El DNU que modificó la Ley de Vacunas fue ratificado en el Senado

Por amplia mayoría, se avaló la decisión del Poder Ejecutivo de cambiar la normativa por decreto para destrabar acuerdos con laboratorios que producen vacunas pediátricas.

sesion senado 15 julio 2021 claudia zamora presidiendo

Oficialismo y oposición en el Senado ratificaron el DNU 431/21 por el cual se modificó la Ley de Vacunas contra el Covid, con el objetivo de destrabar acuerdos con distintos laboratorios que producen vacunas habilitadas para niños y adolescentes.

En la sesión de este jueves en la Cámara alta, el decreto fue avalado por 60 votos a favor; uno en contra, de la santacruceña María Belén Tapia (UCR); y una abstención, de la mendocina Pamela Verasay (UCR).

El DNU sobre la Ley de Vacunas fue defendido la semana pasada en la Bicameral de Trámite Legislativo por la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti. Tras la exposición, el Frente de Todos firmó el dictamen de mayoría.

Días después de su publicación en el Boletín Oficial, Argentina arribó a un contrato con Moderna por 20 millones de dosis, sin embargo recién llegarán al país en el primer trimestre del 2022.

En el DNU, el Ejecutivo eliminó la palabra “negligencia”, que fue conocida como la “piedra en el zapato” para un posible acuerdo con la firma Pfizer. De esta manera, el último párrafo del nuevo artículo 4 establece que se faculta al Poder Ejecutivo a incluir en los contratos “cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en conductas dolosas por parte de los sujetos aludidos”.

Entre los cambios a la Ley 27.573, el Gobierno eliminó un inciso referido a que la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana no implicará renuncia alguna a algunos bienes, entre ellos las “regalías adeudadas a la República Argentina y los derechos de ésta” para recaudarlas.

Este punto levantó la inquietud de representantes opositores de provincias petroleras, que advirtieron por las regalías previstas en el artículo 124 de la Constitución Nacional. Sobre ello, Vilma Ibarra argumentó en la comisión que “al bien que se le quitó inmunidad soberana es a las regalías percibidas por el Estado Nacional, de ninguna manera involucra ninguna regalía que reciben las provincias autónomas por sus recursos naturales”.

Sobre ese mismo artículo -el 3- lo que sí agregó el Ejecutivo fue la protección de “cualquier bien que integre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino”.

Otra modificación fue la incorporación de la creación de un “Fondo de Reparación Covid-19 que tendrá por objeto el pago de indemnizaciones a las personas humanas que hayan padecido un daño en la salud física, como consecuencia directa de la aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19 y con el alcance dispuesto en esta ley”.

En un breve debate, el senador Mariano Recalde (Frente de Todos) sostuvo que “estamos en un momento sumamente triste, doloroso, en nuestro país hemos superado la cifra de 100 mil fallecidos”. En ese sentido, adhirió al duelo decretado por el Poder Ejecutivo y manifestó su “homenaje y profundo agradecimiento a los trabajadores de la salud, a los médicos, enfermeros y todos los que están en la primera línea de fuego”.

En un discurso político, el oficialista se refirió a los DNU’s y destacó las medidas tomadas por el Gobierno nacional. “Duele cuando el expresidente de la Nación (Mauricio Macri) de vacaciones en Europa, sin respetar las restricciones cuando va y cuando viene, con un desprecio total por lo que pasa en Argentina, habla de los 100 mil muertos por coronavirus”, fustigó. Y comparó que mientras el exmandatario “tiene la ideología del sálvese quien pueda”, en el oficialismo “nosotros entendemos que nadie se salva solo”.

“Se acercan las elecciones y algunos se ven tentados de utilizar políticamente esto”, consideró el porteño y afirmó que en las decisiones del Gobierno “no hay ideología”, incluso “hay bastante pragmatismo de buscar las vacunas donde sea”.

Pero admitió: “Aunque no nos agrede del todo, vamos a acompañar este DNU porque nos va a permitir, haciendo concesiones que nos hubiera gustado no hacer, conseguir las vacunas que hacen falta para avanzar con la campaña contra el coronavirus”.

En línea con las palabras del diputado Máximo Kirchner -la semana pasada durante la visita de Santiago Cafiero- consideró que el Gobierno se vio “presionado” por un laboratorio -en alusión a Pfizer- a modificar la ley, y que esa presión fue impulsada también por la oposición.

A continuación, el jefe del interbloque de Juntos por el Cambio, Luis Naidenoff (UCR), arrancó refiriéndose a la cuestión de los varados en el exterior y dijo que desde el Gobierno “instalan esta idea estigmatizante de que cualquier argentino que viaja al exterior es un contagiador serial”, lo cual refleja que durante este tiempo de pandemia “no aprendimos nada”. “En este caso el Gobierno se equivoca y mal”.

El radical aclaró que el interbloque iba a acompañar el DNU 431/21, desde “una mirada del interés colectivo de la sociedad” porque “hoy la esperanza de la sociedad está puesta en la vacuna”, y aspiran a que “las vacunas, sin estigmatizaciones o miradas ideológicas, lleguen”.

No obstante, el formoseño criticó los argumentos del Poder Ejecutivo para introducir las modificaciones por la vía del DNU y no de una ley. En esa línea, recordó que Juntos por el Cambio en la Cámara de Diputados intentó tratar sobre tablas cambios a la ley, pero el Frente de Todos lo rechazó y, horas después, se anunció el decreto.

Pero precisamente rechazó las declaraciones de Vilma Ibarra, quien “dijo claramente que los tiempos del Congreso no son los tiempos de la pandemia y que el Congreso no está prácticamente a la altura de discutir una ley de pandemia”.

Además, Naidenoff señaló que un DNU es un “paquete cerrado” y, en alusión a las regalías, apuntó que “no está especificado si se comprometen las regalías de las provincias”, algo que se resolvería “con una cláusula muy clara; eso se puede hacer con una discusión parlamentaria en el marco de una ley”.

Finalmente, el senador Mario Pais (Frente de Todos) aseveró que la modificación de la Ley de Vacunas “es compleja y era necesaria”, y este decreto “facilita la contratación de más vacunas para seguir avanzando y que Argentina sea uno de los países del continente con mayor índice de vacunación”.

