“Tenemos que aprobar la Ley de Humedales”, exigió Grosso

Eso expresó el diputado oficialista en el marco de una reunión que brindó en la ciudad de Rosario a la que consideró “epicentro del daño ambiental que se está produciendo en las islas del Delta”, y opinó que con una Ley de Humedales “no estaría sucediendo semejante ecocidio”.

El diputado nacional y titular de la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados de la Nación, el oficialista Leonardo Grosso, presidió en la ciudad de Rosario una reunión donde se expusieron argumentos a favor y en contra del proyecto de Ley sobre Presupuestos Mínimos de Humedales, ante la que exigió la aprobación de la Ley.

“Elegimos hacer este encuentro en Rosario como epicentro del daño ambiental que se está produciendo en las islas del Delta y consideramos que con la Ley de Humedales no estaría sucediendo semejante ecocidio”, explicó el diputado del Frente de Todos.

En este sentido, consideró que “los malos usos de los recursos nos están dejando un daño irreparable, por eso entendemos que no hay más excusas, tenemos que aprobar la Ley de Humedales”.

En la reunión expusieron sus argumentos diversos especialistas y científicos, representantes de organizaciones ambientales, productores rurales y desarrolladores urbanos. Entre los distintos grupos destacaron los argumentos del Movimiento Regional en Defensa de los Humedales, el Taller Ecologista, Asociación Civil Comunidad Islera, Organización Mundo Aparte, Paren de Fumigarnos, Sociedad Rural, la Universidad Nacional de Rosario y El Paraná No Se Toca.

“Este proceso de participación es la impronta que tiene el proyecto, hay un espíritu de escucha que tiene por objetivo demostrar que la ley no tiene una esencia prohibicionista, sino proteccionista de los recursos naturales y eso significa que no hay una dicotomía entre producción y ambiente”, afirmó Grosso y agregó: “La contradicción está entre la depredación y el ambiente”.

También participaron los diputados nacionales Eduardo Toniolli, Mónica Fein, Graciela Camaño, Federico Fagioli, Florencia Lampreabe, Cristina Brítez, Magalí Mastaler, Alejandra Obeid y Enrique Estévez; los diputados provinciales Lucila De Ponti, Matilde Bruera, Mónica Peralta, Esteban Lenci, Joaquín Blanco y Paola Bravo; las concejalas Norma López, Silvana Teisa, Julia Irigoitia, Luz Ferradas, Martín Cerdera,  Marina Magnani, Fernanda Gigliani, Verónica Irizar, Susana Rueda, Lisandro Cavatorta, Jessica Pellegrini, Mauro Ferrero, Ciro Seisas y Nadia Amalevi.

Proponen incorporar el delito de ecocidio al Código Penal

La iniciativa no corresponde a ningún diputado nacional, sino a una asociación de derecho ambiental y establece penas de hasta 20 años de prisión.

Con penas de hasta 20 años de prisión para las personas físicas y de suspensión de actividades para las empresas, la Asociación de Investigadores de Derecho Penal Ambiental y Climático (AIDPAC), fundada por Dino Bellorio Clabot, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Belgrano y liderada por el profesor de dicha facultad, Miguel Ángel Asturias, propone incorporar el delito de ecocidio al Código Penal de la Nación.

Esta propuesta sigue el ejemplo de la decisión que ya tomaron varios países del mundo. Es el caso de Bielorrusia, Francia, Georgia, Kazajstán, Kirguistán, Moldavia, Rusia, Tayikistán, Ucrania y Vietnam. Incluso, el Parlamento Europeo resaltó recientemente la necesidad de legislar el ecocidio en las normas internas, y países como Bélgica y España están trabajando en ello. Incluso en nuestra región, algunos estados mexicanos como Jalisco ya sumaron esta figura a su legislación. Y existen varias propuestas al respecto en Brasil, Chile y Ecuador.

En concreto, para la legislación de nuestro país, la propuesta consiste en reprimir con prisión de 3 años y 6 meses a 10 años a quien cometa cualquier acto ilícito o arbitrario que pueda causar daño grave, extenso o duradero al ambiente, y de 8 a 20 años si dicho daño efectivamente tiene lugar.

Además, agrava dichas penas si interviene en la ejecución del delito un funcionario público o existe una conexión con una organización criminal internacional; si el delito se comete en una zona protegida o una reserva natural; si resulta en la muerte o lesiones graves o gravísimas de personas, o afecta bienes de organizaciones públicas o privadas, entre otras consideraciones.

Finalmente, si en el delito interviene, o se beneficia, una persona jurídica (empresa), le impone multa de dos a diez veces el valor del posible daño junto con la obligación de restablecer la afectación del ambiente; la suspensión total o parcial de actividades o de participar en concursos o licitaciones estatales; la cancelación de la personería, y la pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviera, entre otras sanciones.

“Como ejemplos de crimen ambiental, podemos citar los incendios forestales intencionales en nuestro país y en el Amazonas; la destrucción de los humedales, impulsadas por la tala ilegal, la expansión agrícola y sus modos de cultivo, así como por la ganadería industrial; la extracción indiscriminada de recursos naturales, especialmente con la obtención de petróleo y la minería; el tráfico ilícito de flora y fauna; la contaminación del agua, la tierra y el aire; la pesca ilegal y sus desperdicios volcados al mar; el comercio y la eliminación de residuos, entre ellos de plásticos y materiales peligrosos, radiactivos y atómicos; el tráfico de recursos naturales como metales y piedras preciosas, y el uso de armamento y químicos en los conflictos bélicos y el flagelo del bioterrorismo”, detalla el profesor Miguel Ángel Asturias, impulsor de la iniciativa.

“El grave daño y la destrucción masiva de los ecosistemas, es decir, el ecocidio, cometido durante décadas y sin una ley que lo sancione, es una de las causas de la actual crisis ambiental y climática, así como del colapso de la biodiversidad. Si bien la incorporación del ecocidio como crimen no es la única solución para combatir los delitos ambientales, resulta la piedra angular para proteger la vida en nuestro planeta”, continúa el experto.

Con ese propósito, sostiene que “es fundamental contemplar estos delitos como delitos de peligro o de resultado, para zanjar una vieja disputa doctrinaria que, jugando a favor del interés de poderosos grupos económicos, impide que se legislen los delitos ambientales en el ámbito nacional”. Del mismo modo, considera necesario “aplicar a estas figuras agravantes que se correspondan con la realidad nacional e internacional, así como la responsabilidad de la persona jurídica, principal responsable de los delitos de ecocidio, muchas veces en connivencia con funcionarios públicos”.

Para completar, Asturias destaca que “la propuesta es aplicable al proyecto de Reforma del Código Penal (Comisión dec. 103/2017), sin desconocer que los delitos ambientales también pueden ser considerados como crímenes de lesa humanidad”.