La diputada del Pro volvió a presentar un proyecto de su autoría del 2022 que propone que “en ningún momento el porcentaje de aumento o de las remuneraciones de legisladores podrá superar el incremento correspondiente a la jubilación y pensión”.
La diputada nacional María Eugenia Vidal (Pro) volvió a presentar un proyecto de su autoría del 2022 que propone que los aumentos de sueldo de los legisladores no puedan ser mayor al porcentaje de aumento anual de las jubilaciones.
“Quienes llegamos acá con el voto de millones de argentinos que están haciendo un gran esfuerzo tenemos que dar el ejemplo”, explicó Vidal en sus redes tras la polémica que se dio en el Senado con la votación a favor del incremento de las dietas de los senadores de más de 4 millones de pesos.
La iniciativa de la diputada del Pro establece: “La presente ley tiene por objeto regular los porcentajes de las remuneraciones en carácter de dieta y de compensación por gastos y representación, y limitar las actualizaciones de las mencionadas remuneraciones correspondientes a los legisladores nacionales pertenecientes al Congreso Nacional”.
“Los sujetos alcanzados por la presente ley son los legisladores nacionales, Diputados y Senadores, no siendo alcanzado el personal legislativo del Congreso Nacional, cualquiera sea su condición de revista”, detalla.
Además, faculta a los presidentes de ambas cámaras a “a determinar, en lo sucesivo, los porcentajes de la remuneración de los legisladores a los que se asigne carácter de dieta y de compensación por gastos y representación; y a disponer la actualización de dichas remuneraciones”.
El texto plantea que el porcentaje del aumento de la remuneración de los legisladores nacionales pertenecientes al Congreso Nacional quede establecido en relación al porcentaje de aumento total anual de la remuneración de los legisladores nacionales no podrá superar en ningún caso el porcentaje de aumento anual del haber de jubilación del sistema integrado de jubilaciones y pensiones, en base a los mecanismos establecidos por la legislación vigente; la cantidad de tramos con aumentos no podrá ser superior a los que recibe anualmente el personal legislativo del Congreso Nacional.
“En ningún momento el porcentaje de aumento acumulado de las remuneraciones podrá superar el aumento acumulado correspondiente a la jubilación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones”, indica.
2885-D-2022