“El Estado Nacional no puede afectar ninguna regalía, ni ningún impuesto, ni bien de las provincias”, aclaró el chubutense, que agregó: “No tenemos la potestad para confiscar regalías provinciales y tampoco lo estamos haciendo con esta modificación”.

E insistió que las regalías de la Nación son “una porción ínfima”, pero “nunca un Estado provincial va a pagar una deuda por incumplimiento contractual”. “Este DNU era urgente y necesario”, sumó y ponderó la creación del fondo de resarcimiento para indemnizar a quienes puedan sufrir daños por la vacunación.

Por otra parte, fueron ratificados por el oficialismo los DNU 167/21, que extendió la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de este año, y el 411/21, por el cual se prorrogaron medidas restrictivas hasta el 9 de julio. La votación de ambos resultó con 39 votos positivos y 23 negativos.

Monotributo, biocombustibles y cannabis industrial, entre los temas de la sesión de este jueves en el Senado

Con un temario cargado, la Cámara alta sesionará antes de entrar en el receso invernal y la campaña electoral. Tratará además un conjunto de DNU, entre ellos el que modificó la Ley de Vacunas.

recinto senado sesion 20 mayo 2021

Varios platos fuertes tendrá la sesión del Senado de este jueves, convocada para las 14, y que se prevé será la última que realizará en la previa del receso invernal y la campaña electoral.

La Cámara alta, presidida por Cristina Kirchner, volverá a reunirse en el recinto luego de tres semanas y tratará un conjunto de temas destacados.

Con el apoyo de la oposición, el oficialismo avanzará en la sanción del proyecto sobre “Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes”, por el cual se elimina el pago del retroactivo para los monotributistas, que no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante de lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la Ley 27.618.

La iniciativa también fija que en julio se pondrá en vigencia una nueva actualización de escalas con un criterio progresivo, que incrementa en un 77% respecto de diciembre de 2020 el tope para la categoría A, por ejemplo.

Entre otros puntos, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, y un interés de financiación no superior a 1,5% mensual para deudas que se venían pagando en planes de pagos vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo.

En conjunto a este tema, se votará una iniciativa que modifica el impuesto a las Ganancias y el de Bienes Personales con el objetivo de “incentivar el ahorro en pesos”.

Otro proyecto destacado, que se encamina a convertirse en ley, se trata de la nueva ley de biocombustibles, un proyecto proveniente de la Cámara de Diputados. Se trata de una nueva iniciativa y no de la prórroga de la Ley 26.093, que precisamente el Senado había aprobado el año pasado por unanimidad.

La iniciativa establece un nuevo marco regulatorio del régimen de biocombustibles hasta el año 2030 y fija en 5% el corte obligatorio de biodiésel para el gasoil -actualmente está en 10%- y en 12% el corte con bioetanol en naftas -se mantiene el mismo porcentaje-, con un 6% para la caña de azúcar y 6% para el maíz.

En casi su totalidad -pues habrá que prestar atención al voto de los senadores opositores de Jujuy y Tucumán-, Juntos por el Cambio rechaza la reducción de los porcentajes de cortes obligatorios, pese a los argumentos del oficialismo de que son los mismos valores que contiene la ley actual, y también las facultades que tendrá la Secretaría de Energía.

El temario incluye el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo para regular la industria y comercialización de cannabis para uso industrial y medicinal, y también del cáñamo. Con aval del oficialismo y la oposición -excepto el rionegrino Alberto Weretilneck-, la propuesta obtuvo dictamen favorable en comisiones y sufrió una serie de modificaciones en su redacción original, entre ellas la incorporación de un Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal.

Tal cual ocurre siempre, el Senado, con mayoría del Frente de Todos, ratificará una serie de Decretos de Necesidad y Urgencia firmados por el presidente Alberto Fernández, entre los que se encuentra el 431/21 que modificó la Ley de Vacunas contra el Covid-19, con el objetivo de firmar contratos con laboratorios que producen vacunas pediátricas.

El temario se completa con un proyecto que autoriza la entrada y salida de tropas desde el 1ro. de septiembre de 2021 al 31 de agosto de 2022; una iniciativa que crea un Programa de Sustentabilidad Ambiental y Seguros; y otra sobre transferencia de un inmueble a la provincia de Catamarca.

Ley de Vacunas: diputados de JxC buscar garantizar la protección de las regalías petroleras

El radical chubutense Gustavo Menna aseguró que la respuesta de las funcionarias Ibarra y Vizzotti fue insuficiente y es necesario “subsanar la omisión en la que incurrió el Poder Ejecutivo”.

Diputados nacionales de Juntos por el Cambio, encabezados por el radical Gustavo Menna, presentaron un proyecto de ley para garantizar que las regalías petroleras de las provincias productoras estén protegidas de posibles embargos y ejecuciones judiciales por la aplicación de la Ley de Vacunas contra el Covid-19.

Acompañaron la presentación legisladores pertenecientes a provincias que integran la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI).

La iniciativa incorpora a la Ley de Vacunas un artículo por el cual se protege a las “regalías de cualquier especie que perciban, tengan derecho a percibir, las provincias en función de concesiones de explotación de los recursos naturales existentes en sus territorios, de los que, de acuerdo al artículo 124 de la Constitución Nacional, ejercen el dominio originario”.

Además, prevé que los futuros contratos del Poder Ejecutivo Nacional en relación con lalLey “deberán contener una reserva expresa que deje a salvo a las regalías provinciales”.

La presentación contó con las firmas de Alfredo Cornejo, Jimena Latorre, Claudia Najul, Luis Petri, Federico Zamarbide, Roxana Reyes, Lorena Matzen, Ricardo Buryaile, Mario Arce, Ignacio Torres, Jorge Rizzotti, Francisco Sánchez y Héctor Stefani.

La elaboración del proyecto es consecuencia del planteo público que hizo Menna hace pocos días en relación con la falta de resguardo de las regalías frente a los tribunales extranjeros a raíz de la modificación que el DNU 431/21 del Gobierno le hizo a la Ley de Vacunas.

La cuestión fue consultada por el propio Menna a la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y a la secretaria Legal y Técnica de la Nación, Vilma Ibarra, en la última reunión de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que el chubutense integra.

