El Gobierno impulsa una profunda ola de desregulación que alcanza a farmacias, cabotaje, corretaje, mercados financieros, agro y cultura

Un anteproyecto elaborado por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que conduce Federico Sturzenegger, propone modificar o derogar decenas de leyes y centenares de artículos para liberalizar actividades económicas, reducir requisitos regulatorios y avanzar en la digitalización de procedimientos. La iniciativa abarca desde la venta de medicamentos y el transporte marítimo hasta los fideicomisos, los mercados de capitales y los arrendamientos rurales.

El Gobierno nacional comenzó a hacer circular en diversos ámbitos un extenso anteproyecto de ley de desregulación económica que avanza sobre sectores muy diversos de la actividad productiva y comercial. El texto al que accedió parlamentario.com contiene más de un centenar de artículos distribuidos en ocho títulos y propone una de las reformas regulatorias más amplias desde el inicio de la gestión de Javier Milei.

La iniciativa modifica el Código Civil y Comercial, la Ley de Farmacias, la legislación de navegación y cabotaje, normas vinculadas con el mercado de capitales, fideicomisos y garantías, además de derogar leyes históricas vinculadas con arrendamientos rurales, promoción vitivinícola, traductores públicos, corretaje y regulación del gas licuado de petróleo.

El objetivo declarado es eliminar restricciones consideradas innecesarias, promover la competencia, facilitar la incorporación de nuevas tecnologías y reducir la intervención estatal en distintos mercados. 

Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado.

Corretaje: apertura total de la actividad

Uno de los primeros capítulos elimina buena parte de las restricciones para ejercer como corredor.

El proyecto establece que para ejercer el corretaje sólo será necesario ser mayor de edad y contar con título secundario. También habilita expresamente que puedan actuar tanto personas humanas como jurídicas.

Asimismo, permite que la actividad se realice mediante plataformas digitales y autoriza a los corredores a organizarse bajo cualquier forma societaria.

Entre los cambios más significativos, se prohíbe que futuras regulaciones establezcan:

  • ● Requisitos de residencia.
  • ● Incompatibilidades con otras profesiones.
  • ● Aranceles mínimos o máximos.
  • ● Honorarios obligatorios.

Además, se derogan los artículos 31 a 35 de la Ley 20.266 y el artículo 1355 del Código Civil y Comercial.

 

Gas licuado: desaparece la regulación económica

El anteproyecto crea un nuevo régimen para el Gas Licuado de Petróleo (GLP) que limita la intervención estatal a cuestiones de seguridad.

La autoridad de aplicación conservará facultades de control técnico, pero se prohíbe expresamente regular:

  • ● Precios.
  • ● Cantidades.
  • ● Volúmenes comercializados.
  • ● Márgenes de rentabilidad.
  • ● Condiciones comerciales.

La reforma culmina con la derogación completa de la Ley 26.020, principal marco regulatorio del sector, y del artículo 74 de la Ley 24.076.

 

Libros y doblaje: eliminación de regulaciones históricas

La iniciativa modifica la Ley de Fomento del Libro y la Lectura y elimina distintos organismos y mecanismos regulatorios.

La Secretaría de Cultura pasa a ser la autoridad de aplicación y se derogan numerosos artículos de la Ley 25.446.

Además, se eliminan dos normas emblemáticas:

❌ Ley 23.316, vinculada a la industria del doblaje.

❌ Ley 25.542, conocida como ley de precio uniforme del libro.

La derogación de esta última habilitaría una mayor libertad comercial en la venta de publicaciones.

 

Traductores públicos: fin de la obligatoriedad general

Otro de los cambios apunta al régimen de traducciones.

Se deroga el artículo 6 de la Ley 20.305 y se establece que el Poder Ejecutivo sólo podrá exigir traducciones al castellano en casos excepcionales, cuando existan razones técnicas, jurídicas o derivadas de compromisos internacionales.

 

Farmacias: venta digital y medicamentos de venta libre en comercios

Uno de los capítulos más sensibles modifica profundamente la Ley 17.565 (Ley de Farmacias).

Entre las principales novedades figuran:

  • ● Venta de medicamentos con receta por canales digitales.
  • ● Entrega a domicilio.
  • ● Comercialización de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias.
  • ● Libertad para fijar horarios de atención.
  • ● Digitalización de recetas y registros.

