia de dilatar hasta que la indignación social se marchite. Lo sabemos bien: las causas contra los clientes poderosos rara vez avanzan. Y cuando avanzan, se pierden en laberintos de papel sellado.

El circuito de la impunidad

La red que los protege es un viejo entramado de favores y silencios:

  • La protección judicial, que se ejerce con expedientes que duermen, resoluciones que se postergan y amistades que dictan fallos invisibles.
  • La presión política, que desvía investigaciones o decide a quién se acusa y a quién se protege.
  • La complicidad policial, que limpia rastros, archiva denuncias y se hace el distraído en las madrugadas más sucias.
  • El desgaste procesal, que convierte cada pericia en un trámite eterno, cada testigo en un recuerdo impreciso, cada prueba en un archivo corroído por la espera.

Ese circuito no es una invención literaria: está documentado en decenas de causas de trata y desaparición en América Latina. Es la urdimbre que surge cuando el delito y el poder se reconocen como viejos camaradas.

El caso bajo esa sombra

La investigación, a cargo del fiscal Gastón Duplaá, habla por ahora de una banda narco que habría montado una fiesta, de un pago de 300 dólares, de cuatro detenidos y de una pareja acusada de limpiar la escena del crimen. Pero aún no se ha nombrado, ni siquiera de soslayo, a los posibles clientes de poder. Ningún apellido ilustre, ningún hombre de negocios, ningún político bajo sospecha. Solo los eslabones más bajos de la cadena, esos que siempre terminan en la picadora de la Justicia.

El silencio pesa. Porque si el caso se agota en los niveles marginales, si los verdaderos compradores de impunidad quedan fuera de la mira, entonces lo que nos quedará será otra tragedia administrada: condenas a los peones, sobreseimiento de los patrones, censura mediática y olvido social.

Que no quede en el olvido

Este país tiene una deuda que ya no puede aplazar: llegar hasta quienes pagan, quienes ordenan, quienes sostienen con dólares la maquinaria que recluta, descarta y mata. Que sus nombres incómodos se escriban en los expedientes, que las amistades políticas no tornen ciega a la Justicia, que los policías cómplices sean degradados y sus apellidos publicados.

Si no, Brenda, Morena y Lara serán apenas otra nota en la cronología del espanto, otra línea en la estadística, otro caso en la memoria.

Porque los grupos criminales no actúan en la penumbra, sino a plena  luz en los aunque el Estado rehúse ver. Se infiltran en las plazas, en los clubes, en los lugares donde las adolescencias se encuentran y confían. Y la prevención no es un eslogan, sino un deber: detectar a tiempo explotación y captación, antes que otra camioneta blanca se detenga en otra esquina.

No dejemos que el olvido se inscriba en la lápida de estas niñas. Que Brenda, Morena y Lara no sean un caso más, sino el caso límite.

¿Será Justicia?

El latido del conurbano

En una jornada marcada por el desencanto con las promesas de ajuste, el peronismo recuperó centralidad en la provincia más populosa y proyecta liderazgo hacia octubre. La derrota del oficialismo nacional no fue solo de nombres, sino de rumbo.

Por Daniel Kiper

El escrutinio avanzó como avanzan los trenes viejos: entre sacudones, alguna luz que parpadea y estaciones donde la espera parece eterna.

A esa hora incierta, los barrios despertaron su pulso de fábrica y de feria, ese rumor de la Argentina trabajadora que también es un idioma político. Hoy ese idioma habló claro. Con la paciencia de quien ha visto pasar temporales y mesías, la provincia más grande se inclinó por lo conocido: un peronismo que volvió a recoger los hilos sueltos de su historia y los anudó, firme, en las secciones del conurbano.

No fue un susurro: fue un murmullo que se hizo oleaje. En Avellaneda, Merlo y Lomas, en La Matanza y Quilmes, los votos encendieron faroles en fila, como si cada esquina recordara que el futuro también se escribe en los comedores, en los clubes de barrio, en las escuelas que resisten el invierno con tizas gastadas. Se impuso la idea de un Estado que acude —imperfecto y tardío, pero presente—; la memoria de la olla popular y del hospital que pregunta primero por los síntomas y no por la tarjeta; la convicción de que la épica no se encuentra en el recorte, sino en el amparo.

El oficialismo nacional miró al cielo y se topó con su techo. La promesa de una libertad que baja como decreto de tijera terminó en viento frío sobre la piel de los que menos tienen. El laboratorio de reformas tropezó con la vida real: la boleta, para millones, es un plato de comida, una garrafa, el precio de un remedio. Y el voto bonaerense volvió a recordar que la aritmética social es anterior a la financiera.

No hay épica sin tarea. El peronismo sabe que un triunfo ancho también es una deuda grande: administrar sin bronce, bajar la fiebre de la inflación sin quemar la piel del trabajo, abrazar a quienes llegan desde otras orillas sin exigir genuflexiones. Pero esta noche el conurbano —ese corazón inmenso y porfiado— volvió a latir a su modo, y el país entero oyó su latido.

Proyección nacional. La victoria amplia en PBA ordena a la oposición y proyecta liderazgo hacia octubre: empuja a Fuerza Patria a disputar el primer lugar nacional, mejora la expectativa de bancas en Diputados y condiciona la agenda legislativa del oficialismo.

El gobierno no perdió por un rostro, perdió por un elenco entero. Y la lección es ineludible: si Milei quiere gobernar después de esta noche, debe reconfigurar su gabinete, barajar de nuevo, revisar el dogma y ensayar otro rumbo.

Porque si ensaya solo un cambio cosmético —mover piezas para que nada cambie en la sustancia del rumbo—, perderá gobernabilidad. Las calles, que ya susurran su descontento, crecerán en reclamos y en protestas populares. La paciencia social no se alimenta de símbolos: se alimenta de pan, de empleo y de futuro.

Milei, debe recalcular sus tiempos de reforma, moderar la motosierra y el  ajuste y atender las necesidades y expectativas de la gente. Para los mercados: menos ganancias; para la política: una nueva mesa más humana.

Una grave amenaza se cierne sobre los clubes

Una resolución del Ministerio de Capital Humano impone una carga fiscal inédita a los clubes deportivos, tratándolos como empresas comerciales. La medida, silenciosa pero letal, amenaza con desfinanciar a las instituciones que sostienen el tejido social del deporte argentino.

Por Daniel Kiper

Una mañana de julio, sin advertencia ni consenso, desde un escritorio del Ministerio de Capital Humano se firmó una resolución que ningún funcionario se animó a anunciar a viva voz. En el silencio de las oficinas  del Estado, se decidió que los clubes deportivos —esos templos populares del deporte, la cultura y la solidaridad— son un lujo que la Argentina no puede permitirse.

La Disposición 16/2025 impone a nuestras instituciones una carga previsional exorbitante, exigiéndoles tributar como si fueran empresas comerciales al elevar la alícuota - otrora del 2% - del 7,5% vigente al 13,06% con más un plus del 5,56%.

Se ignora —o peor aún, se desprecia— que los clubes no reparten dividendos, no persiguen fines de lucro, y no se fundaron con capital financiero, sino con esfuerzo colectivo, memoria barrial y pasión incondicional.

Esta decisión no es una medida fiscal más. Es una sentencia ideológica.

El gobierno ha puesto en la mira a las instituciones que abrazan lo colectivo, lo popular.

Y como ocurre cada vez que se quiere desmantelar lo que une al pueblo, la ofensiva no se declara: se disfraza de técnica administrativa, de ajuste inevitable, de “orden económico”.

Pero lo que se juega acá no es una planilla de Excel.

Lo que está en riesgo es el alma de nuestros potreros, el corazón del deporte nacional.

Porque un club no es solo una camiseta ni una cancha.

Un club es la pileta donde un pibe aprende a nadar, la escuelita donde se forja el compañerismo, el gimnasio donde se salva del abandono un chico que estuvo a punto de caer ante la indiferencia del Estado.

Un club es esa red invisible que sostiene a millones de familias.

Es fábrica de afectos, trinchera de igualdad, incubadora de sueños.

Al imponer esta carga asfixiante, el Gobierno no solo desconoce la naturaleza jurídica de los clubes: la combate.

Les exige tributar como sociedades comerciales, pero no les reconoce beneficios ni facilidades.

Los grava como si generaran riqueza para accionistas, pero les niega la ayuda que reciben entidades con fines de lucro disfrazadas de responsabilidad social.

¿Acaso se pretende fundir a los clubes en nombre del mercado? ¿O es este el camino encubierto para forzar el desembarco de las Sociedades Anónimas en el fútbol argentino?

No es ingenuidad. Es doctrina.

En el país del “sálvese quien pueda”, las instituciones colectivas resultan sospechosas, molestas, subversivas.