Allí, Ibarra negó que se trate de regalías de las provincias, y aclaró: “Se elimina la protección con inmunidad soberana para las regalías adeudadas a la República Argentina” pero “estas regalías de ninguna manera incluye a las de las provincias”.

“Este es un fondo donde el deudor es el Estado Nacional, mal podría ir un acreedor a cobrarle a un Estado distinto. Responde el Estado Nacional y al bien que se le quitó inmunidad soberana es a las regalías percibidas por el Estado Nacional, de ninguna manera involucra ninguna regalía que reciben las provincias autónomas por sus recursos naturales”, agregó la funcionaria.

Sin embargo, Menna consideró a la respuesta insuficiente, “ya que no alejó la duda sobre la situación de las regalías de las provincias productoras de hidrocarburos frente a posibles litigios por incumplimiento de contratos”, expresó el opositor.

“La cuestión no es menor, habida cuenta que las regalías hidrocarburíferas representan para las provincias productoras al menos un tercio de sus ingresos totales”, planteó y advirtió: “Comprometer las regalías equivale a poner en riesgo ante una eventualidad judicial, el pago de salarios de agentes públicos, obra pública y la propia prestación de servicios esenciales”.

Por ello, el radical indicó que “la cuestión debió haber sido abordada con mayor profundidad y cuidado, y si realmente la intención del DNU 431/21 fue comprometer como garantía exclusivamente las regalías del Estado Nacional, correspondía dejar expresamente efectuada la reserva del caso”.

Así, concluyó, el proyecto de ley propicia “subsanar la omisión en la que incurrió el Poder Ejecutivo y dejar expresamente sentado que en ningún caso las regalías provinciales podrán ser objeto de eventuales medidas de embargo o ejecución”.

Naidenoff, sobre el DNU de la Ley de Vacunas: “Nunca vamos a saber el trasfondo de la negociación”

El jefe del interbloque Juntos por el Cambio en el Senado reclamó la falta de “respuestas” por parte del Gobierno y enfatizó que la modificación por ley tendría “más peso y más sustento”.

El jefe del interbloque Juntos por el Cambio en el Senado, Luis Naidenoff, cuestionó que la Ley de Vacunas contra el Covid se haya modificado por decreto y lamentó: “Nunca vamos a saber el trasfondo de la negociación”.

“Toda decisión del Gobierno que implique ampliar la vacunación es una esperanza para la sociedad. Lo que no se puede livianamente aceptar es que el Gobierno decida unilateralmente, a más de un año de la pandemia, imponer por Decretos de Necesidad y Urgencia un criterio de contratación“, señaló el radical.

En referencia a la visita a la Bicameral de Trámite Legislativo de la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra-quien defendió la decisión-, el senador opositor consideró que “una ley da mucho más peso y más sustento”.

“Lamentablemente hemos perdido mucho tiempo como país por esta idea de ideologizar todo”, opinó el formoseño, que cuestionó una falta de “respuestas” sobre las donaciones de vacunas no recibidas, o “no cerrar un contrato de ampliación con COVAX”, o “sobre las vacunas de AstraZeneca, que se contrataron 22,4 millones de dosis, se pagaron 57 millones de dólares y no llegaron en tiempo y forma”.

Para Naidenoff, el Gobierno tuvo “un pésimo manejo” del tema, y ahora “el problema pasa por quienes no cuentan con la segunda dosis”.

“El decreto es un combo cerrado, lo aceptas o lo rechazas. Una ley te permite introducir modificaciones, ir al hueso”, agregó.

Por otra parte, el legislador criticó el “peaje selectivo” en Formosa, “una provincia donde tenes ciudadanos de primera y de segunda”, advirtió y explicó que, según dispuso el gobierno provincial, “únicamente podrán ingresar los que están en condiciones de pagar cinco mil pesos para los hisopados”.

“Es la única provincia de la Argentina que hasta hace un mes los laboratorios privados no podían hisoparte, solo pasaba por manos del Estado”, sumó, y comparó que esos impedimentos en la circulación es “lo mismo que está pasando con los varados. Eso es vergonzoso”.

El FdT avaló el DNU que modificó la Ley de Vacunas, pero la oposición pide los cambios por ley

Tras la visita de Ibarra y Vizzotti, el oficialismo en la Bicameral de Trámite Legislativo impuso su mayoría para respaldar la validez de la decisión del Ejecutivo. Juntos por el Cambio llamó a fijar las modificaciones a través de una norma votada en el Congreso.

Luego de una extensa reunión, el oficialismo en la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo impuso su mayoría para pasar a la firma el dictamen de validez del DNU 431/21, mediante el cual el Gobierno modificó la Ley de Vacunas contra el Covid para destrabar negociaciones con laboratorios con los que todavía no se pudieron cerrar acuerdos -como Pfizer-, y avanzar así con la vacunación de menores de 18 años.

Al encuentro de este martes asistieron para defender la decisión presidencial la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, acompañadas también por la asesora presidencial Cecilia Nicolini.

Durante el encuentro, tanto las funcionarias como los legisladores del Frente de Todos justificaron la utilización de un decreto para incorporar los cambios a la norma, mientras que la oposición cuestionó que se haya salteado el trámite legislativo e ignorado al Parlamento.

En ese sentido, los integrantes de Juntos por el Cambio reclamaron que, aunque ya se haya emitido un DNU, las modificaciones queden plasmadas a través de una nueva ley.

En su exposición, Ibarra respaldó la decisión del Gobierno de introducir los cambios por la vía del decreto, aseverando que las nuevas disposiciones fueron fruto de negociaciones muy arduas, y ratificó sus declaraciones del viernes pasado en conferencia de prensa: “Los tiempos del Congreso no están previstos para estas emergencias”.

Además, la secretaria Legal y Técnica aclaró que en la Ley de Vacunas 27.573 “la palabra negligencia no era y nunca fue el único reclamo” de algunos laboratorios para cerrar acuerdos con Argentina, por eso insistió que el DNU se emitió para contar con más vacunas “cuanto antes”.

Consultada por el diputado oficialista Pablo Yedlin sobre si hubiera sido viable el proyecto de ley que proponía Juntos por el Cambio -y que la semana pasada el Frente de Todos rechazó tratar sobre tablas en la Cámara baja-, Ibarra aseguró que “definitivamente no” hubiese servido la iniciativa presentada por la macrista Carmen Polledo. En esa línea, reiteró que la palabra negligencia “era uno de los obstáculos, sí, era el único, no. Por eso este DNU no tiene un solo artículo”.