También se habilita que las farmacias adopten cualquier forma societaria permitida por la legislación vigente.

Las droguerías podrán vender directamente al público si deciden constituirse como farmacias.

Por otra parte, se derogan los artículos 11, 13, 20, 27 y del 40 al 44 de la ley vigente.

 

Agro: cambios en carne vacuna, arrendamientos y vitivinicultura

El anteproyecto introduce una transformación importante en distintas cadenas agroindustriales.

Carne vacuna

Las contribuciones obligatorias que financian al Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (IPCVA) serían eliminadas definitivamente a partir del 1 de octubre de 2027.

El organismo pasaría a sostenerse mediante:

  • ● Aportes voluntarios.
  • ● Donaciones.
  • ● Servicios y certificaciones.

Arrendamientos rurales

El Gobierno propone derogar integralmente:

❌ Ley 13.246.

❌ Ley 14.432.

Ambas regulan desde hace décadas los contratos de arrendamiento y aparcerías rurales.

Los contratos actualmente vigentes seguirán rigiéndose por esas normas hasta su vencimiento.

Vino y alcoholes

Se introducen modificaciones amplias en las leyes de vinos y alcoholes.

Entre ellas:

  • ● Adopción de prácticas reconocidas por la Organización Internacional de la Viña y el Vino.
  • ● Simplificación de controles.
  • ● Enfoque de fiscalización concentrado en el tramo final de la cadena productiva.
  • ● Nuevos esquemas sancionatorios medidos en UVAs.

Fin de la COVIAR

Uno de los puntos de mayor impacto político es la derogación de la Ley 25.849.

Esa norma dio origen al Plan Estratégico Vitivinícola y a la Corporación Vitivinícola Argentina (COVIAR).

La entidad deberá presentar un informe de cierre, rendir cuentas y proceder a su liquidación.

Los fondos remanentes pasarán al Instituto Nacional de Vitivinicultura.

 

Cabotaje: apertura a buques extranjeros

El capítulo dedicado a la marina mercante implica una de las reformas más profundas del sector en décadas.

Se habilita que buques extranjeros realicen libremente transporte de cabotaje dentro del territorio argentino.

Las exigencias de tripulación nacional serán graduales:

  • ● Hasta 90 días: sin obligación.
  • ● Entre 91 y 180 días: 20%.
  • ● Entre 181 y 360 días: 40%.
  • ● Más de 360 días: 75%.

También se deroga el histórico Decreto Ley 19.492 de 1944, eje de la reserva de carga nacional.

Entre otros beneficios:

  • ● Se reduce a cero el arancel de importación para buques de hasta 20 años de antigüedad.
  • ● Se flexibilizan los requisitos de matrícula.
  • ● Se digitalizan documentos de transporte marítimo.

 

Revolución digital en garantías y mercado financiero

La parte más extensa del proyecto está dedicada al sistema financiero y al mercado de capitales.

Las reformas incluyen:

Prendas y garantías

  • ● Reconocimiento de contratos inteligentes.
  • ● Uso de blockchain y registros distribuidos.
  • ● Prendas sobre activos virtuales.
  • ● Prendas sobre propiedad intelectual.
  • ● Creación del Sistema Federal de Registro de Garantías.

Warrants

  • ● Emisión digital.
  • ● Negociación en mercados.
  • ● Inscripción electrónica.
  • ● Nuevos mecanismos de ejecución.

Pagarés y letras

Se habilitan cláusulas de actualización e indexación y se reconoce plenamente la validez de los instrumentos digitales.

Fideicomisos

Se flexibilizan las reglas de constitución y funcionamiento.

Los créditos garantizados mediante fideicomisos adquieren mayor protección frente a concursos y quiebras.

Mercado de capitales

La reforma redefine gran parte de la Ley 26.831.

Entre sus principios rectores incorpora:

  • ● Neutralidad tecnológica.
  • ● Inclusión financiera.
  • ● Uso de activos digitales.
  • ● Registros distribuidos.

También amplía las facultades de la Comisión Nacional de Valores y permite que numerosos instrumentos financieros puedan emitirse y negociarse en formato digital.