Molestan porque enseñan, a contramano del discurso dominante, que no todo tiene precio.

Que se puede compartir sin competir. Que se puede crecer sin explotar.

Molestan porque se sostienen en el voluntariado, en la gratuidad del afecto, en la dignidad del que entrena sin promesa de gloria, en la obstinación del que enseña sin pedir nada a cambio.

Desde esta trinchera —sin banderas políticas pero con los colores de mi club tatuados en el alma— alzamos la voz en defensa de todos los clubes de la Argentina.

Porque cuando un club cierra por asfixia fiscal, no se apagan solo las luces del estadio: se apaga una parte de nuestra identidad, de nuestra cultura, de nuestro porvenir.

Convocamos a la conciencia de los legisladores, a la reacción de las organizaciones sociales, al abrazo de los hinchas.

Que nadie se haga el distraído: lo que está en juego no es la contabilidad de una entidad, sino la posibilidad de seguir creyendo en lo colectivo, en lo comunitario, en lo popular.

Cuando un club se cae, no se cae solo.

Se lleva consigo un pedazo de infancia, una ilusión, una esperanza.

Y por eso, como ese hincha eterno que aún canta desde la tribuna del tiempo, volvemos a gritar fuerte, para que todos escuchen:

“Los clubes no se tocan. Los clubes se defienden”.

Daniel Kiper es dirigente del Club Atletico River Plate

Los límites jurídicos del poder punitivo frente al fenómeno político-popular

Un fallo judicial que impone restricciones ambiguas a una dirigente política reaviva el debate sobre los límites del poder punitivo. ¿Puede el Estado castigar a alguien por el afecto que genera? ¿Hasta dónde puede llegar la Justicia en su intento de disciplinar símbolos políticos?

Por Daniel Kiper

Introducción

En una resolución judicial reciente, al conceder la prisión domiciliaria a una dirigente política de profunda gravitación histórica, el tribunal interviniente estableció que la condenada “deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.

A primera vista, la fórmula parece anodina. Pero bajo su apariencia neutral se esconde una fórmula ambigua, susceptible de aplicación arbitraria y con un sesgo punitivo incompatible con el orden constitucional argentino. Más aún cuando se la interpreta como una restricción no al obrar de la persona condenada, sino a las manifestaciones espontáneas de afecto o respaldo político que otros expresan hacia ella.

El poder punitivo tiene límites. Y esos límites no desaparecen en la etapa de ejecución de la pena. Imponer sanciones fundadas en el comportamiento de terceros, ajenos al proceso, desborda la legalidad y desnaturaliza la finalidad de la pena. Más grave aún: abre la puerta a la utilización del derecho penal como herramienta de disciplinamiento simbólico de fenómenos sociales y políticos.

  1. El marco jurídico: derechos fundamentales y ejecución penal

El derecho de ejecución penal no es un atributo discrecional del Estado. Está regido, en el Estado de Derecho, por principios constitucionales y por tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía superior a las leyes (art. 75 inc. 22 CN).

El artículo 18 de la Constitución Nacional garantiza el debido proceso en todas las fases del juicio, incluidas la ejecución de la pena y las medidas restrictivas asociadas. Además, establece un límite ético y jurídico al accionar estatal: “Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas; y toda medida que, a pretexto de precaución, conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice”.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 5.2) agrega que “toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”, y prohíbe “penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

La Ley 24.660, por su parte, en su artículo 2°, establece un principio clave: “El condenado podrá ejercer todos los derechos no afectados por la sentencia”. Las restricciones deben tener base legal, ser proporcionales, necesarias para los fines de la pena y respetuosas de la dignidad humana.

III. ¿Puede una persona ser responsable por lo que otros hacen?

No. En nuestro sistema penal, la responsabilidad es estrictamente personal. No se puede sancionar ni limitar a una persona por los actos de terceros. Este principio, de raíz liberal garantista, es esencial para evitar abusos del poder estatal.

La presencia de una persona condenada en el balcón de su domicilio no constituye en sí misma un acto que perturbe la convivencia social.Es solo presencia. Y el efecto político que esa presencia produce no puede ser una causa para restringir derechos.

El juez no puede prohibirle “existir” a la persona condenada ni exigirle que “modere” las manifestaciones espontáneas de afecto popular que provoca. Ello es jurídicamente inadmisible. Es tanto como exigirle que deje de ser quien es. Que renuncie al vínculo histórico que la une con millones. Que disuelva su identidad política.

El afecto no es delito. Y el afecto no se regula por sentencia.

  1. ¿Puede el juez limitar la conducta de terceros no sometidos al proceso?

Tampoco. Las personas que se manifiestan frente al domicilio de una figura pública ejercen derechos constitucionales fundamentales: libertad de expresión, de reunión, de asociación y de petición a las autoridades (arts. 14, 32 y 33 de la CN).

Esos derechos solo pueden ser restringidos por ley, en casos excepcionales, y con criterios de necesidad y proporcionalidad. Presumir que toda manifestación frente a un domicilio implica perturbación o amenaza resulta no solo jurídicamente infundado, sino políticamente regresivo

El afecto social no se disciplina por resolución judicial. Ni se puede exigir a quien recibe apoyo que lo desactive. Esa lógica invierte el principio de libertad y abre la puerta a un derecho penal de autor, donde no se castigan conductas, sino biografías, afinidades, símbolos.

El Estado tiene facultades para ordenar el espacio público, pero no puede castigar la adhesión popular ni convertir a una figura política en objeto de escarnio o reclusión afectiva.

El juez no puede, por vía indirecta, impedir que una comunidad exprese su afecto o identidad política, ni responsabilizar a la persona condenada por ese fenómeno. Tal pretensión implicaría una forma de censura inaceptable en un Estado de derecho.

  1. El castigo simbólico: cuando el derecho penal persigue lo que se representa

El poder judicial no puede utilizar el derecho de ejecución penal para “neutralizar” una figura pública o controlar el impacto social que produce su mera existencia. Eso excede el marco legal y configura un uso político del derecho penal.

Las expresiones como “perturbar la tranquilidad” o “alterar la convivencia” son deliberadamente vagas. Su ambigüedad habilita interpretaciones arbitrarias. No definen una conducta prohibida; definen un estado de ánimo que molesta al poder. Son, en rigor, fórmulas habilitantes para el castigo simbólico.

En ese escenario, lo que se persigue no es una transgresión legal, sino una osadía política: la de seguir siendo amada. La de no desaparecer del escenario público. La de seguir generando adhesión popular sin micrófono, sin poder formal, sin estructura partidaria. La de perdurar en la memoria.

  1. Comunicación, poder y la imposibilidad de censurar el afecto

Desde una mirada comunicacional, la reacción institucional revela más temor que justicia. Un saludo desde un balcón se transforma en noticia, en gesto, en mensaje. No necesita palabras. Provoca una movilización afectiva que el poder no puede controlar.

Frente a ese fenómeno, el intento de regular el afecto por vía judicial no solo es inviable: es contraproducente. Solo exhibe el fracaso de una estrategia de disciplinamiento simbólico que, lejos de borrar, reafirma el vínculo entre la líder y su gente.

Ni la ley, ni los tribunales, pueden interrumpir el eco que una historia viva deja en millones.

VII. Conclusión

Imponerle a una persona condenada que se abstenga de provocar manifestaciones de afecto es jurídicamente improcedente. Y pretender que esa cláusula alcance a quienes libremente expresan su respaldo político es lisa y llanamente inconstitucional.

El poder judicial debe garantizar derechos, no regular afectos. No se puede convertir al derecho de ejecución penal en un instrumento para acallar símbolos ni para reprimir lo que ya está en nuestra historia.

No es su conducta. Es su existencia.

No es el balcón. Es la gente.

Y eso —como toda verdad profunda en democracia— no puede silenciar una sentencia judicial.

Daniel Kiper es abogado. Especialista en Derecho Penal.

Una enseñanza de la historia: La persecución fortalece al peronismo

A 70 años del bombardeo a Plaza de Mayo, la historia vuelve a resonar con fuerza: la condena a Cristina Fernández de Kirchner revive el fantasma de la proscripción política. De Perón a Cristina, un recorrido por las heridas abiertas de la democracia argentina.

Por Daniel Kiper

El 16 de junio de 1955, a las 12.40 del mediodía, una escuadrilla de aviones de la Marina de Guerra bombardeó Plaza de Mayo con el propósito explícito de asesinar al presidente constitucional Juan Domingo Perón. Era un jueves laborable. En la plaza había empleados públicos, transeúntes, colectivos y automóviles en tránsito. El saldo fue trágico: más de 300 muertos y más de 700 heridos. Dos meses más tarde, el gobierno fue derrocado por un golpe militar. Comenzaba una etapa de proscripción política y persecución sostenida contra el peronismo que se extendería durante casi dos décadas.