Por su parte, el diputado radical Gustavo Menna advirtió sobre “las modificaciones y la razón por la cual se flexibilizó y relajó la salvaguarda del patrimonio argentino. No contaron al Congreso que estaban desafectando de la salvaguarda de la inmunidad soberana a una categoría inmensa de bienes”, al tiempo que alertó por la posible afectación de las regalías de las provincias petroleras.

A ello, Ibarra remarcó que se trata de “temas muy difíciles” y “negociaciones muy arduas, que involucran temas muy importantes” como “los intereses para Argentina”. Pero enfatizó: “Hemos defendido la integridad de los bienes soberanos”.

“Jamás por una deuda del Estado Nacional han ido a embargar los Ingresos Brutos que cobra una provincia”, ejemplificó la funcionaria, y dijo que “específicamente el que está autorizado para poner cláusulas de renuncia de inmunidad soberana es el Estado Nacional”, y “hay una porción de regalías que cobra el Estado Nacional”, es a eso “que se le quita inmunidad soberana”. “No hay ningún bien provincial involucrado en este tema”, apuntó.

Una vez que las funcionarias se retiraron, los legisladores se dieron su debate en la comisión que preside el diputado oficialista Marcos Cleri. Entre ellos, habló Yedlin, quien con gráficos mostró el impacto de la vacunación en Argentina y destacó que “este DNU es la demostración que el Gobierno nacional quiere que en esta situación de necesidad y urgencia, los niños menores de 18 años que tengan necesidad puedan vacunarse”.

Además, con este decreto “abrimos la puerta a un grupo de laboratorios” como Pfizer o Johnson y Johnson, señaló, y añadió: “Bienvenidas sean todas las vacunas que los argentinos necesitamos hoy y en los próximos años”.

Desde el aspecto jurídico, el diputado macrista Pablo Tonelli enfatizó que el dictado de DNU’s “no es una opción, no es que el presidente o el Gobierno puede elegir entre que las leyes las sanciones el Congreso o se dicten por un decreto”.

El porteño consideró como “nada satisfactorio” el argumento de Ibarra sobre la modificación de la ley por decreto, porque no hay “nada que justifique la emisión de ese decreto”. Para el opositor, se trató de “un desprecio notorio hacia el Congreso, que es uno de los tres poderes del Estado”.

Entonces, Tonelli instó al oficialismo a que convoque a sesión para este mismo miércoles, que la oposición aprobaría los cambios por ley, “y el jueves estoy seguro que el Senado puede hacer lo mismo; y el viernes el presidente promulgar la ley, y cumpliríamos con la Constitución”.

Finalmente, aunque no forma parte de la comisión, cerró el debate el jefe del bloque oficialista en el Senado, José Mayans, quien desafió a los diputados a que “nos ganen una vez” y ratifiquen en la Cámara baja el DNU. Fue en alusión a que siempre, y porque la mayoría en la Cámara alta así se los permite, los senadores oficialistas son los que aprueban los dictámenes de la bicameral en el recinto. “Si quieren, a este DNU pueden tratarlo en el recinto y aprobarlo. Ojalá que ustedes nos ganen”, expresó, y anunció que igualmente la próxima semana el cuerpo presidido por Cristina Kirchner votará la validez del decreto.

Quedó expuesta en la Bicameral de DNU la razón del no llamado a sesionar este miércoles

Durante el debate, Pablo Tonelli pidió cambiar la Ley de Vacunas en el recinto, pero el FdT le aclaró que no había sesión. Este lunes fuentes oficiales lo habían aclarado.

Llamó la atención que si bien se había anticipado que esta semana habría sesión en la Cámara de Diputados este miércoles, finalmente se aclarara que el Cuerpo solo se reuniría el jueves para escuchar el informe del jefe de Gabinete. Durante el debate de este martes en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo pareció quedar claro que así había sido para evitar que la oposición reclamara el tratamiento sobre tablas de la modificación de la Ley 27.573.

Sucede que en su intervención durante el debate en la comisión, el diputado del Pro Pablo Tonelli insistió una y otra vez en que “no podemos convalidar el método utilizado por el Gobierno, que es contrario a la Constitución nacional, e implica un menosprecio notorio hacia el Congreso de la Nación”, en referencia al DNU por el cual se modifica la Ley de Vacunas.

Con todo, el legislador aclaró que “nosotros queremos solucionar el problema de la Ley 27.573, que dicho sea de paso fue sancionada de acuerdo con el texto propuesto por el Gobierno, de modo que en todo caso si algo le faltó a esa ley también es responsabilidad del Gobierno, y también es responsabilidad del Gobierno no haber aceptado desde el momento que le ofrecimos discutir y modificar la ley en la medida que fuera necesaria para adquirir todas las vacunas. De modo que el Gobierno es el responsable de la demora en la vacuna”.

“Pero como queremos solucionar el tema, como siempre lo hemos demostrado, lo que le proponemos es mañana mismo, en la sesión convocada para la Cámara de Diputados, mañana miércoles 7, convertirlo en un proyecto de ley, discutirlo en el Congreso y sancionarlo como corresponde”, sugirió Tonelli, enfatizando su certeza respecto de que “si lo discutimos y lo aprobamos, el jueves el Senado puede hacer lo mismo, y el viernes el presidente puede sancionar la ley, y cumpliría con la Constitución”.

De esa manera, para el legislador opositor no se violaría la Constitución, ni se menoscabaría el rol del Congreso, sin violar la división de poderes. Tonelli finalizó reconociendo que estaba bien “que el Gobierno haya finalmente entendido la necesidad de modificar la ley y facilitar la llegada de los laboratorios norteamericanos”, pero insistió en que “está mal el procedimiento”.

Al concluir, el presidente de la Bicameral, Marcos Cleri, repuso: “Una consulta, creo que mañana no hay sesión, ¿o ustedes han presentado la nota para la sesión?”, a lo que el diputado del Pro respondió que “yo tenía entendido que mañana había sesión… Pero no importa, si mañana no está convocada, que el presidente de la Cámara la convoque, queremos discutir este tema, allí vamos a estar, y no tenga la menor duda que vamos a colaborar para aprobar el mejor proyecto de ley”.