 

Derogaciones destacadas

Además de las reformas sectoriales, el anteproyecto elimina íntegramente varias normas relevantes:

❌ Ley 26.020 (Gas Licuado de Petróleo).

❌ Ley 13.246 (Arrendamientos rurales).

❌ Ley 14.432 (Aparcerías rurales).

❌ Ley 25.849 (Creación de COVIAR).

❌ Ley 23.149 (Fraccionamiento o envasado de vinos en origen).

❌ Ley 23.316 (Ley de doblaje para televisión).

❌ Ley 25.542 (Precio Uniforme del Libro).

❌ Diversas disposiciones de las leyes 27.418 y 27.419 sobre marina mercante.

❌ Normas históricas sobre sociedades de capitalización y ahorro.

 

Una nueva etapa desreguladora

El anteproyecto constituye una nueva avanzada del programa de desregulación impulsado por Javier Milei y Federico Sturzenegger. A diferencia del DNU 70/23, esta vez se trata de un proyecto de ley que modifica en forma simultánea actividades profesionales, sectores productivos, comercio, transporte, servicios financieros y organismos de promoción sectorial.

De prosperar en el Congreso, implicaría una de las mayores reestructuraciones regulatorias de los últimos años, con especial énfasis en la apertura de mercados, la eliminación de contribuciones obligatorias, la digitalización de trámites y la reducción de facultades estatales para intervenir en precios y condiciones comerciales.

Ley de Resistencia Antimicrobiana: Yedlin advierte que la “fiscalización” de cada jurisdicción es “la clave para que se cumpla”

A un año de la reglamentación de la norma, el diputado de Unión por la Patria afirmó ante parlamentario.com que “es un poco precoz para tener un impacto definitivo”, pero adelantó que han incorporado preguntas para el jefe de Gabinete para conocer datos y que “no bajen los controles”.

El pasado 24 de julio se cumplió un año de la reglamentación de la Ley 27.680 del Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de la Resistencia Antimicrobiana y las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud, más conocida como Ley de Resistencia Antimicrobiana.

La norma fue sancionada por unanimidad en el Senado en agosto de 2022 y establece la regulación de cuestiones vinculadas al expendio, como que “todas las especialidades medicinales cuyo ingrediente farmacéutico activo (IFA) tenga actividad antimicrobiana sistémica debe ser la de ‘venta bajo receta archivada’”.

El proyecto prohíbe “toda forma de anuncio al público de todas las especialidades medicinales cuyo ingrediente farmacéutico activo (IFA) tenga actividad antimicrobiana sistémica”. La iniciativa modificó el artículo 13 que reza: “Las presentaciones destinadas a la promoción sin valor comercial, muestras gratis, muestras para profesionales o cualquier otra denominación abarcativo de los medicamentos que incluyan Ingredientes Farmacéuticos Activos (IFA), que tengan actividad antimicrobiana sistémica, solamente pueden ser entregados a los pacientes bajo receta del profesional médico que autoriza su entrega, en cantidad suficiente para tratamiento completo y en un solo envase”.

Asimismo, establece que “deberá regularse y promoverse el uso racional y prudente de los antimicrobianos en salud animal y producción agroalimentaria a través de sus organismos competentes” y que “se eliminará gradualmente el uso de antimicrobianos como promotores de crecimiento en animales para consumo humano”.

En un principio, la norma se cumplía al pie de la letra, por sobre todo a la hora de ir a una farmacia para comprar un antibiótico, es decir, contar con la receta del médico y un duplicado. Sin embargo, en los últimos meses comenzó a observarse que en algunas jurisdicciones la exigencia de contar con dicha documentación mermó.

Por ello, parlamentario.com dialogó con uno de los principales autores de la iniciativa, el actual diputado nacional Pablo Yedlin (Unión por la Patria), quien destacó que la Ley de Prevención de la Resistencia Antimicrobiana “es una ley del Congreso Nacional porque se votó con enorme unanimidad de las cámaras y ha sido muy bienvenida por toda la sociedad científica que tienen que ver con la infectología, pediatría, clínica médica y por todas las farmacias”.

