Aunque desestimó un planteo contra las candidaturas testimoniales por falta de legislación específica, la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires advirtió que esta práctica deja al votante en situación de vulnerabilidad y reclamó al Poder Legislativo que avance en su regulación.
La Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires resolvió este jueves rechazar una presentación que buscaba impugnar las denominadas candidaturas testimoniales en el marco de las elecciones provinciales previstas para el próximo 7 de septiembre. El organismo consideró que, al no estar prohibidas por la legislación vigente, estas postulaciones no pueden ser invalidadas.
La presentación había sido realizada por la abogada Silvina Martínez, quien argumentó que este tipo de candidaturas —en las que los postulantes no tienen intención real de asumir el cargo en caso de ser electos— vulneran el principio de buena fe electoral y el derecho ciudadano a emitir un voto genuino e informado. En su escrito, Martínez mencionó a varios intendentes y funcionarios como ejemplos de esta práctica, entre ellos Mariano Cascallares (Almirante Brown), Jorge Ferraresi (Avellaneda), Mario Secco (Ensenada) y Fernando Espinoza (La Matanza).
La resolución, firmada por Hilda Kogan (presidenta), Ana María Bourimborde (vicepresidenta) y Eduardo Delbés (vocal), sostuvo que ni la Constitución Nacional ni la Provincial, ni los tratados internacionales ni la Ley Electoral provincial ofrecen fundamentos jurídicos para aceptar la impugnación. “La práctica no es ilegal, por lo que no puede ser observada a priori”, señalaron.
No obstante, la Junta Electoral no evitó pronunciarse sobre el impacto institucional de estas candidaturas. En su fallo, calificó la práctica como “disvaliosa” y “éticamente reprochable”, recordando que ya en 2009 había solicitado al Poder Legislativo provincial que avanzara en una regulación específica. “Luego de 15 años, no hubo ningún tipo de regulación”, lamentaron.
El organismo también expresó su preocupación por la “clara deficiencia legislativa que deviene en una desprotección al elector de la Provincia”, y ofreció colaboración técnica a la Legislatura para avanzar en una normativa que evite este tipo de maniobras, tal como ocurre en otros países.
La resolución reafirma el principio de participación como eje del sistema democrático, pero deja en evidencia una zona gris que, sin legislación clara, permite prácticas que pueden distorsionar el sentido del voto popular.