Ibarra ratificó sus dichos: “Los tiempos del Congreso no están previstos para estas emergencias”

Por sus declaraciones en la conferencia de prensa del viernes pasado, los radicales Luis Naidenoff y Luis Petri salieron al cruce de la funcionaria, que insistió con defender la decisión del Ejecutivo de modificar la Ley de Vacunas por DNU.

La secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, ratificó este martes ante legisladores sus declaraciones sobre los “tiempos” del Congreso y la “necesidad” de tener “cuanto antes” la modificación de la Ley de Vacunas, defendiendo así el Decreto de Necesidad y Urgencia 431/21 emitido por el presidente.

Luego que el senador Luis Naidenoff (UCR) -jefe de Juntos por el Cambio en el Senado- y el diputado Luis Petri (UCR) le salieran al cruce por sus dichos en la conferencia de prensa del viernes pasado, la funcionaria sostuvo: “Los tiempos del Congreso Nacional no están previstos para estas emergencias”.

“La Ley 27.573 se presentó el 23 de septiembre, se votó en fines de octubre y se promulgó en noviembre. Gracias a que hubo esta ley, que el legislador no votó (en referencia a Petri), nosotros pudimos contratar y traer millones de vacunas a Argentina”, lanzó.

Ibarra, exlegisladora, también le contestó a Naidenoff: “Yo le tengo un enorme cariño al senador Naidenoff, con quien compartí seis años la banca, y yo soy una persona de buena fe y me expresé de muy buena fe en la conferencia de prensa”.

“Allí dije muy claramente que en tiempos de emergencia es muy difícil que se compatibilicen los tiempos del Congreso con las urgencias”, dijo y justificó que “por eso existe en la Constitución Nacional el artículo 99, inciso 3”.

Para la secretaria Legal y Técnica, cuando se aceleran las curvas de contagios “hay que tomar una decisión inmediata”.

Aunque reconoció que en pandemia “han trabajado mucho legisladores y legisladoras en forma virtual y han hecho una enorme producción de leyes”, Ibarra insistió que para “la urgencia y la rapidez en el tiempo para responder a ciertas situaciones, precisamente está el artículo 99, inciso 3”.

“Nos vimos obligados a firmar un DNU por la necesidad de contar cuanto antes con las donaciones que hay de otros países, con las vacunas que podemos recibir del mecanismo COVAX, y sobre todo para poder avanzar en los contratos, a fin de traer vacunas pediátricas y poder vacunar a nuestros niños y adolescentes con comorbilidades”, añadió y subrayó que “hace 10 meses no había vacuna pediátrica autorizada; hace un mes que está disponible”.

En el tramo de las preguntas, Petri le preguntó desde cuándo el Poder Ejecutivo estaba notificado de los “graves inconvenientes” que obligaron a este decreto. Recordó entonces que el proyecto tuvo en su momento un tratamiento “prácticamente exprés” y que el Gobierno “sabemos que está notificado desde el 15 de diciembre, cuando el representante de Pfizer en la Argentina le mandó una carta a Ginés González García diciéndole que el marco normativo requería modificaciones. Y le habló del tema de la ‘negligencia'”.

“¿Por qué no se discute en el Congreso de la Nación y se opta por el camino del DNU?”, le reclamó el diputado mendocino, haciendo hincapié en los dichos de Ibarra respecto de que el Congreso no está preparado para actuar en tiempo de pandemia.

Por su parte, Naidenoff le dijo a Ibarra que no podía pasar por alto lo de que el Congreso no está preparado para actuar en tiempo de pandemia. “Menosprecio de los propios legisladores y la falta de compromiso en el marco de la pandemia. En 2020 el Congreso logró un funcionamiento a niveles históricos a través de la virtualidad, precisamente por la pandemia”, destacó.

“Si hay un ámbito que está preparado para discutir en tiempo de pandemia es en el Parlamento”, señaló el senador formoseño, que le recordó a la funcionaria haber sido “parte de este Congreso”

Vizzotti informó que “el 58% de los mayores de 20 años” han iniciado su esquema de vacunación

Ante la Bicameral de Trámite Legislativo, la ministra de Salud resaltó que Argentina está llegando a casi las 28 dosis y estimó que este mes arribarán ocho millones de vacunas chinas.

La ministra de Salud, Carla Vizzotti, informó este martes ante diputados y senadores que en Argentina “el 58% de los mayores de 20 años” han iniciado su esquema de vacunación contra el Covid, y resaltó que el país está llegando a las casi 28 millones de dosis.

La funcionaria ponderó además el acuerdo con China por 24 millones de dosis, de los cuales 8 millones se recibirán este mes con diez vuelos que se realizarán hasta mediados de julio.

“Con esas dosis tenemos 27.615 millones de dosis, casi 28 millones de dosis, de las cuales ya se ha distribuido el 95%”, detalló y dijo que “el resto están en ese proceso, entre el 7 y 8 de julio van a estar en las jurisdicciones”. “Más del 99% de las vacunas que se reciben en Argentina se distribuyen en tiempos que nunca antes habían sucedido”, agregó.

Al asistir a la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, para defender el DNU que modificó la Ley de Vacunas, Vizzotti sostuvo que “al día de hoy tenemos: un 58% los mayores de 20 años que han iniciado el esquema de vacunación; mayores de 50 años, un 85,5%; y mayores de 60, casi el 89%”.

En cuanto a las segundas dosis, la titular de la cartera de Salud argumentó que “la estrategia de Argentina de priorizar la primera dosis, nunca dar una sola dosis, y generar un intervalo de tres meses, ha sido importante para lograr estas coberturas”.

Sobre las personas que ya recibieron las dos dosis, precisó que “arriba de 70 años es del 44,5%; los mayores de 60, casi el 37%; y los mayores de 50 años, casi el 28%”.

“Tenemos la llegada de vacunas de AstraZeneca y de Sinopharm sin ningún problema”, afirmó y expresó que se está “trabajando muy fuertemente para recibir las dosis de la vacuna Sputnik V segundo componente”.