El tucumano opinó que la implementación de la norma “es un proceso que se está llevando adelante”, y relató como experiencia personal que “en la mayoría de los momentos donde tuve la oportunidad de ver a alguien en una farmacia pidiendo un antibiótico o incluso en lo personal, se me ha pedido la receta duplicada o formato digital para poder archivarla que es el requerimiento que la Ley pone, además del diagnóstico y prescribir la dosis adecuada para el tratamiento completo”.

Su implementación no es del todo mala”, resaltó el médico, pero señaló que “la fiscalización de las farmacias que es una tarea de cada una de las jurisdicciones, salvo en la Ciudad de Buenos Aires que es una tarea el Ministerio de Salud de la Nación”, y reiteró: “En el resto de las provincias es jurisdiccional y es la clave para que esto se cumpla con mejor calidad”.

El entonces diputado ponderó que “desde el punto legislativo hicimos una norma de avanzada, es una de las pocas de Latinoamérica”, y consideró que “en líneas generales, los médicos han tomado consciencia de la enorme gravedad que tiene la posibilidad de la resistencia antimicrobiana y la aparición de cepas multirresistentes que después no tienen posibilidad de tratamiento”.

Yedlin recordó que la ley también preveía una disminución en el uso de antimicrobianos en la industria tanto de producción animal para alimentación, como avícola, en el rubro veterinario, pero afirmó: “No tengo datos de cómo se está cumpliendo”.

Por ello, adelantó que han “incorporado en las preguntas que le hicimos al jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos, para ver cuál es el impacto en este sentido”, en referencia a la visita del funcionario al Congreso que hará a fines del mes de agosto.

Es un poco precoz para tener un impacto definitivo, pero para que no se bajen los brazos en el control de esta Ley que es muy importante”, finalizó el legislador.

Suman pedidos de informes por el conflicto entre farmacias, obras sociales y prepagas

El proyecto de resolución fue presentado por la puntana Karina Bachey, quien además alertó por la dificultad para importar insumos que presenta el sector.

La diputada nacional Karina Bachey (Pro-San Luis) presentó un pedido de informes al Poder Ejecutivo, en busca de respuestas sobre que "cientos de farmacias ya no atienden con obras sociales y prepagas, interrumpiendo las ventas de medicamentos con descuento, sumado a la escasez de dólares para importar insumos y productos indispensables para el normal abastecimiento de medicamentos".

En el proyecto de resolución, se solicita que se detalle "la situación que está ocurriendo respecto a que muchas farmacias ya no atienden con obras sociales y prepagas debido a la demora en los pagos" y se precise "en qué provincias se está dando esta situación".

Asimismo, que se indique cuáles son "las acciones y medidas a tomar para garantizar la provisión de medicamentos, debido a la dificultad para importar insumos para el normal abastecimiento, lo que pone en peligro la provisión de los mismos a cientos de pacientes que lo necesiten". "Detalle sobre los insumos que se encuentran con dificultad para importar", agrega.

En los fundamentos del proyecto, Bachey señaló que "el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires alertó por medio de un comunicado que cientos de farmacias ya no atienden con obras sociales y prepagas, interrumpiendo las ventas de medicamentos con descuento, y denunció que la crisis advertida hace meses ya llegó".

"El sector farmacéutico atraviesa una compleja situación por la inercia inflacionaria combinada con el desajuste entre el pago de medicamentos con descuentos de los clientes y el cobro de la bonificación a cargo de las obras sociales y las prepagas. A esto se le suma la dificultad para el acceso a divisas, lo que genera faltante de insumos y pone en riesgo el normal abastecimiento de medicamentos", alertó.

La puntana sumó que "el complejo panorama del sector también afecta a los laboratorios que, en paralelo, padecen la escasez de dólares para importar insumos y productos indispensables".

La solicitud fue acompañada por sus pares de Juntos por el Cambio Héctor Stefani, Ingrid Jetter, Gerardo Cipolini, Florencia Klipauka Lewtak, Rubén Manzi, Carlos Zapata, Manuel Aguirre, Marcela Antola y Carolina Castets.

Solicitan al Ejecutivo la regularización “inmediata” de la deuda de PAMI con las entidades farmacéuticas

El proyecto es encabezado por el diputado cordobés Oscar Agost Carreño en el que también solicita informes sobre los motivos vinculados al incumplimiento de los plazos de pagos previstos con los laboratorios.