Desde 1955 hasta 1973, el peronismo estuvo formalmente proscripto. El Decreto-ley 3855/55 disolvió el Partido Peronista. El Decreto-Ley 4161/56 prohibió toda representación, símbolo, imagen o alusión vinculada al movimiento. Mencionar a Perón o a Eva era delito. Se prohibieron canciones, se confiscaron libros, se censuraron obras teatrales, se destruyeron placas y bustos. Cientos de sindicatos fueron intervenidos. Miles de personas fueron cesanteadas o detenidas por razones ideológicas.

Durante ese período surgió lo que la historiografía denomina la Resistencia Peronista: un movimiento social y político disperso, integrado por obreros, estudiantes, sacerdotes, militantes de base, delegados gremiales y cuadros militares. En su interior convivieron diversas corrientes, desde el nacionalismo popular hasta la izquierda revolucionaria. En todas ellas predominó un lenguaje simbólico común y una identificación inquebrantable con los liderazgos de Perón y Eva. La clandestinidad operó como aglutinante. Más allá de las diferencias, hubo cohesión.

En nombre de la libertad, la autodenominada “Revolución Libertadora” –“Fusiladora” para otros– desplegó un dispositivo de censura y represión que, incluso en el contexto de una Argentina violenta, parece extraído de una pesadilla.

Uno de sus hechos más infames fue el secuestro del cuerpo sin vida de Eva Perón. La noche del 22 de noviembre de 1955, el cadáver fue retirado de la sede de la CGT por el teniente coronel Carlos Moori Koenig y el mayor Eduardo Arandía, ambos del Servicio de Inteligencia del Ejército. Fue ocultado durante más de una década. En 1957, se lo trasladó a Italia y fue enterrado en el Cementerio Mayor de Milán bajo el nombre falso de María Maggi de Magistris. Su ubicación e identidad fue el secreto mejor guardado de nuestra historia.

Lejos de silenciar el mito de Evita, esa profanación lo potenció. Fue una herida abierta que Montoneros usó para justificar, entre otras, el secuestro y asesinato del general Aramburu en 1970. El cuerpo de Eva no fue restituido hasta 1971, cuando el presidente Alejandro Agustín Lanusse, en el marco del fallido “Gran Acuerdo Nacional”, ordenó su devolución a Perón, exiliado en Puerta de Hierro, Madrid.

El 9 de junio de 1956, bajo el gobierno de facto de Aramburu, un grupo de militares liderados por el general Juan José Valle intentó restaurar el orden constitucional. La represión fue inmediata. Valle fue fusilado públicamente. Diecisiete militares sublevados corrieron la misma suerte. Y dieciocho civiles, detenidos sin juicio previo, fueron ejecutados en forma clandestina en los basurales de José León Suárez. El hecho se conoció gracias a un sobreviviente, Juan Carlos Livraga, y fue documentado por Rodolfo Walsh en su obra Operación Masacre, una pieza clave del periodismo narrativo y de denuncia en América Latina.

En 1962, el dirigente gremial Andrés Framini ganó la gobernación de la provincia de Buenos Aires con el 59,5% de los votos, encabezando una fórmula que incluía al peronismo bajo el sello de Unión Popular. La elección fue anulada por su filiación política: Framini era peronista. El presidente Arturo Frondizi cedió ante las presiones militares, intervino la provincia, ejecutó el plan CONINTES y disolvió el Congreso. Pese a sus concesiones, fue derrocado poco después.

John William Cooke, abogado y ex diputado peronista, fue designado delegado personal de Perón en el país. Desde 1956 articuló los primeros núcleos de resistencia orgánica. En sus escritos, definió al peronismo como “la única expresión revolucionaria de masas de la Argentina”. La proscripción, escribió, “transformó al movimiento de partido de gobierno en mito popular”.

El “Peronismo sin Perón” impulsado por Augusto Vandor fracasó mucho antes de su asesinato, el 30 de junio de 1969, mientras el presidente Juan Carlos Onganía recibía a Nelson Rockefeller y el país vivía la resaca del Cordobazo, el gran levantamiento obrero y estudiantil contra el modelo económico y político imperante.

En 1959, el modelo desarrollista de Frondizi colapsó. El ingeniero Álvaro Alsogaray, designado ministro de Economía, firmó un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional y aplicó un severo plan de ajuste. Entonces, como ahora, el dólar alcanzó su valor más bajo (138 pesos) y la disminución de la actividad económica contrajo la base tributaria, por lo que el déficit estatal no se redujo, sino que aumentó. Entonces no fue posible pagar las cuentas ni los salarios del sector público, que el ministro de Economía determinó abonar con títulos del “empréstito patriótico forzoso 9 de Julio” presentado como un instrumento de ahorro patriótico. Con el tiempo, muchos lo vivieron como una estafa: los títulos perdieron valor y los pequeños ahorristas nunca recuperaron su inversión. La frase “hay que pasar el invierno” se volvió un emblema de resignación nacional.

El movimiento obrero respondió con una ola de huelgas. El conflicto metalúrgico paralizó la industria durante semanas. El gobierno pactó con Vandor a través de Rubens San Sebastián: un aumento salarial a cambio de pérdidas de derechos laborales y aumento de la productividad. Se habló de pagos confidenciales. Nada que la “Banelco” o el senador Kueider hayan inventado.

Este 10 de junio de 2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a Cristina Fernández de Kirchner en la causa conocida como “Vialidad”. La pena: seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

La acusación sostenía que, durante su mandato como presidenta (2007–2015), Cristina habría encabezado una asociación ilícita para direccionar obras públicas en favor del empresario Lázaro Báez. Sin embargo, durante el juicio no se presentaron pruebas directas que vincularan a la ex mandataria con pagos indebidos, enriquecimiento personal, cuentas bancarias ocultas o instrucciones administrativas concretas. La principal prueba utilizada fue el hecho –cierto, pero insuficiente– de que Cristina era la jefa de Estado.

El tribunal fundó la condena en un principio vedado en derecho penal: la responsabilidad objetiva. Pero en esta materia, la responsabilidad es siempre subjetiva: se responde por el propio hacer, no por el cargo ocupado. Las pericias favorables a la defensa fueron ignoradas por el fiscal primero, por los jueces después.

Numerosos juristas nacionales e internacionales han advertido que el proceso presentó rasgos de lawfare, es decir, el uso del aparato judicial con fines de proscripción política. Consideran la sentencia inconstitucional e infundada.

La historia no se repite de forma idéntica, pero tiene ritmos. La proscripción no destruyó al peronismo: lo fortaleció. El secuestro del cuerpo de Eva no borró su figura: la convirtió en símbolo. La anulación de la elección de Framini no apagó al peronismo: evidenció los límites de una democracia en muletas.

Cristina Fernández de Kirchner, presa y condenada, sin posibilidad de ser candidata, se incorpora al linaje de los proscriptos. Una sentencia sin pruebas materiales suficientes no clausura una trayectoria política: la proyecta. La prisión no apagará su voz: la convertirá en bandera.

Empanadas, Porsche y la desconexión del poder: cuando el ministro no entiende al pueblo

Luis Caputo comparó el precio de una docena de empanadas con un auto de lujo y desató la polémica. Lejos de debatir la inflación, ridiculizó una denuncia real. ¿Qué revela esta frase sobre la visión del gobierno y su vínculo con la vida cotidiana?

Por Daniel Kiper

Esta semana, la realidad argentina volvió a mostrar su rostro más absurdo —y a la vez más revelador— en un cruce inesperado entre el actor Ricardo Darín y el ministro de Economía, Luis Caputo. El disparador fue una frase simple, directa y dolorosamente real: “Una docena de empanadas cuesta 47.000 pesos”, señaló Darín en una entrevista que intentaba ponerle cifras concretas al drama cotidiano que atraviesan millones de argentinos.

Lo que podría haber servido como punto de partida para una reflexión seria sobre el deterioro del poder adquisitivo y el impacto real de la inflación, derivó en un exabrupto despectivo del ministro Caputo, que eligió burlarse del problema y transformar el debate en una comparación tan absurda como ofensiva: comprar empanadas de calidad sería —según él— como comprarse un Porsche. Un lujo. Un capricho. Un privilegio de pocos.

El mensaje es demoledor. Y, lamentablemente, coherente con el rumbo del gobierno al que representa.

Cuando comer es un lujo

¿Qué significa que el Ministro de Economía equipare un plato de empanadas con un auto de alta gama? Significa, en primer lugar, que ha perdido —si alguna vez la tuvo— toda conexión con la vida cotidiana del ciudadano de a pie. Significa también que ha olvidado (o decide ignorar) que la comida no es un lujo: es un derecho. Una necesidad básica. Un termómetro de la dignidad social.

