Brügge explicó la decisión de solicitar la postergación de la sesión fallida

El diputado de Encuentro Federal, uno de los bloques impulsores de la sesión caída de este martes, sostuvo que “la Ley 26.122 de DNU es inconstitucional y produce un desequilibrio en lo que es la división de poderes”.

El Gobierno logró frenar la sesión especial solicitada para este martes en Diputados que tenía como objetivo darle tratamiento al dictamen que busca reformar la Ley 26122 de DNU. Al respecto, el diputado nacional Juan Fernando Brügge del bloque Encuentro Federal –uno de los espacios que pidió la sesión- explicó los motivos que llevaron a pedir la postergación del encuentro para la próxima semana.

En diálogo por DTV, Brügge manifestó: “Somos los promotores de esta sesión especial y estamos justamente con despacho de mayoría para modificar la Ley 26.122 que es inconstitucional y produce un desequilibrio en lo que es la división de poderes”.

“Estábamos dispuestos para sesionar, pero aparentemente los otros bloques que también han firmado el pedido no cuentan con algunos de sus legisladores que no han podido venir”, detalló y sumó: “Se va a pedir una postergación de la sesión especial para la semana que viene y veremos si se junta el quórum para darle tratamiento”.

El cordobés planteó que “este es el juego de la democracia”, y respaldó: “Entendemos que la modificación de la ley es muy necesaria. No solo por los antecedentes que hay, sino porque en un esquema de equilibrio y de respeto por las libertades de las personas”.

“Las reglas en la democracia tienen que ser claras y, si no nos adecuamos al esquema de división de poderes que establece la Constitución, van a ser los jueces quienes en definitiva van a tener que resolver y se va a judicializar la política lo cual no es bueno para el refuerzo de las instituciones ni tampoco es una buena imagen para dentro y fuera del país”, consideró.

El diputado de EF justificó: “El Pro adelantó que no iba a dar quórum, la LLA tampoco, parte del radicalismo aliado al Gobierno de la mano de De Loredo tampoco iba a dar quórum por lo tanto recaía sobre UP, Encuentro Federal, el FIT y la Democracia para Siempre y otros parlamentarios provinciales”.

Brügge sostuvo que “ha habido casos de ausencias que no han podido estar presente por lo que el quórum estaba ajustado y por eso pedimos la postergación para la semana que viene. Quienes no pudieron estar por diferentes motivos estén y así avanzar con el quórum propio y dar el debate”.

El Parlamento es para debatir. Esto del quórum o no quórum es una mala práctica que venimos arrastrando de varios periodos legislativos que nada bien le hacen al país”, criticó.

Brügge propone penalizar el uso no autorizado de imágenes personales con inteligencia artificial

La iniciativa se enmarca dentro del fenómeno “deepfakes” y propone penas de prisión desde 4 a 8 años a quienes sin consentimiento modifiquen o generen imágenes, videos, audios, rostros en detrimento de actividades personales. La pena será de seis a diez años si los afectados son menores de dieciocho años.

A fin de proteger la integridad y privacidad de las personas frente al avance tecnológico, el diputado nacional Juan Fernando Brügge (HCF) presentó un proyecto de ley que busca penalizar el uso no autorizado de imágenes personales mediante tecnología de inteligencia artificial.

El proyecto se enmarca en la creciente preocupación global por el fenómeno de los "deepfakes" y establece sanciones severas para quienes utilicen esta tecnología con fines ofensivos o dañinos.

Según la iniciativa de Brügge se impondrán penas de prisión de cuatro a ocho años para quienes, sin el consentimiento informado y expreso de la persona implicada o de sus herederos, generen o modifiquen videos, audios, rostros de personas, grabaciones de voz y escenarios ficticios con la intención de hacerlos parecer reales, en detrimento de las actividades personales y profesionales de alguna persona humana o jurídica.

Además, se contemplan agravantes si las acciones son cometidas contra menores de edad, personas con discapacidad o en estado de vulnerabilidad, incrementando la escala penal en un quinto en su mínimo y máximo.