Respecto a los cambios a la norma, por la vía del decreto, Vizzotti enfatizó que son resultado de una “negociación muy larga, muy compleja” y habló de “la complejidad que tienen los programas de inmunizaciones en general”, a partir de que “la evidencia científica” se va generando en el transcurso de la pandemia. “En el mundo se van ampliando grupos y poblaciones” para la vacunación, señaló.

Ley de Vacunas: Ibarra aclaró que “la palabra negligencia nunca fue el único reclamo” de los laboratorios

La secretaria Legal y Técnica defendió las modificaciones mediante un DNU, y dijo que se hizo para contar con más vacunas “cuanto antes”. Destacó el trabajo realizado para “poder acercar posiciones que estaban muy lejos”.

Ante la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, Vilma Ibarra, aclaró que “la palabra negligencia no era y nunca fue el único reclamo” de algunos laboratorios para cerrar acuerdos con Argentina por vacunas, entre ellos Pfizer.

Al defender las modificaciones a la Ley de Vacunas a través del DNU 431/21, la funcionaria manifestó que era “rápido, importante, necesario y prioritario” para poder contar “cuanto antes” con vacunas que permitan vacunar a menores de 18 años.

“Hemos hecho un enorme trabajo técnico y jurídico para poder acercar posiciones que estaban muy lejos”, remarcó.

En primer término, Ibarra ratificó que desde la aparición de las vacunas el Gobierno trató de “avanzar en conversaciones con todos los laboratorios con los que fuera posible para contratar vacunas, y contar con la mayor cantidad de vacunas”.

“Las cláusulas requeridas por los distintos laboratorios del mundo o países soberanos que venden vacunas no permitían tener acceso a las mismas en el marco de las reglas comunes de contrataciones del Estado”, explicó la funcionaria, y recordó entonces la sanción de la Ley de Vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid (N°27.573).

Pfizer “fue uno de los primeros laboratorios con los que se habló”, remarcó Ibarra, que agregó que esa vacuna “fue la primera que se aprobó en Argentina para su utilización”, pero para la contratación “surgieron algunos inconvenientes porque plantearon el ingreso de algunas cláusulas en los contratos que no estaban autorizadas por las normas que contenía la ley”.

La secretaria Legal y Técnica dijo entonces que “la única opción posible era una modificación de la ley” y justificó: “¿Por qué se decidió un Decreto de Necesidad y Urgencia? Porque hay necesidad y porque hay urgencia”.

“Hace un mes aproximadamente se aprobó la vacuna Pfizer para uso pediátrico, para niños y jóvenes de 12 a 18 años”, señaló, y sostuvo “la importancia de contar con esta vacuna para vacunar cuanto antes” a este grupo, y especialmente a los menores con comorbilidades.

En esa línea, consideró que el cambio en la ley era “rápido, importante, necesario y prioritario”. Y además de poder firmar futuros acuerdos con los laboratorios, también “vamos a poder acceder rápidamente a donaciones de otros países” y a “la provisión de vacunas de laboratorios norteamericanos a través del mecanismo COVAX” de la OMS.

Al detallar las modificaciones realizadas por decreto, Ibarra destacó la creación de un Fondo de Reparación y habló de la “eliminación del concepto de negligencia como atributo de responsabilidad”. En este sentido, aclaró que esa palabra “no era y nunca fue el único reclamo. Todo hubiese sido más sencillo si el reclamo era solo la eliminación de esa palabra”.

Sobre un punto que levantó la alarma de Juntos por el Cambio, la funcionaria precisó que “se elimina la protección con inmunidad soberana para las regalías adeudadas a la República Argentina” pero “estas regalías de ninguna manera incluye a las de las provincias”.

“Este es un fondo donde el deudor es el Estado Nacional, mal podría ir un acreedor a cobrarle a un Estado distinto. Responde el Estado Nacional y al bien que se le quitó inmunidad soberana es a las regalías percibidas por el Estado Nacional, de ninguna manera involucra ninguna regalía que reciben las provincias autónomas por sus recursos naturales”, reforzó.

Entre otros puntos, ponderó que se incorporó “la protección del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de ANSeS” al “estado de bienes con inmunidad soberana”, por pedido del presidente Alberto Fernández y “para que no quedara ninguna duda ni ninguna confusión respecto a los fondos de jubilados y pensionados”.

La secretaria Legal y Técnica defendió que el DNU “es producto de una larga negociación”. “Esto no es ir a la esquina a comprar un paquete de galletitas. Son laboratorios internacionales, con casas matrices, con asesores globales, que tienen normas globales que los regulan y hemos hecho un enorme trabajo técnico y jurídico para poder acercar posiciones que estaban muy lejos”, completó.

Se conoció el DNU que adecua la Ley de Vacunas para acceder a las que teníamos vedadas

El decreto tiene 15 artículos y modifica las causales de la normativa que imposibilitaban la adquisición de dosis de los laboratorios Pfizer, Janssen y Moderna, aunque no se hace ninguna referencia puntal a ninguno.

alberto fernandez firmando

Se conoció el Decreto de Necesidad y Urgencia por el cual el Gobierno busca habilitar la compra de vacunas norteamericanas a las que todavía no pudo acceder. El DNU lleva el número 431 y expresa precisamente que se trata de una “adecuación de la normativa vigente” que tiene el objetivo de “posibilitar la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19 y el acceso a las mismas por parte de la población, en especial para los niños, las niñas y adolescentes”.

El decreto, que tiene fecha este viernes 2 de julio, elimina los incisos c) y k) del artículo 3° de la Ley N° 27.573, incorporando paralelamente un nuevo inciso j) y se modifica el anterior inciso h).

¿Qué dicen los incisos eliminados? El c) refiere a “cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio argentino que preste un servicio público esencial”; mientras que el k) habla de “los bienes protegidos por cualquier ley de inmunidad soberana que resulte aplicable”.

 A su vez, se modifica el artículo 4°, eliminando lo que se conoce como “la piedra de la discordia”: “la causal de ‘negligencia’ como atributo de responsabilidad del proveedor”, para luego definir en los contratos específicos que se firmen en el futuro las condiciones en que resulta “conforme” la recepción de las vacunas.

Se justifica el DNU en “la necesidad de adecuar la normativa vigente con el fin de obtener las finalidades expresadas en estos considerandos”. Y agrega que “el tiempo que demanda el trámite legislativo impide hacer realidad la prioridad de contar en el menor tiempo posible con las vacunas destinadas a las niñas, los niños y adolescentes”.