¿Acaso Caputo no advierte que para un jubilado, un trabajador informal o un empleado con salario mínimo, $47.000 o incluso $17.000 representan un porcentaje abrumador de sus ingresos mensuales? ¿Qué sentido tiene ironizar con un Porsche cuando la mitad de la población está por debajo de la línea de pobreza?

Las empanadas, señor Ministro, no son un lujo. Son parte de la cultura popular, un símbolo de la mesa argentina, y en muchos hogares, la única comida caliente del día. Descalificarlas por su precio o por provenir de un local de calidad es como decir que los argentinos solo tienen derecho a comer pan duro o fideos con aceite. ¿Ese es el modelo de país que propone?

Las empanadas y el 25 de mayo: más que comida, identidad

Decir que las empanadas son un lujo no solo denota desprecio por las condiciones sociales actuales; también desconoce la historia y la identidad nacional. Las empanadas no son solo una comida: son parte del ADN cultural argentino. El 25 de mayo de 1810 —fecha que marca el nacimiento político de la patria— se celebra, en cada rincón del país, con un locro, un pastelito… y una buena empanada. Están en nuestras fechas patrias, en las mesas familiares, en los clubes, en las esquinas de barrio. Son un símbolo de pertenencia, de encuentro, de historia viva. Reducirlas a “lujo” es amputar de un tajo ese lazo invisible que nos une como comunidad.

Un privilegio reservado a la élite

La frase de Caputo no es un exabrupto aislado. Es el síntoma de una visión profundamente elitista del Estado, de la economía y de la sociedad. Una visión donde todo lo bueno —lo sabroso, lo estético, lo saludable, lo digno— se transforma en “lujo”, y todo lo barato, en norma. No importa si empobrece el cuerpo o el alma. Hay que acostumbrarse, nos dicen.

Este modelo, que consagra la exclusividad como valor supremo, convierte a la mesa familiar en un santuario inaccesible. No por sagrada, sino por prohibida. Y transforma al Ministro de Economía —que debería garantizar el acceso equitativo a los bienes básicos— en un custodio de la escasez, que encima se burla de quienes la sufren.

Un país que se come a sí mismo

Argentina está frente a una paradoja cruel: produce alimentos de altísima calidad, pero cada vez más argentinos no pueden acceder a ellos. La reacción de Darín fue la de un ciudadano que se niega a naturalizar lo inaceptable. La respuesta de Caputo, en cambio, fue la de un funcionario que ya no distingue entre una crítica sensata y un capricho burgués.

Comparar un plato típico con un auto de lujo no es solo una torpeza comunicacional: es un acto de cinismo. Es retratar, sin filtros, la filosofía de un gobierno que ve en el ajuste una virtud moral y en el bienestar popular, una amenaza al orden. Y que convierte el acceso a una empanada —¡una empanada!— en símbolo de ostentación.

Pero el verdadero lujo, en esta Argentina de 2025, no es comer empanadas. El verdadero lujo es gobernar sin sensibilidad, sin pudor y sin respeto por el sufrimiento de millones.

Eso sí que no se lo puede permitir ningún país.

Rescatando al soldado Caputo

El Gobierno presenta este nuevo acuerdo como parte de un “plan de estabilización”. Pero la realidad sugiere otra cosa.

Por Daniel Kiper

Luis Caputo, el artífice del megacrédito de USD 57.000 millones con el FMI en 2018, vuelve al centro de la escena como protagonista de otro episodio clásico del manual económico argentino: el salvataje financiero con consecuencias sociales devastadoras.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) aprobó un nuevo programa para Argentina bajo la forma de un Acuerdo de Servicio Ampliado (SAF) por USD 20.000 millones, con un desembolso inmediato de USD 12.000. El objetivo declarado: fortalecer reservas, facilitar la salida del cepo y “recapitalizar” al Banco Central.

Pero detrás del relato técnico del presidente y de las loas al “orden macroeconómico” del staff del FMI, los rostros adustos del gabinete hablaban por sí solos. Lo que se está gestando es un nuevo capítulo de ajuste. Y sus protagonistas no están en los palcos oficiales. Tienen nombre y apellido: el pueblo argentino.

El déjà vu de la dependencia

Argentina ya vivió esto. Desde 1956, ha firmado 23 programas con el FMI. Todos con la misma receta: ajuste fiscal, apertura comercial, liberalización financiera y endeudamiento externo.

El resultado fue también recurrente: caída del consumo, aumento de la pobreza, pérdida de soberanía económica. Y crisis. La de 2001, tras años de obediencia al Fondo, terminó con 1 de cada 5 argentinos sin trabajo, ahorros confiscados, violencia social y un default. La gente saqueó supermercados para comer. El pueblo pagó con sangre la “responsabilidad fiscal” de las elites.

¿Recapitalizar el BCRA o rescatar a los de siempre?

El Gobierno presenta este nuevo acuerdo como parte de un “plan de estabilización”. Pero la realidad sugiere otra cosa.

En los últimos meses, grandes jugadores financieros ingresaron dólares al mercado oficial, colocaron pesos en instrumentos con tasas reales elevadas y ahora –con la promesa de una liberación del cepo y una nueva línea de dólares frescos del FMI– están listos para reconvertir sus pesos en dólares. Es la bicicleta financiera reloaded: entrar caro en pesos, salir barato en dólares antes del colapso.

Y como entonces, ¿quién se hará cargo de la salida de divisas que provocará esta ingeniería? El pueblo argentino. Porque esos USD 12.000 millones no son para inversión productiva, ni para obra pública, ni para salud, ni para salarios. Son esencialmente, para financiar esa salida. Para que los que apostaron a la timba no pierdan. ¿Y quién paga? Siempre el mismo: el que no tiene cómo llenar la heladera a mitad de mes.

Tengamos memoria: en 2018, con Caputo como Ministro de Finanzas, una maniobra similar anticipó la fuga de más de USD 10.000 millones en pocas semanas. Sin aprendizaje, repetimos la historia

¿Qué significa “recapitalizar el Banco Central”?

En palabras simples: tomar deuda para pagar deuda. El BCRA no se “recapitaliza” con deuda. Se endeuda. Así de simple. Y lo hace emitiendo pasivos bajo legislación extranjera, es decir, perdiendo capacidad de maniobra monetaria y jurídica. Es pretender fortalecer nuestra economía familiar hipotecando nuestra casa aún más.

En efecto, en lo inmediato se endeuda en USD 12.000 millones más, bajo jurisdicción internacional y condicionados por metas de ajuste, para pagar deuda. Cambiamos el collar. No ganamos libertad.

“Recapitalizar” es una palabra engañosa. No implica fortalecimiento genuino del balance del Central, sino una forma de evitar que explote el sistema antes de que los que deben irse… se vayan. Para que los grandes jugadores financieros puedan llegar a la puerta de salida.

Nada nuevo bajo el sol

Desde Prebisch en 1955, Martínez de Hoz en 1976, Cavallo en los ’90 y el propio Caputo en 2018, y hoy, Sturzenegger y Caputo como guionistas del nuevo libreto del ajuste eterno. los planes de estabilización basados en deuda externa, ajuste fiscal y apertura irrestricta terminaron igual: endeudamiento insostenible, destrucción del empleo, cierre de empresas y fuga de capitales.

La historia es circular. Los actores cambian, el libreto no. Siempre prometen crecimiento, siempre llega la crisis, dejando un saldo de mayor desigualdad, desindustrialización y pérdida de soberanía económica.

¿Qué sigue?

El propio FMI deslizó que el programa apunta a una futura liberalización del tipo de cambio. Es decir: levantar el cepo. Pero eso no se hace sin respaldo. Por eso este préstamo no es para estabilizar. Es para garantizar que los dólares estén… cuando los grandes quieran irse.

Mientras tanto, se recortan subsidios, se paraliza la obra pública, se destruyen convenios laborales, se criminaliza la protesta y se plantea una reforma del Banco Central que implica ceder aún más soberanía monetaria.

Es el mismo patrón de siempre: privatizar las ganancias, socializar las pérdidas.

Crónica de un final anunciado

Rescatar al soldado Caputo no es rescatar al país. Es rescatar a los de siempre: a los que juegan a la ruleta con la economía nacional y nunca pierden. Es darles una salida elegante a los que entraron por la ventana de la especulación, a los mismos sectores que siempre se benefician de la Argentina en crisis. La diferencia es que ahora no lo hacen en nombre del “progreso” o la “modernización”, sino de la “libertad”.

Pero como la historia nos ha enseñado una y otra vez: cuando se garantiza la libertad para la fuga de unos pocos, el pueblo argentino queda “atrapado sin salida”

Esta tarde iré al cine a ver un estreno. Porque esta película que hoy les comento… ya la vi.

Y si no aprendemos a cambiar el guión, el final será el mismo de siempre.

