Tras la aprobación en la Cámara de Diputados de San Luis, legisladores de esa provincia buscan que el debate escale hacia el Congreso Nacional. Es por eso que le llevaron la iniciativa parlamentaria a los diputados “Pipi” Ali y Zabala Chacur.
La provincia de San Luis se pone a la vanguardia en el combate de distintas conductas antisociales digitales. Tras la inminente aprobación en el Senado puntano y a días que la Provincia promulgue la ley, la legisladora provincial Fernanda Spinuzza se reunió con sus pares nacionales Ernesto “Pipi” Ali y Natalia Zabala Chacur para replicar el tema en Nación y que nuestro país obtenga una ley a nivel nacional.
El texto apunta a reformar el Código Contravencional para introducir las figuras del acoso y hostigamiento digital, la suplantación de identidad, la difusión no autorizada de imágenes íntimas, el doxing (acto de revelar intencional y públicamente información personal sobre un individuo u organización) y la sextorsión.
“Este es un proyecto que presenté el año pasado y que incluye tipificaciones a problemáticas que van en aumento en el mundo y en San Luis también”, señaló Spinuzza, quien dijo que la otra parte de la iniciativa es el plan de prevención y concientización, que tiene compromiso entre las distintas bancadas de la Cámara alta para ser tratado la semana que viene.
“El fin es la reeducación digital de las personas”, aseguró la diputada provincial, quien remarcó que el proyecto contó con el aporte de distintos jueces y académicos.
“Otras provincias tienen una o dos de las problemáticas tipificadas, nosotros nos propusimos incluir todas las necesarias para afrontar las nuevas problemáticas, lo que nos hizo incluir seis contravenciones. Es el Código Contravencional que tiene más conductas digitales tipificadas”, comparó Spinuzza. Otras contravenciones que se sumaron a la iniciativa aprobada el miércoles en Diputados se vinculan a sancionar agresiones contra el personal de la educación y de la salud.
El acoso digital se define como la intención de contactar a una persona de manera electrónica “de forma insistente reiterada y/o no deseada por la persona pasiva, afectando el normal desenvolvimiento de su vida”.
El hostigamiento digital supone la intimidación y el maltrato a través de cualquier medio cibernético, por lo que también incluye al ciberbullying.