El artículo 3° queda ahora redactado así: “La renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, de conformidad con lo establecido en el artículo 2°, no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la República Argentina con relación a la ejecución de los bienes que se detallan”, referenciando todo bien, reserva o cuenta del BCRA, entre otros bienes.

Asimismo se crea el Fondo de Reparación Covid-19, que “tendrá por objeto el pago de indemnizaciones a las personas humanas que hayan padecido un daño en la salud física, como consecuencia directa de la aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19 y con el alcance dispuesto en esta ley”.

DECRE-2021-0431-APN-PTE

Vizzotti: “Las pandemias no tienen tiempos legislativos”

La ministra de Salud, Carla Vizzotti, también explicó porque el Gobierno nacional decidió usar un decreto de necesidad y urgencia para modificar la Ley de Vacunas contra el Covid-19. Sus dichos estuvieron en la misma sintonía que la secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra.

En conferencia de prensa realizada este viernes en la Casa de Gobierno, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, fundamentó la modificación de la norma N° 27.573 de Vacunas contra el Covid-19 y justificó que se haya realizado mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) y no haya sido por una ley sancionada por el Parlamento.

En el mismo sentido que la secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, la titular de la cartera sanitaria sentenció: “Las pandemias no tienen tiempos legislativos y las oportunidades tampoco. Por eso, cuando surgen oportunidades concretas, hay que generar acciones concretas”.

Minutos antes, Vilma Ibarra, quien fue senadora nacional desde 2001 hasta 2007 y diputada nacional desde 2007 hasta 2011, aseveró: “El Congreso no está previsto para responder en épocas de pandemia”.

¿Qué dice la ley de Vacunas contra el Covid-19?

Conoce la norma N° 27.573 denominada “Ley de Vacunas Destinadas a Generar Inmunidad Adquirida contra el Covid-19”.

El Parlamento sancionó el 29 de octubre de 2020 una ley específica para las vacunas contra el coronavirus y fue publicada en el Boletín Oficial por el Poder Ejecutivo el 6 de noviembre de ese año.

¿Qué dice la ley 27.573?

LEY DE VACUNAS DESTINADAS A GENERAR INMUNIDAD ADQUIRIDA CONTRA EL COVID-19

Artículo 1°.- Declárese de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria establecida por la ley 27.541 y ampliada por el decreto 260/20, su modificatorio y normativa complementaria, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con relación a la mencionada enfermedad.

Artículo 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Salud, a incluir en los contratos que celebre y en la documentación complementaria para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, conforme el procedimiento especial regulado por el artículo 2°, inciso 6, del decreto 260/20, su modificatorio y la decisión administrativa 1.721/20, cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente respecto de los reclamos que se pudieren producir en dicha jurisdicción y con relación a tal adquisición.

En ningún caso la prórroga de jurisdicción podrá extenderse o comprender a terceros residentes en la República Argentina, sean personas humanas o jurídicas, quienes en todos los casos conservan su derecho de acudir a los tribunales locales o federales del país por cuestiones que se susciten o deriven de la aplicación de estos contratos.

Artículo 3°.- La renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, de conformidad con lo establecido en el artículo 2°, no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la República Argentina con relación a la ejecución de los bienes que se detallan a continuación:

a) Cualquier bien, reserva o cuenta del Banco Central de la República Argentina;

b) Cualquier bien perteneciente al dominio público localizado en el territorio de la República Argentina, incluyendo los comprendidos por los artículos 234 y 235 del Código Civil y Comercial de la Nación;

c) Cualquier bien perteneciente al dominio privado del Estado, de acuerdo al artículo 236 del Código Civil y Comercial de la Nación;

d) Cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio argentino que preste un servicio público esencial;

e) Cualquier bien (sea en la forma de efectivo, depósitos bancarios, valores, obligaciones de terceros o cualquier otro medio de pago) de la República Argentina, sus agencias gubernamentales y otras entidades gubernamentales relacionadas con la ejecución del presupuesto, dentro del alcance de los artículos 165 a 170 de la ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t. o. 2014);

f) Cualquier bien alcanzado por los privilegios e inmunidades de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, incluyendo, pero no limitándose a bienes, establecimientos y cuentas de las misiones argentinas;

g) Cualquier bien utilizado por una misión diplomática, gubernamental o consular de la República Argentina;

h) Impuestos y/o regalías adeudadas a la República Argentina y los derechos de ésta para recaudar impuestos y/o regalías;

i) Cualquier bien de carácter militar o bajo el control de una autoridad militar o agencia de defensa de la República Argentina;

j) Cualquier bien que forme parte de la herencia cultural de la República Argentina; y

k) Los bienes protegidos por cualquier ley de inmunidad soberana que resulte aplicable.

Artículo 4°.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Salud, a incluir en los contratos que celebre y en la documentación complementaria para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, conforme el procedimiento especial regulado por el decreto 260/20, su modificatorio y la decisión administrativa 1.721/20, cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas, con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas, conductas maliciosas o negligencia por parte de los sujetos aludidos.

Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Salud, a incluir cláusulas o acuerdos de confidencialidad acordes al mercado internacional de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, de conformidad con las leyes 27.275, de Acceso a la Información Pública, 26.529, de Derechos del Paciente, y normas concordantes, complementarias y modificatorias.

Artículo 5°.- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Salud, a suscribir, en los contratos que celebre conforme el procedimiento regulado en la presente ley, todos los actos administrativos previos y posteriores tendientes al efectivo cumplimiento de éstos, a modificar sus términos, y a incluir otras cláusulas acordes al mercado internacional de la vacuna para la prevención de la enfermedad COVID-19, con el objeto de efectuar la adquisición de las mismas.

Artículo 6°.- Exímese del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el impuesto al valor agregado, así como también de la constitución de depósito previo, a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud, por cuenta y orden del Ministerio de Salud, por el Fondo Rotatorio de OPS o con destino exclusivo al Ministerio de Salud, que tengan como objeto asegurar las coberturas de vacunas para generar inmunidad adquirida contra la COVID-19.