Los jueces: garantes de nuestras libertades

En el marco de la polémica desatada en torno a la liberación de detenidos por parte de una jueza de la Ciudad, el autor analiza la función de los magistrados.

Por Daniel Kiper

El Estado tiene la obligación ineludible de respetar y proteger los derechos fundamentales de sus ciudadanos, y los jueces actúan como garantes de nuestras libertades.

La reciente liberación de detenidos ordenada por la jueza Karina Andrade ha suscitado críticas por parte de miembros del Poder Ejecutivo Nacional. Es esencial recordar que la función de los jueces es velar por el respeto a los derechos fundamentales y al debido proceso legal.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó que las detenciones colectivas sin causa legal, sin individualización de conductas y sin necesidad o proporcionalidad, constituyen privaciones ilegales y arbitrarias de la libertad (Caso de las Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco vs. México).

La Corte también señaló que el uso desproporcionado de la fuerza por parte de agentes de seguridad durante la detención, traslado e ingreso de personas detenidas es incompatible con el respeto a los derechos fundamentales reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El artículo 7.4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que toda persona detenida tiene derecho a ser informada, en el momento de la detención, de las razones de la misma y a ser notificada sin demora de los cargos en su contra. Esta garantía es crucial para evitar detenciones arbitrarias y asegurar el derecho a la defensa.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado la importancia de esta disposición en casos como Tibi vs. Ecuador, donde se determinó que la falta de información adecuada al detenido constituye una violación de sus derechos fundamentales.

La independencia judicial es un pilar de la democracia y del Estado de derecho. Cuestionar o presionar a los jueces por decisiones que protegen derechos humanos fundamentales socava la separación de poderes y pone en riesgo las libertades individuales de todos los ciudadanos. Es imperativo que las autoridades respeten las decisiones judiciales y se abstengan de acciones que puedan interpretarse como intentos de coacción o intimidación hacia el Poder Judicial.

En una sociedad democrática, el respeto a los derechos humanos y a las garantías procesales no es opcional; es una obligación del Estado y una conquista irrenunciable de la ciudadanía.

Los tuits también pueden ser delito

Las redes sociales y la falsa sensación de impunidad. Un análisis de las consecuencias del escándalo con las criptomonedas y la palabra presidencial.

Por Daniel Adrián Kiper

Las redes sociales son hoy una extensión de nuestra vida cotidiana. Facebook es el punto de encuentro, Instagram el espacio de los más jóvenes, Tinder el escenario de los enamorados, Twitter el campo de batalla de periodistas, polí­ticos y personajes diversos, y LinkedIn la vitrina profesional para quienes buscan oportunidades laborales. Con solo una computadora, tablet o celular, cualquiera de nosotros puede sumergirse en un universo digital donde todo parece estar al alcance de un clic. Podemos escribir desde cualquier lugar, a solas, y dirigir nuestros mensajes sin contacto físico o personal con los destinatarios, a quienes seguramente siquiera conocemos.

En este mundo virtual, las fronteras entre lo real y lo ficticio se desdibujan. Internet se percibe como un espacio sin lí­mites, donde las redes sociales y las aplicaciones de mensajerí­a parecen operar con total impunidad. Pero esa ilusión desaparece cuando las consecuencias se materializan. Perfiles anónimos “o no tanto” invaden la privacidad ajena, propagan rumores, difunden imágenes comprometedoras o noticias falsas, lanzan ataques personales sin medir el impacto. Lo que nació como una herramienta de comunicación y entretenimiento puede convertirse, en el peor de los casos, en una ví­a para la difamación, el hostigamiento e incluso la comisión de delitos.

El caso Milei-$LIBRA: ¿un simple tuit o una conducta penalmente relevante?

La reciente controversia en torno al presidente Javier Milei y su promoción de la criptomoneda $LIBRA ha reavivado el debate sobre los lí­mites de la libertad de expresión y la responsabilidad penal de las expresiones en redes sociales.

Mientras algunos consideran, con cierta ligereza, que la publicación de un tuit no puede constituir un delito, un análisis riguroso del Código Penal Argentino y la doctrina penal demuestra lo contrario: el derecho penal no se centra en el medio utilizado, sino en la conducta desplegada. Nuestro Código Penal admite todos los medios comisivos, salvo excepciones puntuales, por lo que un mensaje en redes sociales puede ser delictivo si cumple con los elementos típicos de una figura penal.

El Código Penal describe conductas, no medios específicos

El principio rector del derecho penal es que lo relevante es la conducta realizada. El interrogante es si encuadra en una figura penal. Lo esencial es la realización de la acción tí­pica, independientemente del medio empleado. Un tuit no es inmune al derecho penal: si contiene un engaño con fines defraudatorios, una amenaza, una incitación a la violencia o una calumnia, puede ser sancionado como cualquier otro acto delictivo.

Posibles delitos a través de redes sociales:

  1. Estafa (art. 172 CPA)

Un mensaje que constituya un ardid o engaño con suficiente entidad para inducir a error y provocar un perjuicio económico puede configurar una estafa.

  1. Calumnias e injurias (arts. 109 y 110 CPA)

La imputación falsa de un delito o la deshonra de una persona en redes sociales puede ser punible. No hay diferencia entre insultar a alguien en la ví­a pública o hacerlo mediante un posteo: el daño al honor es el mismo, y el derecho penal nos protege en ambos casos.

  1. Incitación a la violencia (art. 212 CPA)

Si un mensaje en redes sociales incita a la violencia colectiva contra grupos o instituciones, la sola incitación puede ser delictiva.

  1. Amenazas (art. 149 bis CPA)

Un tuit que anuncie un mal futuro para alarmar o infundir temor puede ser considerado una amenaza. La jurisprudencia ha equiparado las amenazas en redes sociales a las realizadas en otros medios, reconociendo su potencial intimidatorio.

La libertad de expresión no es un escudo para la impunidad

Uno de los principales argumentos en defensa de impunidad digital es que la libertad de expresión protege al autor de cualquier imputación penal. Sin embargo, este razonamiento es incorrecto: los derechos constitucionales no son absolutos. La libertad de expresión no habilita a cometer delitos ni exime de responsabilidad.

El derecho penal argentino reconoce que las palabras pueden tener consecuencias jurídicas. La jurisprudencia ha establecido que ciertos mensajes pueden ser punibles cuando cumplen con los requisitos tí­picos de un delito. No se trata de censurar opiniones, sino de analizar si una expresión, independientemente del medio en que se difunda, configura una conducta penalmente relevante.

Conclusión: el derecho penal sí­ puede alcanzar los tuits, incluso los tuits presidenciales

El caso Milei-$LIBRA demuestra la necesidad de abandonar interpretaciones simplistas del derecho penal. Los delitos no dependen del medio empleado, sino de la conducta desplegada. Un tuit presidencial puede influir en mercados, inducir a error, generar perjuicios y, en algunos casos, configurar un delito.

En democracia, la libertad de expresión es un pilar fundamental, pero no un blindaje ante la ley. Si un mensaje en redes sociales cumple con los elementos de un tipo penal, debe ser investigado y, si corresponde, sancionado.

Desde otro ángulo, el caso Milei-$LIBRA es también un ejemplo de cómo la comunicación polí­tica mal gestionada puede tener efectos devastadores en la credibilidad presidencial.

Errores comunicacionales y sus consecuencias

El presidente como “influencer” del mercado.

La economí­a moderna ha demostrado que los lí­deres polí­ticos pueden alterar mercados con una simple declaración. Donald Trump lo hizo con sus tuits sobre empresas y la Reserva Federal incide permanentemente. Milei, al asumir un rol similar sin medir las consecuencias de sus mensajes, incurre en una grave irresponsabilidad política y comunicacional que pueden tener manifestaciones jurídicas.

Desgaste de su capital político

La defensa agresiva de Milei, insultando a la oposición, no disipa las sospechas de irregularidades, sino que refuerza la percepción de que tiene algo que ocultar. Un presidente que se victimiza ante la crí­tica debilita su autoridad y alimenta la percepción de fragilidad.

Cuando un mandatario descalifica sistemáticamente a quienes lo critican en lugar de asumir responsabilidades, debilita la confianza en las instituciones democráticas. Su respuesta al episodio refuerza la idea de que el país es gobernado a través de impulsos emocionales, más que con racionalidad y planificación.

En términos de comunicación polí­tica, Milei debería haber optado por una estrategia de contención: reconocer el error, ofrecer una explicación técnica y, sobre todo, evitar el tono beligerante. En lugar de eso, eligió la confrontación, prolongando el escándalo y profundizando la desconfianza de los mercados.

En definitiva:

Los tuits pueden ser delito si cumplen con los elementos típicos de una figura penal. La redes sociales no eximen de responsabilidad, y la libertad de expresión no es un cheque en blanco para la impunidad.

