A través de un proyecto, Martín Berhongaray propone limitar el uso de esa herramienta judicial, impidiendo su procedencia en los casos en que un funcionario público, en ejercicio de sus funciones hubiese participado de la comisión de un delito.
El diputado nacional Martín Berhongaray presentó un proyecto de ley que propone reformar el Código Procesal Penal de la Nación y el Código Procesal Penal Federal para impedir la procedencia del “juicio abreviado” cuando un funcionario público hubiese participado de un delito.
Es sabido que muchas de las causas que tramitan en el fuero penal se resuelven por el mecanismo del “juicio abreviado” que es un procedimiento que permite simplificar el juicio previo constitucional y acelerar los procesos.
Este instituto -concebido como alternativa de excepción- que tiene como base el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal y la parte imputada de la comisión de un ilícito, sobre la existencia del hecho, la participación del acusado y la calificación legal, evita la realización del juicio oral para lo que es necesario, además, que el Tribunal de Juicio interviniente no rechace la solicitud.
La legislación en vigencia autoriza la procedencia del “juicio abreviado” cuando el Ministerio Público Fiscal estima, en concreto, que debe aplicarse una pena privativa de la libertad menor a 6 años. Es decir, con las reglas actuales, prácticamente la totalidad de los delitos que cometan los funcionarios públicos son pasibles de conseguir un “juicio abreviado”, entre ellos, el cohecho, enriquecimiento ilícito, exacciones ilegales, incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, etc.
La reforma que propongo busca limitar el uso de esta herramienta, que muchas veces es desmedido, impidiendo su procedencia en los casos en que un funcionario público, en ejercicio de sus funciones, hubiese participado de la comisión de un delito.
Tratándose de delitos cometidos por funcionarios públicos tiene que primar el interés general de que la sentencia que se dicte se encuentre fundada en un análisis integral y completo de todos los elementos de prueba incorporados al proceso que sólo garantiza el desarrollo del juicio oral y público.
Dada la naturaleza de estas investigaciones y su marcado interés público, es indispensable que se desarrolle el procedimiento común hasta su finalización, para permitir así que se debata ampliamente el tema y se llegue a la certeza sobre el hecho y su autoría.
De resultar aprobada esta reforma, se aplicará automáticamente aún a las causas en trámite.
El proyecto es acompañado por los diputados Lidia Ascárate, Gerardo Cipolini, Ana Carla Carrizo, Gonzalo Del Cerro, Gabriela Lena, Juan Martín, Dolores Martínez, Fabio Quetglas y Estela Regidor Belledone.