En el marco del conflicto que atraviesan las farmacias y los laboratorios por la mora en los pagos, el diputado nacional Oscar Agost Carreño (Pro – Córdoba) presentó un proyecto solicitando al Poder Ejecutivo que, a través del  del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), regularice de manera inmediata la deuda con entidades farmacéuticas, e informe sobre los motivos relacionados con la demora en los pagos de los medicamentos a las farmacias, incumpliendo los plazos de pagos previstos en el acuerdo 2023 suscrito con entidades farmacéuticas y laboratorios.

El cordobés señala que PAMI fija el precio de venta de medicamentos mediante un acuerdo entre el Gobierno y la industria farmacéutica y explica que “la diferencia entre el precio de venta establecido por PAMI y el precio de venta de mercado deba ser asumida por la farmacia prestadora”.

“Al costo que recae sobre la farmacia debe sumarse el complejo proceso de pago establecido por convenio entre la industria farmacéutica y la obra social. Del 100% del valor del medicamento fijado en el Precio de Venta PAMI, la entidad estatal abona un 75% a la farmacia prestadora en efectivo (teniendo un plazo de 15 días para pagar el 55% del valor, y 45 días para el 45% faltante) y el restante 25% lo hace mediante Notas de Crédito a droguerías”, detalla en la iniciativa.

Al respecto, indica que “este proceso de pago a las entidades farmacéuticas no sólo presenta dificultades por los plazos fijados, altamente ineficiente en un contexto de elevada inflación, sino también por la demora”.

“Desde la Confederación Farmacéutica Argentina, que representa a seis mil farmacias en todo el territorio nacional y el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, vienen informando desde el mes agosto sobre la crítica situación financiera que atraviesan como consecuencia de los plazos de pagos establecidos por convenio”, planteó el diputado del Pro.

La iniciativa fue suscripta por los diputados Alfredo Schiavoni, Gerardo Cipolini, Laura Rodríguez Machado, Héctor “Tito” Stefani, Adriana Ruarte, Carlos Zapata, Gabriela Lena, Karina Bachey, Germana Figueroa Casas, Mario Barletta, Laura Castets, Pablo Torello y Marcela Campagnoli.

El proyecto de receta digital avanzó en el Senado a pesar de algunas observaciones

Senadores del oficialismo y la oposición firmaron dictamen en la Comisión de Salud y esperan que en la reglamentación se subsanen artículos que generaron dudas.

A pesar de haber recibido observaciones por parte de asociaciones farmacéuticas y de los propios senadores, el proyecto de receta médica digital obtuvo dictamen favorable este miércoles en la Comisión de Salud de la Cámara alta y quedó en condiciones de ser abordado en la próxima sesión.

En una reunión virtual presidida por Mario Fiad (UCR), los legisladores acordaron avanzar con el proyecto aprobado en la Cámara de Diputados en mayo pasado sin modificaciones, y esperar que en la reglamentación se subsanen algunos aspectos que generaron dudas.

Según explicó Fiad, el principal cuestionamiento tiene que ver con el artículo dos de la iniciativa, que establece que “los medicamentos prescriptos en recetas electrónicas o digitales deben ser dispensados en cualquier farmacia, establecimientos de salud y establecimientos del sector de salud habilitados para tal fin”.

La sola mención del término 'medicamento' deja dudas para el expendio de otras drogas o suplementos nutricionales que requieren prescripción médica o supervisión del profesional farmacéutico”, señaló el radical jujeño.

En relación a la dispensa, las entidades farmacéuticas entienden que “se vulnera” el artículo 1 de la Ley de Farmacias, que indica que el expendio de medicamentos solo puede realizarse en farmacias habilitadas.

La preocupación tiene que ver con que “los medicamentos se terminen vendiendo en varios lugares y que no tengan control ni supervisión del personal farmacéutico”, puntualizó Fiad, y por último, habló de aspectos de redacción y de eventuales “incongruencias” con otras leyes.

También desde la UCR, Silvia Elías de Pérez respaldó el proyecto. “Sin dudas la ley tiene cosas para perfeccionar. Me hubiese gustado una mejor redacción, pero tampoco es para desesperarse”, consideró, y esperó que los puntos mencionados “puedan ser subsanados por la vía reglamentaria”.