La nostalgia inquisitorial del diputado Espert

El autor sale al cruce de los dichos del legislador bonaerense sobre llenar de balas a los delincuentes.

Por Daniel Kiper

El diputado José Luis Espert parece haber encontrado inspiración en fray Tomás de Torquemada, aquel célebre inquisidor del siglo XV que convirtió la persecución y el castigo ejemplar en un espectáculo de terror. Siguiendo su estela, aunque con un giro más “contemporáneo”, Espert propone “llenar de agujeros a balazos” a los delincuentes y “colgarlos en la plaza pública”, como si la solución a la inseguridad fuera una regresión a los métodos de ajusticiamiento medieval.

¿Será que, del mismo modo en que promueven la entrega del fútbol nacional a inversores extranjeros, ahora buscan revivir los espectáculos públicos masivos, reemplazando los penales en la cancha por ejecuciones en la plaza? Vaya uno a saber qué pensamientos cruzan por una mente tan… audaz.

Lo cierto es que, más allá del efectismo de su retórica, el diputado parece olvidar algunos “detalles” fundamentales:

  1. Argentina abolió la pena de muerte y ha ratificado tratados internacionales que la prohíben, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, art. 4) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 6).
  2. Vivimos en un Estado de derecho, donde el uso de la violencia está regulado por la ley y el debido proceso, no por arengas de barricada ni por nostalgias inquisitoriales.

La evidencia empírica moderna confirma que penas más crueles no reducen el delito, sino que alimenta la violencia institucional y socava las instituciones democráticas. Países con índices de criminalidad mucho más bajos que los de Argentina han optado por enfoques basados en la prevención, la inversión en educación y empleo, una justicia ágil y fuerzas de seguridad profesionales.

En un contexto de creciente inseguridad y pobreza, es comprensible que la ciudadanía exija respuestas. Pero si realmente queremos reducir el delito, la solución difícilmente pase por reinstalar patíbulos en las plazas o apelar a la nostalgia por tiempos más oscuros. Quizás sea hora de abandonar la tentación del espectáculo punitivo y apostar por estrategias serias, aunque menos taquilleras. Después de todo, el objetivo debería ser mejorar la seguridad, no el rating.

Finalmente, eximo al diputado Espert de responderme. Prefiero que dedique su tiempo a una tarea más urgente: lograr que la comisión de Presupuesto que él preside presente, de una vez por todas, el proyecto del presente ejercicio. La ley de leyes es más urgente para el bienestar de todos los argentinos, no solo de los argentinos bien (¿?).

Un fiscal… por ahí. La Aduana tiene el deber de denunciar 

Por Daniel Kiper, abogado. El autor advierte la necesidad de que la Justicia investigue los mecanismos de triangulación de exportaciones que denunció el nuevo ministro.

El flamante ministro de economía expuso en su primer mensaje que el Estado Nacional detectó “situaciones de abuso por parte de empresas mediante mecanismos de triangulación, con subfacturación de exportaciones y sobrefacturación de importaciones”, y anunció que “vamos a abrir un registro por 60 días para que rectifiquen su posición ante la Aduana, tal vez entendiendo que a lo mejor cometieron simplemente un error”. 

Ahora bien, las maniobras de subfacturación y sobrefacturación constituyen un delito tipificado por el artículo 864, inciso b) del Código Aduanero que reprime con pena de 2 a 8 años de prisión al que “Realizare cualquier acción u omisión que impidiere o dificultare el control del servicio aduanero con el propósito de someter a la mercadería a un tratamiento aduanero o fiscal distinto al que correspondiere, a los fines de su importación o de su exportación”. 

Incluso podría, según las circunstancias de cada caso, agravarse el delito si concurriese alguno de los supuestos previstos en el artículo 865 del Código Aduanero, siendo la pena prevista de 4 a 10 años de prisión. 

El ejercicio de la acción penal no puede ser soslayado por la Dirección Nacional de Aduanas dado que conforme al artículo 861 del Código Aduanero “Siempre que no fueren expresa o tácitamente excluidas, son aplicables a esta Sección las disposiciones generales del Código Penal” y éste cuerpo normativo expresa en su artículo 71 “Sin perjuicio de las reglas de disponibilidad de la acción penal previstas en la legislación procesal, deberán iniciarse de oficio todas las acciones penales, con excepción de las siguientes: 1) Las que dependieren de instancia privada; 2) Las acciones privadas”. 

Es decir, la ley de fondo determina que las acciones penales deben iniciarse de oficio y, en lo que respecta a los funcionarios públicos estos tienen el deber de denunciar. 

Razones de política económica no autorizan a apartarse de estas reglas y las “maniobras delictivas deben ser investigadas de oficio”. 

El principio de oportunidad, consagrado expresa y acotadamente por algunas disposiciones penales, no puede ser invocado por el Poder Ejecutivo Nacional. Por un lado, media expresa prohibición constitucional. En efecto, el artículo 109 de la Constitución Nacional expresa que: “En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”. Por otro, aun en los casos que la legislación nacional autoriza el ejercicio del principio de oportunidad, el mismo se articula en el marco de una causa judicial ya iniciada. 

Entre las normas que proclaman el principio de oportunidad, y con el alcance que resulta de las mismas, podemos citar a la Ley n° 24.825 (juicio penal abreviado); a la Ley 24.316 (Suspensión del Juicio a Prueba); a la Ley 23.737 (art. 18), a la Ley 24.424, introduce la figura del arrepentido; Ley Penal Tributaria n° 24.769, art. 16; al art. 217 del Código Penal - respecto del partícipe del delito de conspiración por traición, y del art. 14 de la Ley 13.985, referido al atentado contra la seguridad de la nación (en ambos supuestos, se incorporan expresamente casos o supuestos de oportunidad utilitarios, porque se pondera el interés superior de evitar una traición o atentado, a la pena y castigo del partícipe si este último denuncia el hecho antes de que suceda o colabora con el arresto de los cómplices); e incluso la Ley 25.087, art. 15, deja abierta la posibilidad de extinguir la acción penal si la víctima propone un avenimiento con el imputado. Y la articulación de este principio es siempre en el marco de una causa judicial iniciada. 

En suma, “un fiscal… por ahí” que investigue la posible comisión del delito de contrabando. 

Los clubes son de los socios. No deben estar al servicio de la política ni de intereses empresariales-económicos 

Por Daniel Kiper, abogado y excandidato a presidente de River Plate. El autor señala que Los clubes de fútbol solo tienen un sentido profundo si están impregnados del espíritu deportivo.

La palabra deporte ha sido incorporada casi a la totalidad de las lenguas del planeta, es un término auténticamente ecuménico, su uso es prácticamente universal. Empero ello no facilita nuestra comunicación porque le asignamos al término deporte significados diversos en función de nuestra dimensión cultural, de las diversas realidades sociales y su complejidad simbólica. 

El término deporte es una derivación del término provenzal deport, y similar derivación se observa en las otras lenguas románicas: en el catalán deport, el italiano disporto, el portugués desporto, el francés desport. La variante francesa desport se incorporó a la lengua inglesa como disport, hacia el siglo XIV, período en el que existía un cierto predominio político y cultural de Francia sobre Inglaterra. Se trataba de uno de tantos galicismos que se introdujeron en Inglaterra en esa época. Hacia el siglo XV se produjo una aféresis del término y de disport se pasó a sport. Todos estos términos se interpretaban en el sentido de «recreación, diversión, entretenimiento». 

Tan es así que en 1523 el New English Dictionary definió por primera vez el significado de la palabra sport como «a game or particular form of pasatime» en el que se refiere al sport como un juego o una forma particular de pasatiempo (Alvar, 2009). 

De igual modo el primer Diccionario de la Real Academia Española, el Diccionario de autoridades de 1732 refiere a diversión, holgura, pasatiempo. Concepto similar se encuentra en el diccionario Castellano de Terreros de 1786. 

De estas breves referencias surge una primera concepción del deporte. El deporte es recreación, es diversión. 

Ortega y Gasset explica esta primera concepción del deporte al referirse a su origen etimológico: los antiguos marineros del Mediterráneo alternaban sus días de trabajo y de fajina en el mar, con jornadas de esparcimiento, recreación y holganza en el puerto. 

En el mar desarrollaban una tarea laboral, necesaria para el sustento, que se contraponía con la actividad de los días de puerto o “de Portu”. 

Los marineros mediterráneos, sobre todo provenzales, solían utilizar la expresión de portu (estar de portu) para significar las temporadas libres entre cada salida al mar. Esas temporadas las pasaban alegremente en el puerto. En esas temporadas los hombres de mar se entregaban a sus diversiones. Así la palabra deporte adquiere un sentido claro y definido. 