El proyecto también especifica que estarán exceptuados de la penalidad aquellos contenidos generados y modificados utilizando técnicas de inteligencia artificial que sean claramente identificados y que tengan fines de interés general, educativo, histórico, científico o cultural, así como parodias y ejercicios del derecho a informar, siempre que se refieran a funcionarios públicos o personas de notoria exposición pública.

En términos específicos, la iniciativa incorpora el artículo 129 bis al Código Penal de la Nación, estableciendo penas de prisión de cuatro a ocho años para quienes utilicen inteligencia artificial para crear, exponer, exhibir, comunicar, distribuir, reproducir, transmitir, comercializar o intercambiar imágenes, audios o videos de índole sexual íntimo de una persona o grupo de personas sin su consentimiento. La pena será de seis a diez años si los afectados son menores de dieciocho años.

Adicionalmente, se propone la incorporación del artículo 157 ter al Código Penal, que establece penas de prisión de dos a cuatro años para quienes supriman, oculten o editen el aviso claro y visible de que un contenido ha sido generado o modificado utilizando inteligencia artificial.

Brügge argumentó que “la rápida evolución de la inteligencia artificial ha generado nuevos desafíos para la humanidad, convirtiéndose en una herramienta tanto útil como potencialmente dañina”, y explicó que el fenómeno de los "deepfakes" permite la creación de contenidos audiovisuales manipulados que pueden desinformar y dañar la imagen y reputación de las personas.

El proyecto de ley también se alinea con iniciativas legislativas en otros países de América Latina, como Brasil, México y Colombia, que han comenzado a trabajar en regulaciones para penalizar el uso indebido de "deepfakes". Estas iniciativas buscan proteger la integridad de las instituciones y los derechos de las personas frente a la manipulación digital.

Proponen un agravante penal cuando las víctimas de agresión sean periodistas

La iniciativa es impulsada por el diputado cordobés Juan Fernando Brügge con el objetivo de resguardar la actividad de los periodistas y personal de los equipos periodísticos en el ejercicio de sus funciones.

El diputado nacional por Córdoba Juan Fernando Brügge (Hacemos Coalición Federal) presentó un proyecto de ley para que se incorpore el artículo 41 al Código Penal de la Nación para que cuando la víctima de alguno de los delitos previstos tuviese la condición de periodista o integrante técnico o auxiliar de un equipo periodístico, y el hecho ocurriera con motivo del ejercicio de sus funciones, la escala penal correspondiente aplicable se incrementará en un tercio del mínimo y máximo.

El cordobés fundamentó que el objeto de su iniciativa busca “resguardar la actividad de los periodistas y personal de los equipos periodísticos en el ejercicio de sus funciones, en razón del estado de vulnerabilidad que el ejercicio de su profesión y trabajo, los coloca en oportunidad de cubrir eventos, sucesos o efectuar investigaciones periodísticas”.

Además, enumeró los casos donde periodistas de distintos medios fueron agredidos y, de acuerdo a un informe realizado por el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), en el 2023 se produjeron 61 ataques contra la prensa, puntualizando que “los ataques a la integridad (que incluyen agresiones físicas, amenazas e inseguridad en las coberturas) fueron el tipo de incidentes más frecuentes con el 36,75 % de los casos”.

Al respecto, se refiere a los incidentes ocurridos en las afueras del Congreso de la Nación durante el tratamiento de la ley Bases en el Senado el miércoles donde un móvil de la empresa periodística Cadena 3 fue incendiado.

“Ante tan evidente situación de desprotección, se torna necesario modificar el Código Penal de la Nación a fin de brindar la tutela jurídica que los periodistas y equipos periodísticos de nuestro país ameritan frente a la situación de ser víctimas de delitos con motivo del ejercicio de sus funciones, en especial cuando el mismo ocurre en la vía pública, y que significa, en los hechos, una forma de censura a la libertad de prensa, y de la actividad de informar y comunicar a la opinión pública sobre los hechos de la realidad”, ratifica.

3132-D-2024