Idéntico tratamiento recibirán las vacunas que eventualmente puedan adquirir las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 7°.- Las exenciones establecidas en el artículo 6° se aplicarán a las importaciones de las mercaderías allí mencionadas para uso exclusivo del Ministerio de Salud de la Nación y los ministerios de salud de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de esta ley.

Artículo 8°.- El adquirente de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, objeto de esta ley, debe presentarlas a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) a los efectos de la intervención de su competencia y deben ser autorizadas por el Ministerio de Salud, quienes deberán expedirse en un plazo máximo treinta (30) días, previo a su uso en la población objetivo.

Artículo 9° – En el marco de la Emergencia Sanitaria establecida por la ley 27.541 y ampliada por el decreto 260/20, su modificatorio y normativa complementaria, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación a la COVID-19, autorízase, por la excepcionalidad del contexto pandémico, a los organismos competentes a realizar la aprobación de emergencia de las vacunas objeto de esta ley, con el debido respaldo de la evidencia científica y bioética que permita comprobar su seguridad y eficacia.

Artículo 10.- Los contratos celebrados en virtud de la presente ley deberán ser remitidos a la Auditoría General de la Nación con los recaudos correspondientes a los fines de respetar las cláusulas de confidencialidad que pudieran incluirse en los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4°, segundo párrafo, de la presente ley.

Artículo 11.- Los contratos celebrados en virtud de la presente ley deberán ser remitidos a las autoridades de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y de la Comisión de Salud del Honorable Senado de la Nación con los recaudos correspondientes a los fines de respetar las cláusulas de confidencialidad que pudieran incluirse en los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4°, segundo párrafo, de la presente ley.

Artículo 12.- Las facultades y autorizaciones establecidas en la presente ley tendrán vigencia mientras dure la emergencia sanitaria declarada por la ley 27.541 y ampliada por el decreto 260/20, o aquella normativa que la prorrogue.

Artículo 13.- La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Artículo 14.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

El Gobierno anunció cambios en la ley de Vacunas para comprar las dosis de Pfizer

En conferencia de prensa, la secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, brindaron detalles de los cambios a la norma que se modificarán a través de un DNU que se publicará este sábado. “Esto debería destrabar la situación y no tendría que haber ningún impedimento para avanzar en los contratos”, dijo Ibarra ¿Se viene la Pfizer?

La secretaria de Legal y Técnica de Presidencia, Vilma Ibarra, adelantó este viernes que el DNU que firmará el presidente Alberto Fernández incluirá modificaciones a la ley de Vacunas contra el Covid-19, siendo que una de las modificaciones previstas es que se “suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad para los fabricantes de vacunas Covid 19”.

Desde Casa de Gobierno, la funcionaria nacional agregó que “se suprimirá la frase malicioso o fraudulenta y se utilizará la frase conductas dolosas”.

“Hoy hay un marco legal dictado por el Congreso que no nos permite contratar con algunos proveedores. Ahora, estamos logrando un marco legal que nos va a permitir contratar con nuevos proveedores”, dijo en referencia a la compra de las vacunas de Pfizer.

“Hace mucho tiempo que empezamos las negociaciones”, detalló Vilma Ibarra.

Ibarra también señaló que por pedido del Presidente el DNU prevé que tendrán “inmunidad soberana” todos los bienes del Estado.

Por otra, sostuvo que el Gobierno creó “un fondo de reparación Covid-19 que es algo muy importante porque si una persona debe reclamar por una cuestión derivada de la vacuna, hay un fondo que debe responder”.

Asimismo, la secretaria Legal y Técnica afirmó: “Entendemos la situación y hace mucho tiempo que empezamos las negociaciones que debimos hacer para defender los intereses de la Nación y porque además necesitamos avanzar cuanto antes en los contratos que podamos suscribir porque necesitamos la vacuna pediátrica”.

Por su parte, en conferencia de prensa, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, aseguró que la nueva normativa sobre vacunas permitirá recibir esas vacunas de “laboratorios nuevos” -en referencia a Pfizer-, pero también del mecanismo Covax y las que lleguen por donaciones, por ejemplo de Estados Unidos.

La normativa permitirá recibir vacunas de laboratorios nuevos, señaló la ministra de Salud.

Lo que dejó la conferencia de prensa

El presidente Alberto Fernández dio la instrucción de iniciar conversaciones y encontrar la forma de compatibilizar las necesidades de los laboratorios con los intereses que tiene que proteger el Estado nacional.

El Gobierno publicará este sábado un Decreto de Necesidad y Urgencia para modificar la Ley de Vacunas con el objetivo de que la Argentina pueda adquirir vacunas pediátricas y pueda ampliar el espectro de vacunas disponibles para la población en general.

El DNU simplifica la negociación con todos los laboratorios y es el resultado de un proceso de conversaciones y negociaciones con aquellos que proveen las vacunas y habían manifestado la imposibilidad de contratar en el marco de la Ley de Vacunas dictada el año pasado (27.573).

El DNU establece modificaciones a la ley de 27.573 que regula la adquisición de vacunas contra el COVID-19.

Se crea un Fondo de Reparación COVID-19 para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.

El Fondo se crea para vacunas COVID y es un mecanismo que existe en muchos países del mundo y da tranquilidad a respecto de las contrataciones.

También se suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad para quienes tienen a su cargo la investigación, el desarrollo, la producción o el suministro de vacunas, teniendo en cuenta que en los contratos a firmar se establecerá el modo en que el Estado recibe conforme o no las vacunas que se adquieren.

Además, respecto a la referencia a “maniobras fraudulentas, conductas maliciosas” en la ley se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial.

En materia de inmunidad de los bienes del Estado se va a eximir de inmunidad a las regalías que percibe el Estado nacional y los bienes privados del Estado. Todos los bienes soberanos establecidos en la Ley de Restauración de Sostenibilidad de la Deuda deben permanecer soberanos.

El Fondo de Reparación se armó porque si alguna persona sufre un daño y pide una reparación tiene que existir la tranquilidad de que ese fondo es el que lo cubre y si no, lo hará el Estado.

Con el objetivo de conseguir la mayor cantidad de vacunas lo antes posible, la nueva norma abre tres posibilidades para recibir dosis: los convenios con laboratorios, el mecanismo COVAX y las oportunidades de donaciones de diferentes Estados, fundamentalmente de Estados Unidos.