Miguel Piernavieja del Pozo, historiador español que fuera director y artífice, junto con José María Cajigal de la prestigiosa revista deportiva Citius, Altius, Fortius (1959-1976) encontró la primera referencia escrita del término en la lengua provenzal en un texto poético del siglo XII de Guillermo VII de Poitiers (1071-1127). En la lengua castellana indicó que aparece por primera vez en el Poema del Mío Cid (1140). Y se utiliza el término en el sentido de ‘recreación’. Por ello se aplicaba a todo tipo de juego y entretenimiento de la época, contemplando el ejercicio físico. 

Bajo este enfoque el deporte es una expresión lúdica y trivial, dado que su trascendencia se agota en el esparcimiento mismo. Al decir de José María Cagigal el valor humanístico del deporte radica en su secundariedad, en ser una alternativa espontánea al trabajo. 

Así surge una primera concepción del deporte. Es recreación, pasatiempo, placer o diversión, que nos libera de las fatigas y del pesar de la vida diaria, a través del ejercicio físico. 

Caracteriza a esta concepción del deporte el espíritu altruista, espontáneo y carente de un utilitarismo inmediato. A este espíritu Ortega y Gasset al igual que Johan Huizinga, le atribuyen no sólo ser el origen del deporte, sino de otros muchos logros culturales del hombre. Recuérdese el artículo de Ortega sobre el origen deportivo del Estado. 

Obviamente el deporte, como actividad, antecede a la palabra. 

Los hallazgos arqueológicos permiten remontar nuestro conocimiento del deporte griego al segundo milenio antes de Cristo. Pero es la Ilíada, el poema con el que comienza la literatura europea, la obra con la que empieza también la historia de nuestra literatura deportiva, en el siglo VIII a.C., el mismo siglo en el que se sitúa el inicio de los Juegos Olimpicos, que se celebraron por vez primera, según la tradición, en el año 776 ac. 

Esta primera crónica deportiva detalla un amplio programa atlético carrera de carros, boxeo, lucha, carrera pedestre, lanzamiento de peso y jabalina, tiro con arco. 

El deporte en la cultura helénica tenía un marcado carácter religioso y cumplía una función educativa y trascendente, para que cada individuo alcance su propia perfección. El hombre debía ser capaz de afrontar a la naturaleza, a un oponente y a sus propias limitaciones. Por eso es que la actividad física adquiere un sentido pedagógico. Se trata de formar a los jóvenes, su temple e inculcarles un afán de superación personal. Es el espíritu agonístico del deporte helénico. 

A través de la actividad física se aspiraba a alcanzar una forma superior de existencia humana. 

Los antiguos Juegos Olímpicos fueron por siglos la máxima expresión de esta corriente. Más que vencer - dado que eran los dioses quienes asignaban victorias o derrotas - lo relevante era haber competido con honorabilidad y grandeza, salvando y superando las propias limitaciones individuales. 

Según los relatos Homéricos esta concepción del deporte coexistía con la práctica del deporte como diversión. Así se advierte en el canto 8 de la Odisea, cuando Alcínoo, el rey de los feacios, propone celebrar unas competiciones atléticas. 

El deporte como búsqueda de la excelencia individual también iluminó a quienes gestaron los Juegos Olímpicos modernos. Pierre de Coubertain decía que “lo más importante del deporte no es ganar, sino participar, porque lo esencial en la vida no es el éxito, sino esforzarse por conseguirlo”. 

Esta concepción conlleva una visión transcendental del hombre, quien parece estar llamado a desarrollar a través de del deporte las más nobles virtudes humanas. 

Incluso Juan XXIII, en ocasión de los Juegos Olímpicos de Roma de 1960, destacaba este concepto del deporte, en referencia a las virtudes cristianas. 

He aquí una segunda concepción del deporte. A través del ejercicio físico se educa y se forma el espíritu, las virtudes y el pensamiento de los jóvenes. 

Sin embargo, en la antigua Esparta, la preparación militar condicionaba todo el sistema educativo. Por razones sociales y políticas diversas este pueblo sufrió una militarización progresiva de su régimen de vida, como único medio de mantener su dominio. Muchos son los testimonios que al respecto nos transmiten los autores antiguos: "En Esparta y en Creta (leemos en la Política de Aristóteles) la educación está organizada casi exclusivamente con vistas a la guerra”, con olvido casi absoluto de la educación intelectual; “a leer y a escribir -añade Plutarco en su Vida de Licurgo- aprendían porque era necesario, pero todo el resto de la educación tenía como meta … vencer en la batalla” (el propio Plutarco comenta en otro pasaje que para los espartanos la guerra era en realidad un descanso de su preparación para la guerra). Lo mismo vale también para la educación femenina, ya que otro rasgo peculiarísimo de la educación espartana, con pocos paralelos en el mundo griego (y en otros lugares y épocas hasta nuestro siglo) es la participación de las mujeres a todos los efectos en el sistema educativo, incluida la práctica deportiva. 

La búsqueda de excelencia es reemplazada por la formación masiva de soldados. La supervivencia del pueblo dicta los valores educativos y deportivos. 

Cada niño debía ser soldado, ingresando a los efectos de su preparación a un internado, una especie de unidad militar infantil. Lo esencial de su formación era endurecerlos físicamente por medio del deporte y manejo de armas, con rigor y disciplina. Incluso las niñas eran entrenadas para fortalecerse y competir. 

La actividad física no estaba orientada a la recreación ni a la búsqueda de la excelencia individual. Más que campeones interesaba el número. Su nota distintiva es el carácter público de la educación colectiva de guerreros y, en lo que aquí me interesa destacar, la masificación de la actividad física. 

Aquí se observa una tercera concepción o rasgo distintivo del deporte: la masificación de su práctica, la masificación de la educación deportiva. 

El Imperio Romano heredó de la Grecia Clásica los juegos ya decadentes, proceso que se inició cuando los valores pedagógicos fueron reemplazados por el profesionalismo, la comercialización, la corrupción y el fraude. 

Obsérvese que mientras Pindaro, uno de los más célebres poetas líricos de la Grecia clásica, expresaba que el atleta era el hombre ideal, los poetas Lucilio y Nicarno, ya en el siglo VI ac, criticaban enérgicamente lo que hoy denominamos espectáculo deportivo. Durante los siglos siguientes y hasta la abolición de los Juegos Olímpicos en el siglo IV dc, se repiten recurrentemente criticas semejantes contra el deporte profesional en las obras de poetas, oradores, médicos, filósofos, etc. 

Los juegos se transformaron en una parodia de sí mismos, violentos y sangrientos, eran en esencia un espectáculo público, sin valores, que reconvirtió el espíritu griego en una serie de exhibiciones circenses y sangrientas. 

El espectáculo público fue utilizado por la política. Por un lado, para seducir a las masas y mantener a los ciudadanos al margen de la política. Por otro, para seducir al pueblo, promocionarse y elevarse en la política. La popularidad de los juegos los transformó en un medio para ganarse el favor del pueblo, que distribuía fama, mando y magistraturas. De aquí devino la célebre frase de Juvenal, el poeta romano, Pan y circo. 

Los juegos, por su carácter sangriento, fueron condenados por los Padres de la Iglesia y proscritos por edicto del Emperador cristiano Teodosio I en el año 393 D.C. 

Una multitud acudía a los juegos y, ante la aparición de los personajes públicos y el Emperador, se ponía de pie y aplaudía. Todo estaba organizado para que así ocurriera. Ello denota que no hay nada nuevo bajo el sol. Rara vez la "claque" organizada expresaba repudio al poder. El emperador Nerón contaba con 5.000 "aplaudidores". 

El deporte fue reconvertido en algo totalmente diferente. Así obsérvanos una cuarta concepción del deporte, sin valores éticos, al servicio de la política y los negocios. 

Es el deporte como espectáculo público, que relega a la mayoría a lo posición de espectadores. 

Son cuatro formas distintas de concebir el deporte: 1º) diversión, 2º) superación individual, 3º) formación masiva y 4º) espectáculo al servicio de intereses extradeportivos. 

A finales del siglo XIX y principios del siglo XX se fundan los actuales clubes de fútbol en la Argentina. En 1887 Quilmes y Gimnasia y Esgrima de La Plata, en 1889 Rosario Central, en 1901 River Plate, en 1903 Racing Club, en 1905 Boca Juniors, en 1908 Huracán y San Lorenzo, por citar algunas entidades. 

Era un país muy diferente al que conocemos hoy. Fue el país que conocieron y forjaron nuestros bisabuelos inmigrantes. Atravesaba un proceso de transformación al expandir su territorio e incrementar su población. 

En perjuicio de los indios - muertos o tomados prisioneros - incorporaba enormes territorios hacia el oeste y sur, merced a la campaña de 1879, al tiempo que se promovía la inmigración europea. 