Desde el sector farmacéutico piden modificar el proyecto de receta digital

ASOFAR y FACAF acompañaron la iniciativa en términos generales, pero advirtieron sobre los riesgos de su implementación.

Mientras el proyecto de ley para implementar la receta médica digital sigue pendiente de tratamiento en el Senado, tras haber sido aprobado en la Cámara de Diputados, entidades farmacéuticas acompañaron la iniciativa en términos generales, pero advirtieron sobre posibles riesgos en su implementación y pidieron modificar el articulado.

Desde la Asociación de Propietarios de Farmacias de la República Argentina (ASOFAR), su presidente, Norberto Mañas, explicó: “Si bien nosotros impulsamos la puesta en marcha de la receta digital porque la creemos una herramienta fundamental en este contexto de pandemia, creemos que el proyecto que se debate en el Congreso Nacional deja mucho lugar a dudas”.

“Por un lado contempla la habilitación para que establecimientos sanitarios puedan dispensar la receta digital, pero esto es algo ambiguo, porque si bien puede referirse a las salas sanitarias que hay en cada pueblo, también  da espacio a que comercios minoristas de diversa índole puedan hacerlo aunque éstos no tengan a farmacéuticos trabajando”, señaló Mañas.

En declaraciones radiales, apuntó que “Argentina es uno de los países en los que los ciudadanos más se automedican en todo el mundo. Si habilitamos a distintas plataformas de mercado electrónico a vender medicamentos, esta tendencia irá en aumento, lo que es un peligro para la sociedad en su conjunto”.

El titular de la cámara que nuclea a más de 2.000 farmacias de todo el país también advirtió el riesgo de lo que se denomina “dirigismo de receta”. “Los médicos deberán indicar una sola farmacia en la que cada cliente pueda comprar sus remedios. Esto atenta contra la libre competencia y puede ocasionar un perjuicio a las personas”, sostuvo.

“¿Qué pasa si el paciente necesita un remedio con urgencia y la farmacia indicada no tiene stock?”, se preguntó, y agregó: “Hoy, si eso sucede, camina hacia otra farmacia cercana, pero de aprobarse esta ley tendrá que aguardar a que el medicamento esté en la farmacia que figure en la receta”.  

Por su parte, la Federación Argentina de Farmacias (FACAF), que reúne algo más de 5.000 farmacias en todo el país, pidió cambios en el proyecto para garantizar un mayor control profesional farmacéutico en el dispendio de medicamentos.

En una presentación realizada ante la Comisión de Salud del Senado, la FACAF, junto a la Federación Farmacéutica Nacional (FEFARA) y la Asociación de Farmacias Mutuales, Sindicales de Argentina (AFMSRA) consideraron necesario modificar y adecuar el proyecto.

Las entidades cuestionan el artículo establece que los medicamentos prescriptos “podrán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin”.

Las asociaciones sostienen que “no correspondería citar a esos sectores que no son farmacias o servicios de farmacias porque se tornaría incompatible plantear la dispensa de medicamentos porque en ese acto debe estar presente el respaldo indisoluble de la profesión de manos del profesional que la ejerce”.

“De otra forma se dejaría librada la dispensa, como dice el proyecto, a 'establecimientos del sector salud habilitados para tal fin', sin ningún tipo de control profesional”, argumentaron, y añadieron que “el profesional farmacéutico participa asiduamente en el momento del acto de la dispensa, donde pone en práctica el consejo profesional que se fundamenta en los conocimientos adquiridos en la capacitación de grado”.

Con todo, resaltaron que “el avance de las tecnologías en las prestaciones de salud mediante los registros digitales/electrónicos facilitan la gestión, favorecen la prescripción ordenada, el uso seguro y racional de los medicamentos”.

“Pero entendemos que no aclarar estas situaciones plantea un vacío legal en las coberturas y responsabilidades profesionales del sector y resultaría un golpe a las farmacias ya que los establecimientos podrían dispensar medicamentos sin el respaldo del farmacéutico autorizado a tal fin”, insistieron desde ACAF.

Resumen de Privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerle la mejor experiencia de usuarioposible. La información de las cookies se almacenan en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender que secciones dfe la web encontras más interesantes y útiles.

Puedes revisar nuestra politica de privacidad en la pagina de privacidad y cookies