Según al primer censo nacional, realizado en 1869, había menos de 2.000.000 de habitantes en nuestro país. En un periodo de apenas 20 años (1881-1900) arribaron al país alrededor de 1.500.000 inmigrantes, cifra que se eleva a 6.000.000 de inmigrantes si consideramos un periodo más extenso, desde 1857 hasta 1930, según apunta Alejandro Diaz en Ensayo sobre la historia económica de la República Argentina. 

Los inmigrantes no tienen acceso a la propiedad de la tierra. Ello a pesar que en los considerandos de la Ley Nacional n° 947 (sobre distribución de tierras) se alude al inmigrante, y aunque en su articulado se limitaba la distribución de áreas (3 por persona) y la extensión de los lotes (10.000 ha.). Lo concreto es que los nuevos territorios fueron rematados en 1882 en Londres y París, y el remanente dado a los soldados en 1885, lotes que fueron rápidamente malvendidos por éstos y quedaron en manos de unos pocos. Apenas 344 estancieros se distribuyeron 10.000.000 de hectáreas. Así se consolidó una clase terrateniente que vivía en la ciudad. 

Los inmigrantes mayoritariamente buscaron trabajo en la ciudad. Ello alteró la distribución entre la población rural y urbana. En 1869 el 72 % de la población era rural y el 28 % urbana. En cambio, en 1914 un 53 % era urbano y un 47 % rural, conforme indican Roberto Cortés Conde y Ezequiel Gallo, Ezequiel en La formación de la Argentina Moderna, Paidós, 1967). 

Surge así una clase obrera conformada principalmente por inmigrantes. Dos tercios del personal empleado en actividades industriales era extranjero, según el censo de 1895. 
Y la clase industrial también estaba conformada mayoritariamente por extranjeros. Más del 81% de los propietarios de establecimientos industriales era extranjero. Y producto de la creciente urbanización, emerge una incipiente clase media, atendiendo actividades mercantiles o prestando servicios profesionales o educativos. 

Los inmigrantes no tenían derechos laborales o sociales. Carecían de poder político, en un sistema que tendía más a marginarlos que a integrarlos. Incluso la Unión Industrial Argentina, fundada en 1887, quedó relegada por el proyecto agro-exportador. 

El sistema político se caracterizaba por el fraude. El partido gobernante representaba y sostenía los intereses de los terratenientes y de la burguesía comercial, particularmente de Buenos Aires. 

Ello lleva al inmigrante a agruparse y formar, para atender sus diversas necesidades, entidades mutuales, sindicatos, partidos políticos y clubes de deportivos. 

En 1857 se funda la Sociedad Tipográfica Bonaerense, la Asociación Española de Socorros Mutuos, la Sociedad San Crispin de zapateros. En 1858 Unione e Benevolenza, contabilizándose a finales del siglo XIX 74 mutuales en todo el país, cuyo objeto era de ayuda y socorro. 

También crean los primeros sindicatos, concebidos como entidades de lucha. En 1878 la Unión Tipográfica, convocando a la primera huelga en el mismo año de su fundación. Obtiene la reducción de la jornada laboral a 10 horas en invierno y 12 en verano. Los sindicatos crecen en número, llegando a 32 en 1896. Estaban conformados principalmente por inmigrantes, que ya tenían experiencia sindical. Con ideas anarquistas o socialistas conformaron en poco tiempo centrales obreras: la Federación Obrera de la República Argentina (FORA) y la Unión General del Trabajo (UGT), respectivamente. 

Nacen la Unión Cívica Radical (1891), liderada por Leandro N. Alem, reclamando elecciones libres y honestidad en la administración pública y el Partido Socialista (1896), cuya figura central fue Juan B. Justo, que sumaba reclamos de corte social y laboral. 

En ese breve periodo los inmigrantes promueven instituciones de asistencia social, de lucha gremial y de articulación política. Empero ello era insuficiente para educar a sus hijos, nuestros abuelos. Así nacen los clubes deportivos, inspirados en los valores del deporte que he reseñado: El deporte es recreación, superación individual y formación masiva. 

Son el producto de una construcción colectiva. Con recursos precarios, en la mayoría de los casos, pero al estar destinados a atender una necesidad básica vinculada a los hijos y la familia, cuentan con el aporte, esfuerzo y sacrificio de una generación tras otra. 

No es casual que Leopoldo Bard, primer presidente del Club Atlético River Plate, fuera hijo de inmigrantes judíos o que Esteban Baglietto, primer presidente de Boca Juniors, fuera hijo de inmigrantes Genoveses. Tampoco que Quilmes, club decano del fútbol argentino, fuera fundado por la colonia británica o Rosario Central - bajo el nombre de Central Argentine Railway Athletic Club - por trabajadores ferroviarios, y solo estos - en sus inicios- podían asociarse, o que el padre salesiano Lorenzo Massa fuera determinante en la fundación de San Lorenzo de Almagro y abriera las puertas del Oratorio San Antonio para la práctica del fútbol. 

Bajo este enfoque los clubes erigieron campos deportivos, gimnasios, escuelas y foros culturales, en todos los rincones de la patria. En cada ciudad, en cada pueblo, en cada barrio el club es un ámbito de formación y encuentro. 

El crecimiento institucional fue seguido por el crecimiento económico. En 37 años de existencia River Plate realizó una obra monumental - en apenas 3 años - al inaugurar su estadio en 1938. Otro tanto hicieron su clásico adversario, al inaugurar su estadio dos años más tarde, en 1940, Racing Club, cuyo estadio fue inaugurado en 1950, Vélez Sarsfield, cuyo estadio fue inaugurado en 1951, por mencionar los más relevantes. 

El vertiginoso crecimiento de los clubes de fútbol atrajo a su seno a quienes rechazan sus valores y principios, se desinteresan del deporte recreativo y de las actividades formativas, pero intentan utilizar el deporte para plegarlo a sus intereses ya sea para obtener réditos económicos y/o políticos. 

Sin valores éticos hay quienes aspiran a transformar el deporte en un espectáculo al servicio de las finanzas, la industria, el consumo y el poder político, dado que son un formidable medio publicitario, utilizado por igual para la promoción de productos o de personas que aspiran a fulgurantes éxitos electorales. 

En las transmisiones televisivas se muestran y destacan a ciudadanos adinerados, cuyo único vínculo con el deporte es su condición de espectador pasivo. Los "chivos" muestran a personas ávidas de popularidad. Incluso se ha llegado al extremo de sustituir la publicidad comercial por la publicidad política. 

Todo ello ante la indiferencia del Estado por asegurar los valores que inspiran al deporte o custodiar el patrimonio de los clubes ante administraciones corruptas. Nada hace o, en ocasiones, asume posiciones en perjuicio de las instituciones deportivas. En vez de legislar en tutela de los clubes, el Estado se aprovecha de su debilidad haciéndose empresario. 

El poder advierte que el deporte como espectáculo es una herramienta formidable de control social, mantiene a la masa alejada de las cuestiones más trascendentes, más relevantes, y publicidad mediante puede orientarla según convenga a los intereses o necesidades del poder. 

Utiliza mecanismos subyugantes del espectáculo. Los espectadores pasivos sufren, se alegran, se deprimen o explotan de emoción en consonancia con las incidencias deportivas. 

El carácter recreativo del deporte desaparece. El deporte no alterna con el trabajo. Se convierte en el trabajo del deportista. 

La función pedagógica del deporte, para enseñarle al individuo a superar sus propias limitaciones, se pierde en la búsqueda de la victoria. Lo importante es ganar - ya no competir - de cualquier manera, incluso con la mano de dios, con trampa o con corrupción. 

Y la práctica masiva de la actividad física es reemplazada por la preparación de un selecto grupo de deportistas de elite. La mayoría es apartada de la práctica del deporte. La función del espectador no es la de mirar una suerte de espejo con fines pedagógicos, para aprender o mejorar su propia técnica, sino que queda circunscripto a un rol pasivo. 

El deporte como espectáculo privilegia las retransmisiones, la publicidad, los negocios y la política. Expresa valores opuestos a los que dieron origen a los clubes de fútbol. 

La esencia de los clubes de fútbol es conformar un ámbito para que todos, más allá de su nivel técnico, practiquen deportes y encuentren en la actividad física un recreo, una distracción al agobio del trabajo. Aprendan a superarse en la práctica del deporte, el compañerismo y el sacrificio propio de los deportes de equipo. Y que la elite deportiva sea un emergente natural derivada de la práctica masiva del deporte, una consecuencia lógica del número de practicantes y no una selección artificial y prematura de niños a los que se les asigna a temprana edad el rol de campeones. 

Los clubes de fútbol solo tienen un sentido profundo si están impregnados del espíritu deportivo. 

En suma, los clubes de fútbol no deben estar al servicio de la política ni de intereses empresariales-económicos. 

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